Tipo omisivo Posición de garante
Summary
TLDREl texto aborda la importancia de la posición de garantía en la equiparación entre delitos activos y omisivos. Se menciona que la posición de garantía es crucial para determinar si un resultado típico puede ser imputado a una persona que, a pesar de no causar el resultado, tiene una obligación especial derivada de su rol. Existen varias teorías sobre las posiciones de garantía, destacando la teoría formal de Feuerbach y la teoría material de Armin Kaufman. La teoría formal se basa en la ley, el contrato y el hecho precedente como fuentes de la posición de garantía, mientras que la teoría material de Kaufman se enfoca en la función de protección de un bien jurídico y el deber de control de una fuente de peligro. Kaufman identifica grupos como la vinculación familiar estrecha, la comunidad de peligro y la asunción voluntaria de una función de protección. Además, se discute la responsabilidad por las conductas de otras personas y el hecho precedente como fuente de posición de garantía, destacando la necesidad de que el hecho precedente sea causante, antijurídico y supere el filtro de la imputación objetiva.
Takeaways
- 📜 La posición de garantía es crucial para determinar la responsabilidad en los delitos de omisión, especialmente en comparación con los delitos activos.
- 🔍 La equiparación entre delitos activos y delitos omisivos se centra en si el sujeto tiene una obligación especial de evitar un resultado, debido a su posición de garantía.
- 🌟 Existen varias teorías sobre las posiciones de garante, pero dos de las más destacadas son la teoría formal de la fuente generadora de exposición de garantía y la teoría material de las funciones.
- 📚 En el Código Penal argentino no hay una cláusula de equiparación para los delitos de omisión, lo que puede llevar a interpretaciones constitucionales divergentes.
- ⚖️ La teoría formal, atribuida a Feuerbach, establece que las fuentes de la posición de garantía son la ley, el contrato y el hecho precedente.
- 📝 La teoría material de Armin Kaufman supera la formalidad, y busca definir las posiciones de garantía en base a la función de protección de un bien jurídico y el deber de control de una fuente de peligro.
- 🤝 La estrecha vinculación familiar y las expectativas de cuidado entre las personas son factores clave en la teoría material para determinar la posición de garantía.
- 🚑 El concepto de comunidad de peligro introduce la idea de que quienes asumen un riesgo en grupo tienen la expectativa de auxilio mutuo en caso de emergencia.
- 🏥 La asunción voluntaria de una función de protección puede hacer a una persona garante de un bien jurídico, pero solo si su acción disminuye objetivamente la ayuda que otros podrían brindar.
- 🚦 El control de una fuente de peligro, como un perro o una máquina peligrosa, hace a una persona garante de los daños que pueda causar a terceros.
- 🚨 La injerencia o hecho precedente puede generar una posición de garantía solo si es causante, antijurídica, y supera el filtro de la imputación objetiva.
Q & A
¿Cuál es la posición de garantía en los delitos y cómo se relaciona con los delitos activos y omisivos?
-La posición de garantía es el sexto elemento de las opciones impropias y es fundamental para la equiparación entre delitos activos y omisivos. En los delitos activos, si el autor no causa el resultado típico pero tiene una obligación especial que surge de su posición de garantía, se le puede imputar el resultado omitido.
¿Cuáles son las dos teorías principales sobre las posiciones de garante en la ciencia penal?
-Las dos teorías principales son la teoría formal de la fuente generadora de exposición de garantía, atribuida a Feuerbach, y la teoría material de las funciones, propuesta por Armin Kaufman.
¿Cómo se define la posición de garantía en el código penal español, alemán y colombiano?
-En estos códigos penales modernos, existen cláusulas de equiparación que no solo equiparan la omisión con el delito activo sino que también tratan de definir cuándo una persona es garante, proporcionando una base más precisa para determinar la posición de garantía.
¿Por qué la teoría formal de Feuerbach ha sido criticada por ser excesivamente formal?
-La teoría formal ha sido criticada porque se centra en aspectos formales, como la existencia de una ley o contrato que impone una obligación de cuidado. Esto puede ser un problema cuando las situaciones no están previstas legalmente, como en el caso de concubinos o personas del mismo sexo que no están legalmente casadas.
¿Cuáles son los tres supuestos que pueden generar una posición de garantía según la teoría formal?
-Según la teoría formal, los tres supuestos que pueden generar una posición de garantía son: la ley, el contrato y el hecho precedente. Estos son los llamados fuentes formales de exposición de garante.
¿Cómo se define la posición de garantía en la teoría material de Armin Kaufman?
-La teoría material de Armin Kaufman define la posición de garantía en dos grandes grupos: la función de protección de un bien jurídico y el deber de control de una fuente de peligro. Esto busca abarcar relaciones más amplias y situaciones en las que una persona asume la responsabilidad de proteger un bien jurídico o controlar una fuente de peligro, más allá de la mera existencia de una ley o contrato.
¿Qué es la comunidad de peligro y cómo se relaciona con la posición de garantía?
-La comunidad de peligro es una situación en la que un grupo de personas emprende una actividad riesgosa con la expectativa de que en caso de peligro, existará ayuda entre ellos. Esta expectativa de auxilio justifica la posición de garante en estos casos, donde los miembros del grupo tienen la responsabilidad de ayudar si uno de ellos está en peligro.
¿Cómo se considera a una persona como garante en el caso de la asunción voluntaria de una función de protección?
-Una persona se considera garante por la asunción voluntaria de una función de protección si su conducta de comenzar a salvar ha colocado objetivamente a esa persona en una situación de menor cuidado o de menores posibilidades de auxilio. Esto significa que su acción de comenzar a salvar ha provocado que otras personas que podrían haber ayudado se desentiendan del problema.
¿Cuáles son los casos en los que el hecho precedente puede generar una posición de garantía según la mayoría de los autores?
-El hecho precedente puede generar una posición de garantía cuando la persona ha causado la situación de necesidad, como en el caso de un automovilista que atropella a un ciclista y luego omite salvarlo. Sin embargo, algunos autores exigen que el hecho precedente sea antijurídico y supere el filtro de la imputación objetiva para ser considerado una fuente de posición de garantía.
¿Por qué la teoría de Armin Kaufman es considerada más justa y precisa que la teoría formal tradicional?
-La teoría de Armin Kaufman es considerada más justa y precisa porque abarca una gama más amplia de relaciones y situaciones que pueden generar una posición de garantía. Esta teoría no se centra únicamente en la existencia de una ley o contrato, sino que también tiene en cuenta la función de protección y el deber de control, lo que permite una evaluación más equitativa de las responsabilidades en diferentes contextos.
¿Cómo se relaciona la posición de garantía con la equiparación de delitos de omisión y delitos activos en la teoría de Armin Kaufman?
-En la teoría de Armin Kaufman, la posición de garantía es clave para la equiparación de delitos de omisión y delitos activos. Si una persona está en una posición de garantía y omite una acción que estaría a cargo de realizar, podría ser equiparada al autor de un delito activo, siempre y cuando haya una obligación especial de evitar el resultado negativo.
Outlines
😀 La posición de garantía en los delitos de omisión
Se discute la importancia de la posición de garantía en los delitos de omisión, destacando su relevancia para determinar la equiparación entre delitos activos y omisivos. Se menciona la existencia de diversas teorías sobre las posiciones de garantía, destacando dos: la teoría formal de la fuente generadora de exposición de garantía y la teoría material de las funciones de Armin Kaufman. Además, se señala la ausencia de una cláusula de equiparación en el código penal argentino, en contraste con otros códigos penales modernos que sí la incluyen y definen posiciones de garantía.
😐 La teoría formal y sus críticas
Se explora la teoría formal de las posiciones de garantía, atribuida a Feuerbach y Estüve, que se basa en la ley, el contrato y el hecho precedente como fuentes de la posición de garantía. Se señala la crítica a esta teoría por ser excesivamente formal, lo que puede llevar a una falta de precisión en la determinación de las obligaciones y responsabilidades. Se da ejemplos de cómo la teoría formal puede ser insuficiente en casos específicos, como el de parejas no casadas o la ausencia de una disposición legal que obligue a concubinos a cuidarse mutuamente.
😕 La teoría de las funciones de Armin Kaufman
Se presenta la teoría de Armin Kaufman, que busca corregir las deficiencias de la teoría formal, centrando la atención en las funciones de protección y control de una fuente de peligro. Se describen los dos grupos principales que pueden generar posiciones de garantía según Kaufman: el grupo de la función de protección de un bien jurídico, que incluye la relación familiar estrecha y la comunidad de peligro, y el grupo del deber de control de una fuente de peligro, que abarca la responsabilidad por las conductas de otras personas y el hecho precedente.
😌 La asunción voluntaria de una función de protección
Se profundiza en el concepto de asunción voluntaria de una función de protección como fuente generadora de posición de garantía. Se explica que una persona puede convertirse en garante al asumir voluntariamente la protección de un bien jurídico, siempre y cuando su acción no disminuya la atención o las posibilidades de auxilio que otros podrían brindar. Se destaca la importancia de que la asunción de protección no sea meramente el intento de salvar, sino que haya provocado un cambio en la situación de cuidado del bien jurídico en peligro.
😠 El deber de controlar una fuente de peligro
Se aborda el segundo grupo de posiciones de garantía según Kaufman, relacionado con el deber de controlar una fuente de peligro. Se establece que una persona puede ser considerada garante si el peligro para un bien jurídico proviene de una fuente de peligro bajo su responsabilidad. Se dan ejemplos como el dueño de un perro que hiere a alguien y la responsabilidad de las personas a cargo de menores o de personas en estado de inimputabilidad. Además, se discute la cuestión del hecho precedente, es decir, cuando una persona debe hacerse cargo del bien jurídico en peligro como resultado de su propia conducta.
😎 La imputación objetiva y la antijuridicidad del hecho precedente
Se concluye con la discusión sobre los criterios adicionales para considerar a alguien garante por el hecho precedente. Además de la relación causal, se sugiere que el hecho precedente debe ser antijurídico y superar el filtro de la imputación objetiva. Se debate la posición de los autores que requieren que el hecho precedente no solo cause la situación de peligro sino que también tenga una naturaleza ilícita. Se argumenta que estos filtros racionales ayudan a determinar cuándo una persona será justamente considerada garante en función de su conducta previa.
Mindmap
Keywords
💡Posición de garantía
💡Delitos activos y omisivos
💡Teorías de las posiciones de garante
💡Teoría formal
💡Teoría material
💡Fuente generadora de posición de garantía
💡Comunidad de peligro
💡Asunción voluntaria de una función de protección
💡Hecho precedente
💡Imputación objetiva
Highlights
La posición de garantía es crucial para la equiparación entre delitos activos y delitos omisivos.
Existen distintas teorías sobre las posiciones de garante en la ciencia penal.
La teoría formal de Feuerbach identifica tres fuentes de posición de garantía: ley, contrato y hecho precedente.
La teoría material de Armin Kaufman se enfoca en las funciones y obligaciones para definir las posiciones de garante.
La crítica a la teoría formal es que es excesivamente formal y, en algunos casos, carece de precisión.
La teoría de Kaufman introduce el concepto de 'función de protección' y 'deber de control' para determinar la posición de garante.
Las relaciones familiares estrechas son un ejemplo de fuente generadora de posición de garantía según Kaufman.
La comunidad de peligro y la asunción voluntaria de una función de protección también crean posiciones de garante.
El control de una fuente de peligro es otro factor determinante para la posición de garante.
El hecho precedente como fuente generadora de posición de garantía debe ser causante y antijurídico.
La imputación objetiva juega un papel importante en la determinación de si un hecho precedente crea una posición de garantía.
La teoría de Kaufman ofrece una visión más justa y precisa de las fuentes generadoras de posiciones de garante.
La posición de garantía no solo se basa en la formalidad legal, sino también en la realidad de las relaciones y obligaciones.
La responsabilidad en casos de delitos de omisión requiere una evaluación detallada de las posiciones de garante.
La equiparación entre delitos activos y delitos omisivos depende del análisis de las obligaciones especiales que surgen de la posición de garantía.
La teoría de Kaufman abarca una amplia gama de relaciones y situaciones que pueden generar una posición de garantía.
La determinación de la posición de garantía tiene implicaciones constitucionales y penales significativas.
Transcripts
la posición de garantía entonces es el
sexto elemento de las opciones impropias
y tal vez el elemento más importante en
realidad es sobre este elemento que que
pivotea que radica la equiparación entre
delitos activos y delitos omisivos es
decir en los delitos activos del autor
si bien no causa el resultado típico
decimos que se le puede imputar a él el
resultado al omiten t cuando tenía esta
obligación especial que surge de la
posición de garantía por eso es tan
importante el el criterio que se adopte
para definir las posiciones de garante
porque precisamente de eso dependerá la
equiparación con los delitos activos con
las causa ciones bien hay distintas
teorías sobre las posiciones de garante
una cantidad de teorías en la actualidad
en la ciencia penal vamos a referirnos
por lo menos a dos de esas teorías en
primer lugar la primera que fue la
teoría forma
de la fuente generadora de exposición de
garantía y por otro lado a la teoría
material de las funciones que se
atribuye a armen kaufman haciendo
algunas aclaraciones
en primer lugar en nuestro código no hay
una cláusula de equiparación en la parte
general sobre los delitos de omisión
impropia nosotros no tenemos a
diferencia de otros códigos penales más
modernos pensemos que nuestro código
tiene 100 años de existencia pero por
ejemplo en el código penal español en el
código alemán en el código de paraguay
en el código de colombia mucho más
moderno en el tema de los delitos de
admisión existen cláusulas de
equiparación e incluso en la mayoría de
esas cláusulas de equiparación existen
definiciones sobre las posiciones de
garantías es decir los códigos penales
estos que yo menciono no solamente que
equiparan la omisión con el delito
activo expresamente hacen esa
equiparación sino que además tratan de
definir cuando una persona es garante
digo tratan porque van a ver ustedes si
estudian la doctrina española o la
alemana o la colombiana por ejemplo
los autores de esos países son muy
críticos en cuanto a la falta de
precisión de las posiciones de garante
pero vienen de algún modo esos códigos
penales lo que hacen es mencionar que
una persona sería garante en tal y tal
otra situación determinada nuestro
código no dice nada de eso además ni
siquiera tenemos una cláusula de
equiparación y eso es lo que provoca que
algunos consideren que sería
inconstitucional la omisión impropia de
por lo menos las funciones impropias no
escritas y otros que consideren que no
hay problemas de constitucionalidad que
se puede interpretar por ejemplo el
artículo 79 del homicidio se puede
interpretar tanto para quien causa la
muerte como para quien no lo evita
siempre y cuando tenga la obligación
especial de evitarla bien vamos a ver
esas esas fuentes o esas teorías mejor
dicho que tratan han tratado de explicar
la fuente generadora de la posición de
garante
la primera de las teorías se atribuye a
se atribuye feuerbach con un autor
alemán
qué
hace mucho tiempo ya en el año 1805
aproximadamente había escrito su tratado
de derecho penal en ese tratado derecho
penal ya esbozada algún mínimo
tratamiento de los delitos de omisión
entonces decía hay formas que los
delitos se pueden cometer por acción y
también por omisión y en los casos de
omisión solamente pueden ser
considerados garantes las personas que
tengan una obligación por ley o por una
disposición contractual es decir ley
contrato eran las dos fuentes que
mencionaba feuerbach años después otro
autor alemán de este nombre estuve él
fue quien le agregó la posición de
garante por el hecho precedente es decir
la injerencia o hecho precedente como
tercer fuente generadora de posición de
garantía estas tres fuentes ley contrato
hecho precedente son las que
reconocen o se identifican dentro de las
llamadas fuentes formales de exposición
de garante esta teoría que ya tiene
mucho más de 100 años de la fuente
generadora de posición de delante es la
misma que utilizan incluso al día de hoy
muchos sectores de nuestra
jurisprudencia en la argentina siguen
remitiéndose a esta teoría formal como
explicación de cuando una persona es
garante de un determinado bien jurídico
ley significa toda vez que existe una
norma jurídica que expresamente impone
una obligación de cuidados con respecto
a un bien jurídico y cuando se dice la
ley es una expresión muy amplia que
comprende cualquier ley cualquier norma
jurídica no solamente una ley nacional
sino también podrían ser las leyes
provinciales hasta los códigos
contravencionales
y ya se imaginan cuál va a ser la
crítica principal que se hace a esta
teoría formal aclaró se le llamó teoría
formal no la llamaron sus propios
creadores ni feuerbach ni estuve sino
que fueron los autores alemanes también
críticos y en un sentido peyorativo la
llamaron teoría formal como tratando de
decirle que hace hincapié en las
cuestiones formales o que es
excesivamente formal y destacan eso como
un problema por eso la teoría de armin
kaufman que es la que viene después
superadora se llama teoría material o
teoría las funciones
bien entonces es el primer supuesto
sería la ley el segundo supuesto sería
el contrato es decir cuando existe un
acuerdo entre las partes de que una
persona determinada va a cuidar
especialmente un bien jurídico por
ejemplo el guardavidas de un club de
natación celebró un contrato con las
autoridades del club y se hace cargo de
el cuidado de las personas que estén
nadando por ejemplo en la piscina él es
el que tiene que encargarse de que nadie
se ahogue entre otras cosas por eso
podemos decir que es garante bien en la
teoría de feuerbach en la teoría formal
la fuente de posición de garantía en ese
ejemplo sería precisamente el contrato
el médico que está de guardia en un
hospital público por ejemplo también
puede ser considerado garante en sus
horarios de guardia
precisamente por esta fuente que sería
el contrato
y después vamos a ver cómo se fue
corrigiendo digamos esta esta teoría en
estos distintos supuestos y por último
lo que le agregó estuve dándose cuenta
de que había un determinado grupo de
casos que sin tener una norma jurídica
preexistente sin tener un contrato
celebrado entre las partes también debía
considerarse un supuesto de posición de
garantía es decir un supuesto de cuidado
especial de ciertas personas que
perjudicaban determinados bienes
jurídicos
y entonces a partir de ahí había que
considerar los garantes o cargarlos con
una obligación especial estos éramos
hecho precedente o injerencia como
fuente generadora de posición de
garantía ejemplos de la ley
creo que no di pero sería el supuesto de
los padres con respecto a los hijos por
ejemplo que tienen la obligación de
cuidarlos es una obligación que surge
del mismo código civil argentino por
ejemplo
bien esta era la primera de las teorías
sobre la explicación de las fuentes
generadoras de exposición de garante en
estos tres casos se decía que una
persona puede estar en posición de
garante respecto de un bien jurídico
determinado cuál es el problema de esta
teoría el gran problema el gran problema
es que se dice peca por exceso peca por
defecto es decir en algunos casos es
excesivamente formal en otros casos peca
por defecto formal
qué significa esto por ejemplo en el
caso de la ley
en el código civil en los códigos
civiles generalmente de los distintos
países existen obligaciones entre los
cónyuges por ejemplo los cónyuges deben
cuidarse mutuamente
imaginemos un código civil como el
nuestro código original en la argentina-
que solamente previas obligaciones para
los cónyuges no para los concubinos por
ejemplo
menos aún en el caso de personas que
convivían cuando eran personas o cuando
son personas del mismo sexo esos casos
no estaban previstos en la ley civil
como supuestos regulados legalmente con
obligaciones y derechos nulos entonces
y el marido tenía obligación de salvar
por ejemplo a so descuidar a sus esposas
estuviera enferma y también la esposa
con respecto a su marido pero no cuando
se trataba de concubinos entonces si se
incendiaba el edificio y en un
departamento juan y maria que estaban
legalmente casados algunos de ellos o mi
tía despertar al otro y de esa forma
evitar que murieron diseños y podía ser
garante y podías imputársele el
homicidio por omisión impropia
pero en el departamento de al lado que
vivían otra pareja que no estuviera
legalmente casada fueran concubinos en
esos casos si ocurría exactamente lo
mismo no se le podía imputar porque no
había ninguna disposición legal que
obligue por ejemplo a los concubinos
entonces la crítica que se hacía a esa
teoría por eso se la llama teoría formal
es porque hace hincapié
en las cuestiones formales es decir hay
que buscar una ley hay que encontrar una
ley que prevea precisamente estas
obligaciones de cuidado entre dos
personas y eso solamente está previsto
para los cónyuges no para los concubinos
esa es la crítica de
el excesivo formalismo de la ley y por
otra parte pensando en ese mismo
supuesto de la ley como generador de
hecho precedente se decía que por
ejemplo hay muchas disposiciones legales
se dice que hay muchas disposiciones
legales que imponen ciertas obligaciones
a determinadas personas pero eso no
significa que a partir de una
disposición por ejemplo una un código
contravencional municipal o provincial
que a partir de ahí surja una obligación
tan estricta tan fuerte que de no
cumplirse con ese mandato normativo se
puede imputar un resultado típico
previsto en el código penal en la ley de
fondo de manera que entonces la crítica
de las peca por exceso de acá por
defecto en algunos casos es muy excesivo
muy amplia la fuente generadora de
posesión de garante de la ley en otros
casos
es muy defectuosa o sea debería
comprender casos que no están
comprendidos
bien lo mismo podríamos pensar con
ejemplos del contrato o del hecho
precedente por ejemplo en el caso del
contrato lo determinante para que una
persona comience a ser garante de un
determinado bien jurídico no es que se
hayan cumplido con las formalidades de
un contrato imaginemos en ese mismo
ejemplo que yo daba al principio de un
guardavidas en un club de natación
qué pasaría si el contrato que firmó es
y guardavidas por ejemplo es un contrato
nulo porque no estaba determinada la
fecha porque faltaba la firma de alguna
de las partes y sin embargo este
guardavidas no impide que se muera una
persona entonces cuando vamos a el
momento en el juicio penal de revisar
ese contrato resulta que había un
defecto formal y podría decir bueno mire
este contrato es nulo dice el contrato
sobran dos en el sitio hasta la
obligación de garante bien por eso se
decía esta teoría es excesivamente
formal lo determinante no debe ser la
formalidad de la celebración de un
contrato lo determinante en todo caso es
que esa persona guardavidas
efectivamente haya asumido
voluntariamente la función de protección
así se explica en la actualidad la
posición de garantía a partir de esta
fuente lo mismo con el hecho precedente
cuáles son los hechos precedentes que
generan posición de garantías los hechos
precedentes que causen una situación de
peligro por ejemplo el conductor de un
auto que atropelló un ciclista y lores
lo deja herido de gravedad y se lleva
así fuga sin ayudarlo
se le podría imputar un homicidio doloso
por omisión impropia siempre y cuando se
compruebe que ha tenido la posibilidad
de salvarlo de volver a un hospital pero
supongamos que así fuera la pregunta es
es garante o garante de esa persona que
se están muriendo bien no es el padre no
es el cónyuge no hizo con él ningún
contrato previo
sin embargo por este hecho precedente
tal vez debamos considerar que tiene una
obligación mayor que cualquier otro
sujeto que pasa por ese lugar porque
porque fue él precisamente quien lo
incapacitó de esa forma ahora
qué características tiene que tener ese
hecho precedente bien ahí también había
límites muy difusos muy poco claros y lo
que trata de hacer entonces la segunda
teoría que es la teoría de armin kaufman
llamada teoría de las funciones es
precisamente tratar de explicar de una
manera más justa y más y un poco más
precisa cuáles deben ser las fuentes
generadoras de exposición de garantías
ar - man escribió un libro muy
importante en el ámbito de los delitos
de omisión en el año 1959 es el libro se
llama delitos dogmáticas de los delitos
de omisión tiene traducción al español
desde hace ya muchos años
y en esa obra entre otras cosas para los
delitos de omisión al mini caos man
sostenía una explicación una nueva
teoría digamos para explicar las fuentes
generadoras de posiciones de garante
entonces armies kaufman dice hay dos
grandes grupos olvidemos no olvidemos en
esa teoría de la teoría formal de
fullback vamos a explicarlo de otra
forma hay dos grandes grupos dice
kaufman que pueden generar posiciones de
garantías por una parte el grupo de lo
que él llama la función de protección de
un bien jurídico y por otro lado lo que
él llama el deber de control de una
fuente de peligro qué significa esto uno
puede ser garante porque tiene la
función la obligación de proteger
determinados bienes jurídicos
independientemente de donde surja el
peligro parece bien jurídico por ejemplo
los padres tiene una obligación de
proteger a sus hijos independientemente
de que estén en peligro porque un
amiguito los lastimó
se han contraído una enfermedad grave o
porque ellos mismos fueron imprudentes y
se cayeron al pozo y ahora están en
peligro entonces la función de
protección de un bien jurídico significa
una persona de garante de un determinado
bien jurídico
independientemente de
el origen del peligro parece bien
jurídico en cambio hay otro grupo de
fuentes generadoras de exposición de
garante y en este caso causan los
identifica teniendo en cuenta el deber o
la obligación de controlar una
determinada fuente de peligro por
ejemplo desde este segundo grupo yo
puedo ser garante de determinados fines
jurídicos la vida la integridad física
de otras personas que no tienen conmigo
en principio ningún vínculo estrecho por
ejemplo un vecino o un desconocido pero
voy a ser garante de ellos en la medida
en que el origen del peligro la fuente
del peligro si esté a mi cargo por
ejemplo si ese vecino fue mordido por mi
perro o si fue lastimado con alguna
máquina peligrosa que está a mi cargo yo
soy el director de una obra por ejemplo
entonces
si esa persona ahora está en peligro por
el perro por la máquina yo sí voy a ser
garante de la vida de la integridad
física de esa persona entonces estos son
los dos grandes grupos que identifica
armin kaufman y a partir de ahí va a
identificar una serie de supuestos y va
a tratar de explicar qué es lo que vamos
a hacer nosotros a continuación viene en
el primer grupo entonces función de
protección de un bien jurídico dice acá
podemos encontrar los casos de una
estrecha vinculación familiar fíjense
que ella
de manera independiente como lo
explicaba feuerbach con la ley la ley el
código civil las disposiciones de las
leyes civiles de protección de
determinadas personas a carmen causante
hablan desde otra óptica de una estrecha
vinculación familiar entonces se
comprenden acá no solamente los casos de
cónyuges las personas que están
legalmente casadas sino también los
concubinos hay una estrecha vinculación
familiar entre los concubinos es más
también estaría incomprendido
por ejemplo el sobrino y la tía que
siempre vivieron juntos
y si esa tía se ha comportado siempre
con una madre por ejemplo esto también
estaría comprendido en este grupo de
amigos man es decir desde el punto de
vista del valor justicia desde un punto
de vista teológico es mucho más
aceptable esta posición que no hace ya
hincapié en la cuestión formal la
cuestión formal a ver qué es lo que dice
el artículo correspondiente del código
civil sino que tiene en consideración
que efectivamente haya existido entre
dos personas un vínculo familiar es
estrecho que genere relación de
confianza de tal modo que uno espere del
otro una cierta un cierto comportamiento
de cuidado
por lo menos espera que el otro lo
despierte si es que se está enseñando el
edificio como decíamos en el ejemplo
anterior entonces en estos casos dice
kaufman no importa que se haya celebrado
o no el matrimonio lo determinante es
que efectivamente haya existido o que
exista una relación de un vínculo
familiar con expectativas de conducta en
un ámbito de relación de confianza
bueno acá podríamos incluir como
garantes entonces no solamente los
cónyuges que están casados sino también
el sobrino la tía concubinos personas
del mismo sexo que conviven bueno por lo
demás en el código civil argentino en la
actualidad estarían incluidos claro
y otras personas que no estarían
comprendidas según la teoría formal pero
además quedarían fuera de este en esta
tesis de kaufman por ejemplo los
cónyuges que todavía tienen un vínculo
que no se ha disuelto pero en la medida
en que no exista aún en un estrecho
vínculo o una relación efectiva como
como cónyuges es por ejemplo casualmente
una encuentra a su a la otra persona que
todavía es su marido o esposa en una
situación de peligro pero si después de
30 años nunca obtuvieron un vínculo
solamente subsiste porque nunca hicieron
la separación formal desde esta
perspectiva no deberían ser considerados
garantes es decir esta posición no hace
hincapié en la cuestión formal sino en
la cuestión material de que realmente
exista una expectativa de cuidado entre
esas dos personas
dentro de este primer grupo también
mencionar me encantan los supuestos de
comunidad de peligro comunidad de
peligro serían determinadas situaciones
de grupos de personas en los que se
emprende una actividad riesgosa
y hay expectativa de que en caso de
peligro exista ayuda entre ellos por
ejemplo un grupo de excursionistas que
van a escalar una montaña
un grupo de pescadores o cazadores que
van a un lugar que podría considerarse
peligroso si en ese lugar alguna de esas
personas está en peligro se supone tiene
la expectativa de que los demás lo van a
ayudar si uno se está cayendo de la
montaña si el otro está por ser atacado
por un animal entonces se espera que los
demás lo ayuden cuál es el fundamento en
este caso de la posición de garantías
bien que esa comunidad de peligro
implica precisamente el haber asumido el
riesgo ese tipo de riesgos precisamente
porque uno lo hace en grupo en esa
comunidad y sabe que en caso de peligro
el otro lo debería ayudar entonces esa
expectativa de auxilio es lo que
justifica la posición de garante en
estos casos el tercer supuesto sería lo
que se llama la asunción voluntaria de
una función de protección
lo cual significa que
la persona recuerdo en este momento que
el código colombiano por ejemplo tiene
una enumeración de las posiciones de
garantía muy parecida a lo que menciona
armen kaufman en este caso y habla
especialmente de la asunción voluntaria
de una función de protección es uno de
los códigos más modernos en este en este
tema específico que significa la
asunción voluntaria una función de
protección no solamente que una persona
asuma voluntariamente el salvamento de
un bien jurídico por ejemplo en la plaza
alguien que estaba haciendo ejercicios
sufre algún ataque cardíaco y yo empiezo
a practicarles un masaje de rne y
reanimación sino que esa asunción
voluntaria de protección nadie me obliga
a mí hacerlo pero yo consideré que era
necesario para salvar la vida de esa
persona
uno se va a transformar en garante de
esa persona no por el mero hecho de
empezar a salvar sino en la medida en
que ese comienzo de salvamento haya
colocado objetivamente a esa persona en
una situación de menor cuidado o de
menores posibilidades de auxilio qué
significa eso yo voy a ser garante de
esa persona solamente si con mi conducta
de comenzar a salvar provoque que otras
personas que estaban ahí y que
posiblemente lo iban a ayudar se
desentiendan del problema porque saben
que yo estoy actuando
esto ocurre en los casos que antes se
llamaban de contrato en la teoría formal
se llamaban del contrato por ejemplo en
el caso del médico de guardia en un
hospital cuando está de turno lo que
ocurre en ese caso del médico de turno
es que el médico
con su conducta está dando un mensaje a
los demás de que se pueden desentender
del cuidado de las personas que van a
llegar a ese hospital durante ese turno
porque él se va a hacer cargo de la
situación esto es la asunción voluntaria
de una función de protección como fuente
generadora de posición de garantía
fíjense lo determinante no es el mero
hecho de comenzar a salvar sino que
objetivamente ese acto de comenzar a
salvar provoque un menor cuidado del
bien jurídico que están en peligro es
decir provocó un relajamiento o que las
demás personas que podrían haber salvado
en ese caso se desentiendan de salvar el
bien jurídico por eso es que yo voy a
estar ahora en una mayor obligación de
salvar ese bien jurídico en peligro
porque fui yo con mi asunción voluntaria
quien provoque que los otros se
desentienden entonces ojo porque este
supuesto de posición de garantía sólo
debería considerarse como generador de
posición de garante en los casos en que
el que asume voluntariamente
efectivamente en el caso haya provocado
que otros se desentiendan si no había
posibilidades de que otros salven el
mero hecho empezar a salvar ya de por si
no es suficiente para generar posición
de garantía ejemplo si yo encuentro a
alguien en un lugar inhóspito
que se está muriendo porque el amor dio
una vibra yo empiezo a ayudarlo y lo
hago mal no voy a ser considerado
garante en la medida en que yo no evite
no interrumpir ningún otro curso de
salvamento entonces yo yo no tendría
porque en ese caso ser considerado con
más obligaciones que cualquier otra
persona que podría haber pasado por ahí
bien en el segundo grupo de casos
hablamos de el deber de controlar una
fuente de peligro es decir yo de hacer
entonces ahora garante de cualquier bien
jurídico de cualquier persona siempre y
cuando el peligro para ese bien jurídico
provenga de algún
de alguna fuente de peligro que esté a
mi cargo el primer grupo de casos los
bloquear menos mal llamado a las fuentes
de peligro en el propio ámbito de
dominio qué significa esto si yo por
ejemplo tengo un perro un rottweiler y
ese perro muerde al vecino y ahora el
vecino está en grave peligro
yo soy garante de la vida del vecino
entonces si bien yo no soy su cónyuge ni
sus hijos ni su padre a partir del
momento en que está en peligro porque
una fuente generadora de peligro que
está en mi cargo lo colocó en esa
situación yo me tengo que hacer cargo
me tengo que hacer cargo como garante
entonces si no evitó la muerte de ese
vecino voy a ser considerado autor de un
homicidio por omisión impropio el
segundo supuesto en este segundo grupo
es lo que cause más llamaba la
responsabilidad por las conductas de
otras personas por ejemplo los menores a
mi cargo o las personas e inimputables
que estén a mi cargo
el director de una institución
psiquiátrica por ejemplo no tendría que
ser responsable de los daños que
pudieran provocar esas personas o el
padre se hace cargo de los daños que
provoque su hijo
entonces si la conducta de ese hijo
implica poner en riesgo a alguien yo voy
a ser garante de ese alguien de ese
sujeto aunque anteriormente no hubiera
tenido con él ningún vínculo
y el último supuesto dentro de este
segundo grupo de kaufman es el actual
precedente o sea la injerencia al igual
que la teoría formal y este ojo es un
supuesto que van a repetir la mayoría de
los autores en las distintas teorías que
hubo a lo largo de la historia del
derecho penal la injerencia o hecho
precedente como generador de posición de
garantía excepcionalmente hay algunos
autores
que consideran que esto nunca puede
tener la posición de garantía pero la
mayoría así que significa esto del hecho
precedente como generador de posición de
garantía esto significa que la persona
tendrá que hacerse cargo como garante
del bien jurídico que ahora está en
peligro cuando ha causado esa situación
de necesidad ejemplo típico es el caso
del automovilista que atropelló a un
ciclista no muere inmediatamente el
ciclista como consecuencia de ese choque
pero queda en estado de necesidad de
auxilio o sea se está desangrando hay
que llevarlo urgente el hospital qué
pasa si el conductor del auto se baja
mira la sangre y dice yo no lo quiero
llevar
el auto por ejemplo entonces de eso por
el motivo que fuera no quiero tener
problemas legales que me descubran
etcétera entonces escapa se fuga con con
el vehículo es decir omite salvar a esa
persona que está en peligro se le puede
imputar el homicidio o en su caso el
delito abandono de personas que también
podría ser agravado por el resultado
muerte bien sólo si es garante y sólo se
puede considerar una posición de
garantía en estos casos cuando pensemos
que el hecho precedente lo coloca en
esta situación de garantías entonces en
principio se podría decir que sí porque
hay un hecho precedente que fue causante
de esta situación es decir utilizando la
fórmula de la supresión mental
hipotética que ya la vimos en el tipo
objetivo activo una relación de
causalidad acá también vamos a utilizar
esa misma fórmula y vamos a decir si no
lo hubiera chocado éste no estuviera
herido en este momento bien pero
hay algunos autores que dicen que es
necesario algo más que la mera relación
de causalidad para que el hecho
precedente sea considerado una fuente de
posición de garantía exigen por ejemplo
algunos autores que ese hecho precedente
además de ser causante sea anti jurídico
es decir que si en el caso que yo
menciono como ejemplo el conductor del
vehículo del auto es el que iba a exceso
de velocidad y por ese exceso de
velocidad atropelló al ciclista entonces
va a ser garante en cambio si el que
cometió una imprudencia es el mismo
ciclista no habría por qué considerar
garante el conductor del auto que venía
manejando correctamente eso no significa
que el conductor del auto no tenga la
obligación de salvarlo no tiene
igualmente la obligación de salvarlo
como cualquier persona lo que decimos es
que no va a ser garante consideran más
correcta esta segunda posición que exige
además de la pura causalidad una
conducta ilícita que haya provocado
precisamente esa situación porque si no
no tendría justificativo la distinción
desde el punto de vista de las penas que
se van a imponer comisión propia mohsén
impropia a una persona por el mero hecho
de ser causante debería además de ser
causante deberíamos considerar que ha
actuado de manera ilícita o anti
jurídica hay incluso algunos autores
como el caso de rock zinc que de manera
mucho más aguda dicen el hecho
precedente tiene que ser causante pero
además tiene que ser anti jurídico y
además tiene que superar el filtro de la
imputación objetiva con todos los
criterios el imputado es el objetivo que
ya hemos visto en el tipo objetivo bien
no hay un acuerdo total pero considero
que cuanto más filtros se impongan en
este caso filtros racionales por ejemplo
la teoría de imputación objetiva y la
antijuridicidad del hecho es un buen
criterio para decir no basta con que el
hecho sea causante el hecho precedente
que genera posición de garantía tiene
que ser además de causante antijurídico
y que superó el filtro a la imputación
objetiva sólo en esos casos se puede
considerar garante
al autor por el hecho precedente
5.0 / 5 (0 votes)