IVA personas morales 2024, nueva plataforma

Contabilidad e impuestos México
14 Feb 202414:46

Summary

TLDREste video explica cómo presentar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para personas morales en México, destacando los cambios en el portal tributario y el proceso de declaración mensual. Se aborda el prellenado de datos, la verificación de la información fiscal y contable, y las recomendaciones para evitar discrepancias. También se explica cómo corregir posibles errores en los valores del IVA trasladado y acreditable, así como la importancia de revisar los documentos y declaraciones previas para asegurar la precisión en los cálculos del impuesto. Es una guía útil para contribuyentes que gestionan sus impuestos de forma precisa y eficiente.

Takeaways

  • 😀 La presentación del IVA para personas morales ahora se realiza a través de un portal unificado de la autoridad tributaria.
  • 😀 La declaración provisional del IVA 2024 debe ser presentada mensualmente y la información se precarga automáticamente con las ventas realizadas y complementos de pago.
  • 😀 Es importante que los contribuyentes verifiquen la información precargada por la autoridad, ya que algunos datos como el IVA de las inversiones pueden estar incompletos o incorrectos.
  • 😀 La autoridad permite realizar correcciones a las cantidades precargadas, pero se debe tener cuidado con las discrepancias que puedan surgir entre la información precargada y los papeles de trabajo del contribuyente.
  • 😀 En las facturas emitidas con el método PUE, se debe detallar el monto correspondiente al IVA trasladado y el IVA acreditable de las compras y gastos.
  • 😀 El IVA de las ventas realizadas se clasifica según la tasa del 16%, mientras que el IVA exento y la tasa del 0% se deben considerar solo cuando corresponda, como en ventas de terrenos o servicios exentos.
  • 😀 Es recomendable timbrar todos los complementos de pago dentro del mismo mes para evitar discrepancias fiscales y contables.
  • 😀 El IVA acreditable se puede modificar, pero se debe tener cuidado al hacerlo, ya que la modificación puede causar discrepancias entre la información registrada en el SAT y la que se está declarando.
  • 😀 El contribuyente debe revisar y corregir cualquier detalle relacionado con la importación de bienes y servicios, ya que el IVA relacionado con importaciones no siempre se precarga correctamente.
  • 😀 La declaración del IVA debe ser cuadrada con los papeles de trabajo, especialmente cuando los saldos a favor o el IVA trasladado parecen no coincidir con lo reportado.
  • 😀 A pesar de los ajustes y la flexibilidad de la autoridad tributaria para corregir errores, siempre es necesario realizar un análisis detallado para evitar sanciones o discrepancias importantes.

Q & A

  • ¿Qué cambios importantes realizó la autoridad en la presentación del IVA para personas morales?

    -La autoridad unificó el portal para la presentación del IVA, lo cual ahora se realiza en el nuevo portal de pago provisional. También se precargó la información de ventas realizadas con PUE y complementos de pago.

  • ¿Cómo se visualiza y se presenta la declaración del IVA en el portal?

    -Para visualizar la declaración, el contribuyente debe ingresar al portal, seleccionar la opción 'Presentar declaración', y luego elegir el ejercicio y la periodicidad. En este caso, se selecciona el ejercicio 2024, la periodicidad mensual y el tipo de declaración normal.

  • ¿Qué tipo de información precarga la autoridad en el nuevo portal?

    -La autoridad precarga información sobre las ventas realizadas con PUE y los complementos de pago, lo que incluye el IVA trasladado y el IVA acreditable de compras y gastos. Sin embargo, hay ciertos detalles que pueden necesitar corrección, como el IVA de las inversiones.

  • ¿Qué debe hacer el contribuyente si encuentra diferencias en la información precargada?

    -El contribuyente debe verificar la información precargada y, en caso de encontrar discrepancias, realizar las correcciones necesarias en las facturas o declaraciones correspondientes.

  • ¿Cómo se calculan los valores de los actos o actividades grabados a la tasa del 16%?

    -Se calcula sumando las facturas emitidas de tipo ingreso y de tipo pago, con la fecha de pago correspondiente al mes. Luego, el IVA se determina sobre el valor de esas facturas.

  • ¿Qué sucede si las cifras no cuadran con los papeles de trabajo del contribuyente?

    -Si las cifras no cuadran, el contribuyente puede modificar las cantidades, pero es importante que se tenga cuidado, ya que puede haber discrepancias con la información registrada en el SAT.

  • ¿Qué pasa si la empresa no realiza operaciones de exportación o actividades gravadas a tasa cero?

    -Si no hay operaciones de exportación ni actividades gravadas a tasa cero, la sección correspondiente del formulario marcará cero, como en el caso expuesto en el video.

  • ¿Cómo se maneja el IVA acreditable en la declaración?

    -El IVA acreditable se determina a partir de las actividades pagadas a la tasa del 16%. Si se han realizado adquisiciones de bienes y servicios, el IVA de estas actividades se puede acreditar, pero es importante asegurarse de que la información sea precisa.

  • ¿Qué pasa si se realiza una importación de bienes o servicios?

    -Si la empresa realiza importaciones de bienes o servicios, el IVA correspondiente a esas importaciones debe ser capturado en el formulario. En este caso, la empresa no realizó importaciones, por lo que esa sección quedó en cero.

  • ¿Qué debe hacer el contribuyente si la declaración presenta un error en la acumulación del IVA de anticipos?

    -Si se observa que la autoridad está acumulando el IVA de los anticipos, el contribuyente debe revisar y corregir las posibles discrepancias, ya que, en este caso, la autoridad no está restando el IVA de la nota de crédito al IVA acumulado en la factura del bien o servicio.

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