TRAMITACION DE INMOVILIZACION DE BIENES

UMG DERECHO
11 Oct 202414:21

Summary

TLDREn esta presentación, se aborda el proceso de inmovilización de bienes en Guatemala, que protege los derechos de los acreedores y previene la disposición de bienes en casos de sospecha de evasión de obligaciones legales. Se detalla la legislación vigente, los pasos necesarios para solicitar la inmovilización, y los documentos requeridos. Se menciona que este trámite se realiza en el Registro General de la Propiedad, y que los propietarios pueden limitar la enajenación de sus bienes por un máximo de tres años. Además, se explica cómo cancelar la inmovilización y se proporciona información sobre los costos asociados.

Takeaways

  • 😀 La inmovilización de bienes se utiliza para proteger los derechos de los acreedores y prevenir la disposición de bienes en casos sospechosos.
  • 📜 Este proceso se rige por la legislación guatemalteca y se tramita en el Registro General de la Propiedad.
  • 🏛️ El Registro General de la Propiedad garantiza el derecho humano a la propiedad según la Constitución Política de Guatemala.
  • 📝 Los propietarios pueden limitar voluntariamente la enajenación de sus bienes por un máximo de 3 años a través de una solicitud formal.
  • 🔍 La solicitud de inmovilización debe incluir información personal, la identificación del bien y la legalización notarial de firmas.
  • 🔒 La inmovilización de bienes protege a los propietarios contra robos, estafas o despojos, restringiendo su uso sin consentimiento.
  • 🕵️‍♂️ Se requiere una declaración jurada que certifique que no hay gravámenes o hipotecas pendientes antes de iniciar la inmovilización.
  • 📅 Una vez finalizado el plazo de inmovilización, se puede renovar la solicitud cumpliendo con los requisitos establecidos.
  • 💵 Los honorarios para la solicitud de inmovilización son de 160 quetzales para bienes con un valor inferior a 10,000 quetzales.
  • 🌐 Se puede solicitar la inmovilización de bienes desde el extranjero mediante un mandatario, cumpliendo con los requisitos documentales.

Q & A

  • ¿Qué es la inmovilización de bienes?

    -La inmovilización de bienes es un proceso utilizado para proteger los derechos de los acreedores y prevenir la disposición de bienes en casos donde se sospecha que pueden ser ocultados o vendidos para evadir obligaciones legales.

  • ¿Cuál es el fundamento legal de la inmovilización de bienes en Guatemala?

    -El fundamento legal se encuentra en la Constitución Política de Guatemala, específicamente en el artículo 230, así como en el decreto ley número 106 del código civil y otras normativas registrales.

  • ¿Qué institución se encarga del registro de la inmovilización de bienes?

    -El registro de la inmovilización de bienes se tramita en el Registro General de la Propiedad, que es una institución pública que opera bajo la legislación guatemalteca.

  • ¿Cuánto tiempo puede durar la inmovilización de un bien?

    -La inmovilización de un bien puede durar hasta un máximo de 3 años, con la posibilidad de renovarse al finalizar ese periodo.

  • ¿Quiénes pueden solicitar la inmovilización de un bien?

    -Principalmente, la puede solicitar el propietario del bien, pero también pueden hacerlo mandatarios con facultades, representantes legales de menores o incapaces, y administradores o albaceas.

  • ¿Qué documentos se requieren para solicitar la inmovilización de un bien?

    -Se requiere una solicitud escrita con información personal del solicitante, una declaración jurada, y la legalización notarial de la firma, además de otros documentos específicos según el caso.

  • ¿Cómo se puede cancelar la inmovilización de un bien?

    -La cancelación de la inmovilización se puede solicitar presentando un acta notarial de declaración jurada, una certificación de propiedad, un certificado de nacimiento del solicitante, y otros documentos pertinentes.

  • ¿Cuál es el costo para tramitar la inmovilización de un bien?

    -Los honorarios para solicitar la inmovilización son un mínimo de 160 quetzales, y si el valor del bien supera los 10,000 quetzales, se pagará un adicional de 1 quetzal con 50 centavos por cada mil o fracción del excedente.

  • ¿Se puede inmovilizar un bien desde el extranjero?

    -Sí, se puede solicitar la inmovilización de bienes desde el extranjero a través de un mandatario, cumpliendo con los requisitos de documentación necesarios.

  • ¿Qué medidas se toman para evitar fraudes durante la inmovilización de bienes?

    -El proceso incluye la presentación de una declaración jurada y la toma de impresiones dactilares del solicitante para crear un código biométrico único, lo que ayuda a garantizar la autenticidad y prevenir fraudes.

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