Teoría de la Nulidad del acto jurídico

Gabriela Flores
5 Mar 202005:32

Summary

TLDREn este video, Gabi Flores aborda las teorías de la nulidad en el ámbito jurídico, explicando conceptos clave como ineficacia, inexistencia y nulidad. Se detalla cómo un acto jurídico puede ser ineficaz, inexistente o nulo, clasificando la nulidad en absoluta y relativa. La nulidad absoluta se asocia con la ausencia de licitud, mientras que la relativa se vincula con otros requisitos de validez. El video también destaca la influencia de las teorías francesas y el Código Napoleonico en el sistema jurídico, y cómo se identifican los elementos para determinar la validez de un acto jurídico.

Takeaways

  • 📚 La ineficacia se refiere a la incapacidad de lograr los efectos deseados de una actividad, mientras que la inexistencia es la falta de realidad o verdad de algo.
  • 📖 La nulidad, según la Real Academia Española, es un vicio que disminuye o anula la estimación o validez de un acto político.
  • 🔍 Un acto jurídico es ineficaz si no cumple con los efectos para lo que fue creado, y es inexistente si faltan elementos esenciales.
  • 📝 Los elementos de existencia o esenciales de un acto jurídico incluyen la voluntad, la posibilidad física y jurídica del objeto y la solemnidad.
  • 📋 Los requisitos de validez incluyen la capacidad, la ausencia de vicios de voluntad, la licitud en el objeto y la formalidad.
  • 🚫 La nulidad absoluta se da cuando un acto jurídico carece de licitud en la materia o representa un delito.
  • 🔄 La nulidad relativa se refiere a la falta de requisitos de validez y solo tiene efectos una vez resuelta de manera judicial.
  • ⏳ Las nulidades absolutas son imprescriptibles y no desaparecen con el tiempo, a diferencia de la nulidad relativa.
  • 👤 La nulidad absoluta protege intereses ligados al orden público y puede ser invocadas por cualquier persona con interés legítimo.
  • 🔑 La nulidad relativa protege intereses particulares afectados por la aplicación del acto y puede ser confirmada o ratificada.
  • 🌐 La teoría de la nulidad ha sido influenciada por las teorías clásicas francesas y el Código Napoleón, y es fundamental en el sistema jurídico.

Q & A

  • ¿Qué es la ineficacia según la Real Academia Española?

    -La ineficacia se refiere a la ausencia de la capacidad para lograr los efectos deseados o esperados de alguna actividad.

  • ¿Qué significa la inexistencia en el contexto de la Real Academia Española?

    -La inexistencia es la falta de existencia, es decir, cuando algo no es real o no es verdadero.

  • ¿Cuál es la definición de nulidad según la Real Academia Española?

    -La nulidad es un vicio que disminuye o anula la estimación o validez del acto político.

  • ¿Cuáles son los elementos que componen un acto jurídico según el guión?

    -Un acto jurídico se compone de elementos de existencia o esenciales y requisitos de validez.

  • ¿Qué se entiende por elementos de existencia o esenciales en un acto jurídico?

    -Los elementos de existencia o esenciales incluyen la voluntad, el objeto que sea físico y jurídicamente posible y la solemnidad.

  • ¿Cuáles son los requisitos de validez en un acto jurídico?

    -Los requisitos de validez incluyen la capacidad, la ausencia de vicios de voluntad, la licitud en el objeto, la materia del acto jurídico y la formalidad.

  • ¿Qué ocurre si un acto jurídico carece de eficacia?

    -Si un acto jurídico carece de eficacia, significa que no cumple con los efectos para lo que fue creado.

  • ¿Qué es un acto jurídico inexistente y cómo se identifica?

    -Un acto jurídico inexistente es aquel en el que algunos de los elementos esenciales de existencia están ausentes.

  • ¿Qué clasificaciones existen para los actos jurídicos nulos y cómo se diferencian?

    -Existen dos clasificaciones: la nulidad absoluta, que se relaciona con la ausencia de licitud, y la nulidad relativa, que se refiere a otros requisitos de validez como la capacidad, la ausencia de vicios de voluntad y la formalidad.

  • ¿Cuáles son las características principales de la nulidad en pleno derecho?

    -La nulidad en pleno derecho protege intereses ligados al orden público, puede ser invocable por cualquier persona con interés legítimo y es imprescriptible.

  • ¿Cómo se diferencia la nulidad relativa de la nulidad absoluta?

    -La nulidad relativa protege intereses particulares afectados por la aplicación del acto, no tiene efectos hasta que sea declaratoria judicialmente y puede ser confirmada o ratificada, a diferencia de la nulidad absoluta.

  • ¿Cómo ha influido la teoría clásica francesa en el sistema jurídico actual?

    -La teoría clásica francesa, especialmente el Código Napoleonico, ha influido en el sistema jurídico actual, ayudando a distinguir entre la nulidad de pleno derecho y la anulabilidad del acto jurídico.

Outlines

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📚 Teorías de la Nulidad en Derecho

El primer párrafo presenta una introducción al tema de las teorías de la nulidad en el ámbito jurídico, explicando los términos clave como ineficacia, inexistencia y nulidad. Se menciona que la ineficacia se refiere a la incapacidad de lograr los efectos deseados, mientras que la inexistencia se da cuando algo no es real o verdadero. La nulidad se define como un vicio que disminuye la validez de un acto político. Se describen los actos jurídicos ineficaces y nulos, clasificados como absolutos y relativos, y se detallan los elementos esenciales y requisitos de validez que componen un acto jurídico, como voluntad, posibilidad física y jurídica, solemnidad, capacidad, ausencia de vicios en la voluntad, licitud y formalidad. Además, se exploran las diferencias entre la nulidad absoluta y relativa, con la nulidad absoluta vinculada a la ausencia de licitud o la comisión de un delito, y la nulidad relativa relacionada con otros requisitos de validez. Se concluye con la mención de la influencia de las teorías clásicas francesas y el Código Napoleón en el sistema jurídico actual.

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🎓 Influencia de las Teorías Clásicas en la Jurisprudencia

El segundo párrafo aborda la influencia de las teorías clásicas francesas en la jurisprudencia, especialmente a través del Código Napoleón. Se destaca el trabajo de exponentes como Yves et Vio, quienes distinguieron entre la nulidad de pleno derecho y la anulabilidad del acto jurídico. Se mencionan las características de la nulidad en pleno derecho, como la protección de intereses públicos, la capacidad de ser invocado por cualquier persona con un interés legítimo, y la inexistencia de prescripción. Por otro lado, la nulidad relativa o anulabilidad protege intereses particulares y requiere una resolución judicial para tener efectos, los cuales son retroactivos y pueden ser confirmados o ratificados. El párrafo termina con un agradecimiento y un saludo de Gabi Flores, quien invita a los espectadores a unirse a futuras sesiones de aprendizaje.

Mindmap

Keywords

💡Teorías de la nulidad

Las teorías de la nulidad son conceptos jurídicos que se refieren a la invalidez de un acto jurídico. En el video, estas teorías son fundamentales para entender la diferencia entre un acto que no surte efectos (ineficaz), uno que no existe (inexistente) y uno que carece de validez (nulo).

💡Ineficacia

La ineficacia se refiere a la incapacidad de lograr los efectos deseados o esperados de una actividad. En el contexto del video, se relaciona con un acto jurídico que no cumple con los efectos para los cuales fue creado.

💡Inexistencia

La inexistencia, según la Real Academia Española, es la falta de existencia o la falsedad de algo. En el tema del video, un acto jurídico inexistente es aquel que carece de algunos elementos esenciales para su existencia.

💡Nulidad

La nulidad es un concepto que indica que un acto político tiene un vicio que disminuye o anula su validez. En el video, se divide en nulidad absoluta y nulidad relativa, y es crucial para discernir la validez de un acto jurídico.

💡Elementos de existencia o esenciales

Estos son componentes fundamentales de un acto jurídico, incluyendo la voluntad, la posibilidad física y jurídica del objeto y la solemnidad. En el video, se mencionan como parte integral de un acto jurídico para que este tenga validez.

💡Requisitos de validez

Los requisitos de validez son condiciones adicionales que un acto jurídico debe cumplir para ser válido, como la capacidad, la ausencia de vicios en la voluntad, la licitud del objeto y la formalidad. El video los describe como factores determinantes para la validez de un acto.

💡Nulidad absoluta

La nulidad absoluta se refiere a la ausencia de licitud en el objeto del acto, es decir, cuando un acto jurídico va en contra de la ley o representa un delito. En el video, se presenta como una forma de nulidad que involucra la falta de validez inherente.

💡Nulidad relativa

La nulidad relativa se asocia con la falta de requisitos de validez distintos de la licitud del objeto, como la capacidad o la formalidad. El video aclara que esta nulidad solo tiene efectos una vez que sea declaratoria judicialmente.

💡Teoría clásica francesa

La teoría clásica francesa es mencionada en el video como una influencia en el desarrollo de las teorías de la nulidad, especialmente distinguiendo entre la nulidad de pleno derecho y la anulabilidad de un acto jurídico.

💡Código Napoleonico

El Código Napoleonico, aunque no se menciona directamente en el guion, es un referente implícito en la discusión sobre la influencia de las teorías francesas en el sistema jurídico, y es relevante para entender el contexto histórico de la teoría de la nulidad.

💡Mónica Thirion

Mónica Thirion es mencionada en el video como autora que identificó los mismos elementos para determinar un acto jurídico inexistente y nulo, lo que refleja su contribución al estudio de la nulidad en el derecho.

Highlights

Presentación del tema de las teorías de la nulidad por Gabi Flores.

Importancia de entender la ineficacia, inexistencia y nulidad en el contexto jurídico.

Definición de ineficacia según la Real Academia Española: incapacidad de lograr los efectos deseados.

Inexistencia como la falta de existencia o verdadez de algo.

Concepto de nulidad: vicio que disminuye la validez del acto político.

Diferenciación entre actos jurídicos ineficaces, inexistentes y nulos.

Elementos de existencia o esenciales en un acto jurídico: voluntad, objeto posible y solemnidad.

Requisitos de validez: capacidad, ausencia de vicios, licitud y formalidad.

Acto jurídico inexistente por ausencia de elementos esenciales.

Acto jurídico nulo por falta de requisitos de validez.

Clasificación de la nulidad en absoluta y relativa según su gravedad.

Nulidad absoluta: ausencia de licitud o representación de un delito.

Nulidad relativa: relacionada con la capacidad, formalidad y otros requisitos.

Antecedentes de la teoría de la nulidad en la teoría clásica francesa.

Distinguir entre nulidad de pleno derecho y anulabilidad.

Características de la nulidad en pleno derecho: protección del orden público y ser imprescriptible.

Características de la nulidad relativa: protección de intereses particulares y efectos retroactivos.

Influencia del Código Napoleón en el sistema jurídico y teoría de la realidad.

Conclusión del video y agradecimiento por parte de Gabi Flores.

Transcripts

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hola amigos como están yo soy gabi

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flores y el día de hoy vamos a platicar

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sobre las teorías de la nulidad

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y

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para poder comprender de una mejor

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manera este tema es muy importante que

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tengamos presentes de ineficacia

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inexistencia y nulidad que a

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continuación describiremos

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la ineficacia según la real academia

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española tiene que ver con la ausencia

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de la eficacia que la eficacia es la

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capacidad para lograr los efectos

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deseados o esperados de alguna actividad

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por lo tanto la ineficacia quiere decir

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la incapacidad de obtener o lograr los

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efectos deseados o esperados en este

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caso de la conjura por su parte la

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inexistencia le encontramos en la real

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academia española como la falta de

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existencia es decir cuando no es real o

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cuando no es verdadero en cuanto al

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concepto de nulidad en la real academia

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española podemos encontrar el siguiente

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concepto vicio que disminuye o anula la

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estimación o validez del acto político

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por lo anterior podemos entender que un

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acto jurídico es ineficaz su patrón no

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cumple con los efectos para lo que fue

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creado desde el físico tenemos los que

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no producen que son inexistentes y los

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que no tienen fuerza un fundamento que

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pueden clasificarse en nulos absolutos y

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nulos relativos estas clasificaciones

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las veremos a continuación

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porque el acto jurídico carece de

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eficacia recordemos que el acto jurídico

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se compone por dos tipos de elementos

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los elementos de existencia o esenciales

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y los requisitos de validez por

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elementos de existencia o esenciales

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tenemos la voluntad que el objeto sea

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física y jurídicamente posible y la

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solemnidad y como requisitos de validez

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tenemos los que son relacionados con la

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capacidad la ausencia de los vicios de

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la voluntad la licitud en el objeto con

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la materia del acto jurídico y la

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formalidad

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estaremos ante un acto jurídico

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inexistente cuando algunos de los

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elementos esenciales sobre existencia

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estén ausentes

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y ante un acto jurídico nulo cuando

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algunos de los requisitos de validez sea

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el que nos falte el gasto de los altos

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brincos concluidas vamos a tener dos

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tipos de niveles de acuerdo a la

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gravedad el primero es la nulidad

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absoluta esta comunidad absoluta tiene

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que ver con la ausencia de la licitud

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del objeto en la materia de la turbina

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esto quiere decir que un acto jurídico

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será nulo cuando contravenga lo

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dispuesto en la ley o signifique o

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represente un delito

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y tendremos la nulidad relativa a esta

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nulidad relativa tiene que ver con los

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otros tres el efectos de existencia la

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capacidad la ausencia de los vicios de

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la voluntad y la formalidad del acto

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y

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el estudio de esta teoría tiene sus

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antecedentes desde la creación y la

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integralidad de la teoría clásica

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francesa donde sus principales

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exponentes como ya vio un pie le proveen

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bonicas lograron distinguir entre él la

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nulidad de pleno derecho y la

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anulabilidad del acto jurídico las

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características más importantes que

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observamos en la nulidad en pleno

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derecho

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son las siguientes primero protegen

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intereses ligadas al orden público según

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pueden ser invocadas por cualquier

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persona que tenga un interés legítimo

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sobre el tema tercero son

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imprescriptibles lo que quiere decir que

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no desaparecen a lo largo del tiempo y

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tampoco son confirmables o ratifica las

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características principales de la

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nulidad relativa o de la anulabilidad

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son las siguientes

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y la nulidad relativa protege los

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intereses de particulares que se hayan

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visto afectados por la aplicación al uso

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de los servicios de la voluntad que

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puede ser violencia lesión amenazas sólo

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a la fe y terror entre otras esta

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nulidad no va a tener efectos hasta que

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sale encantada de manera judicial estos

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efectos van a ser los retroactivos y

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puede ser confirmada o ratificada

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resulta muy importante poder observar

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para finalizar el empleo como ruiz intro

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un sistema jurídico se ha visto muy

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influenciado por las teorías clásicas

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francesas y sobre todo por el código

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napoleónico y en mi caso muy específico

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de la teoría de la realidad como el

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autor mónicas identificó los mismos

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elementos para determinar un acto

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jurídico inexistente y un acto jurídico

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nulo así sea relativo o absurdo

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eso es todo por el vídeo de hoy

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muchísimas gracias nuevamente

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yo soy gabi flores nos vemos pronto

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