Clase gratuita de procesos constitucionales

LP - Pasión por el Derecho
14 Jun 202422:03

Summary

TLDREl video explica en detalle los procesos constitucionales en el sistema judicial peruano, abordando temas como la eliminación del rechazo liminar en el nuevo código procesal constitucional y la obligatoriedad de las audiencias públicas en el Tribunal Constitucional. Se discuten también los cambios en los procedimientos de amparo, avias corpus y acción popular, enfatizando la importancia de agotar las instancias judiciales previas antes de recurrir a la vía constitucional. A lo largo de la explicación, se aclaran diversas modificaciones legislativas y sus implicaciones, incluyendo ejemplos prácticos y situaciones que podrían generar controversia en el ámbito legal.

Takeaways

  • 😀 El proceso de inconstitucionalidad y el proceso competencial son de conocimiento exclusivo del Tribunal Constitucional (TC) y se resuelven en instancia única y definitiva.
  • 😀 El proceso de acción popular es conocido por el Poder Judicial en primera instancia, pero puede ser revisado por el TC a través de un proceso de amparo contra acción popular.
  • 😀 Con el nuevo Código Procesal Constitucional de 2021, se eliminó el rechazo liminar de la demanda, lo que evita que los jueces desestimen una demanda sin convocar a la parte demandada.
  • 😀 El rechazo liminar de la demanda en primera instancia y en apelación ya no es permitido, pero algunos jueces siguen aplicando control difuso al artículo que elimina este rechazo.
  • 😀 Se busca evitar que el TC tenga que intervenir en los casos donde se produce un rechazo liminar en ambas instancias, lo cual podía generar una devolución innecesaria del expediente al juez de primera instancia.
  • 😀 El nuevo Código Procesal Constitucional permite que un juez declare improcedente una demanda sin audiencia pública si considera que el caso no tiene futuro después de revisar la contestación de la parte contraria.
  • 😀 El Código Procesal Constitucional también permite que el juez declare fundada una demanda sin audiencia pública si detecta una agresión ilegítima manifiesta, aunque este escenario no ha sido común en la práctica.
  • 😀 El TC debe convocar audiencias públicas cuando se presenten recursos de agravio constitucional, pero en la práctica, el tribunal no siempre sigue esta normativa, especialmente en casos de improcedencia.
  • 😀 Los casos que involucran una doble improcedencia por rechazo liminar no requieren audiencia pública previa, ya que el TC no considera necesario convocar a las partes en estos casos.
  • 😀 En los procesos de amparo, es obligatorio que se haya agotado previamente la vía judicial antes de recurrir al TC. Si no se impugnan vicios en el proceso judicial previo, el amparo será improcedente.

Q & A

  • ¿Cuál es la principal reforma que introdujo el nuevo Código Procesal Constitucional respecto al rechazo liminar de la demanda?

    -El nuevo Código Procesal Constitucional suprime el rechazo liminar de la demanda, es decir, ya no es posible que un juez de primera instancia declare improcedente una demanda de manera inmediata sin convocar a la parte demandada.

  • ¿Qué consecuencias tiene la eliminación del rechazo liminar en el proceso de Amparo?

    -La eliminación del rechazo liminar significa que todas las demandas deben ser admitidas a trámite, y el juez de primera instancia debe correr traslado a la parte contraria antes de tomar una decisión. Si el juez considera que la demanda no tiene fundamento, puede declararla improcedente sin necesidad de audiencia pública.

  • ¿Qué sucedía antes de la reforma de 2021 con el rechazo liminar en los procesos de Amparo?

    -Antes de la reforma de 2021, el rechazo liminar permitía que el juez de primera instancia desestimara una demanda sin darle la oportunidad a la parte demandada de presentar su defensa, lo que cerraba el caso de manera inmediata, aunque podía ser revisado por el Tribunal Constitucional.

  • ¿Por qué algunos jueces del Poder Judicial continúan utilizando el rechazo liminar a pesar de la reforma?

    -Algunos jueces siguen utilizando el rechazo liminar debido a lo que consideran un control difuso del nuevo Código Procesal Constitucional, ya que consideran que el juez tiene la facultad de determinar si procede o no una demanda, independientemente de lo que establezca el legislador.

  • ¿Qué establece el nuevo Código sobre las audiencias públicas en el Tribunal Constitucional?

    -El nuevo Código Procesal Constitucional establece que el Tribunal Constitucional debe convocar audiencias públicas para escuchar los informes orales de las partes en los casos que involucren un pronunciamiento de fondo, aunque en la práctica, no todos los casos reciben audiencia pública, especialmente aquellos relacionados con la improcedencia o admisión a trámite.

  • ¿Cuáles son las características de los casos que no requieren audiencia pública en el Tribunal Constitucional?

    -Los casos que no requieren audiencia pública son aquellos que se resuelven por improcedencia o cuando se trata de una admisión a trámite. El Tribunal Constitucional considera que no es necesario convocar audiencia pública en estos casos, ya que no hay un pronunciamiento de fondo.

  • ¿Qué pasa si una demanda es rechazada en doble instancia, primero por un juez de primera instancia y luego por la sala superior?

    -Si una demanda es rechazada en doble instancia, el Tribunal Constitucional puede declarar la nulidad de todo lo actuado y devolver el expediente al juez de primera instancia para que se admita a trámite la demanda. En este caso, no se requiere una audiencia pública previamente.

  • ¿Qué ocurre si el Tribunal Constitucional no convoca audiencia pública según el nuevo Código Procesal Constitucional?

    -Si el Tribunal Constitucional no convoca audiencia pública, la sentencia podría ser anulada. El Código Procesal Constitucional establece que si no se escucha a las partes en audiencia pública, se debe declarar la nulidad de todo lo actuado, retrotrayendo el expediente al momento en que ingresó al Tribunal.

  • ¿En qué circunstancias se puede presentar una demanda de Amparo contra una resolución judicial?

    -Una demanda de Amparo solo se puede presentar después de que se haya agotado el proceso judicial previo y se haya emitido una resolución firme. Si un proceso judicial no ha sido impugnado en su momento, no se puede llevar al Amparo un vicio que se conoció en ese proceso.

  • ¿Qué requisitos deben cumplirse para presentar un recurso de Amparo en contra de un proceso judicial ya resuelto?

    -Para presentar un recurso de Amparo contra una resolución judicial, es necesario que se haya agotado todo el proceso judicial previo y que se haya impugnado cualquier vicio en el proceso original. Si no se impugnó algún aspecto del proceso previamente, la demanda de Amparo será improcedente.

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