Derecho de Asociación - El Trabajo como debe Ser
Summary
TLDREste programa de radio, 'Trabajo como debe ser', discute el derecho a la asociación sindical, un tema de gran inquietud y polémica. El derecho a formar sindicatos es fundamental y consagrado en la Constitución Nacional, pero a menudo es visto como un enemigo por algunos empleadores. La doctora Ángela María Claro y el doctor Ramiro Correa, funcionario del Ministerio del Trabajo, explican los beneficios y desafíos de la sindicalización, incluyendo la mejora colectiva de salarios y prestaciones, así como la asesoría en la defensa de los derechos laborales. El programa también aborda la persecución de trabajadores sindicalizados y cómo el Ministerio del Trabajo busca proteger y promover el ejercicio responsable de este derecho.
Takeaways
- 😀 El programa 'Trabajo como debe ser' es una iniciativa conjunta del Ministerio del Trabajo y Caracol Radio para resolver inquietudes laborales.
- 🛂 El derecho a la asociación es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional y es esencial para la formación de sindicatos.
- 🤝 La asociación libre es un derecho que permite a los trabajadores unirse en sindicatos para tener una voz más fuerte ante el empleador y negociar colectivamente.
- 💡 Los sindicatos ofrecen ventajas como asistencia en procesos disciplinarios, mejora sustancial en salarios y prestaciones, y asesoría en la defensa de derechos laborales.
- 🚫 Se menciona el abuso de derechos sindicales, donde algunos miembros pueden usar el sindicato para fines distintos a los establecidos, causando malestar.
- 🔍 Para constituir un sindicato, se requiere una reunión de trabajadores que manifiesten su voluntad de crear una organización sindical y el deposito de su acta de constitución en el Ministerio del Trabajo.
- 🏢 El Ministerio del Trabajo tiene la responsabilidad de estimular y proteger el derecho a asociarse en sindicatos, ya que contribuye al diálogo y mejora de condiciones laborales.
- 📜 La negociación colectiva es un derecho de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, aunque con diferencias en la forma en que se realiza y las condiciones que pueden establecerse.
- 🚨 Se destaca que la obstrucción del ejercicio del derecho de asociación y la libertad sindical es un delito, y las empresas no deben perseguir a los trabajadores por ejercer este derecho.
- 📞 Los trabajadores pueden acudir al Centro de Atención y Orientación Laboral del Ministerio del Trabajo a través de la línea 120 o a través de redes sociales y la página web para resolver inquietudes laborales.
- 📝 Se enfatiza la importancia de la legalidad en la organización de sindicatos y la negociación colectiva, así como el papel del juez laboral en casos de despido injustificado de sindicalistas.
Q & A
¿Qué es el derecho a la asociación y por qué es importante en el ámbito laboral?
-El derecho a la asociación es el reconocimiento legal del derecho de los trabajadores a formar sindicatos y organizaciones similares para defender y promover sus intereses colectivos. Es importante porque permite a los trabajadores tener una voz más fuerte frente a los empleadores y negociar mejoras en condiciones laborales y salariales.
¿Cuál es la principal ventaja de pertenecer a un sindicato según lo mencionado en el guion?
-Las ventajas de pertenecer a un sindicato incluyen tener una colectividad que defiende los derechos de los trabajadores, asistencia en procesos disciplinarios, mejora sustancial en salarios y prestaciones, asesoría en la defensa de derechos laborales y educación técnica para los miembros.
¿Cómo se percibe a menudo el sindicalismo desde afuera y por qué?
-A menudo, el sindicalismo se percibe desde afuera como una amenaza o el 'coco' que es el enemigo, debido a que algunos miembros de sindicatos abusan de sus derechos y lo usan para fines que no deberían ser, como tomar permisos sindicales simplemente para relajarse o no asistir al trabajo.
¿Cuántos trabajadores son necesarios para consolidar un sindicato según lo discutido en el guion?
-Según lo discutido en el guion, se necesitan al menos 25 trabajadores para organizarse y constituir un sindicato.
¿Qué es un pacto colectivo y cómo se diferencia de una convención colectiva de trabajo?
-Un pacto colectivo es un acuerdo que puede celebrarse entre trabajadores no sindicalizados y un empleador, mientras que una convención colectiva de trabajo es un acuerdo entre un sindicato y un empleador. El pacto colectivo no puede tener condiciones superiores económicas a la convención colectiva si existe un sindicato en la empresa.
¿Qué es el fuero sindical y cómo protege a los sindicalistas?
-El fuero sindical es una protección legal que ampara a la junta directiva y a todos los que han participado en la creación de una organización sindical. Para despedir a un trabajador sindicalista, se requiere una justa causa establecida en el código sustantivo de trabajo y la solicitud de autorización al juez laboral.
¿Qué sucede si un sindicato no cumple con sus objetivos o se desvía de sus estatutos?
-Si un sindicato no cumple con sus objetivos o se desvía de sus estatutos, los afiliados pueden ponerlo en conocimiento del juez de la república o informar al inspector de trabajo para que realicen correcciones, ya sea a través de un proceso judicial o administrativo.
¿Por qué es ilegal que una empresa decida crear un pacto colectivo por sí sola?
-Es ilegal porque la iniciativa para celebrar un pacto colectivo debe venir de los trabajadores, no de la empresa. Si la empresa lo propone, podría configurarse como un atentado contra el derecho a la negociación colectiva y la libertad sindical.
¿Qué es una huelga y cómo se debe llevar a cabo según lo discutido en el guion?
-Una huelga es una acción colectiva de los trabajadores para protestar o presionar a los empleadores o al estado. Según el guion, debe darse en el marco de un conflicto colectivo, después de haber presentado un pliego de peticiones y no haber llegado a un acuerdo en la negociación.
¿Qué consejo se puede dar a los trabajadores que sienten que su sindicato no los representa adecuadamente?
-Si los trabajadores sienten que su sindicato no los representa adecuadamente, pueden acudir al ministerio del trabajo para denunciar la situación y buscar la formación de otro sindicato o un grupo de trabajadores que sí cumpla con sus expectativas y necesidades.
Outlines
😀 Derecho a la Asociación Sindical
El primer párrafo aborda el tema del derecho a la asociación sindical, un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional. Se discute cómo este derecho puede generar inquietud y controversia, y cómo es a menudo visto como una amenaza por algunos empleadores. Se menciona que la formación de sindicatos es un derecho que permite a los trabajadores tener una voz más fuerte frente a los empleadores y negociar mejoras colectivas en salarios y prestaciones. También se tocan las ventajas y desventajas de pertenecer a un sindicato, y cómo algunos trabajadores pueden abusar de sus derechos sindicales, causando malestar entre los empleadores.
😐 Funciones y Protecciones del Ministerio del Trabajo
El segundo párrafo se enfoca en las responsabilidades del Ministerio del Trabajo en promover y proteger el derecho a la asociación sindical. Se destaca que el ministerio busca mejorar las condiciones laborales y fomentar la participación de la comunidad a través de organizaciones sindicales. Se discute la importancia del diálogo entre empleadores y sindicatos y cómo la negociación colectiva puede mejorar las condiciones laborales. Además, se menciona la protección legal que tienen los trabajadores y sindicatos contra la persecución y el despido injustificado, y se ofrecen detalles sobre cómo los trabajadores pueden buscar asistencia ante la persecución por parte de las empresas.
😡 Persecución y Mal Uso de Derechos Sindicales
El tercer párrafo explora la problemática de la persecución de trabajadores que ejercen su derecho de asociación y cómo algunos sindicatos pueden ser mal utilizados por sus miembros. Se describe cómo la obstruccionismo y la discriminación sindical son delitos penales y se explica el proceso para denunciar tales abusos. También se discuten las dificultades que pueden enfrentar los empleadores al tratar de desestimular sindicatos que no representan adecuadamente a los trabajadores y cómo los trabajadores pueden buscar la formación de nuevos sindicatos si se sienten no representados.
👷 Condiciones para Formar Sindicatos y Pactos Colectivos
El cuarto párrafo se centra en los requisitos para formar sindicatos y en la diferencia entre convenciones colectivas y pactos colectivos de trabajo. Se aclara que los trabajadores tienen el derecho a sindicalizarse libremente y a presentar pliegos de peticiones para negociar condiciones laborales mejoradas. Se explica que los pactos colectivos son una excepción y solo están permitidos en ciertos casos, y que los sindicatos y los trabajadores no sindicalizados tienen diferentes procesos para negociar con empleadores. Además, se discute la situación de trabajadores en empresas pequeñas y cómo pueden unirse a sindicatos de sectores para mejorar sus condiciones laborales.
Mindmap
Keywords
💡Derechos constitucionales
💡Sindicatos
💡Asociación libre
💡Ministerio del Trabajo
💡Convenciones colectivas de trabajo
💡Fuero sindical
💡Pacto colectivo
💡Negociación colectiva
💡Persecución laboral
💡Huelga
Highlights
El programa 'Trabajo como debe ser' aborda el derecho a la asociación y la formación de sindicatos.
Se destaca que la libertad de asociación es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional.
El tema de sindicalización a menudo genera inquietud, polémica y dudas.
El doctor Ramiro Corella, funcionario del Ministerio de Trabajo, habla sobre el interés del ministerio en promover el derecho a asociarse en sindicatos.
Se menciona que sindicatos son importantes para el diálogo entre empleadores y trabajadores y para mejorar condiciones laborales.
La doctora Ángela María Claro explica los pasos para constituir un sindicato y los requisitos legales.
Se discute la asistencia y representación que un sindicato puede proporcionar a sus miembros en procesos disciplinarios y negociaciones salariales.
Se mencionan las ventajas de pertenecer a un sindicato, incluyendo asesoría y educación técnica.
Se aborda el tema de la posible persecución de trabajadores que ejercen su derecho de asociación.
Se habla de la posibilidad de que algunos miembros de sindicatos abusen de sus derechos y usen el sindicato para fines incorrectos.
Se establece que para constituir un sindicato se requieren al menos 25 trabajadores y se describe el proceso de formalización.
Se discute la creación de un pacto colectivo en empresas donde no hay sindicato y las condiciones para su validez.
Se aclaran dudas sobre la posibilidad de que una empresa ofrezca mejores condiciones que un sindicato.
Se menciona la prohibición de listas negras y el derecho de los trabajadores a ser considerados para empleo sin discriminación sindical.
Se habla sobre el derecho a la huelga y las condiciones bajo las cuales es legal y las posibles consecuencias de realizarla indebidamente.
Se ofrecen detalles sobre cómo los oyentes pueden contactar al Ministerio de Trabajo para resolver inquietudes laborales.
Se invita a la audiencia a seguir en sintonía con el programa para futuras discusiones y resolución de inquietudes.
Transcripts
en cada corazón y el ministerio del
trabajo presenta el trabajo como debe
ser
conduce adrián a tirarnos muy buenos
días les damos la bienvenida nuevamente
al trabajo como debe ser este programa
que semana a semana preparamos tanto el
ministerio del trabajo como caracol
radio para que ustedes puedan resolver
sus inquietudes relacionadas con el
mundo del trabajo precisamente con el
mundo laboral y hoy tenemos un tema que
genera mucha inquietud que genera
polémica que a veces genera dudas es el
derecho a la asociación más como un más
conocido como la posibilidad o el
derecho que tienen los ciudadanos de
armar unos sindicatos eso puede sonar un
poco belicoso pero eso es un derecho
samuel buenos días buenos dias adriana
para usted y toda la amable audiencia de
la cadena caracol todo trabajador pues
tiene derecho a la libre asociación es
un derecho que está consagrado como
fundamental en la constitución nacional
y es este un tema que como usted lo
señala el que traemos para hoy que
causan ampollas en muchos que es motivo
de despido
justificados muchas veces de persecución
en muchas empresas cuando éstas saben o
detectan que se está gestando algún
sindicato y lo que debería ser tomado
pues de manera normal es un derecho
constitucional un derecho fundamental y
es visto por muchos como el gran enemigo
como el coco que es el ronda por cada
ocho días de usted me saca un poco
jovencito para hablar de este tema
tenemos dos expertos nuestra doctora
ángela maría claro que semana a semana
nos pone en contexto y además invita
invitamos al funcionario de la dirección
de inspección vigilancia y control del
ministerio el doctor ramiro correa muy
buenos días a los dos buenos días
hicieron muchas gracias por la madrugada
doctor angela maría
puntualicemos en qué consiste asociarse
para formar un sindicato uno para
crearnos un sindicato bueno adriana como
bien lo decía este esto es un derecho
constitucional uno se organiza en una
organiza en una organización sindical
valga la redundancia para qué
estos trabajadores reunidos pues puedan
tener una voz mucho mayor ante el
empleador y sus peticiones pues puedan
ser escuchadas ya no individualmente
sino colectivamente y qué ventajas tiene
y qué desventajas pertenecer a un
sindicato
bueno las ventajas son muchas la primera
es que uno pertenece a una colectividad
que vela por sus derechos también por lo
mismo pues puede estar asistido por los
miembros de la organización sindical en
procesos disciplinarios se ve adriana
una mejora sustancial en salarios y
prestaciones porque emana de las
convenciones colectivas de trabajo pues
surgen muchos muchos y mejores
beneficios para los trabajadores también
el sindicato de prestar asesoría en la
defensa de los derechos que se derivan
del contrato de trabajo tanto ante el
ministerio por ejemplo ante ante
cualquier autoridad administrativo ante
el empleador o ante terceros también el
sindicato debería brindar educación
técnica en general a sus miembros y
socorrerlos en caso de desocupación
enfermedad de invalidez o calamidad yo
tengo una inquietud y es que desde la
percepción simplemente muchas veces
desde afuera se ve que la
éstas indican sindicalizada usa los
permisos sindicales porque demás tienen
pues digamos ese derecho y los permisos
simplemente como para relajarse para no
asistir eso es parte como del malestar
que puede generar el mal uso que se ha
hecho de este derecho puede ser la causa
de esa asociación como ese coco al que
nosotros aludíamos al inicio del
programa claro muy probablemente muchos
miembros de organizaciones sindicales
están abusando de sus derechos y están
usando el sindicato para fines que no
que no deberían ser y que son las
ventajas pues que acabamos de anunciar
pero harían de lo cierto es que en la
historia del sindicalismo y todos los
beneficios alrededor de él son muchísimo
muchísimo mejores y muy diferentes a lo
que hoy en día en algunas empresas se ha
visto que se necesita cuánta gente debe
o hay un porcentaje de la cantidad de
empleados de la empresa para poder
consolidar un sindicato claro tienen que
ser 25 trabajadores que son los poquitos
trabajadores para organizarse
derivado de una vez está en los 25 se
pueden adherir cuantos quieran y como se
formalizan cómo se organizan bueno los
trabajadores deben hacer una reunión en
donde manifiesten su voluntad de crear
una organización sindical es importante
decir que esa organización tiene
personería jurídica o sea tiene la
posibilidad de adquirir derechos y
contraer obligaciones desde el momento
mismo en que esa reunión se ejecute y lo
que se hace ante el ministerio es
depositar esa acta de constitución junto
con su junta directiva y sus estatutos
el ministerio hace el reconocimiento el
ministerio el reconocimiento ya está por
después del pacto y de una mejor hecho
una vez esté la reunión surtida y la
manifestación de la voluntad de los
miembros se haya dado esa persona esa
personería jurídica ya existe lo que se
hace ante el ministerio es depositar esa
acta de constitución para que pues ellos
tengan todos sus derechos de publicidad
doctor ramiro correa funcionario de la
dirección de inspección vigilancia y
control del ministerio de trabajo le
quiero preguntar por qué al ministerio
del trabajo
interesa le corresponde estimular o por
lo menos dejar claro el derecho a
asociarse en sindicatos buscando que
absolutamente esto es uno de los
principales cometidos del ministerio de
trabajo nosotros debemos entender que
desde nuestra constitución política
colombia se constituye como un estado
social de derecho esto quiere decir que
hay que crear espacios o canales de
participación de la comunidad y poder
mejorar sus condiciones una de estos son
las organizaciones sindicales esto es un
derecho que se ha ganado mundialmente
que ha sido protegido por las convenios
de la oit organización internacional de
trabajo y desde nuestra constitución y
desde el mismo código sustantivo de
trabajo de la década del 50 habla sobre
el derecho de asociación porque porque
aquí podemos entrar a un diálogo entre
empleador y sindicato sobre las mejores
condiciones de trabajo lo cual va a
redundar en una en un en un sentido de
pertenencia con las empresas y poder
desarrollar sus actividades nosotros
siempre hemos hablado del ministro
hay que hacer un sindicalismo
responsable eso quiere decir para
aquellos cometidos y fines que la
constitución y las leyes aceptables que
son específicamente redundar en los
beneficios de los de las condiciones
laborales de los trabajadores correcto
correctos y siempre es para mejorar esas
condiciones los trabajares tiene unas
condiciones básicas dadas por la ley
esas mejoras se dan dentro de la misma
lucha sindical que se traduce en la
negociación colectiva que más adelante
hablaremos de ella para poder tener unas
mejores condiciones a las básicas de la
ley este es un tema que sin duda
despierta samuel mucha inquietud entre
nuestros oyentes vamos a oír un mensaje
relacionado justamente con el trabajo
como debe ser y ya volvemos con más
inquietudes entre otras las de nuestros
oyentes
para resolver todas las inquietudes
sobre cualquier tema laboral acuda a los
servicios del centro de atención y
orientación colabora del ministerio del
trabajo desde cualquier celular al 120 a
través de nuestras redes sociales
twitter o facebook
mi trabajo con en nuestra página web www
puntomio trabajo puntogov puntocom y
contáctenos a las líneas de atención
directa a 0 18 mil 513 cielos que le
podemos decidir a la audiencia a los
oyentes respecto de cómo se protegen las
personas que reciben persecución por
parte de las empresas cuando están
tratando de ejercer su derecho de
asociación si nosotros en este sentido
eso se puede denominar como un atentado
contra el derecho de asociación y
libertad sindical está fuera de que
estaría violando las normas laborales
también raya con el código penal y
también es sancionado penalmente porque
esto es un atentado contra ellos de lo
cual va desde obstruir la afiliación a
las organizaciones sindicales y despedir
a los trabajadores por su condición de
trabajadores e impedirle lo mismo el
libre ejercicio a estos
esto es una figura que es legal en el
país que tiene derecho a existir y que
los trabajadores tienen que organizarse
y es algo que los empleadores y toda la
sociedad debe respirar qué momento es la
obstrucción se convierte en delito como
en qué momento cuando se configura por
ejemplo algunas causales como por
ejemplo dificultar la la afiliación del
personal a una organización sindical
despedir suspender o modificar las
condiciones de trabajo de los
trabajadores en razón de su en cada
actividad encaminada a la fundación de
una organización sindical negarse a
negociar con la organización sindical
los pliegos que le presenten despedir o
como suspender o modificar las
condiciones de trabajo de su personal
sindicalizado adoptar medidas de
represión contra los trabajadores por
haber acusado testimoniado o intervenido
en las investigaciones administrativas
tendientes a determinar que una
violación de el derecho de asociación
doctor ramiro correa quiero poner desde
la otra perspectiva desde las desde los
empleados por lo que no están
satisfechos con la gestión que está
adelantando el sindicato no se sienten
representados porque yo que sé sabemos
que muchos de sus sindicatos no lo decía
la doctora ángela maría caro a veces lo
que hacen es aprovechar del fuero y de
los beneficios que tienen simplemente
para trabajar un poco menos y no para
hacer una gestión realmente en beneficio
de los empleados repito no es el caso de
todos los sindicatos pero es el caso
seguramente la empresa va a tener mucha
dificultad de desestimular este
sindicato porque va a ser entendido o
leído como una persecución pero los
demás empleados podrían tener alguna
injerencia y acudir al ministerio para
decir este sindicato no me representa
podemos notar otros sindicatos en otra
organización en elm en organización pero
otro equipo otro grupo humano claro que
sí el primer que y primigenio control
que se hace sobre la organización
sindical es por parte de sus propios
afiliados la constitución política dice
que un sindicato se crea y se rige por
sus propios estatutos y por los
principios democráticos entonces en un
momento un sindicato que esté violando
sus estatutos o una junta directiva o un
líder sindical esto deberá ponerlo en
conocimiento del juez de la república si
consideran que las finalidades de la
organización sindical se ha presentado
un abuso que raya con con la ilegalidad
eso también puede ser o por vía judicial
o por vía administrativa informándole al
inspector de trabajo para hacer
correcciones a ésta
bueno ya tenemos llamadas de nuestros
oyentes muy buenos días con quien
hablamos
buenos días
una ensambladora de carros
después conforme un sindicato
a ninguna
estoy fichado como sindicalista
si absolutamente es ilegal primero si tú
logras demostrar que la causa motivo del
despido fue haber creado la organización
sindical tú tienes que demostrarlo
porque porque aquí nacen una protección
que se llama el fuero sindical el cual
está amparado a la junta directiva como
a todos los que han participado en la
creación de la organización sindical y
para poder ser despedido uno de estos
trabajadores uno tiene que ser con justa
causa establecida en el código
sustantivo de trabajo y en el reglamento
de trabajo y dos tiene que pedir
autorización al juez laboral si el
empleador no pide autorización al juez
laboral y lo despide directamente ese
despido no produce efecto alguno
entonces te tiene que ojo acudir ante el
juez para que ordene su reintegro
y ahora sería importante decirle al
señor que todo el sistema de listas
negras está prohibidísimo en esta
legislación creo que a nivel mundial
también entonces este sistema de que si
usted es sindicalista y estoy fichado
entonces no me pueden dar trabajo en la
empresa por las mismas razones también
es denunciable ante el ministerio del
trabajo con todas las pruebas para que
nosotros podamos un festín qué tipo de
pruebas a nixon a la gran dificultad es
probarlo claro por eso pregunto qué tipo
de pruebas no sé quizás correos
electrónicos en donde diga me iré no
contrata este señor que ese señor es
sindicalista
pero grito pero quizás medios o
testimonios o pues cualquier tipo de
prueba es admisible no hay tarifa legal
en cuanto a las pruebas muy bien tenemos
más llamadas a mal sí muy buenos días
quién habla
es cual sindicato de una fábrica de
alimento
de la convención colectiva pero la
empresa ahora decidió crear disco
colectivo y les están ofreciendo mejores
condiciones que las que yo tengo ahora y
me puede orientarse
mira que haya que aclarar algo en el
derecho de la negociación colectiva es
un derecho que tiene los trabajadores
sindicalizados y no sindicalizados y ya
le voy a explicar la diferencia por lo
tanto tu afirmación de que la empresa
decidió crear un pacto colectivo esto es
ilegal porque ella no es la que lo
propone lo proponen son los trabajadores
claro aquí en colombia el derecho de
organización en un sindicato es libre el
ingreso y el retiro de sus de los
trabajadores es libre entonces aquí un
trabajador puede estar sindicalizado no
sindicalizado hay una validez solo que
la legislación permite cuando el
trabajador es sindicalizado presentar un
pliego de peticiones y celebrar una
convención colectiva o que se llama
también contrato colectivo de trabajo
pero los no sindicalizados también
pueden agruparse en un momento presentar
un pliego sin ser sindicato y celebrar
ese acuerdo y se llama pacto colectivo
ahora la legislación da unas
restricciones a ese pacto colectivo el
pacto colectivo sólo se puede celebrar
aquella en aquellas empresas donde si
hay sindicato éste no agrupa más de la
tercera parte de los trabajadores
esa empresa podría haber un pacto
colectivo y ese pacto colectivo no puede
tener condiciones superiores económicas
o prebendas a la establecida en la
convención colectiva porque entonces
aquí se estarían convirtiendo como en un
evidente atentado contra el derecho a
sucesión o libertad es como una
excepción la regla general es que yo soy
afiliado a un sindicato y presentó un
pliego y celebró una convención
colectiva pero también los trabajadores
no sindicalizados podrían hacer el pacto
y celebrarlo pero es esta iniciativa de
los trabajadores no de la empresa porque
aquí podría configurar si hay un
sindicato si es promovido por la empresa
como un atentado contra el derecho tengo
una inquietud mínimo son 25 personas
para organizarse formalmente en un
sindicato pero si la empresa no es tan
grande que opción que no mira que es que
ahí hay varias clases de sindicatos y
eso es lo que tiene que analizar el
trabajador hay un sindicato de base o de
empresa que agrupa a los trabajadores de
esa empresa pero también hay un
sindicato de industria o de sector
económico que
a cerca agrupa a los trabajadores de ese
sector en ese caso por ejemplo que es
una empresa que no tiene los 25
trabajadores como tú dices para crear
una empresa puede haber de una industria
donde es un sector determinado y puede
agrupar los 25 conformarse con
trabajadores de diferentes empresas una
cooperativa de sindicatos de
sindicalizados digamos
no hay me estás mezclando los temas la
cooperativa atenta al cooperativismo y
no atiende a la mejora de sus asociados
en el sentido como subordinados es el
sindicato al subordinado al que tiene un
contrato de trabajo que lo está
atendiendo entonces cualquier sector
ejemplo por ejemplo empleados que
trabajan en el sector gubernamental se
afilian a una organización que agrupe el
sector dependiendo por ejemplo de
diferentes ministerios o de diferentes
alcaldías o diferentes por ejemplo
empresas de servicios públicos pero eso
sí lo que quisiera anunciar teniendo
representantes de diferentes empresas
como intentar homogeneizar las
condiciones de las diferentes
absolutamente no porque es que aquí la
negocio
es individual o sea así sea un un
sindicato de empresa o un sindicato de
industria tiene que presentarle a cada
empleador un pliego de peticiones y
negociarlo en esa empresa y las
condiciones dentro de cada empresa se
negocian no tienen que ser las mismas
nuevos de menores dentro de cada empresa
que se negocia ahora puede ocurrir algo
diferente de que los empleadores acepten
en un determinado sector y en colombia
hemos tenido desde su ejemplo se aceptan
cuatro o cinco empleadores acepta
aceptan ese pliego de peticiones únicos
en esas cuatro o cinco empresas y los
empleadores aceptan negociar
conjuntamente cuestión que también es
válido y permitido pero parte de la
voluntad del empleador en ese sentido
muy buenos días quién habla
y pues a nosotros no nos dan todos los
implementos de trabajo
los compañeros decidimos hacer una
huelga y entonces un juzgado
y sacaron a varios compañeros yo quiero
saber si eso es cierto
doctora ángela maría buenos días bueno
pues es que una huelga tiene que darse
en el marco de un conflicto colectivo es
decir después de que los trabajadores
presenten un pliego y se opte por que no
se negoció no se llegó a ningún acuerdo
es momento de hacer la huelga pero la
huelga no se pone la primera instancia
así como porque si entonces cuando eso
pase señor entonces lo lógico será
interponer una querella ante el
ministerio para que nosotros
investiguemos y obligamos al empleador a
que entregue los implementos necesarios
pero no hacer huelgas ni ceses de
actividades así como intempestivamente
es decir que en primera instancia si es
refutable la huelga pues si es por / por
no entregar los implementos de trabajo
si señora no es digno no podrían hacer
buenos y yo te sugiero complementar ahí
tienen que tener mucho cuidado porque
donde judicialmente les declaren la
ilegalidad de la huelga se autoriza el
despido de aquellos que la han promovido
activamente bueno se nos acabó el tiempo
en estas semanas sabemos que es un tema
se nos quedaron muchas llamadas de
muchos oyentes el donde podemos
responder más inquietudes samuel
120 no lo olviden ciento
y hay otras líneas vamos a poner el
mensaje con las otras líneas para que se
puedan comunicar
para resolver todas las inquietudes
sobre cualquier tema laboral acuda a los
servicios del centro de atención y
orientación colabora del ministerio del
trabajo desde cualquier celular al 120 a
través de nuestras redes sociales
twitter o facebook
mi trabajo coll en nuestra página web
www punto me trabajó puntogov puntocom
en el apartado de contáctenos oa las
líneas de atención directa 0 18 mil 513
ciento
bien esto ha sido todo por esta semana
el tiempo se nos pasó volando sabemos
que quedan inquietudes en el aire que
intentaremos seguirla resolviendo pero
por ahora vayan llamando al 120 ya saben
que si numeral nos encontramos de nuevo
la próxima semana en el trabajo como
debe ser y ustedes los invitamos a
seguir en sintonía para cobrar cada col
rápidos y el ministerio del trabajo
presenta el trabajo como debe ser
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