Actuaciones Administrativas - COA - Ecuador
Summary
TLDREl video explica los diferentes tipos de actos administrativos según el Código Orgánico Administrativo ecuatoriano, destacando el acto administrativo como una declaración unilateral de la voluntad de la administración pública. Se discuten sus características, como ser efectuados en ejercicio de una función administrativa y producir efectos jurídicos individuales o generales. Además, se analiza cómo cada tipo de acto administrativo puede ser impugnado, destacando la importancia de conocer estos actos para servidores públicos y abogados.
Takeaways
- 📚 El acto administrativo es un tema central en el derecho administrativo, permitiendo a la administración pública producir efectos jurídicos en el administrado o ciudadano.
- ⚖️ Existen cinco tipos de actuaciones administrativas según el Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano: acto administrativo, acto de simple administración, hecho administrativo, acto normativo de carácter administrativo y acto administrativo.
- 🔍 El acto administrativo es unilateral, es decir, proviene de una sola fuente y no requiere la aprobación del ciudadano afectado.
- ✅ Debe ser realizado en ejercicio de una función administrativa, lo que significa que no está legislando ni dictando sentencias judiciales.
- 📜 Produce efectos jurídicos individuales o generales, y estos deben ser directos, sin necesidad de una actuación posterior para surtir efecto.
- 📝 El acto administrativo debe estar contenido en un documento escrito, lo que lo distingue de otros tipos de actuaciones.
- 📑 El acto de simple administración no produce efectos jurídicos en el administrado, y los actos normativos de carácter administrativo no se agotan con su aplicación.
- 🚫 El hecho administrativo no es un documento escrito, sino una actuación material o técnica que puede producir efectos jurídicos directos.
- ❌ El acto administrativo es único y no se puede impugnar de la misma manera que otros actos, mientras que el acto de simple administración no puede ser impugrado.
- 🔍 La diferenciación entre estos actos es crucial para entender los efectos de las impugnaciones administrativas y los recursos disponibles para el administrado.
Q & A
¿Qué es el acto administrativo según el Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano?
-El acto administrativo es la declaración unilateral de la voluntad de la administración pública que debe ser efectuada en ejercicio de una función administrativa y producir efectos jurídicos individuales o generales de manera directa, y debe estar contenido en un documento.
¿Cuáles son las diferencias entre los actos de efectos individuales y los actos de efectos generales?
-Los actos de efectos individuales pueden identificarse claramente en los sujetos a los que están dirigidos, mientras que en los actos de efectos generales no se pueden identificar los sujetos afectados. Además, los actos de efectos generales no requieren de una actuación posterior para producir efectos, a diferencia de los actos de efectos individuales.
¿Qué es un acto de simple administración y cómo se diferencia del acto administrativo?
-Un acto de simple administración son documentos interorgánicos que se cursan dentro de una institución para cumplir sus finalidades y no producen efectos jurídicos en los administrados. Se diferencia del acto administrativo en que este último es unilateral, produce efectos jurídicos directos y debe estar contenido en un documento.
¿Qué es un acto normativo de carácter administrativo y cómo se diferencia del acto administrativo?
-Un acto normativo de carácter administrativo es una norma que regula la administración pública y no se agota con su aplicación, mientras que el acto administrativo es un acto específico que se agota por su cumplimiento, es decir, una vez realizado, no puede ser realizado de la misma manera para otro sujeto.
¿Qué es un hecho administrativo y cómo se diferencia de un acto administrativo?
-Un hecho administrativo es una actuación material o técnica que puede producir efectos jurídicos directos en el administrador, pero no está contenido en un documento escrito. Se diferencia del acto administrativo en que este último debe estar por escrito y producir efectos jurídicos tanto individuales como generales de manera directa.
¿Cuáles son los cinco tipos de actuaciones administrativas que establece el Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano?
-Los cinco tipos de actuaciones administrativas son: el acto administrativo, el acto de simple administración, el hecho administrativo, el acto normativo de carácter administrativo y el acto administrativo.
¿Qué tipos de impugnaciones administrativas corresponden al acto administrativo?
-Al acto administrativo le corresponden los recursos administrativos, que son mecanismos jurídicos para cuestionar la validez de una decisión administrativa.
¿Qué sucede si un acto de simple administración es impugrado?
-El acto de simple administración no se puede impugnar a través de recursos administrativos, según lo establecido en el artículo 217 del COAR (Código Orgánico de la Administración Pública).
¿Cómo se puede impugnar un hecho administrativo?
-Un hecho administrativo se impugna a través de un reclamo, una queja o una denuncia, según lo indicado en el artículo 127 del COAR.
¿Qué opciones tiene un administrado si no está de acuerdo con un acto normativo de carácter administrativo?
-Si un administrado no está de acuerdo con un acto normativo de carácter administrativo, puede presentar una petición para que la máxima autoridad lo considere, aunque no está obligada a hacerlo. Además, puede proponer un recurso objetivo ante el tribunal contencioso-administrativo si la norma contraviene alguna disposición de carácter objetivo o legal.
Outlines
📜 Introducción a los Actos Administrativos
El primer párrafo introduce el concepto de los actos administrativos, destacando su importancia en el derecho administrativo ecuatoriano. Se menciona que el Código Orgánico Administrativo ecuatoriano utiliza el término 'acto administrativo' de manera específica y también de manera amplia para referirse a todas las actuaciones administrativas. Se presentan cinco tipos de actuaciones: acto administrativo, acto de simple administración, hecho administrativo, acto normativo de carácter administrativo y acto administrativo. El énfasis está en la necesidad de conocer las características de cada una para garantizar la validez de las decisiones y procedimientos, tanto para el servidor público como para el ciudadano.
📜 Características y Diferencias de los Actos Administrativos
Este párrafo profundiza en las características del acto administrativo, descrito como una declaración unilateral que produce efectos jurídicos en el administrado. Se explica que estos actos deben ser realizados en el ejercicio de una función administrativa y deben producir efectos jurídicos, ya sean individuales o generales. Además, se menciona la innovación del Código Orgánico Administrativo al incluir actos con efectos generales. Se destaca que los actos administrativos deben estar contenidos en un documento escrito y se presentan diferencias clave con otros actos como el acto de simple administración, el acto normativo y el hecho administrativo. Se sugiere la revisión de un libro para comprender mejor estas diferencias.
📜 Implicaciones de los Actos Administrativos y su Impugnabilidad
El tercer párrafo aborda las consecuencias prácticas de los actos administrativos y su capacidad para ser impugnados. Se discute la utilidad de diferenciar entre los distintos tipos de actos administrativos en términos de los recursos administrativos disponibles para su impugnación. Se menciona que los actos administrativos pueden ser impugnados mediante recursos administrativos, mientras que otros actos, como los de simple administración, no pueden ser impugnados. Se enfatiza la importancia de comprender estos aspectos para los servidores públicos y los abogados, ya que afectan la formulación y la defensa de los actos administrativos. Finalmente, se recomienda la revisión del capítulo correspondiente en la obra mencionada para obtener un entendimiento más profundo de los requisitos de validez y los mecanismos de defensa.
Mindmap
Keywords
💡Acto Administrativo
💡Acto de Simple Administración
💡Hecho Administrativo
💡Acto Normativo de Carácter Administrativo
💡Efectos Jurídicos
💡Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano
💡Impugnación Administrativa
💡Autotutela Administrativa
💡Función Administrativa
💡Recurso Administrativo
Highlights
El acto administrativo es una declaración unilateral de voluntad por parte de la administración pública.
El código orgánico administrativo ecuatoriano define el acto administrativo de manera exhaustiva.
Existen cinco tipos de actuaciones administrativas según el código orgánico administrativo.
El acto administrativo debe ser realizado en ejercicio de una función administrativa.
Los actos administrativos deben producir efectos jurídicos individuales o generales de manera directa.
Los actos administrativos no requieren de una actuación posterior para producir efectos.
El acto administrativo debe estar contenido en un documento escrito.
El acto de simple administración no produce efectos jurídicos en el administrado.
El acto normativo de carácter administrativo no se agota con su aplicación, a diferencia del acto administrativo.
El hecho administrativo es una actuación material o técnica que no está documentada por escrito.
Las impugnaciones administrativas varían según el tipo de acto administrativo.
El acto de simple administración no puede ser impugrado.
El hecho administrativo se impugna a través de un reclamo, queja o denuncia.
El acto normativo de carácter administrativo no es impugnable en sede administrativa.
El contrato administrativo tiene una cláusula de solución de controversias específica.
La diferenciación de actos administrativos es crucial para entender los mecanismos de impugnación y validación.
Revisar el capítulo sobre actuaciones administrativas es recomendado para comprender mejor los requisitos de validez.
Transcripts
[Música]
queridos amigos en el derecho
administrativo uno de los temas
trascendentales considero es el acto
administrativo que es a través del cual
la administración pública es capaz de
producir efectos jurídicos en el
administrado o en el ciudadano uno de
los capítulos más interesantes de la
obra procedimiento administrativo y
sancionador es justamente el que habla
acerca de las actuaciones
administrativas en este capítulo
empezamos haciendo una advertencia y es
que el código orgánico administrativo
ecuatoriano en algunas de sus
disposiciones utiliza el término acto
administrativo para referirse
exclusivamente al acto administrativo en
estricto sentido pero también es un poco
ligero al utilizar esta misma
terminología para referirse a todas las
actuaciones administrativas bien
poniendo las pautas iniciales existen
cinco tipos de actuaciones
administrativas que trae el código
orgánico administrativo y son las
siguientes el acto administrativo el
acto de simple administración el hecho
administrativo el acto normativo de
carácter administrativo
y administrativo porque es importante
conocer las características que
diferencian a cada una de estas
actuaciones pues bien desde el punto de
vista del servidor público es
interesante e importante conocer esto a
efectos de que su trabajo esté bien
realizado es decir que sus decisiones
hayan cumplido los procedimientos que
para cada una de estas actuaciones
administrativas deben producirse a
efectos de que tenga plena validez desde
el punto de vista del administrado o del
abogado en libre ejercicio la
importancia de conocer cada una de estas
actuaciones administrativas tiene por
finalidad el que se conozca qué tipo de
impugnación administrativa le cabe o no
le cabe a cada una de estas actuaciones
bien entonces empezando por el principio
el acto administrativo el artículo 98
del código orgánico administrativo
define al acto administrativo y da una
definición muy completa similar a la que
contemplaba en el jefe con algunos
ingredientes adicionales que voy a ir
mencionando entonces nos dice que el
acto administrativo es la declaración
unilateral
la voluntad en ese sentido que ustedes
conocen que el acto administrativo
proviene de una sola fuente que es la
administración pública eso quiere decir
al ser unilateral que la administración
no tiene por qué preguntarle al
ciudadano si está de acuerdo o no con
sus decisiones mientras respeta el
debido proceso pues la decisión es de la
autoridad si por ejemplo un alcalde no
tendría que preguntarle a las personas
cuál es la vía que quiere que se asfalte
mientras él responde al interés general
él decide cómo va a planificar la ciudad
segundo nos dice que debe ser efectuado
en ejercicio de una función
administrativa esto quiere decir que
mientras no estemos legislando y
mientras no se estén dictando sentencias
el resto es función administrativa en un
inicio se creía que son la función
ejecutiva realizaba función
administrativa y que la función
legislativa sólo dictaba leyes y que la
función judicial sólo expedidas
sentencias pero vemos que eso no es así
la función judicial por ejemplo tiene el
consejo de la judicatura que es el
órgano de administración de la función
judicial en ese sentido también por
ejemplo el código orgánico en la función
judicial
establece en el artículo 31 la clara
diferencia entre lo que es un acto
jurisdiccional y un acto administrativo
pero bien no nos detengamos y sigamos
con el siguiente ingrediente que es debe
producir efectos jurídicos
individuales o generales la innovación
del código orgánico administrativo
extraer los actos negativos de efectos
generales que si bien recién se
reconocen en una ley administrativa ya
la constitución de la república nos
habla de los actos administrativos de
efectos generales que sean efectos
individuales o efectos generales
sencillamente quiere decir que en el de
efectos individuales puedo claramente ir
en individualizar e identificar a los
sujetos a los que va dirigido el acto
administrativo y en los efectos
generales no los puedo identificar
adicionalmente en mi libro yo he me he
percatado de las tres diferencias
fundamentales que genera cuando estamos
frente a un acto a nuestra tivo de
efectos individuales o actores está tivo
de efectos generales que son
prácticamente para efectos de
ilustración como se notifica quienes
serían interesados y la acción
constitucional que les corresponde por
lo tanto recomiendo que revisen el libro
pero algo fundamental del acto
administrativo es que estos efectos
generales individuales deben producirse
de manera directa qué quiere decir esto
el acto administrativo no necesita de
una actuación posterior para producir
efectos en ese sentido recordemos el
concepto de auto tutela administrativa
en el cual el estado del funcionario
público puede hacer cumplir las propias
decisiones que ha dictado y no necesita
acudir a un juez como por ejemplo cuando
se decretó una terminación unilateral la
propia resolución le da derecho a la
entidad contratante a liquidar el
contrato a inscribirlo en el registro de
contratistas incumplidos al contratista
no se ha fallado el contrato pero en una
relación de derecho civil por ejemplo
una de las partes que considera que la
otra incumplido el contrato no podría
hacer lo mismo tendría que acudir a un
juez porque porque ellos no pueden
ejecutar sus propias decisiones sino que
deben solicitarle al órgano judicial que
lo realice
y otro de los componentes del acto
demostrativo para ir finalizando su
caracterización señala que está
contenido en un documento y es decir que
el administrativo siempre debe estar por
escrito en ese sentido y con estas
características breves que he resumido
voy a poner un cuadro en pantalla en el
cual estoy mencionando cuál de estas
diferencias que existen entre cada una
de estas actuaciones administrativas y
pues bueno ahí ustedes se van a poder ir
dando cuenta de que por ejemplo lo que
le diferencia el acto administrativo del
contrato administrativo es que el
administrativo es unilateral y el
contrato es bilateral
por ejemplo en cambio lo que le
diferencia el acto legislativo del acto
de simple administración es que el acto
administrativo produce efectos jurídicos
directos mientras que el acto de simple
administración no produce efectos
jurídicos en el administrado por actos
de simple administración entendemos más
bien los documentos inter orgánicos es
decir los que se cursan dentro de una
institución para cumplir sus finalidades
el informe jurídico el informe técnico y
memorando
que no producen efectos jurídicos en los
administrados esto es muy importante y
yoshito como por ejemplo y siempre he
dicho que no porque se llame resolución
necesariamente es un acto administrativo
por ejemplo en la contratación pública
en la contratación pública muchas veces
se dicta una resolución para designar la
comisión técnica y me consultaban como
modificó esa resolución si lo hago con
qué procedimiento con qué recurso y la
respuesta es fácil en realidad este es
un acto de simple administración que no
se somete al régimen del acto
administrativo y por lo tanto la norma
que te habilitó para dictar esa
resolución de designación de comisión
técnica es la misma que te habilita para
dictar otras sustituyendo a sus miembros
porque no es un acto administrativo
porque los efectos jurídicos no se han
producido en el administrador puede ser
que se produzcan efectos en los
funcionarios que han sido designados
como comisión pero ese no es el caso el
efecto debe ser en el administrador
y luego el acto administrativo se
diferencia también por ejemplo del acto
normativo de carácter administrativo
porque y aquí quiero hacer un hincapié
muy importante
normalmente se nos enseñó que el acto
administrativo de efectos individuales y
el acto normativo es de efectos
generales pero bueno ahora que el código
orgánico administrativo trae la
innovación de efectos generales ya no es
esa la diferenciación necesariamente
pero sí lo es su agotamiento el acto
administrativo es aquel que se agota por
su cumplimiento mientras que el acto
normativo en cambio no se agota un acto
normativo es una ley por ejemplo un acto
normativo de carácter administrativo es
el organismo orgánico por procesos
dentro de la institución pública no se
agota se lo aplica se lo aplica y se lo
aplica mientras que por ejemplo un acto
administrativo que es el acto de
adjudicación de un contrato si yo ya
suscribió el contrato otra persona ya no
puede venir a suscribirlo ya se agotó
ese acto administrativo y finalmente se
diferencia del hecho administrativo
porque el administrativo es por escrito
mientras que el hecho administrativo si
bien puede producir efectos jurídicos
directos en el administrador no es
cierto como por ejemplo un derrocamiento
el hecho administrativo es una actuación
material o técnica no es un documento
que está por escrito como les dije
queridos colegas queridos compañeros la
utilidad de diferenciar a estos actos
administrativos de estas actuaciones
administrativas viene delimitada por los
efectos de las impugnaciones que tenemos
en sede administrativa en ese sentido y
conforme muestro en pantalla
ustedes van a ver que al acto
administrativo le corresponden los
recursos administrativos a ninguna otra
actuación le corresponden los recursos
administrativos al acto de simple
administración no se lo puede impugnar
lo establece claramente el 217 del coar
el hecho administrativo se lo impugna a
través de un reclamo de una queja o de
una denuncia conforme lo dice el 127 el
acto normativo de carácter
administrativo tampoco es impugnable lo
que pueda hacer el administrador si no
está de acuerdo digamos con un documento
del orgánico funcional de la
ministración lo que puedes hacer
presentar una petición para que la
máxima autoridad lo considere pero no
está obligada
en sede administrativa en sede judicial
usted saben que si pueden ir a proponer
un recurso objetivo ante el tribunal
contencioso-administrativo por alguna
norma que contravenga alguna disposición
de carácter objetivo o legal y
finalmente el contrato ministra tivo no
se puede impugnar sino que tiene una
cláusula de solución de controversias a
la que debemos atenernos estas son las
características fundamentales de las
actuaciones administrativas que regula
el código orgánico administrativo
prácticamente recomiendo yo revisar el
capítulo sobre actuaciones
administrativas en la obra procedimiento
ha visto activo y sancionador para que
además del acta características conozcan
cuáles son los requisitos de validez que
debe cumplir el acto administrativo y en
ese sentido ya digo si están de parte de
la ministración pública puedan formular
lo de manera coherente y válida o si
están del lado del administrador o del
lado de la defensa privada puedan
comprender cuáles son los mecanismos que
les facultan y cuáles son esos
requisitos que tal vez omitió la
administración y por ahí podría estar
una salida para la nulidad de un acto
administrativo muchas gracias
[Música]
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