Actuaciones Administrativas - COA - Ecuador

Andrés Moreta - Legalité
4 Jul 201911:05

Summary

TLDREl video explica los diferentes tipos de actos administrativos según el Código Orgánico Administrativo ecuatoriano, destacando el acto administrativo como una declaración unilateral de la voluntad de la administración pública. Se discuten sus características, como ser efectuados en ejercicio de una función administrativa y producir efectos jurídicos individuales o generales. Además, se analiza cómo cada tipo de acto administrativo puede ser impugnado, destacando la importancia de conocer estos actos para servidores públicos y abogados.

Takeaways

  • 📚 El acto administrativo es un tema central en el derecho administrativo, permitiendo a la administración pública producir efectos jurídicos en el administrado o ciudadano.
  • ⚖️ Existen cinco tipos de actuaciones administrativas según el Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano: acto administrativo, acto de simple administración, hecho administrativo, acto normativo de carácter administrativo y acto administrativo.
  • 🔍 El acto administrativo es unilateral, es decir, proviene de una sola fuente y no requiere la aprobación del ciudadano afectado.
  • ✅ Debe ser realizado en ejercicio de una función administrativa, lo que significa que no está legislando ni dictando sentencias judiciales.
  • 📜 Produce efectos jurídicos individuales o generales, y estos deben ser directos, sin necesidad de una actuación posterior para surtir efecto.
  • 📝 El acto administrativo debe estar contenido en un documento escrito, lo que lo distingue de otros tipos de actuaciones.
  • 📑 El acto de simple administración no produce efectos jurídicos en el administrado, y los actos normativos de carácter administrativo no se agotan con su aplicación.
  • 🚫 El hecho administrativo no es un documento escrito, sino una actuación material o técnica que puede producir efectos jurídicos directos.
  • ❌ El acto administrativo es único y no se puede impugnar de la misma manera que otros actos, mientras que el acto de simple administración no puede ser impugrado.
  • 🔍 La diferenciación entre estos actos es crucial para entender los efectos de las impugnaciones administrativas y los recursos disponibles para el administrado.

Q & A

  • ¿Qué es el acto administrativo según el Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano?

    -El acto administrativo es la declaración unilateral de la voluntad de la administración pública que debe ser efectuada en ejercicio de una función administrativa y producir efectos jurídicos individuales o generales de manera directa, y debe estar contenido en un documento.

  • ¿Cuáles son las diferencias entre los actos de efectos individuales y los actos de efectos generales?

    -Los actos de efectos individuales pueden identificarse claramente en los sujetos a los que están dirigidos, mientras que en los actos de efectos generales no se pueden identificar los sujetos afectados. Además, los actos de efectos generales no requieren de una actuación posterior para producir efectos, a diferencia de los actos de efectos individuales.

  • ¿Qué es un acto de simple administración y cómo se diferencia del acto administrativo?

    -Un acto de simple administración son documentos interorgánicos que se cursan dentro de una institución para cumplir sus finalidades y no producen efectos jurídicos en los administrados. Se diferencia del acto administrativo en que este último es unilateral, produce efectos jurídicos directos y debe estar contenido en un documento.

  • ¿Qué es un acto normativo de carácter administrativo y cómo se diferencia del acto administrativo?

    -Un acto normativo de carácter administrativo es una norma que regula la administración pública y no se agota con su aplicación, mientras que el acto administrativo es un acto específico que se agota por su cumplimiento, es decir, una vez realizado, no puede ser realizado de la misma manera para otro sujeto.

  • ¿Qué es un hecho administrativo y cómo se diferencia de un acto administrativo?

    -Un hecho administrativo es una actuación material o técnica que puede producir efectos jurídicos directos en el administrador, pero no está contenido en un documento escrito. Se diferencia del acto administrativo en que este último debe estar por escrito y producir efectos jurídicos tanto individuales como generales de manera directa.

  • ¿Cuáles son los cinco tipos de actuaciones administrativas que establece el Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano?

    -Los cinco tipos de actuaciones administrativas son: el acto administrativo, el acto de simple administración, el hecho administrativo, el acto normativo de carácter administrativo y el acto administrativo.

  • ¿Qué tipos de impugnaciones administrativas corresponden al acto administrativo?

    -Al acto administrativo le corresponden los recursos administrativos, que son mecanismos jurídicos para cuestionar la validez de una decisión administrativa.

  • ¿Qué sucede si un acto de simple administración es impugrado?

    -El acto de simple administración no se puede impugnar a través de recursos administrativos, según lo establecido en el artículo 217 del COAR (Código Orgánico de la Administración Pública).

  • ¿Cómo se puede impugnar un hecho administrativo?

    -Un hecho administrativo se impugna a través de un reclamo, una queja o una denuncia, según lo indicado en el artículo 127 del COAR.

  • ¿Qué opciones tiene un administrado si no está de acuerdo con un acto normativo de carácter administrativo?

    -Si un administrado no está de acuerdo con un acto normativo de carácter administrativo, puede presentar una petición para que la máxima autoridad lo considere, aunque no está obligada a hacerlo. Además, puede proponer un recurso objetivo ante el tribunal contencioso-administrativo si la norma contraviene alguna disposición de carácter objetivo o legal.

Outlines

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📜 Introducción a los Actos Administrativos

El primer párrafo introduce el concepto de los actos administrativos, destacando su importancia en el derecho administrativo ecuatoriano. Se menciona que el Código Orgánico Administrativo ecuatoriano utiliza el término 'acto administrativo' de manera específica y también de manera amplia para referirse a todas las actuaciones administrativas. Se presentan cinco tipos de actuaciones: acto administrativo, acto de simple administración, hecho administrativo, acto normativo de carácter administrativo y acto administrativo. El énfasis está en la necesidad de conocer las características de cada una para garantizar la validez de las decisiones y procedimientos, tanto para el servidor público como para el ciudadano.

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📜 Características y Diferencias de los Actos Administrativos

Este párrafo profundiza en las características del acto administrativo, descrito como una declaración unilateral que produce efectos jurídicos en el administrado. Se explica que estos actos deben ser realizados en el ejercicio de una función administrativa y deben producir efectos jurídicos, ya sean individuales o generales. Además, se menciona la innovación del Código Orgánico Administrativo al incluir actos con efectos generales. Se destaca que los actos administrativos deben estar contenidos en un documento escrito y se presentan diferencias clave con otros actos como el acto de simple administración, el acto normativo y el hecho administrativo. Se sugiere la revisión de un libro para comprender mejor estas diferencias.

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📜 Implicaciones de los Actos Administrativos y su Impugnabilidad

El tercer párrafo aborda las consecuencias prácticas de los actos administrativos y su capacidad para ser impugnados. Se discute la utilidad de diferenciar entre los distintos tipos de actos administrativos en términos de los recursos administrativos disponibles para su impugnación. Se menciona que los actos administrativos pueden ser impugnados mediante recursos administrativos, mientras que otros actos, como los de simple administración, no pueden ser impugnados. Se enfatiza la importancia de comprender estos aspectos para los servidores públicos y los abogados, ya que afectan la formulación y la defensa de los actos administrativos. Finalmente, se recomienda la revisión del capítulo correspondiente en la obra mencionada para obtener un entendimiento más profundo de los requisitos de validez y los mecanismos de defensa.

Mindmap

Keywords

💡Acto Administrativo

El 'Acto Administrativo' es una declaración unilateral de la voluntad de la administración pública que produce efectos jurídicos en el administrado o ciudadano. Es un concepto central en el video, ya que define una de las cinco tipos de actuaciones administrativas descritas en el Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano. En el guion, se menciona que el acto administrativo debe ser realizado en ejercicio de una función administrativa y producir efectos jurídicos individuales o generales de manera directa.

💡Acto de Simple Administración

El 'Acto de Simple Administración' se refiere a documentos inter-orgánicos que se cursan dentro de una institución para cumplir sus finalidades, pero que no producen efectos jurídicos en el administrado. En el video, se diferencia del 'Acto Administrativo' porque no requiere de una actuación posterior para producir efectos y no se somete al régimen del acto administrativo.

💡Hecho Administrativo

Un 'Hecho Administrativo' es una actuación material o técnica que, aunque puede producir efectos jurídicos directos en el administrador, no es un documento escrito. En el guion, se destaca que estos hechos no son actos administrativos ya que no están contenidos en un documento, a diferencia de los actos administrativos que siempre deben estar por escrito.

💡Acto Normativo de Carácter Administrativo

El 'Acto Normativo de Carácter Administrativo' es una norma que regula la administración interna de una institución y no se agota con su aplicación. En el video, se menciona que estos actos normativos son diferentes de los actos administrativos ya que, a pesar de que pueden tener efectos generales, no se agota por su cumplimiento y se aplican continuamente dentro de la institución.

💡Efectos Jurídicos

Los 'Efectos Jurídicos' son las consecuencias legales que surgen de un acto administrativo. En el guion, se discute cómo los actos administrativos deben producir efectos jurídicos individuales o generales de manera directa, lo que distingue a los actos administrativos de otros tipos de actuaciones administrativas.

💡Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano

El 'Código Orgánico Administrativo Ecuatoriano' es la ley que regula las actuaciones administrativas en Ecuador. En el video, se utiliza este código como referencia para explicar las diferentes clases de actuaciones administrativas y sus características, mostrando su importancia para la comprensión de la administración pública.

💡Impugnación Administrativa

La 'Impugnación Administrativa' es el recurso que se puede utilizar para cuestionar la validez de un acto administrativo. En el guion, se menciona que solo ciertos actos administrativos, como los actos de simple administración, pueden ser impugnados, mientras que otros, como los hechos administrativos, no pueden ser impugnados.

💡Autotutela Administrativa

La 'Autotutela Administrativa' es el poder que tiene el estado o una entidad pública para hacer cumplir sus propias decisiones sin necesidad de acudir a un juez. En el video, se utiliza como ejemplo para ilustrar cómo los actos administrativos pueden producir efectos directos sin requerir una actuación posterior.

💡Función Administrativa

La 'Función Administrativa' se refiere a las actividades que la administración pública realiza para gestionar y proveer servicios, a diferencia de la función legislativa o judicial. En el guion, se destaca que el acto administrativo debe ser realizado en ejercicio de una función administrativa, lo que significa que no está legislando ni dictando sentencias.

💡Recurso Administrativo

Un 'Recurso Administrativo' es un medio a través del cual se puede apelar una decisión administrativa. En el video, se explica que solo ciertos actos, como los actos administrativos, tienen recursos administrativos correspondientes, mientras que otros actos, como los de simple administración, no son impugnables.

Highlights

El acto administrativo es una declaración unilateral de voluntad por parte de la administración pública.

El código orgánico administrativo ecuatoriano define el acto administrativo de manera exhaustiva.

Existen cinco tipos de actuaciones administrativas según el código orgánico administrativo.

El acto administrativo debe ser realizado en ejercicio de una función administrativa.

Los actos administrativos deben producir efectos jurídicos individuales o generales de manera directa.

Los actos administrativos no requieren de una actuación posterior para producir efectos.

El acto administrativo debe estar contenido en un documento escrito.

El acto de simple administración no produce efectos jurídicos en el administrado.

El acto normativo de carácter administrativo no se agota con su aplicación, a diferencia del acto administrativo.

El hecho administrativo es una actuación material o técnica que no está documentada por escrito.

Las impugnaciones administrativas varían según el tipo de acto administrativo.

El acto de simple administración no puede ser impugrado.

El hecho administrativo se impugna a través de un reclamo, queja o denuncia.

El acto normativo de carácter administrativo no es impugnable en sede administrativa.

El contrato administrativo tiene una cláusula de solución de controversias específica.

La diferenciación de actos administrativos es crucial para entender los mecanismos de impugnación y validación.

Revisar el capítulo sobre actuaciones administrativas es recomendado para comprender mejor los requisitos de validez.

Transcripts

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[Música]

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queridos amigos en el derecho

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administrativo uno de los temas

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trascendentales considero es el acto

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administrativo que es a través del cual

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la administración pública es capaz de

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producir efectos jurídicos en el

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administrado o en el ciudadano uno de

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los capítulos más interesantes de la

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obra procedimiento administrativo y

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sancionador es justamente el que habla

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acerca de las actuaciones

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administrativas en este capítulo

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empezamos haciendo una advertencia y es

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que el código orgánico administrativo

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ecuatoriano en algunas de sus

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disposiciones utiliza el término acto

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administrativo para referirse

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exclusivamente al acto administrativo en

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estricto sentido pero también es un poco

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ligero al utilizar esta misma

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terminología para referirse a todas las

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actuaciones administrativas bien

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poniendo las pautas iniciales existen

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cinco tipos de actuaciones

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administrativas que trae el código

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orgánico administrativo y son las

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siguientes el acto administrativo el

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acto de simple administración el hecho

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administrativo el acto normativo de

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carácter administrativo

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y administrativo porque es importante

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conocer las características que

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diferencian a cada una de estas

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actuaciones pues bien desde el punto de

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vista del servidor público es

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interesante e importante conocer esto a

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efectos de que su trabajo esté bien

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realizado es decir que sus decisiones

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hayan cumplido los procedimientos que

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para cada una de estas actuaciones

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administrativas deben producirse a

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efectos de que tenga plena validez desde

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el punto de vista del administrado o del

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abogado en libre ejercicio la

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importancia de conocer cada una de estas

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actuaciones administrativas tiene por

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finalidad el que se conozca qué tipo de

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impugnación administrativa le cabe o no

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le cabe a cada una de estas actuaciones

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bien entonces empezando por el principio

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el acto administrativo el artículo 98

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del código orgánico administrativo

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define al acto administrativo y da una

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definición muy completa similar a la que

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contemplaba en el jefe con algunos

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ingredientes adicionales que voy a ir

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mencionando entonces nos dice que el

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acto administrativo es la declaración

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unilateral

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la voluntad en ese sentido que ustedes

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conocen que el acto administrativo

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proviene de una sola fuente que es la

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administración pública eso quiere decir

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al ser unilateral que la administración

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no tiene por qué preguntarle al

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ciudadano si está de acuerdo o no con

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sus decisiones mientras respeta el

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debido proceso pues la decisión es de la

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autoridad si por ejemplo un alcalde no

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tendría que preguntarle a las personas

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cuál es la vía que quiere que se asfalte

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mientras él responde al interés general

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él decide cómo va a planificar la ciudad

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segundo nos dice que debe ser efectuado

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en ejercicio de una función

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administrativa esto quiere decir que

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mientras no estemos legislando y

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mientras no se estén dictando sentencias

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el resto es función administrativa en un

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inicio se creía que son la función

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ejecutiva realizaba función

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administrativa y que la función

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legislativa sólo dictaba leyes y que la

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función judicial sólo expedidas

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sentencias pero vemos que eso no es así

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la función judicial por ejemplo tiene el

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consejo de la judicatura que es el

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órgano de administración de la función

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judicial en ese sentido también por

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ejemplo el código orgánico en la función

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judicial

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establece en el artículo 31 la clara

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diferencia entre lo que es un acto

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jurisdiccional y un acto administrativo

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pero bien no nos detengamos y sigamos

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con el siguiente ingrediente que es debe

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producir efectos jurídicos

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individuales o generales la innovación

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del código orgánico administrativo

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extraer los actos negativos de efectos

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generales que si bien recién se

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reconocen en una ley administrativa ya

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la constitución de la república nos

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habla de los actos administrativos de

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efectos generales que sean efectos

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individuales o efectos generales

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sencillamente quiere decir que en el de

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efectos individuales puedo claramente ir

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en individualizar e identificar a los

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sujetos a los que va dirigido el acto

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administrativo y en los efectos

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generales no los puedo identificar

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adicionalmente en mi libro yo he me he

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percatado de las tres diferencias

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fundamentales que genera cuando estamos

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frente a un acto a nuestra tivo de

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efectos individuales o actores está tivo

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de efectos generales que son

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prácticamente para efectos de

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ilustración como se notifica quienes

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serían interesados y la acción

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constitucional que les corresponde por

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lo tanto recomiendo que revisen el libro

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pero algo fundamental del acto

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administrativo es que estos efectos

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generales individuales deben producirse

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de manera directa qué quiere decir esto

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el acto administrativo no necesita de

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una actuación posterior para producir

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efectos en ese sentido recordemos el

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concepto de auto tutela administrativa

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en el cual el estado del funcionario

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público puede hacer cumplir las propias

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decisiones que ha dictado y no necesita

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acudir a un juez como por ejemplo cuando

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se decretó una terminación unilateral la

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propia resolución le da derecho a la

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entidad contratante a liquidar el

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contrato a inscribirlo en el registro de

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contratistas incumplidos al contratista

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no se ha fallado el contrato pero en una

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relación de derecho civil por ejemplo

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una de las partes que considera que la

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otra incumplido el contrato no podría

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hacer lo mismo tendría que acudir a un

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juez porque porque ellos no pueden

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ejecutar sus propias decisiones sino que

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deben solicitarle al órgano judicial que

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lo realice

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y otro de los componentes del acto

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demostrativo para ir finalizando su

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caracterización señala que está

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contenido en un documento y es decir que

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el administrativo siempre debe estar por

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escrito en ese sentido y con estas

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características breves que he resumido

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voy a poner un cuadro en pantalla en el

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cual estoy mencionando cuál de estas

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diferencias que existen entre cada una

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de estas actuaciones administrativas y

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pues bueno ahí ustedes se van a poder ir

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dando cuenta de que por ejemplo lo que

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le diferencia el acto administrativo del

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contrato administrativo es que el

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administrativo es unilateral y el

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contrato es bilateral

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por ejemplo en cambio lo que le

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diferencia el acto legislativo del acto

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de simple administración es que el acto

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administrativo produce efectos jurídicos

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directos mientras que el acto de simple

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administración no produce efectos

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jurídicos en el administrado por actos

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de simple administración entendemos más

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bien los documentos inter orgánicos es

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decir los que se cursan dentro de una

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institución para cumplir sus finalidades

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el informe jurídico el informe técnico y

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memorando

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que no producen efectos jurídicos en los

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administrados esto es muy importante y

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yoshito como por ejemplo y siempre he

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dicho que no porque se llame resolución

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necesariamente es un acto administrativo

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por ejemplo en la contratación pública

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en la contratación pública muchas veces

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se dicta una resolución para designar la

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comisión técnica y me consultaban como

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modificó esa resolución si lo hago con

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qué procedimiento con qué recurso y la

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respuesta es fácil en realidad este es

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un acto de simple administración que no

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se somete al régimen del acto

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administrativo y por lo tanto la norma

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que te habilitó para dictar esa

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resolución de designación de comisión

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técnica es la misma que te habilita para

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dictar otras sustituyendo a sus miembros

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porque no es un acto administrativo

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porque los efectos jurídicos no se han

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producido en el administrador puede ser

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que se produzcan efectos en los

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funcionarios que han sido designados

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como comisión pero ese no es el caso el

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efecto debe ser en el administrador

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y luego el acto administrativo se

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diferencia también por ejemplo del acto

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normativo de carácter administrativo

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porque y aquí quiero hacer un hincapié

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muy importante

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normalmente se nos enseñó que el acto

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administrativo de efectos individuales y

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el acto normativo es de efectos

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generales pero bueno ahora que el código

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orgánico administrativo trae la

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innovación de efectos generales ya no es

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esa la diferenciación necesariamente

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pero sí lo es su agotamiento el acto

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administrativo es aquel que se agota por

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su cumplimiento mientras que el acto

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normativo en cambio no se agota un acto

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normativo es una ley por ejemplo un acto

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normativo de carácter administrativo es

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el organismo orgánico por procesos

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dentro de la institución pública no se

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agota se lo aplica se lo aplica y se lo

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aplica mientras que por ejemplo un acto

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administrativo que es el acto de

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adjudicación de un contrato si yo ya

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suscribió el contrato otra persona ya no

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puede venir a suscribirlo ya se agotó

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ese acto administrativo y finalmente se

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diferencia del hecho administrativo

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porque el administrativo es por escrito

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mientras que el hecho administrativo si

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bien puede producir efectos jurídicos

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directos en el administrador no es

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cierto como por ejemplo un derrocamiento

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el hecho administrativo es una actuación

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material o técnica no es un documento

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que está por escrito como les dije

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queridos colegas queridos compañeros la

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utilidad de diferenciar a estos actos

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administrativos de estas actuaciones

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administrativas viene delimitada por los

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efectos de las impugnaciones que tenemos

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en sede administrativa en ese sentido y

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conforme muestro en pantalla

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ustedes van a ver que al acto

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administrativo le corresponden los

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recursos administrativos a ninguna otra

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actuación le corresponden los recursos

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administrativos al acto de simple

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administración no se lo puede impugnar

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lo establece claramente el 217 del coar

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el hecho administrativo se lo impugna a

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través de un reclamo de una queja o de

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una denuncia conforme lo dice el 127 el

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acto normativo de carácter

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administrativo tampoco es impugnable lo

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que pueda hacer el administrador si no

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está de acuerdo digamos con un documento

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del orgánico funcional de la

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ministración lo que puedes hacer

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presentar una petición para que la

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máxima autoridad lo considere pero no

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está obligada

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en sede administrativa en sede judicial

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usted saben que si pueden ir a proponer

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un recurso objetivo ante el tribunal

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contencioso-administrativo por alguna

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norma que contravenga alguna disposición

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de carácter objetivo o legal y

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finalmente el contrato ministra tivo no

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se puede impugnar sino que tiene una

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cláusula de solución de controversias a

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la que debemos atenernos estas son las

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características fundamentales de las

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actuaciones administrativas que regula

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el código orgánico administrativo

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prácticamente recomiendo yo revisar el

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capítulo sobre actuaciones

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administrativas en la obra procedimiento

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ha visto activo y sancionador para que

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además del acta características conozcan

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cuáles son los requisitos de validez que

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debe cumplir el acto administrativo y en

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ese sentido ya digo si están de parte de

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la ministración pública puedan formular

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lo de manera coherente y válida o si

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están del lado del administrador o del

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lado de la defensa privada puedan

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comprender cuáles son los mecanismos que

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les facultan y cuáles son esos

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requisitos que tal vez omitió la

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administración y por ahí podría estar

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una salida para la nulidad de un acto

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administrativo muchas gracias

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