Audiencia inicial, medios de prueba en el plazo constitucional. Robo en su modalidad de uso. 2/3
Summary
TLDREl texto es un registro de una audiencia judicial en la sala de audiencias número 5 del juzgado de control y juicio oral del primer distrito judicial de Tonalá, Jalisco. Se trata de la vinculación a proceso del imputado Juan Jesús Juárez Hernández por el delito de robo equiparado. La audiencia se realiza el 31 de mayo de 2018. Se identifican a las partes presentes, incluyendo a la víctima, el fiscal y los abogados. Se discuten los derechos del imputado y se planifica la presentación de testimonios y pruebas. La defensa argumenta la necesidad de estos testimonios para demostrar la imposibilidad de que el imputado haya cometido el delito, mientras que el fiscal opone que en esta etapa no es necesario y podría contaminar la prueba.
Takeaways
- 📅 Fecha y hora: El día 31 de mayo de 2018, a las 11:31 y 5 minutos.
- 🏢 Lugar: Sala de audiencias número 5 del juzgado de control y juicio oral del primer distrito judicial en Tonalá, Jalisco.
- 👤 Imputado: Juan Jesús Juárez Hernández, acusado de robo equiparado, según el artículo 233 en relación al 234 fracción séptima del código penal de Jalisco.
- 👥 Participantes: Licenciado Lenin Omar Martínez, abogado apoderado Navarro, María Guadalupe Orozco Zamora, Abogada Maribel Dios Martínez, Alejandra González Cantero (víctima), Karla Vaya Mira González (Comisión Estatal de Atención a Víctimas), entre otros.
- 📁 Carpeta de investigación: 55,109, con correspondiente carpeta administrativa 1877, relacionada con la investigación del delito.
- 📝 Procedimiento: Audiencia de vinculación a proceso, siguiendo lo establecido en los artículos 307, 303 y 315 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
- 👩⚖️ Representación legal: Juan Jesús Juárez Hernández tiene derecho a un defensor, quien debe ser notificado y asistir en el proceso.
- 🔍 Pruebas: La defensa tiene la intención de presentar testimonios de testigos y otros medios de prueba para demostrar la inocencia del imputado.
- 🚫 Ausencia de conducta delictiva: La defensa argumenta la imposibilidad de que el representado haya cometido el delito, basándose en la ausencia de conducta delictiva.
- 📖 Argumentación legal: Se hace referencia al artículo 314 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que permite el desarrollo de pruebas en esta fase del proceso.
- 🤔 Contaminación de testimonios: Se argumenta que los testigos propuestos por la defensa podrían estar contaminados, lo que podría afectar la integridad de sus testimonios.
Q & A
¿Qué día y año se llevó a cabo la audiencia descrita en el guion?
-La audiencia se llevó a cabo el día 31 de mayo del año 2018.
¿En qué lugar se realizó la audiencia?
-Se realizó en la sala de audiencias número 5 del juzgado de control y juicio oral del primer distrito judicial en Tonalá, Jalisco.
¿Quién es el imputado en esta audiencia y por qué delito es acusado?
-El imputado es Juan Jesús Juárez Hernández, acusado por el delito de robo equiparado, previsto en el artículo 233 en relación al 234 fracción séptima del código penal del estado de Jalisco.
¿Quién es la víctima en este caso?
-La víctima es Alejandra González Cantero.
¿Cuál es el propósito de la audiencia de vinculación a proceso?
-El propósito de la audiencia de vinculación a proceso es determinar si hay suficientes pruebas para vincular al imputado al proceso penal por el delito de que se le acusa.
¿Quién preside la audiencia y cuál es su profesión?
-La audiencia es presidida por el abogado apoderado Navarro, quien es especializado en control y juicio.
¿Qué papel juegan los testigos en la audiencia y cuáles son sus nombres?
-Los testigos juegan un papel crucial para aportar testimonios relevantes en la audiencia. Los nombres de los testigos mencionados son Nazaret Libertad, Francisco Morales Ayala, Leticia Pérez Valle, Fabiola González Pérez y Jesús Suárez Huarte.
¿Cuál es el argumento principal de la defensa del imputado?
-El argumento principal de la defensa es que el imputado no estaba presente en el momento de los hechos ni pudo haber cometido la conducta delictiva, es decir, la ausencia de conducta.
¿Qué es el artículo 314 del código nacional de procedimientos penales y cómo se aplica en este caso?
-El artículo 314 del código nacional de procedimientos penales establece las excepcionales vías para desarrollar pruebas, incluyendo el desahogo de pruebas cuando el imputado está privado de su libertad. En este caso, se permite a la defensa aportar pruebas para demostrar la probable participación del imputado en el hecho delictivo.
¿Por qué la fiscalía considera innecesarias las pruebas que la defensa desea presentar en esta etapa?
-La fiscalía considera innecesarias las pruebas en esta etapa porque se encuentra en una etapa inicial del proceso donde no se debate la plena responsabilidad del delito, sino simplemente se establece la existencia del hecho y la probable responsabilidad del imputado.
¿Qué es la audiencia inicial y qué se busca en ella?
-La audiencia inicial es el primer encuentro judicial en un proceso penal donde se establece la existencia del hecho y se vincula al proceso al imputado. Se busca determinar si hay suficientes razones para procesar al imputado por el delito de que se le acusa.
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