Diferencia entre interpretar y argumentar
Summary
TLDREn este diálogo, Jaime y Miguel debaten sobre la relación entre la interpretación y la argumentación jurídica, citando a expertos como Manuel Atienza y Ricardo Guastini. Jaime expone cómo la interpretación de una norma es el paso previo a su argumentación, ilustrando con un ejemplo sobre el adulterio en el divorcio. Critican el abuso del método teleológico y la apelación al 'espíritu' del legislador, que puede llevar a la arbitrariedad. Se destaca la importancia de la racionalidad y la razonabilidad en la interpretación y argumentación para fundamentar decisiones jurídicas de manera coherente y justificada.
Takeaways
- 📚 La interpretación es un paso previo necesario para la argumentación, como lo mencionan expertos como Manuel Atienza y Riccardo Guastini.
- ⚖️ La interpretación implica asignar un significado a normas, precedentes u otros elementos legales, algo crucial en el derecho.
- 👩⚖️ Las normas pueden tener diferentes significados, y la interpretación ayuda a elegir el más adecuado según el contexto.
- 💼 Se presenta un ejemplo de un caso de adulterio homosexual en los años 70-80 en Querétaro, donde la interpretación del concepto de adulterio variaba según el contexto cultural y social.
- 📜 Las normas legales a menudo son ambiguas o indeterminadas, lo que requiere interpretación para adaptarlas a nuevas realidades culturales, históricas o tecnológicas.
- 🗣️ Después de interpretar una norma, es necesario justificar por qué ese significado es más adecuado que otros posibles.
- 🔍 Se critica la simplificación del método de interpretación teleológico en México, en particular la noción de 'el espíritu de la ley', por considerarse superficial y arbitraria.
- 🧠 La racionalidad y la justificación basada en razones lógicas son esenciales en la interpretación y argumentación legales.
- 📖 El concepto de 'letra y espíritu' proviene de San Pablo y sugiere una dicotomía entre el significado literal y un sentido más profundo o finalista.
- ⚖️ La razonabilidad es un componente clave en la interpretación y argumentación, que busca proteger valores fundamentales y justificar las decisiones de manera lógica y coherente.
Q & A
¿Cuál es la relación entre la interpretación y la argumentación en el ámbito jurídico, según el capítulo del libro de Jaime mencionado en el transcript?
-La interpretación es un paso previo a la argumentación. Antes de argumentar, es necesario interpretar bien para determinar el significado de una norma, un precedente u otro aspecto legal. Luego, la argumentación justifica por qué el significado interpretado es el más adecuado frente a otras posibles interpretaciones.
¿Qué ejemplo personal menciona Jaime para explicar la importancia de la interpretación jurídica?
-Jaime menciona un caso que litigó sobre divorcio necesario, donde la causal era el adulterio. El problema radicaba en si la infidelidad con una persona del mismo sexo calificaba como adulterio. La interpretación de la norma en Querétaro, un estado conservador en los años 70 y 80, consideraba que el adulterio solo aplicaba a infidelidades heterosexuales, lo que muestra cómo diferentes interpretaciones pueden tener consecuencias jurídicas.
¿Qué problemas menciona Jaime sobre la interpretación de normas legales?
-Jaime señala que las normas legales pueden ser indeterminadas, oscuras o ambiguas. Con el tiempo, las realidades culturales, históricas, científicas o tecnológicas pueden cambiar, lo que requiere reinterpretar las normas para que sean comprendidas de manera diferente.
¿Cuál es el riesgo de invocar el 'espíritu del legislador' en la interpretación jurídica?
-Jaime critica el uso del 'espíritu del legislador' como un método de interpretación, describiéndolo como una suerte de ejercicio espiritista que carece de racionalidad. Explica que invocar el espíritu del constituyente o del legislador puede llevar a interpretaciones arbitrarias y superficiales.
¿Cuál es el origen de la dicotomía entre 'letra y espíritu' en el contexto interpretativo?
-Según Jaime, la dicotomía entre 'letra y espíritu' tiene una referencia bíblica, proveniente de San Pablo, quien dijo que 'la letra mata y el espíritu vivifica'. Esta idea se ha trasladado al ámbito jurídico, aunque Jaime considera que su aplicación puede ser problemática.
¿Qué enfoque propone Jaime para una correcta interpretación y argumentación jurídica?
-Jaime sugiere que la interpretación y la argumentación deben realizarse de manera racional, usando razones lógicas y consecuentes con el ordenamiento jurídico. Además, se debe tener en cuenta la razonabilidad, que implica proteger ciertos valores fundamentales y justificar las decisiones de manera adecuada.
¿Qué crítica hace Jaime al método de interpretación teleológica en México?
-Jaime critica el abuso del método teleológico en México, especialmente la invocación del 'espíritu de la ley' o del 'legislador'. Considera que este enfoque carece de una base racional y puede llevar a una interpretación arbitraria, en lugar de seguir un proceso lógico y justificado.
¿Cómo se relacionan los principios y valores con la interpretación finalista o axiológica, según Jaime?
-Jaime explica que la interpretación finalista o axiológica se enfoca en los valores y principios del derecho. Sin embargo, advierte que los fines del derecho, como la protección de los derechos humanos, suelen ser indeterminados, lo que puede llevar a interpretaciones abiertas y subjetivas si no se justifican adecuadamente.
¿Qué elementos considera Jaime esenciales para una interpretación jurídica adecuada?
-Jaime considera que la interpretación debe ser racional, lógica y consecuente con el ordenamiento jurídico y el sentido común. Además, debe estar alineada con los procesos evolutivos del derecho y justificarse de manera razonada, teniendo en cuenta valores fundamentales.
¿Qué posición toma Jaime sobre la relación entre la racionalidad y la razonabilidad en la teoría de la argumentación jurídica?
-Jaime señala que la racionalidad es fundamental en la interpretación y argumentación jurídica, pero también se debe considerar la razonabilidad. Esta implica que las decisiones jurídicas no solo deben seguir el marco del derecho, sino también proteger valores fundamentales y estar justificadas en función de esos valores.
Outlines
📜 La relación entre interpretación y argumentación
En este párrafo, Jaime y Miguel discuten la relación entre interpretación y argumentación en el ámbito jurídico. Miguel menciona una cita de Manuel Atienza, quien afirma que para argumentar correctamente, primero se debe interpretar adecuadamente. Jaime explica que la interpretación es el proceso en el que el operador jurídico asigna un significado a una norma, lo cual es esencial ya que una norma puede tener múltiples significados. A través de un ejemplo personal sobre una causal de divorcio en Querétaro, explica cómo los criterios de interpretación pueden variar según el contexto social y cultural. Finalmente, destaca la importancia de justificar el significado elegido a través de la argumentación.
🧙♂️ La controversia del 'espíritu' en la interpretación
En este párrafo, se aborda la controversia en México sobre el uso del 'espíritu' de una ley o norma en el proceso interpretativo. Miguel critica la referencia al 'espíritu' como algo que genera arbitrariedad, comparándolo con un ejercicio espiritista que carece de base racional. Jaime, citando a Ricardo Guastini, coincide en que invocar el 'espíritu' de la ley es un ejercicio reprobable y superficial. También señala que el uso excesivo de métodos teleológicos puede llevar a resultados arbitrarios si no se justifica adecuadamente.
⚖️ Racionalidad y razonabilidad en la argumentación jurídica
Este párrafo se centra en la importancia de la racionalidad y la razonabilidad en los procesos de interpretación y argumentación jurídica. Jaime explica que, además de una interpretación racional, la decisión jurídica también debe ser razonable, es decir, estar bien justificada y alineada con los valores fundamentales, como la protección de derechos humanos. La discusión sobre los fines del derecho constitucional, como la división de poderes y los derechos humanos, es mencionada como un ejemplo de cómo los fines pueden ser demasiado amplios e indeterminados, lo que plantea desafíos en la interpretación legal.
Mindmap
Keywords
💡Interpretación
💡Argumentación
💡Causal de divorcio
💡Infidelidad
💡Método teleológico
💡Razonabilidad
💡Norma jurídica
💡Adulterio
💡Espíritu del legislador
💡División de poderes
Highlights
La interpretación es el paso previo a la argumentación, según lo citado por Jaime y Manuel Atienza.
La interpretación jurídica busca determinar el significado de normas o precedentes.
El ejemplo del adulterio en Querétaro demuestra cómo una norma puede ser interpretada de manera diferente dependiendo del contexto cultural.
La interpretación de normas cambia con el tiempo, debido a nuevas realidades culturales, históricas y científicas.
La interpretación puede elegir entre distintos significados, pero es necesario justificar por qué uno es más adecuado que otros.
En México, se suele simplificar en exceso el tema de la interpretación, según Jaime.
El método teleológico, que busca los propósitos implícitos en la norma, se utiliza de forma superficial en México.
Jaime critica la apelación al 'espíritu del legislador', considerándola una tarea jurídica espiritista que carece de racionalidad.
La invocación al 'espíritu de la constitución' es reprobada por Ricardo Guastini por su falta de fundamento realista.
La interpretación debe basarse en análisis racionales y lógicos, evitando la arbitrariedad hermenéutica.
Además de la racionalidad, la razonabilidad es clave en la teoría de la argumentación, como proponen teóricos desde Alexy.
La razonabilidad implica que las decisiones deben estar bien justificadas y alineadas con valores fundamentales.
Los fines del derecho, como la protección de derechos humanos y la división de poderes, requieren una interpretación coherente y justificada.
Los fines del derecho son más indeterminados que las reglas jurídicas, lo que complica la interpretación finalista.
El método finalista de interpretación tiene una fuerte conexión con la axiología o los valores del derecho.
Transcripts
[Música]
jaime en uno de los capítulos de tu
libro
haces un repaso de la relación
conceptual que existe entre la
interpretación por un lado y la
argumentación por otro leyendo tus
páginas me acordé de esta frase de
manuel atienza el gran especialista en
argumentación jurídica de la 11a de
alicante a quien tú por supuesto citas
en el libro y de quien tanto hemos
aprendido cuando dice la interpretación
como lo dice también declaró guastini
por cierto la interpretación digamos que
es un paso previo para la argumentación
si nosotros queremos argumentar bien
tenemos que interpretar bien explícanos
está esta parte de tu libro jaime lo has
dicho bueno como siempre de manera
brillante miguel lo has dicho muy bien
la interpretación es esa etapa
en la que el operador jurídico determina
un significado un significado respecto a
la norma al precedente con lo que esté
trabajando la interpretación tiene que
ver con los significados bien entonces
este es un momento muy importante porque
una norma por ejemplo una norma legal
pues puede tener distintos significados
y yo siempre pongo un ejemplo de una
anécdota de mi vida cuando comencé a
litigar cuando era muy joven un asunto
que se me planteó que era un asunto de
divorcio necesario en extra época
existía el divorcio necesario y las
causales de divorcio y la causal era
adulterio estaba la causal no era un
problema de prueba porque la causal
estaba aprobada pero el tema era así
el adulterio
a una causal que procedía por
infidelidades en la pareja con personas
del mismo sexo que era el caso porque
había criterios estoy hablando de
finales de los años setentas principios
de los 80 de los 80s en una ciudad que
en esa época era muy conservadora como
querétaro como es que como era querétaro
en donde se entendía con criterios de la
sala superior o de la sala de civil del
tribunal superior de justicia de ese
estado que es la infidelidad para
considerarse adulterio
tenía que ser heterosexual si era
infidelidad homosexual no se consideraba
adulterio por supuesto la norma del
código civil del estado nos decía
solamente es causal de divorcio el
adulterio pero había que interpretarlo
bueno
la infidelidad tiene que verla el
adulterio con la infidelidad pero debe
ser heterosexual debe ser homosexual de
qué tipo de infidelidad estamos hablando
entonces
pues como sabemos son y suelen ser
indeterminadas a veces son oscuras a
veces son ambiguas o simplemente por el
transcurso del tiempo ante nuevas
realidades culturales históricas
científicas tecnológicas merecen
entenderse y significarse de otra manera
por eso la interpretación es ese paso
previo que tú dices a la argumentación
entonces la interpretación elegimos el
significado elegimos un significado para
la norma pero es como sabemos no basta
elegir ese significado hay una discusión
también hay muy interesante si ese
significado ya viene dado totalmente por
la norma o si es el el juez el operador
el que atribuye el significado pero
bueno más allá de esa discusión que es
muy trascendente el una vez elegido el
significado por el juez por el litigante
por la autoridad administrativa ese
significado que eligió pues debe
justificarlo porque el significado que
eligió de la norma es el más adecuado o
el más correcto o el más plausible
frente a otros significados posibles que
podía tener esa norma entonces la
argumentación que es ese que consiste en
un proceso de justificación sobre los
significados que durante la
interpretación realizamos y tienes que
justificar porque ese significado es
mejor que otros hoy me da la impresión
de gm no sé si te estés de acuerdo o no
correcto dónde está con este punto de
vista pero que la impresión que tengo es
que en méxico se sobre simplifica el
tema de la interpretación y pongo un
ejemplo el método de interpretación
llamado teleológico la idea de buscar
digamos finalidades propósitos objetivos
implícitos en la norma que a veces en
méxico llevamos a cabo a través de esta
referencia para mí verdaderamente
incomprensible
espíritus y entonces de repente se dice
el espíritu del constituyente el
espíritu del legislador el espíritu el
espíritu y me causa me causa muchas
obras te lo digo sinceramente esa
apelación a los espíritus esa suerte de
tarea jurídica espiritista porque me
parece un abandono de la racionalidad me
parece que ahí por ejemplo está esta
referencia que haces a los a las
necesidades de justificación o se
abandonan y simplemente caemos en una
suerte de arbitrariedad hermenéutica
porque cada quien invoca su propio
espíritu no y la verdad es que no se
corresponde ni siquiera con un ejercicio
realista porque si tú dices el espíritu
de la constitución o del constituyente
caramba cosas en ciento y tantos años y
además había artículos que se
discutieron mucho otros que se
discutieron poco las referencias que
tenemos son sólo parciales a partir de
las crónicas el constituyendo o sea
díjole ahí hay un peligro ahí y esto lo
me lo puso de manifiesto un texto de
ricardo guastini en donde él decía no no
a ver esto visitar espíritus es
francamente reprobable no se puede hacer
interpretación teleológica ciertamente
pero esta invocación espiritista es algo
que no que no se sostiene tú como lo ves
como como como aprecias de esta parte y
yo creo que ahí existe como tú lo dices
mucha superficialidad en los ejercicios
primero interpretativos en búsqueda del
significado adecuado para la norma pero
aquí también en la argumentación y en
este caso esto de los espíritus
de lo tecnológico del método tecnológico
finalista de interpretación siempre me
si ciertamente hay un abuso porque
cualquier cosa pues puede caber dentro
de los sentidos o fines de un
ordenamiento de una norma como tú
conoces bien ese tema de los espíritus
de la letra y el espíritu tiene que ver
con los tiene una referencia bíblica una
referencia teológica eso proviene bueno
hasta donde yo sé de san pablo cuando
san pablo en el nuevo testamento en
alguna no sé si en el en los hechos de
los apóstoles o en una de sus cartas a
sus discípulos dice san pablo que la
letra mata y el espíritu vivifica
entonces seguramente proviene de ahí esa
esa esa dicotomía letra y espíritu y si
ciertamente hay hay entiendo como tú y
como dice el profesor guastini puede
haber mucha superficialidad que raya en
la arbitrariedad hay que decir que en
este asunto en estos temas
de interpretación y de argumentación y
también los de aplicación que generan
otro tipo de problemas hay que sobre
todo realizar el análisis el estudio
desde la racionalidad y con razones con
elementos que sean lógicos que sean
consecuentes con el ordenamiento
jurídico con el sentido común con el
procesos procesos evolutivos del derecho
que tú señalas y di yo creo que en
exceso de la racionalidad que tú invocas
debe sumársele el otro elemento que
ahora es muy importante en la teoría de
la argumentación bueno desde a ley sobre
todo desde alexis ayala los siguientes
teóricos que es lo que llaman
razonabilidad es decir no solamente debe
adoptarse la decisión conforme al marco
del derecho de sus sentidos en fin
empleando distintos métodos sino además
esa decisión pues sí debe proteger
ciertos valores fundamentales pero eso
también hay que justificarlo si yo
invoco el fin del derecho empleó el
método tecnológico el empleo de ese
método tecnológico debe estar bien
justificado bien razonado para que sea
consecuente con ese elemento de la
razonabilidad por ejemplo si tú y yo
decimos que los fines del derecho
constitucional pues son la garantía o
respeto y la garantía a los derechos
humanos oa los derechos fundamentales y
la salvaguarda de la división de poderes
pues creo que no estamos diciendo nada
no entonces cualquiera cualquier
intérprete podría decir ah pues que yo
estoy haciendo esta interpretación estoy
eligiendo tal significado o estoy
elaborando la justificación o
argumentación de esta manera para
proteger el derechos humanos entonces
puede haber cualquier este sentido
cualquier alcance de la norma porque los
fines suelen ser
son indeterminados son más bajos aún que
las reglas jurídicas en esta distinción
que siempre hay que hacer no sé qué
opinas tú entre reglas principios y
valores
el método finalista tiene que ver sobre
todo con la interpretación axiológica o
los valores del derecho
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