AUDIENCIA ORAL FAMILIAR DE DIVORCIO INCAUSADO PUEBLA.

PRÁCTICA JURÍDICA
22 Oct 202216:25

Summary

TLDRLa transcripción es una grabación de una audiencia judicial que tiene lugar en la Unidad Familiar y Judicial de Cholula, Puebla. En ella, el señor juez preside una audiencia para el desahogo de una carpeta legal específica. Se mencionan los nombres de los abogados presentes, la licenciada Jessica Yáñez Luna y el licenciado Julio César Maldonado Carrera, quienes representan a su cliente. El actor, el señor Saucedo Mora, solicita el divorcio de su vínculo matrimonial con la señora Lorena Persino Zepeda, basándose en los artículos 442 al 447 del código civil. Se discuten los términos del divorcio, incluyendo la separación de bienes y la falta de desequilibrio económico entre las partes. Se presentan pruebas documentales y se establece un proceso para la conciliación y la eventual resolución judicial. La audiencia también aborda la competencia del juzgado y la legitimidad del actor para solicitar el divorcio. Se ordena la convocatoria a una audiencia de conciliación y se dictan medidas para garantizar el debido proceso y la participación de las partes en el procedimiento.

Takeaways

  • 📅 La audiencia se realiza el 5 de agosto de 2022 a las 12 horas con 43 minutos.
  • 🏢 Se encuentra en la sala de realidad número 2 para desahogo de la carpeta número JJ 22.
  • 🧑‍⚖️ El juez preside la audiencia y está presente el señor asociado de sus abogados, la licenciada Jessica Yáñez Luna y el licenciado Julio César Maldonado Carrera.
  • 🤝 Se confirma la designación de los abogados Jessica Yáñez Luna y Julio César Maldonado Carrera como representantes del actor.
  • 👥 El actor, el emelec Saucedo Mora, solicita el divorcio de su vínculo matrimonial con la señora Lorena Persino Zepeda.
  • 📜 Se presenta una propuesta de convenio para cumplir con la ley, a pesar de no haber hijos ni bienes adquiridos durante el matrimonio.
  • 🏠 Se menciona que el domicilio familiar se encuentra en calle San Andrés, Cholula, Puebla.
  • 💼 Se ofrece como prueba pública el extracto de acta de matrimonio número 003 de 2019.
  • 🚫 No se piden alimentos ni compensaciones económicas entre las partes.
  • 📝 Se establece que no hay deudas entre las partes ni con terceros a razón del matrimonio.
  • 🤝 Se pide que ambos partes se comprometan a respetarse durante el procedimiento y una vez que se emita la sentencia.
  • 📆 Se fija una cita de conciliación para el 26 de septiembre de 2022 a las 16 horas.

Q & A

  • ¿Cuándo y dónde se llevó a cabo la grabación de la audiencia?

    -La grabación de la audiencia se llevó a cabo en la sala de realidad número 2, en Cholula, Puebla.

  • ¿Quién presidía la audiencia en la que se discutía el divorcio?

    -El señor juez presidía la audiencia.

  • ¿Quiénes estaban presentes en la audiencia como abogados?

    -La licenciada Jessica Yáñez Luna y el licenciado Julio César Maldonado Carrera estaban presentes como abogados.

  • ¿Cuál es la razón principal para solicitar el divorcio por parte del señor Saucedo Mora?

    -El señor Saucedo Mora manifiesta su deseo de que se disuelva el vínculo matrimonial que lo une con su señora.

  • ¿Cuándo se casó el señor Saucedo Mora con la señora Lorena Percino Cepeda?

    -El señor Saucedo Mora se casó con la señora Lorena Percino Cepeda el 6 de diciembre de 2019.

  • ¿Dónde se encuentran los domicilios del actor y de la demandada?

    -Los domicilios del actor y de la demandada se encuentran en San Andrés Cholula, Puebla.

  • ¿Qué documentos se presentaron como pruebas en la audiencia?

    -Se presentaron el extracto de acta de matrimonio número 003 de 2019 y el documento que establece el domicilio del actor en Puebla como pruebas.

  • ¿Qué condiciones se establecen en el convenio de divorcio propuesto?

    -El convenio de divorcio no ofrece alimentos, compensaciones, no hay deudas entre ellos ni con terceros a razón del matrimonio, y ambos deben comprometerse a respetarse durante el procedimiento.

  • ¿Qué sucede si no se llega a un acuerdo en la audiencia de conciliación?

    -Si no se llega a un acuerdo en la audiencia de conciliación, se entenderá la negativa de uno o de ambos a conciliar y se negarán a salvo los derechos para ejercitarlos en la vía occidental.

  • ¿Cuándo se programó la audiencia de conciliación?

    -La audiencia de conciliación se programó para las 16 horas del 26 de septiembre de 2022.

  • ¿Qué se debe hacer para cumplir con el debido proceso en este caso?

    -Para cumplir con el debido proceso, se ordena que la demanda se contendrá en un disco videograbable, se entregue la demanda y los documentos a la demandada para que comparezca con conocimiento de causa, y se respete el requisito de ser llamado a procedimiento judicial con el cumplimiento de las formalidades esenciales.

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