Filosofía y Lógica Jurídica, Reglas y Principios - Dr. Ricardo Rivera Aldunate
Summary
TLDREl video aborda la diferenciación entre reglas y principios dentro de la teoría jurídica, destacando su importancia en la argumentación jurídica. Se explora cómo las reglas, con su estructura cerrada, generan consecuencias lógicas específicas, mientras que los principios, con su naturaleza abierta, permiten interpretaciones más amplias y complejas. Además, se discuten las implicaciones de estas diferencias en el derecho y la justicia, utilizando ejemplos prácticos. Finalmente, se analizan tres enfoques argumentativos: formal, material y pragmático, subrayando la importancia de la aceptación social de las normas.
Takeaways
- 📚 El discurso trata sobre la diferenciación entre reglas y principios en la filosofía jurídica y su impacto en la argumentación jurídica.
- 🔍 Se define una 'regla' como un enunciado con estructura hipotético-condicional, aplicable de manera absoluta y que genera un razonamiento jurídico específico.
- 📖 Los 'principios' son considerados mandatos de optimización, presentan una estructura abierta y su interpretación puede variar según el contexto.
- 🎓 La teoría de Ronald Dworkin y Robert Alexy sobre los principios y reglas en el derecho es discutida, destacando su influencia en la argumentación jurídica.
- 🤔 Se plantea un ejemplo hipotético sobre la justicia y la distribución de un violín perfecto para ilustrar la complejidad de los principios frente a las reglas.
- 📝 Se discute la importancia del conocimiento de las reglas y principios para la dinámica de los ordenamientos jurídicos y la teoría del derecho.
- 🏛 Se menciona la teoría de la norma y cómo la diferencia entre reglas y principios es crucial para la argumentación formal, material y pragmática en el derecho.
- 💡 Se abordan tres enfoques de la argumentación jurídica: formal, material y pragmática, cada uno con sus bases y aplicaciones en la resolución de casos jurídicos.
- 🚫 Se analiza la aplicación de la argumentación formal en casos extremos, como la esterilización forzada en el Tercer Reich, para criticar la lógica jurídica pura sin considerar la justicia.
- 🌐 Se refleja sobre la aceptación social de los argumentos jurídicos y cómo la teoría pragmática de la argumentación jurídica puede influir en la validez de una norma.
Q & A
¿Cuál es la diferencia fundamental entre una regla y un principio en la teoría del derecho?
-Una regla es un enunciado con una estructura hipotético-condicional que presenta un lenguaje cerrado, mientras que un principio es un mandato de optimización que tiene una estructura y funcionalidad altamente abiertas.
¿Cómo se relaciona la estructura hipotético-condicional con la aplicación de una regla en el derecho?
-La estructura hipotético-condicional permite una aplicación lógica y directa de las reglas, donde si se cumple la hipótesis, se aplica la consecuencia, y si no, no se aplica.
¿Qué es un mandato de optimización y cómo afecta a la interpretación de los principios en la teoría del derecho?
-Un mandato de optimización es una forma en que se entiende un principio, que implica un triple conflicto: cómo entender estos mandatos, cómo optimizarlos y cómo se presentan con una estructura abierta.
¿Cómo se diferencia la argumentación jurídica basada en reglas de la basada en principios?
-La argumentación basada en reglas sigue un razonamiento lógico directo y absoluto, mientras que la basada en principios requiere una interpretación más compleja y flexible, ya que los principios tienen una estructura y funcionalidad abiertas.
¿Qué ejemplo se utiliza en el guion para ilustrar la diferencia entre una regla y un principio?
-Se utiliza el ejemplo de un sujeto que se apropia de un objeto ajeno, que es un delito de robo con una sentencia de 30 años de cárcel, para una regla, y la justicia, que es un principio, para ilustrar la diferencia.
¿Cuál es la importancia del conocimiento de las reglas y los principios en la argumentación jurídica?
-El conocimiento de las reglas y los principios es fundamental para la argumentación jurídica, ya que permite a los abogados y jueces aplicar el derecho de manera coherente y justa, y para abordar situaciones legales de manera efectiva.
¿Cómo se relaciona la teoría de la norma con la diferenciación entre reglas y principios?
-La teoría de la norma conceptualiza la diferencia entre reglas y principios, otorgando una importancia preponderante a esta diferencia, ya que es crucial para la estructura y la aplicación del derecho.
¿Qué son las tres teorías de la argumentación jurídica mencionadas en el guion?
-Las tres teorías son: la argumentación formal, que se basa en la lógica jurídica y la estructura hipotético-condicional; la argumentación material, que cuestiona la justicia y equidad de las premisas; y la argumentación pragmática, que considera la aceptación social de los argumentos.
¿Cómo se aborda el problema de la interpretación de una norma en la argumentación material y pragmática?
-En la argumentación material se cuestiona si la interpretación de una norma es justa y equitativa, mientras que en la pragmática se considera si el significado de la norma es aceptable para la sociedad o colectividad.
¿Qué ejemplo histórico se utiliza para ilustrar la problemática de la argumentación formal en el derecho?
-Se utiliza la norma del Tercer Reich que establecía la esterilización de personas con deficiencias mentales o judías, para mostrar cómo la argumentación formal puede llevar a decisiones injustas si no se cuestiona el contenido de la norma.
Outlines
📚 Conceptos de Reglas y Principios en la Teoría Jurídica
Este párrafo introduce la diferenciación entre reglas y principios en la filosofía jurídica y la teoría del derecho. Se discute la importancia de estos conceptos en la argumentación jurídica. Se propone explorar tres puntos: el concepto y diferenciación estructural y funcional de reglas y principios, la importancia del conocimiento de estas normas y su incidencia en la dinámica de los ordenamientos jurídicos y la teoría del derecho. Se explica que una regla es un enunciado con una estructura hipotético-condicional, mientras que los principios son mandatos de optimización con una estructura abierta. Se ejemplifica con el delito de robo y la teoría de los derechos de Ronald Dworkin y Robert Alexy.
🎻 El Principio de Justicia y sus Interpretaciones
Este párrafo profundiza en el concepto de justicia, citando a Aristóteles y presentando una hipotética situación con un violín perfecto para ilustrar cómo diferentes teorías jurídicas podrían interpretar la justicia. Se exploran enfoques como la teoría liberal, la interpretación del violín y la teoría marxista, destacando la complejidad de la justicia y la posibilidad de encontrar soluciones jurídicas correctas pero no necesariamente justas. Se concluye que los principios tienen una estructura y funcionalidad altamente abierta, lo que complica su comprensión y aplicación en la argumentación jurídica.
💡 Teorías de la Argumentación Jurídica
Este párrafo describe tres enfoques de la argumentación jurídica: formal, material y pragmática. La argumentación formal se basa en la lógica y la aplicación de reglas, mientras que la material cuestiona la justicia y equidad de las premisas lógicas. La argumentación pragmática, influenciada por Jürgen Habermas, considera si los argumentos son aceptados por la comunidad. Se ejemplifica con una norma que prohíbe el ingreso de vehículos a un parque y cómo diferentes interpretaciones de 'vehículo' podrían afectar la aplicación de la norma.
🚫 La Aplicación de la Norma en Contextos Injustos
Finalmente, este párrafo utiliza la norma 17 del Tercer Reich como ejemplo de cómo la argumentación formal puede llevar a soluciones injustas si no se cuestiona el contenido de la norma. Se destaca la importancia de la teoría material y pragmática para evaluar si una norma es justa y aceptable socialmente. Se concluye que, aunque en el contexto histórico de la norma podría haber sido aceptada, hoy en día sería rechazada bajo los estándares de los derechos humanos.
Mindmap
Keywords
💡Reglas
💡Principios
💡Argumentación jurídica
💡Hipotético-condicional
💡Estructura abierta
💡Teoría del derecho
💡Teoría de la norma
💡Ronald Dworkin
💡Material y formal
💡Pragmatismo
Highlights
La diferenciación entre reglas y principios es crucial en la teoría del derecho y la argumentación jurídica.
Las reglas son enunciados con una estructura hipotético-condicional, aplicables de manera absoluta.
Los principios son mandatos de optimización, presentan una estructura y función altamente abiertas.
Ejemplo de regla: 'Todo sujeto que se apropiara de un objeto ajeno comete el delito de robo'.
Ejemplo de principio: 'La justicia es dar a cada quien lo que le corresponde', según Aristóteles.
La justicia puede interpretarse de diferentes maneras según el enfoque teórico: liberal, marxista, colectivista.
Las decisiones jurídicas pueden ser justas pero incorrectas, o correctas pero no justas.
La argumentación jurídica se basa en tres enfoques: formal, material y pragmático.
La argumentación formal se apoya en la lógica y la estructura hipotético-condicional de las reglas.
La argumentación material cuestiona la justicia y equidad de las premisas lógicas.
La argumentación pragmática considera la aceptación social del contenido normativo.
Ejemplo de argumentación formal: 'Prohibido el ingreso a los parques con vehículos'.
Ejemplo de argumentación material: Interpretación de 'vehículo' en la norma de ingreso a parques.
Ejemplo de argumentación pragmática: Aceptación social de la norma de ingreso a parques.
La teoría del positivismo jurídico se cuestiona a través de ejemplos históricos y éticos.
La teoría de la validez de la norma y su contenido material es esencial para la justicia.
La aceptación social de la norma es fundamental en la teoría pragmática de la argumentación jurídica.
Transcripts
ahora se me habría asignado este asunto
digo bueno ni ni siquiera asunto sino un
elemento de la filosofía jurídica en
general y de la teoría del derecho que
es la la diferenciación entre lo que son
reglas y principios lo cual tiene una
incidencia muy importante dentro de lo
que es la argumentación jurídica y en
estos cinco minutos
espero poder transmitirles los
contenidos de los principios y las
reglas vinculadas a la argumentación
jurídica para que yo me voy a permitir
desarrollar de igual manera tres puntos
el primero el concepto y a partir de la
conceptualización la diferenciación
estructural y funcional de las reglas y
los principios en segundo punto cuál es
la importancia del conocimiento absoluto
de las reglas y los principios lo cual
va a generar el tercer en el tercer
subtítulo que es el cierre
esta temática que viene a ser la
incidencia de las reglas y los
principios en la dinámica de los
ordenamientos jurídicos y de la teoría y
la misma argumentación jurídica dentro
de lo que es la teoría del derecho se
contiene
nos encontramos con un subtítulo o un
título que viene a ser la teoría de la
norma y dentro de la teoría de la norma
se ha conceptualizado por un lado y se
otorgando una importancia preponderante
a lo que es la diferencia entre una
regla y un principio una regla viene a
ser entendida como aquel enunciado del
lenguaje que se presenta bajo una
estructura de cierre es decir está
dotado de una estructura hipotético
condicional que implica que acudir a
lenguaje simbólico el caso del derecho
penal
así como el derecho civil el derecho
mercantil y todo lo que tiene que ver
con el derecho privado en este caso y
parte del derecho administrativo está
contenido tan solo por reglas es decir
de normas que presentan una estructura
hipotético condicional es decir si
cumplimos una hipótesis va a generar una
consecuencia
si x entonces y esa es la estructura de
una regla conceptualmente entendida y
eso genera una función argumentativa es
decir las reglas presentan un lenguaje
absolutamente cerrado las reglas se
aplican a todo o nada como sostiene
ronald work es decir si se cumple la
hipótesis se aplica la consecuencia en
caso de que no se cumpla la hipótesis
difícilmente podemos aplicar una
consecuencia debido a que ingresaríamos
un razonamiento lógico incorrecto por
otro lado los principios los principios
han sido altamente teorizado defendidos
hasta el 2013 puesto que es ese año que
nos abandonaron al walking
en el libro la teoría de los derechos y
por otro lado en los derechos en serio
ronald working sostiene que el derecho
no sólo está compuesto por reglas sino
también por principios y los principios
son entendidos ségún working y robert
alexy como mandatos de optimización esto
genera un triple conflicto como
entendemos estos mandatos
por otro lado segundo conflicto como
optimizamos estos mandatos y el tercer
conflicto que los principios se
presentan como enunciados bajo una
estructura abierta un paraguas
significativo y semántico a diferencia
de las reglas que se presentan con un
contenido semántico cerrado pongamos un
ejemplo de una regla y otro ejemplo de
un principio una regla
todo aquel sujeto que se apropiaron de
un objeto ajeno comete el delito de robo
y por la comisión de este delito debe
ser enviado a la cárcel 30 años sin
derecho a indulto este esta estructura
de regla nos permite razonar en base a
las herramientas de la lógica el abogado
se va a ocupar nada más de demostrar el
hecho el supuesto fáctico que va a
subsumirse a este hipotético
condicionante es decir el fiscal va a
presentar un sujeto que sea propio de un
objeto agente y esto genera una lógica
consecuencia que aquel sujeto que sea
apropiado de un objeto ajeno debe ser
despachado a la cárcel 30 años sin
derecho a indulto esa es la diferencia y
si realmente ha logrado aprobar que un
sujeto ha adecuado su conducta al
hipotético h la conclusión es que le
aplicamos la consecuencia de los 30 años
es decir las reglas nos permiten un
razonamiento jurídico específico inversa
la aplicación del
en cambio los principios se presentan
como enunciados de estructura abierta
un ejemplo justicia es un principio no
es una regla la pregunta es cómo
entendemos la justicia y la definición
más acertada desde el buen y sabio
aristóteles y es una de las definiciones
más complejas
aristóteles sostiene que la justicia es
dar a cada quien lo que le corresponde y
qué tal si nos planteamos el siguiente
hipotético se terminó de fabricar el
violín perfecto del mundo la pregunta es
a quién le corresponde acceder con ese
violín en términos de justicia dar a
cada quien lo que le corresponde
podremos encontrar básicamente tres
posturas al que mejor oferta por el
violín es lo justo otorgarle el precio
real al violín estamos ingresando con
una teoría liberal de adam smith o john
stuart mill en la valoración objetiva
del objeto en este caso el que mejor
oferta y vamos a ingresar en un círculo
vicioso alguna ofertar a 100 mil dólares
otro ofertar a doscientos mil dólares
pero vamos a poder obtener una respuesta
cabal para hacer justicia es decir al
que mejor oferta es un circuito cerrado
podríamos decir infinito pero no puede
ser infinito ya que nadie puede ofrecer
una infinidad de dólares por un objeto
por otro lado podemos agarrar otro
parámetro significativo de hacer
justicia al que mejor sabe interpretar
el violín y anual que mejor oferta sino
al que mejor la interpreta porque el
elemento conceptual funcional del violín
ese violín debe ser adecuada y
dulcemente interpretado entonces ese
violín en razón de justicia le
corresponde al que mejor intérprete en
este caso vamos a establecer sus reglas
cuáles van a ser los parámetros para
determinar quién es el mejor intérprete
de un violín es posible determinar si
entonces le correspondería a ese sujeto
que mejor intérprete el violín en cambio
otros sostendrán acudiendo a la teoría
marxista oa la teoría del francés donde
ese violín no le corresponde ni al que
mejor paga porque estamos fomentando el
capitalismo liberal por otro lado
tampoco le corresponde al que mejor
intérpretes necesitamos en un concepto
demasiado funcional
lo justo es que ese violín le
corresponde a la colectividad que se
vaya a un museo todos podremos apreciar
ese violín y estamos otorgando otro
sentido a un mismo término en este caso
según el interés superior de la
colectividad o el interés colectivo ese
violín es razón de justicia le
corresponde a la humanidad entonces lo
enviamos a un museo se anoten lo
complejo del concepto de justicia y
cuando estamos ante problemas jurídicos
podemos encontrarnos con soluciones
justas pero incorrectas no podremos
encontrarnos con soluciones jurídicas
correctas pero no siempre justas o
decisiones judiciales justas
inequitativas pero correctas o
soluciones equitativas correctas pero no
justas y esto genera un problema inmenso
en cuanto a la comprensión semántica de
esos principios a diferencia de las
reglas lo cual implica que un principio
tiene una estructura y por otro lado
tiene una función altamente abierta por
un lado y por otro lado una
funcionalidad compleja puesto que un
mismo concepto puede significar en un
tiempo y un espacio algo distinto a lo
que vaya a significar en otro tiempo y
en otro espacio y esto nos lleva a
concluir en la incidencia de estos
principios y estas reglas en lo que es
la argumentación jurídica ya para cerrar
esta intervención la argumentación
jurídica se la plantea en base a tres
enfoques
o tres teorías como sostiene manuel
atienza
una argumentación formal que implica
argumentar a partir de la aplicación de
la lógica jurídica a partir de una
premisa para posteriormente pasar a otra
premisa emitir una inferencia y llegar a
una conclusión jurídica y es posible
argumentar formalmente tan solo a partir
de la concepción de reglas del derecho
puesto que presentan una estructura
hipotético condicional
por otro lado tenemos la argumentación
material esto implica que la
argumentación lógica no siempre es
verdadera y por eso acudimos a la
argumentación probatoria es decir vamos
a someter a juicio de razonabilidad las
premisas de las cuales se vale la
argumentación lógica es decir una norma
es válida nos preguntamos o una norma es
justa una norma es equitativa y si la
respuesta es sí entonces es enunciativo
o ese enunciado normativo que parte en
argumentación jurídica como una premisa
es realmente la correcta para el uso
lógico argumentativo de esa premisa en
ese ámbito estamos ingresando con la
teoría material de la argumentación
jurídica y finalmente la teoría
pragmática de la argumentación jurídica
que significa que jürgen habermas se
establecía tenemos un auditorio
imaginario que debe aceptar nuestros
argumentos
en este caso no es suficiente que el
argumento sea lógico no es sólo
suficiente que el argumento sea cierto
es decir verdadero sino también debe ser
aceptado por la colectividad de
interactuantes con el que ésta argumenta
pongamos sólo un ejemplo
podemos partir de la siguiente premisa
ninguna persona podrá ingresar con
vehículos a un parque en república
dominica y resulta o dicho de otra forma
prohibido el ingreso a los parques de
república dominicana con vehículos
y resulta que una niña pretende ingresar
a un parque montada en un monopatín la
pregunta es esta prohibición de la regla
le alcanza a la niña ya estamos en un
problema de orden material es decir
semántico porque que entendemos por
vehículo y estamos en un problema de
interpretación si entendemos por
vehículo todo objeto que transporte una
a un sujeto de un punto x a un punto z
ese enunciado le alcanza a la niña y se
quedará llorando para no por no ingresar
al parque por otro lado si entendemos
por vehículo aquí el objeto motorizado
que utiliza
otro elemento que es combustible para
poder desplazar el sujeto de un punto x
un punto central a niña estará feliz
porque la norma no le alcanza estamos en
un problema también de interpretación
pero que está en si nos quedamos con el
primer contenido de significado de esta
norma en argumentación formal podemos
llegar a la siguiente al siguiente
argumento
prohibido el ingreso al parque con
vehículos entendiendo el vehículo como
el objeto que desplaza un sujeto de un
punto x 1.7 resulta que en tal fecha
una niña pretende ingresar a un parque
con un monopatín la pregunta es ese
monopatín puede considerarse como objeto
que traslada la niña de un punto de que
sea un punto z si la respuesta es
afirmativa nos va a llevar a la
conclusión de que debemos aplicar la
consecuencia es decir no puede ingresar
al parque en república dominica en
cambio pasamos a la argumentación
material
la respuesta de significado de esa norma
es la justa
y podemos llegar a la conclusión
funcional en base al interior superior
del niño que no puesto que vamos a
entender por vehículo un objeto
motorizado que utiliza el combustible y
traslada un sujeto de un punto z a un
punto x en ese caso no le alcanza la
prohibición a la niña estamos
interpretando a favor del interés
superior del niño
eso implica argumentación material y por
otro la argumentación pragmática la
pregunta es si ese significado normativo
es de alcance general no está dañando a
la recreación y distracción del mundo
infante eso se va a preguntar la
colectividad entonces el argumento ha en
base un significado literal y
argumentación tan sólo formal no va a
ser aceptable
ahora finalmente para poder darle la
trascendencia real resulta que esta
argumentación formal pertenece al
positivismo jurídico la escuela de la
exégesis francesa escuela alemana existe
una norma en el tercer reich que
establecía lo siguiente la norma 17 esta
norma establece todo nacido judío o todo
sujeto con deficiencia mental deberá
previa orden judicial ser sometido al
proceso de esterilización utilicemos
argumentación formal el fiscal se
presenta con una madre de familia con
tres hijos acompaña por secretaria del
juzgado un certificado médico forense
que está demostrando la deficiencia
mental de la señora y por otro lado
certificado de nacimiento que acredita
que la señora es judía la pregunta es
jurídicamente hablando cómo debe
resolver el juez en este caso lo más
seguro si utilizamos positivismo
jurídico y lógica jurídica esa señora
debe ser
este realizador pero llegamos a una
solución absolutamente injusta pues es
posible o es razonable consentir o
admitir que un sujeto sea sancionado por
el solo hecho de haber nacido en un
lugar o por el solo hecho de haber
nacido con una deficiencia mental para
nada justo no es razonable entonces con
argumentación material vamos a ir a
cuestionar el contenido de esta norma
que nos lleva a una solución hijos es
decir teoría de la validez de la norma y
teoría material del contenido de la
norma es decir lo justo o lo injusto de
la norma y finalmente la teoría
pragmática de la argumentación jurídica
es decir si el contenido significativo
de la norma debe ser aceptada por la
sociedad claro en el caso de entre el 6
rey en vez de la teoría por supuesto
absurda de la raza aria esta teoría en
ese entonces y en ese momento y en ese
sitio lastimosamente era zeta pero hoy
en día bajo los instrumentos
internacionales y la teoría de los
derechos humanos difícilmente va a ser
aceptado un argumento como
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