Clase 07 - Competencia Administrativa ¿Cómo dictar actos legítimos?
Summary
TLDREl video aborda temas clave sobre el ejercicio de competencias en el derecho administrativo, especialmente el principio de especialidad y su relación con la autonomía de los poderes administrativos. Se profundiza en la interpretación de normas, la asignación de competencias y el uso de poderes implícitos, como las competencias paralelas. Además, se explora la importancia de la autorización expresa para poder sancionador y la aplicación de principios de derecho administrativo frente a normas que carecen de una interpretación explícita. La charla también incluye una reflexión sobre la auto-suficiencia del sistema legal y la aplicación de soluciones normativas a los vacíos legales.
Takeaways
- 😀 La competencia administrativa se entiende no solo por lo expresamente definido en la ley, sino también por lo implícito necesario para cumplir con las funciones asignadas.
- 😀 El principio de especialidad de la competencia es fundamental en el ejercicio de las funciones administrativas, permitiendo acciones no expresamente detalladas, pero necesarias para el cumplimiento de los fines legales.
- 😀 El artículo 67 del Código Administrativo establece que los poderes asignados a los entes administrativos incluyen no solo lo explícito, sino también lo implícito, lo que es necesario para cumplir sus funciones.
- 😀 El principio de la plenitud del sistema legal sostiene que el derecho siempre debe proveer una solución, lo que implica que, a pesar de las lagunas normativas, el sistema legal encuentra mecanismos para abordarlas.
- 😀 La falta de especificación en la norma sobre quién puede modificar o extinguir algo creado por una autoridad implica que esa misma autoridad tiene la competencia para hacerlo, según el principio de poderes paralelos.
- 😀 El principio de poderes paralelos establece que una autoridad que emite una norma o autorización tiene la capacidad implícita de revocar o modificar esa misma norma, si no se indica lo contrario.
- 😀 Las competencias sancionadoras o de intervención deben ser expresamente autorizadas por la ley, y no pueden ser interpretadas de manera extensiva o analógica según el principio de la especialidad.
- 😀 La administración no puede crear competencias fuera de lo que explícitamente le otorga la ley; lo que hace es aplicar los principios generales de su competencia en función de lo necesario para cumplir con sus fines.
- 😀 En el contexto administrativo, las lagunas normativas no son defectos irreparables del sistema legal; por el contrario, el derecho se ajusta y encuentra mecanismos para cubrir esas lagunas a través de los principios de competencia.
- 😀 El principio de que las cosas en el derecho se deshacen de la misma manera en que se hacen, se aplica en los casos donde la norma no especifica quién debe modificar o revocar un acto administrativo, implicando que el mismo órgano que lo creó puede revocarlo.
Q & A
¿Cuál es el principio fundamental en la relación entre la Constitución y el ejercicio de las competencias administrativas?
-El principio fundamental es el de especialidad, que establece que las competencias administrativas deben ejercerse dentro de los límites definidos por la ley, sin exceder ni invadir las competencias de otros órganos.
¿Qué establece el artículo 67 del Código Administrativo Orgánico (COA) sobre el ejercicio de las competencias administrativas?
-El artículo 67 establece que el ejercicio de las competencias asignadas no se limita a lo expresamente indicado en la ley, sino que también incluye lo que es razonablemente implícito para cumplir con las funciones asignadas a los órganos administrativos.
¿Qué se entiende por 'competencias paralelas' según la explicación dada en el guion?
-Las competencias paralelas son aquellas que permiten que un órgano administrativo que tiene la competencia para crear una norma también pueda modificarla o extinguirla, en ausencia de una especificación legal que diga lo contrario.
¿Qué implica el principio de plenitud del sistema legal mencionado en el guion?
-El principio de plenitud del sistema legal sostiene que el sistema jurídico debe proporcionar soluciones a todos los problemas legales, ya que es autosuficiente. A pesar de que pueda haber vacíos o contradicciones, el sistema siempre tiene mecanismos para solucionarlos.
¿Cómo se relaciona el principio de 'lo que se hace, se deshace' con el ejercicio de competencias administrativas?
-Este principio establece que si un órgano administrativo tiene la competencia para crear una norma o intervención, también tiene la competencia para revertirla o modificarla siguiendo el mismo procedimiento, siempre que la ley no indique lo contrario.
¿Qué papel juega la ley en la aplicación de competencias administrativas y su interpretación?
-La ley debe ser interpretada de manera que asegure que las competencias administrativas no solo se ejerzan de acuerdo con lo explícitamente previsto, sino también en función de lo razonablemente implícito en la ley para cumplir con los objetivos administrativos.
¿Qué dice el artículo 29 de la Constitución sobre las sanciones administrativas?
-El artículo 29 establece que las normas que prevén infracciones y sanciones no deben ser interpretadas de forma analógica ni extensiva. Es decir, la autoridad sancionadora debe tener una autorización expresa para actuar en esos casos.
¿Cuál es la diferencia clave entre el ejercicio de competencias generales y el poder sancionador según el guion?
-La diferencia es que, mientras que las competencias generales pueden ejercerse con base en principios implícitos de la ley, el poder sancionador requiere una autorización expresa, debido a los principios fundamentales del derecho administrativo y penal.
¿Por qué se critica el artículo 67 del COA, según el guion?
-Algunos autores critican el artículo 67 por considerarlo contradictorio con el artículo 226 de la Constitución, ya que este último establece que la administración solo debe ejercer competencias expresamente asignadas, mientras que el COA parece permitir una interpretación más amplia y flexible de estas competencias.
¿Cómo debe abordarse el vacío normativo cuando no se especifica qué autoridad tiene la competencia para modificar o extinguir una norma?
-Cuando la ley no especifica quién tiene la competencia para modificar o extinguir una norma, se entiende que la misma autoridad que la creó puede hacerlo, siguiendo el principio de competencia paralela.
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