Contratos Formativos | ¿Qué son? | Tipología | Diferencias con contratos anteriores | DiG Abogados

DiG Abogados Barcelona
18 Mar 202204:15

Summary

TLDREn este video se abordan las novedades de los contratos formativos tras la reciente reforma laboral. Se explican las dos modalidades: los contratos formativos en alternancia, que permiten la formación teórica y práctica con una duración de hasta dos años, y los contratos para la obtención de la práctica profesional, que sustituyen a los contratos anteriores y están dirigidos a titulados que deseen adquirir experiencia. Se destacan los cambios significativos, como la eliminación de límites de edad y la inclusión de estudiantes universitarios, lo que amplía las oportunidades laborales para los jóvenes en formación.

Takeaways

  • 🎓 Los contratos formativos tienen como objetivo proporcionar formación teórica y práctica a los trabajadores.
  • 📝 Se introducen dos modalidades de contratos formativos: en alternancia trabajo-formación y para la obtención de práctica profesional.
  • ⏳ Los contratos de formación en alternancia tienen una duración mínima de tres meses y un máximo de dos años.
  • 🚫 No se permite un periodo de prueba para el primer año de los contratos de formación en alternancia.
  • 📉 El tiempo de trabajo efectivo en el primer año no puede superar el 65% del tiempo total, y el segundo año el 85%.
  • ⚖️ El salario del trabajador no podrá ser inferior al 60% del salario del grupo profesional en el primer año.
  • 📅 Se han eliminado los límites de edad entre los 16 y 25 años para los contratos formativos, excepto para personas con discapacidad.
  • 👨‍🎓 Los contratos para la obtención de práctica profesional están dirigidos a quienes tienen un título universitario o de formación profesional.
  • 🕒 La duración de los contratos para la obtención de práctica profesional es de seis meses a un año, con un periodo de prueba de un mes.
  • 📊 El salario en los contratos para la obtención de práctica profesional será fijado por el convenio colectivo, sin ser inferior al salario mínimo.

Q & A

  • ¿Qué son los contratos formativos?

    -Los contratos formativos tienen como objetivo proporcionar formación teórica y práctica a la persona trabajadora o adquirir una práctica profesional adecuada a los niveles de estudios correspondientes.

  • ¿Cuáles son las dos modalidades de contratos formativos introducidas por la nueva reforma laboral?

    -Las dos modalidades son los contratos formativos en alternancia trabajo-formación y los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional.

  • ¿Qué cambios se han realizado en los límites de edad para los contratos formativos?

    -Se han eliminado los límites de edad entre 16 y 25 años, permitiendo contratar a personas trabajadoras de cualquier edad, salvo aquellos con discapacidad.

  • ¿Cuál es la duración mínima y máxima de los contratos formativos en alternancia?

    -La duración mínima es de tres meses y la máxima es de dos años.

  • ¿Cuáles son las restricciones laborales durante el primer y segundo año de un contrato de formación en alternancia?

    -En el primer año, el tiempo de trabajo efectivo no puede superar el 65% del tiempo total, y en el segundo año, no podrá superar el 85%. No se permiten horas extraordinarias, trabajos nocturnos ni a turnos.

  • ¿Qué salario puede percibir un trabajador bajo un contrato de formación en alternancia?

    -El salario no podrá ser inferior al 60% del salario del grupo profesional en el primer año ni al 75% en el segundo, y en ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo.

  • ¿Qué requisitos debe incluir el contrato de formación en alternancia?

    -El contrato debe formalizarse por escrito y debe incluir un plan formativo que contenga los contenidos prácticos, el calendario, las actividades y los requisitos de tutoría.

  • ¿Qué cambios se han realizado en los contratos para la obtención de la práctica profesional?

    -Estos contratos sustituyen a los antiguos contratos de prácticas y están dirigidos a personas con títulos universitarios, másteres o certificados de formación profesional. La duración es de entre seis meses y un año.

  • ¿Cuál es el periodo temporal para contratar a una persona después de haber finalizado sus estudios?

    -La empresa podrá concertar este contrato en los tres años siguientes a la finalización de los estudios, o cinco años para personas con discapacidad.

  • ¿Cómo se fija el salario en los contratos para la obtención de la práctica profesional?

    -El salario se fijará según el convenio colectivo, sin que pueda ser inferior al salario mínimo.

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