Filiación y gestación subrogada

Justicia TV
28 Jun 202255:57

Summary

TLDREste programa de análisis de fallos judiciales se centra en el caso del amparo en revisión 553 diagonal 2018, donde se discute el reconocimiento de la filiación en parejas del mismo sexo que recurren a la maternidad subrogada. Los expertos desglosan las implicaciones legales y éticas, el interés superior del menor y la voluntad procreacional frente a la verdad biológica. Se abordan los desafíos de la legislación actual ante la diversidad de formas familiares y la necesidad de una regulación que respete los derechos humanos y la identidad de las personas involucradas.

Takeaways

  • 📜 El programa 'Ya Lo Dijimos La Corte' analiza sentencias emblemáticas del Tribunal Constitucional de México, enfocada en el caso del amparo en revisión 553 diagonal 2018.
  • 🏳️‍🌈 Se discute el reconocimiento de la filiación en parejas del mismo sexo que recurren a técnicas de reproducción asistida, como la maternidad subrogada.
  • 🤝 La invitada Julieta García Herrera explica que el caso surge de una pareja homosexual en Yucatán que utiliza técnicas de reproducción asistida para tener un hijo y enfrenta la negativa del registro civil para reconocer la filiación.
  • 🚫 La directora del registro civil de Yucatán se basa en la ausencia de legislación que contemple el registro de la filiación en casos de maternidad subrogada, argumentando que la relación genética es necesaria.
  • 📋 Se menciona el uso de un 'acta de compromiso' firmado ante un notario por la pareja para regular la situación de la maternidad subrogada.
  • 🛑 La negativa del registro civil lleva a los padres a promover un amparo indirecto, argumentando la violación de sus derechos a la igualdad y no discriminación, así como el derecho a la identidad del menor.
  • 🏛️ La Corte Suprema de Justicia de la Nación, tras la negativa del amparo en primera instancia, ejerce su facultad de atracción para conocer el asunto, considerando su importancia y trascendencia.
  • 👨‍👨‍👦 El debate incluye el análisis de los derechos reproductivos como un derecho humano, no solo para parejas heterosexuales sino también para aquellas del mismo sexo.
  • 🤔 Se plantean cuestiones éticas en torno a la maternidad subrogada, como la posible explotación de la mujer y el consentimiento informado en contextos de desigualdad económica.
  • 👶 El interés superior del menor es un eje central del caso, con la Corte considerando la importancia de su derecho a la identidad y a un desarrollo integral.
  • 📖 La discusión destaca la complejidad de la legislación en torno a la procreación asistida y la necesidad de una regulación clara y justa que abarque las diversas formas de familia.

Q & A

  • ¿Qué es el amparo en revisión 553 diagonal 2018 y por qué es importante?

    -El amparo en revisión 553 diagonal 2018 es una sentencia del Tribunal Constitucional de México que aborda el reconocimiento de la filiación en el caso de una pareja del mismo sexo que utiliza técnicas de reproducción asistida, específicamente la maternidad subrogada. Es importante porque establece precedentes legales sobre los derechos de las parejas del mismo sexo a formar una familia y los derechos del menor a la identidad.

  • ¿Qué técnica de reproducción asistida se utilizó en el caso mencionado en el programa?

    -En el caso discutido en el programa, se utilizó la maternidad subrogada, que consiste en el implante de un cigoto o un embrión en el útero de una mujer con el fin de que dé a luz al hijo de una pareja, en este caso, de dos hombres.

  • ¿Cuál fue la decisión inicial del registro civil de Yucatán respecto a registrar el nacimiento del menor con los apellidos de la pareja del mismo sexo?

    -La directora del registro civil de Yucatán inicialmente negó la solicitud de registrar el nacimiento del menor con los apellidos de la pareja del mismo sexo, argumentando que la afiliación era un vínculo de parentesco que se daba únicamente por una relación genética o por adopción plena, y no existía tal registro para la maternidad subrogada.

  • ¿Por qué los padres contratantes promovieron un amparo indirecto ante el registro civil de Yucatán?

    -Los padres contratantes promovieron un amparo indirecto ante el registro civil de Yucatán porque consideraban que se estaba violando su derecho a la igualdad y la no discriminación, sus derechos de procreación, vida privada y el derecho del menor a la identidad.

  • ¿Qué resolvió el juez de distrito en el amparo indirecto y cómo se relaciona con el interés superior del menor?

    -El juez de distrito, además de admitir la demanda de amparo, resolvió negar el amparo basándose en los argumentos de los quejosos pero otorgó el amparo bajo el principio del interés superior del menor, para que se registre al menor con los datos que se tenían y se notifique a la procuración de familia para establecer la filiación del menor.

  • ¿Cuál fue la decisión de la Corte al interponer un recurso de revisión y ejercer su facultad de atracción?

    -La Corte ejerció su facultad de atracción para conocer del asunto, considerando que cumplía con los requisitos de importancia y trascendencia, y resolvió el asunto para establecer cómo se establecía la afiliación en casos de reproducción asistida y las obligaciones del estado a través de sus autoridades registrales.

  • ¿Por qué es fundamental reconocer el derecho a la procreación para parejas homosexuales según el programa?

    -Es fundamental reconocer el derecho a la procreación para parejas homosexuales porque es un derecho humano que no debería estar restringido por la orientación sexual de las personas, y las técnicas modernas de reproducción asistida brindan la posibilidad de conformar una familia a aquellos que lo desean.

  • ¿Qué es la maternidad subrogada y cómo se relaciona con la inseminación artificial?

    -La maternidad subrogada es una técnica de reproducción asistida en la que una mujer gesta un embarazo para otra persona, generalmente por acuerdo previo. La inseminación artificial es una técnica relacionada en la que se introduce semen en el útero de una mujer para que se embarace, y puede ser utilizada en casos de infertilidad o imposibilidad de tener hijos.

  • ¿Qué es la 'voluntad procreacional' y cómo se aplica en el caso de las técnicas de reproducción asistida?

    -La 'voluntad procreacional' se refiere al deseo de las personas de asumir las obligaciones que derivan de la afiliación, como en el caso de las técnicas de reproducción asistida donde los padres contratantes quieren hacerse cargo del niño biológicamente, a pesar de no tener un vínculo genético directo con él.

  • ¿Cómo aborda el programa el tema de la regulación de la maternidad subrogada y por qué es necesaria?

    -El programa aborda la regulación de la maternidad subrogada como una necesidad para proteger los derechos de todas las partes involucradas, incluyendo el interés superior del menor, y para evitar la explotación o la falta de claridad legal en el establecimiento de la filiación.

  • ¿Qué es el interés superior del menor y cómo se relaciona con la sentencia del amparo en revisión 553 diagonal 2018?

    -El interés superior del menor es un principio que prioriza el bienestar y el desarrollo integral del niño. En la sentencia del amparo en revisión 553 diagonal 2018, este principio se utiliza para argumentar a favor del reconocimiento de la filiación en el caso de una pareja del mismo sexo que utiliza técnicas de reproducción asistida.

  • ¿Cómo se abordan las preocupaciones éticas en relación con la maternidad subrogada en el programa?

    -El programa aborda las preocupaciones éticas relacionadas con la maternidad subrogada discutiendo si esta práctica atenta contra la dignidad de las mujeres, si puede llevar a la explotación del cuerpo de la mujer y cómo se puede balancear el libre consentimiento de la persona gestante con los derechos de los padres contratantes.

  • ¿Qué papel juegan las empresas como intermediarios en procesos de reproducción asistida y cómo el programa aborda su participación?

    -El programa sugiere que las empresas pueden participar legítimamente como intermediarios en procesos de reproducción asistida siempre y cuando haya claridad en las consecuencias económicas y se respeten los derechos de todas las partes involucradas.

Outlines

00:00

🏳️‍🌈 La Sentencia de Maternidad Subrogada y Pareja del Mismo Sexo

El programa comienza con una introducción al caso de un amparo en revisión presentado por una pareja del mismo sexo que busca reconocimiento de filiación para su hijo nacido a través de maternidad subrogada. La discusión se centra en el análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional de México y sus implicaciones legales, con la participación de Fernando Sosa Pastrana y Julieta García Herrera como invitados expertos.

05:02

👨‍👨‍👦‍👦 El Caso de Maternidad Subrogada en Yucatán

Se narra el caso de una pareja de hombres en Yucatán que, tras utilizar la técnica de reproducción asistida, enfrentaron la negativa del registro civil para reconocer su filiación sobre el niño. La pareja recurrió a un amparo indirecto, argumentando la violación de sus derechos a la igualdad y la no discriminación, así como el interés superior del menor. El juez de distrito admitió la demanda, pero negó el amparo, lo que llevó a la presentación de un recurso de revisión ante la Corte Suprema.

10:04

📜 Análisis de la Corte sobre el Derecho a la Procreación

Fernando Sosa Pastrana y Julieta García Herrera discuten el derecho a la procreación de parejas homosexuales en el contexto constitucional, destacando que no existe distinción legal entre parejas del mismo sexo y sus posibilidades de formar una familia utilizando técnicas de reproducción asistida. Se menciona la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que considera el acceso a métodos de reproducción asistida como un derecho humano.

15:05

🤰 Maternidad Subrogada y Conceptos Fundamentales

Julieta García Herrera explica los conceptos de maternidad subrogada y técnicas de reproducción asistida, destacando la importancia de la elección personal y la autonomía de la mujer gestante. Se discute la necesidad de clarificar los términos y conceptos asociados a la reproducción asistida, incluyendo la inseminación artificial y la adopción de embriones, y se menciona la regulación variada en diferentes estados de México.

20:06

📝 La Evolución del Concepto de Filiación

Fernando Sosa Pastrana analiza la evolución del concepto de filiación, desde la visión tradicional basada en la verdad biológica hasta la adopción de una perspectiva más amplia que considera la voluntad procreacional y el reconocimiento de la familia como una realidad social diversa y plural. Se discute la sentencia de la Corte que cuestiona la base biológica del reconocimiento de filiación y promueve una interpretación más progresista y sensata a las realidades contemporáneas.

25:07

🤝 La Discusión sobre la Maternidad Subrogada y la Dignidad Humana

Se presentan las perspectivas encontradas en torno a la maternidad subrogada, con algunos argumentando que atenta contra la dignidad humana y la trata como una transacción comercial, mientras que otros defienden que es un ejercicio legítimo del derecho a la procreación y el libre desarrollo de la personalidad. Se destaca la importancia del consentimiento libre e informado y la regulación necesaria para proteger los derechos de todas las partes involucradas.

30:07

👶🏻 El Derecho de los Niños a la Identidad y la Familia

Fernando Sosa Pastrana y Julieta García Herrera discuten la importancia de salvaguardar el derecho de los niños a la identidad y la formación de una familia, independientemente de las formas tradicionales. Se enfatiza la necesidad de actualizar la legislación y las interpretaciones judiciales para adaptarse a las nuevas realidades familiares y proteger el interés superior del menor.

35:09

👥 La Participación del Legislador en la Regulación de la Reproducción Asistida

Se reflexiona sobre el papel del legislador en la regulación de la reproducción asistida y la maternidad subrogada, destacando la necesidad de adaptarse a las nuevas formas de familia y proteger los derechos humanos. Se sugiere que el legislador debe tener en cuenta la realidad social y las decisiones de la Corte para establecer un marco legal que respete la diversidad y promueva el interés superior del menor.

40:09

🌐 La Globalización y la Regulación de la Reproducción Asistida

Se menciona la posibilidad de que parejas extranjeras busquen utilizar servicios de reproducción asistida en México, lo que plantea desafíos adicionales para la legislación y la regulación. Se sugiere que la participación de empresas especializadas podría ser beneficiosa, siempre que se tenga en claro las consecuencias económicas y se respeten los derechos de todas las partes involucradas.

45:12

🙌 Agradecimientos y Despedida

El programa concluye con agradecimientos a los invitados expertos, Fernando Sosa Pastrana y Julieta García Herrera, por su contribución al análisis de la sentencia y la discusión sobre la maternidad subrogada y la regulación de la reproducción asistida. Se desean un futuro programación y se cierra el episodio con música de fondo.

Mindmap

Keywords

💡Amparo en revisión

El amparo en revisión es un recurso legal en México que permite a los afectados por una resolución judicial solicitar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise la sentencia. En el video, se discute el caso 'Amparo en revisión 553 diagonal 2018', que involucra la figura de la maternidad subrogada y los derechos de filiación en parejas del mismo sexo.

💡Maternidad subrogada

La maternidad subrogada es una técnica de reproducción asistida en la que una mujer acoge a un niño en su útero con el propósito de darlo a los padres contratantes al nacer. En el contexto del video, surge un debate sobre los derechos jurídicos que derivan de esta práctica, especialmente en parejas del mismo sexo.

💡Filiación

La filiación se refiere a la relación legal y biológica entre un padre o madre y su hijo. En el video, se analiza cómo se establece la filiación en casos de maternidad subrogada, y cómo la Corte Suprema de Justicia de México aborda esta cuestión en el caso de una pareja del mismo sexo.

💡Pareja del mismo sexo

El término 'pareja del mismo sexo' se refiere a una relación entre personas del mismo género. En el video, se discute el reconocimiento de la filiación para parejas del mismo sexo que recurren a técnicas de reproducción asistida para tener hijos.

💡Reproducción asistida

La reproducción asistida es un conjunto de técnicas médicas que ayudan a las personas a concebir, incluyendo la inseminación artificial y la maternidad subrogada. En el video, se explora cómo estas técnicas impactan el derecho a la procreación y la identidad de los niños nacidos de parejas del mismo sexo.

💡Derechos humanos

Los derechos humanos son los derechos fundamentales a los que todos los individuos tienen derecho, independientemente de su condición social o nacionalidad. En el video, se argumenta que el derecho a la procreación es un derecho humano que debe ser reconocido y protegido, incluso para parejas del mismo sexo.

💡Interés superior del menor

El interés superior del menor es un principio legal que prioriza el bienestar y el desarrollo de los niños en decisiones judiciales y políticas. En el contexto del video, se discute cómo este principio afecta la determinación de la filiación en casos de maternidad subrogada.

💡Identidad

La identidad se refiere a la comprensión de quién es una persona y su lugar en el mundo. En el video, se destaca la importancia de reconocer la identidad de los niños nacidos a través de la maternidad subrogada, asegurando que tengan un vínculo legal y social claro con sus padres.

💡Legislación

La legislación es el conjunto de leyes y normas que regulan la sociedad. En el video, se sugiere que la legislación debe adaptarse para abordar las cuestiones legales que surgen con la reproducción asistida y la maternidad subrogada, especialmente en lo que respecta a la filiación y los derechos de las parejas del mismo sexo.

💡Gestión necesaria

La gestión necesaria hace referencia a las acciones y procedimientos que deben llevarse a cabo para establecer y regular las relaciones legales, como la filiación en casos de maternidad subrogada. En el video, se discute la necesidad de que la procuraduría realice gestiones para regular la filiación de los menores en estas situaciones.

Highlights

El programa analiza la sentencia del amparo en revisión 553 diagonal 2018, donde se reflexiona sobre el reconocimiento de la filiación en parejas del mismo sexo en casos de maternidad subrogada.

Se discute la importancia de la sentencia para entender el alcance de los derechos constitucionales en contextos de reproducción asistida.

La director del registro civil de Yucatán niega la solicitud de registro de nacimiento de un niño por parte de una pareja gay, argumentando una falta de base legal para el acto.

Los padres contratantes promueven un amparo indirecto, alegando la violación de sus derechos a la igualdad, no discriminación, y el derecho a la vida privada y a la formación de una familia.

El juez de distrito admite la demanda de amparo, pero sólo bajo el principio del interés superior del menor, sin atender los argumentos de los quejosos.

La Corte Suprema decide ejercer su facultad de atracción para conocer el asunto, debido a su importancia y trascendencia en la materia.

Se destaca que las parejas homosexuales tienen derecho a la procreación, sin distinción alguna, y que el Estado debería fomentar el acceso a técnicas de reproducción asistida.

La discusión incluye el análisis de la regulación actual en diferentes estados de México, y la falta de una visión unificada en el manejo de la gestión por sustitución.

Se cuestiona la noción de maternidad subrogada como violación a la dignidad de las mujeres, y se presentan argumentos tanto a favor como en contra de la práctica.

Se argumenta que la maternidad subrogada puede llevar a la explotación del cuerpo de la mujer y a la utilización de mujeres en situación de vulnerabilidad económica.

Por otro lado, se sostiene que la maternidad subrogada permite el ejercicio del derecho a la procreación y respeta el libre desarrollo de la personalidad de la persona gestante.

La regulación de Tabasco requiere un instrumento notarial y una revisión judicial para garantizar el consentimiento libre y e informado en casos de maternidad subrogada.

Se plantea la necesidad de una regulación clara y detallada por parte del legislador para abordar los desafíos que surgen con la aplicación de técnicas de reproducción asistida.

Se sugiere que el legislador debe tomar en cuenta la realidad existente y las diferentes formas en que se manifiesta la familia en la sociedad actual.

La participación de empresas como intermediarios en procesos de reproducción asistida es discutida, y se enfatiza la importancia de clarificar las consecuencias económicas y legales.

El programa concluye con una llamada a la acción para el legislador para que brinde una regulación que respete los derechos humanos y ofrezca seguridad jurídica en este campo.

Transcripts

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[Música]

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[Música]

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bienvenidas y bienvenidos a este su

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programa ya lo dijo la corte en el cual

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analizamos los fallos emblemáticos las

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sentencias más relevantes del tribunal

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constitucional de mexico en esta ocasión

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vamos a platicar con nuestros invitados

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del amparo en revisión

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553 diagonal 2018 que es una importante

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sentencia en la cual la suprema corte

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reflexiona y analiza el reconocimiento

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de la filiación en tratándose de una

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pareja del mismo sexo en este caso dos

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hombres cuando existe pues la figura de

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la maternidad subrogada o alguna de las

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variantes porque hay varias

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denominaciones ya nos lo van a explicar

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nuestros invitados

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y las consecuencias jurídicas las

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consumes jurídicas que de ahí pueden

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derivar para entender el alcance de esta

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importante sentencia le doy la

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bienvenida al programa a fernando sosa

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pastrana fernando bienvenido el doctor

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un gusto recibirte nuevamente en ya lo

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dijo la corte y también a julieta garcía

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herrera julieta pues también bienvenidas

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ya nos habéis acompañado gracias por

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estar aquí gracias y empezamos contigo

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julieta te quería pedir si fueras tan

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amable de explicarnos

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cuál es el caso cómo surge el caso y

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cómo es que el caso llega hasta

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conocimiento de la suprema corte si

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fuera es tan amable

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bueno el caso de sucede en yucatán en el

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2015 efectivamente un matrimonio

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compuesto por una pareja del mismo sexo

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en este caso dos hombres

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quieren quisieron tener un hijo y para

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esto acudieron a una técnica de

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reproducción asistida denominada

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maternidad o útero subrogado que

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consiste básicamente en el implante de

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un cigoto o un embrión en el útero de

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una mujer para que allí

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se este y en el momento del nacimiento

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se entrega el hijo a los padres

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contratantes para que lo asuman como

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suyo

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entonces recurren a esta técnica y la

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persona gestante era una mujer de 25

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años desde entonces 2015

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y lo hacen a través de un acuerdo que

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ellos denominaron acta de compromiso que

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certificaron ante notario

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pasado se somete a la técnica de

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reproducción asistida nace el hijo y

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entonces los padres contratantes llevan

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solicitan al registro civil de yucatán

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que se registra el nacimiento del menor

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con sus apellidos

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y la director del registro civil de

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yucatán niega esta solicitud con base en

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el argumento de que dicho acto registral

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no estaba contemplado en la legislación

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vigente en yucatán porque la afiliación

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era es un vínculo de parentesco que se

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da únicamente por una relación genética

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o por la adopción plena situación que

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dijo la directora del registro civil no

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sucedía en este caso

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entonces que podría registrar el niño

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con los apellidos del padre biológico

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porque aquí es importante en este caso

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concreto en la maternidad subrogada el

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óvulo no fue de la persona gestante sino

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de una donante anónima pero si uno de

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los padres del matrimonio

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proporcionó su esperma para llevar a

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cabo esta gestación

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entonces la directora registros civil

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hijos se podía registrar con los

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apellidos del padre biológico o bien que

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fueran ante autoridad competente para

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llevar a cabo la adopción plena en

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contra de esta negativa los padres no

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promovieron un amparo indirecto

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señalando básicamente que se violaba su

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derecho a la igualdad de la no

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discriminación sus derechos de

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procreación de

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vida privada de conformar una familia y

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así también se atentaba contra el

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interés superior del menor porque se le

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negaba su derecho a la identidad y hacer

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registrado inmediatamente después de

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haber nacido en el amparo el juez de

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distrito además de admitir la demanda de

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amparo señala como tercera interesada a

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la persona gestante y resuelve negar el

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amparo porque declarando en atenderles

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los argumentos de los quejosos pero si

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lo otorga bajo el principio del interés

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superior del menor para que se registre

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al menor y entonces no no se atente

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contra su derecho de identidad con los

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datos que se tenían ahí y además que la

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autoridad

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registral diera notificación a la

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procuraduría de frente al menor y de la

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familia de yucatán para que esta

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procuraduría de llevar a cabo las

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gestiones necesarias para establecer la

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filiación del menos

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en contra de esta sentencia

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los padres interponen un recurso de

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revisión

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y solicitan a la corte que ejerza su

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facultad de atracción para conocer de

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este asunto la corte efectivamente

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ejerció su facultad de atracción es por

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eso que llega a la corte el asunto

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considerando que cumplía con los

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requisitos de importancia y

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trascendencia porque era un asunto que

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podía llevar a determinar cómo se

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establecía la afiliación precisamente

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entre un hijo que nació a través de una

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técnica de reproducción asistida en el

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caso concreto maternidad subrogada y una

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pareja un matrimonio de personas del

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mismo sexo así como establecer las

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obligaciones del estado a través de sus

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autoridades registrales para proteger

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los derechos de las personas

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involucradas en este tipo de asuntos

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perfectos con muchísimas gracias

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julieta y ahora voy contigo fernando

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fernando sosa para plantar te una

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pregunta que seguramente tiene una

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respuesta muy obvia pero forma parte de

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la reflexión de la cnte siente la tengo

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que hacer en estos términos las parejas

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homosexuales tienen derecho a la

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procreación contemplado en el artículo

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cuarto constitución

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tienes la razón para hacer que es muy

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categórica mi respuesta pero a veces

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siento que nuestro sistema jurídico una

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respuesta tan sencilla como ésta parece

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solo mirada es claro que tienen derecho

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no hay una distinción ni del nivel

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convencional ni constitucional de que

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las personas del mismo sexo que llegan a

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ser una pareja puedan ocurrir utilizando

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las técnicas modernas de reproducción

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para poder conformar una familia de

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hecho gran parte de estas entidades se

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construye utilizando los apartados del

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caso arte amarillo y yo recuerdo que en

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este caso que digo no es materia

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completa de esto pero lo quiero tomar en

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cuenta es muy interesante lo que hice la

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cortita americana dice es tan relevante

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el empleo de los métodos de reproducción

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asistida que el estado debería fomentar

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que fueran gratuitos para que puedan

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permear a la mayor cantidad de personas

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una población determinada que es como la

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última parte con la que cierra la corte

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interamericana es decir no sólo debe ser

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una visión crematística de quienes

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pueden sufragar estos gastos sino que

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permea todos esto pone de relieve la

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importancia que tiene para cualquier

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estructura

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poder conformar la la procreación

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aprovechando todas las ventajas que da

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la tecnología la gestación por

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sustitución es un mecanismo pero hay

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muchos más que pueden emplearse y creo

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que esto en términos de estadística y

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sensibilidad es relevante ahora bajo la

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lógica

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fernando de que se trata de un derecho

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humano es decir en artavia murillo

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partían de una situación en costa rica

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en donde pues realmente es el estado

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había prohibido y estas parejas incluso

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tuvieron que salir de costa rica

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tuvieron que ir a colombia una es a

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españa a otras así buscando ejercer su

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derecho a la procreación pero la corte

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interamericana lo concibe como un

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derecho humano así es un derecho humano

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y tiene unos procedieron a la propia

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constitución el artículo 41 dice que

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nosotros tenemos la capacidad y el

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derecho de elegir libremente los hijos

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que queramos procrear no restringe a una

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yo le llamaría a una falacia naturalista

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porque pareciera que cuando la gente

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piensa en proclamación solo piensa en

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los términos biológicos tradicionales la

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construcción es de textura abierta

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abarca cualquier posibilidad y sobre

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todo progresiva la construcción se

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explica a futuro siempre entonces yo

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creo que eso es muy fundamental para que

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comprendamos que estas partes los

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derechos reproductivos

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inherentes a todas las personas y hallar

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está vía por ello el caso la sentencia

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de la corteidh americana es fundamental

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si es me es categórico la distinción

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interesante que hacer está bien que

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pareciera que la única opción que deja

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viva en su momento costa rica en la

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inseminación dice está así y las demás

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no y parte de una presunción de que

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hacer con los gametos esta discusión de

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altavia es una discusión vigente en

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méxico por ejemplo tenemos el caso de

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querétaro no me equivoco querétaro tiene

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una prescripción absoluta a la gestación

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por sustitución y habla de una figura

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que pareciera que es rara en méxico que

play09:08

es la adopción de los embriones entonces

play09:11

proscribe por un lado la gestación por

play09:13

sustitución

play09:14

entonces no sólo no niega sino también

play09:16

regula que ésta pueda darse en lugar de

play09:20

hablar de donación de células criminales

play09:22

como alcohol o civil habla de donación

play09:24

de embriones con todas las consecuencias

play09:27

que pueda tener a la luz del propio caso

play09:29

al tav a murillo entonces digamos que

play09:31

este caso bordea una realidad que making

play09:33

pp salvo en cuatro entidades federativas

play09:36

que sinaloa

play09:37

y tabasco por reglamentos el expresa y

play09:41

san luis potosí y querétaro con

play09:43

prohibición expresa los demás días

play09:45

interactivas vive en la salida de

play09:47

yucatán una absoluta desregulación o un

play09:51

pequeño coqueteo con referencias muy

play09:53

amplios como nació de médico de

play09:56

donaciones las criminales que puede

play09:58

significar cualquier tipo de método de

play10:00

reproducción asistida ahora y julieta

play10:03

hay en este tema un cierto grado de

play10:08

complejidad y te quiero pedir que nos

play10:11

ayudes a entender estos conceptos por

play10:14

qué

play10:17

se puede hablar de

play10:19

maternidad subrogada de maternidad por

play10:22

sustitución ahí hay una serie de

play10:25

variables lingüísticas digamos que a lo

play10:28

mejor las personas que están viendo el

play10:29

programa se preguntarán qué que debe

play10:33

entenderse cuales dirías que son los

play10:35

conceptos fundamentales aquí

play10:38

en el caso en concreto a ver las

play10:41

técnicas de reproducción asistida son

play10:43

todos aquellos medios que facilitan un

play10:47

embarazo

play10:49

te refieres a tecnologías

play10:54

que implican la manipulación ya sea de

play10:58

embriones de óvulos o espermatozoides

play11:01

sobre esa sobre ese concepto genérico

play11:04

este producto julita y diversas

play11:07

variables hay diversas posibilidades si

play11:10

hay diversas posibilidades en este caso

play11:12

maternidad subrogada

play11:14

en el que se implanta a una mujer el

play11:17

embrión o el cigoto y ahí puede ser que

play11:19

el óvulo sea de la propia persona

play11:22

gestante o de una donante anónima el

play11:25

espermatozoide puede ser de los padres o

play11:28

madres contratantes o no de un tercero y

play11:32

también puede existir la posibilidad que

play11:37

exista porque por ejemplo la

play11:38

interminable artificial una mujer quiere

play11:40

ser madre y por imposibilidad o

play11:44

infertilidad

play11:45

que es muy importante justo aclarar eso

play11:48

en este caso porque no no solamente

play11:50

están las técnicas de reproducción

play11:51

asistida para parejas que tienen

play11:53

problemas de infertilidad no sino

play11:55

también claro en parejas del mismo sexo

play11:58

no es por infertilidad sino realmente

play12:00

una imposibilidad y por lo tanto también

play12:03

se le introduce un

play12:05

espermatozoide

play12:07

fértil

play12:08

dentro de la mujer entonces eso también

play12:11

es una inseminación artificial que

play12:12

también por ejemplo en eso se refiere la

play12:15

ley general de salud hace una referencia

play12:19

a la inseminación artificial

play12:22

como prohibiciones en realidad prohíbe

play12:25

que se insemina a una mujer menor de

play12:27

edad

play12:28

o incapaz y también que la

play12:33

una mujer casada con ciento a ser

play12:35

inseminada sin consentimiento de su

play12:38

cónyuge que bueno

play12:41

también ya la corta dicho que realmente

play12:44

no no sobre la y general de salud en

play12:46

concreto pero sí que atenta contra la

play12:48

autonomía

play12:49

de la mujer no necesita permiso de el

play12:53

cónyuge para esto entonces si realmente

play12:56

creo que en esto concluía que es muy

play12:58

importante si hay distintas modalidades

play13:00

de técnicas de reproducción asistida y

play13:03

que desde que tenga muy claro que no

play13:05

sólo es por infertilidad sino también

play13:06

por imposibilidad porque hace mucho más

play13:09

incluyente realmente está el acceso a

play13:11

estas técnicas en ese sentido julita

play13:14

tiene tiene mucho impacto lo que nos

play13:17

comentaba fernando de la concepción de

play13:20

toda esta temática desde los derechos

play13:23

humanos porque efectivamente cuando tú

play13:25

lo analizas en términos de universalidad

play13:28

en términos de que cada persona

play13:31

en esto de la mujer casada que decías

play13:33

etcétera pues tiene su propio derecho y

play13:36

tiene que ser tutelado y tener cuidado

play13:39

me parece que la clave de lectura de

play13:41

todo es el concepto de que aquí estamos

play13:43

hablando de un derecho humano claro y

play13:46

eso acompaña parejas

play13:48

de distintos sexos parejas del mismo

play13:50

sexo sin distinción como debe ser en

play13:53

derechos humanos no precisamente en el

play13:55

proyecto justo se establece a ver en el

play13:57

caso de artavia murillo se señaló la

play14:01

corte interamericana reconoció este

play14:02

derecho de procreación que además deriva

play14:05

del derecho de vida privada y el derecho

play14:07

de

play14:09

procrear de

play14:11

buscar todas las posibilidades para

play14:13

realmente poder ejercer ese derecho de

play14:16

procreación que está dentro de la vida

play14:18

privada y lo reconocido para parejas con

play14:21

problemas de infertilidad

play14:24

y en el proyecto se señala

play14:25

pero en similar situación se encuentran

play14:27

las parejas del mismo sexo no que si

play14:31

bien no es por infertilidad es por

play14:32

imposibilidad porque porque no vamos a

play14:34

hacer diferenciación con base en

play14:37

preferencia sexual para reconocer un

play14:39

derecho

play14:41

se reconoce el mismo derecho a parejas

play14:44

conformadas por personas del mismo sexo

play14:45

o no clases y ahí está de nuevo el

play14:49

concepto de derecho humano universal y

play14:52

mental exacto pero es indistinta oye a

play14:55

ver fernando teté planteo de plantea un

play14:58

tema adicional en el cual amplio sé que

play15:00

te entusiasma este tema y eres experto

play15:01

además las fuentes de la afiliación

play15:04

decía julieta bueno tradicionalmente el

play15:09

tema biológico y luego la figura de la

play15:12

adopción plena

play15:14

pero es un catálogo cerrado fernando no

play15:17

es muy interesante esa sentencia en

play15:19

concreto la que hace la primera sala por

play15:22

una razón hace una arqueología de la

play15:25

razón normativa generalmente desde un

play15:27

punto de vista tradicional existe lo que

play15:29

se llama la previa filiación y las

play15:31

fuentes de filiación pues generalmente

play15:33

las fuentes de filiación son el

play15:35

matrimonio el concubinato o la falta de

play15:38

estos puede ser reconocimiento puede ser

play15:40

este la adopción plena que es como cosa

play15:43

niña y también puede ser digamos la

play15:46

presunción que nació dentro de una

play15:48

relación más menos no lo interesante y

play15:51

que el juez dialoga y que la corte

play15:54

dialoga con el juez es que el juez parte

play15:55

una pensión muy rara dice todos estos

play15:58

procesos de reconocimiento de filiación

play16:00

están vinculados con la verdad biológica

play16:02

pero corte plantea lo siguiente ojo

play16:05

cuando se hicieron esos artículos es

play16:07

imposible saber el origen biológico de

play16:10

las partes todo el engranaje legal se

play16:13

construyó porque ojo reconocimiento de

play16:15

filiación

play16:17

posición de estado de hijo y personación

play16:20

por nación / matrimonio concubinato

play16:22

fueron figuras que existen es del siglo

play16:24

19 o quizás atrás en donde es imposible

play16:27

saber genéticamente quien el padre pero

play16:30

el juez le da una perspectiva

play16:32

restrictiva con ojos actuales y si no

play16:34

como ahora ya podemos saber que quienes

play16:38

indubitablemente el progenitor biológico

play16:40

uno de ellos tienen que ser a fuerza

play16:43

para salvaguardar la vida biológica

play16:45

el progenitor biológico para poder

play16:48

reconocer este argumento se me hizo una

play16:51

cosa muy interesante porque asume el

play16:53

juez de distrito que las fuerzas tienen

play16:56

que editarse el vínculo biológico y es

play16:59

el punto de partida de la corte le dice

play17:01

esperate todo este engranaje fue hecho

play17:04

cuando era imposible probar el origen

play17:05

biológico

play17:06

entonces bajo la buena fe de la

play17:09

institución que utiliza este engranaje

play17:11

sin generar una restricción que no

play17:13

existe

play17:15

porque además una segunda regla clásica

play17:17

del derecho civil y en el derecho

play17:19

familia en concreto las instituciones

play17:21

registrales no pueden hacer impugnación

play17:23

de paternidad porque parten de la buena

play17:26

fe de quienes comparecen es muy

play17:28

interesante que este argumento perdón

play17:30

lleguen y en la lógica histórica que

play17:32

está señalando esto es muy importante

play17:34

porque no había forma de confrontar lo

play17:36

que dijeran oigan venimos a registrar a

play17:39

nuestro hijo pues como lo confrontamos

play17:41

como ya no se me hace que el señor los

play17:43

del papá no no había manera así es no

play17:45

había forma de discutir desde el punto

play17:48

vista científico no la base científica

play17:50

no existía entonces una cosa que hace la

play17:52

corte muy interesante le dice el juez tú

play17:54

le estás asumiendo una razón legislativa

play17:57

a una norma que nunca tuvo por

play17:58

imposibilidad presión porque surgió

play18:01

evidentemente años antes pues no puedes

play18:04

tú imponer esa restricción y esto creo

play18:07

que es una cosa fundamental porque la

play18:08

decisión del juez único de lanzar un

play18:10

poco a mí si me consternó mucho el juez

play18:13

niega la posibilidad de todo pero

play18:14

conceder amparo para un efecto le dice

play18:17

perfecto

play18:19

pongan el nombre de pila que viene

play18:21

elegido y dice y que el juez del

play18:24

registro civil anoté los datos

play18:25

necesarios de identificación para

play18:28

explorar su derecho entidad y que venga

play18:30

la procuraría impugnar el la verdad

play18:32

biológica que tratamiento le dio el juez

play18:35

en pocas palabras al niño o niña o al

play18:39

menor del conflicto como un niño

play18:41

expósito no lo dice para el momento que

play18:44

tú digas que no lo tomes en cuenta

play18:46

declaró a ninguno de los dos y los

play18:48

registres entonces a la sentencia amparo

play18:51

concedía pero también renegaba cualquier

play18:55

tipo de derecho de identidad es muy

play18:57

interesante con la puerta precioso

play18:58

porque le hice registrado con los datos

play19:01

de quien lo llegue a comparecer y sin

play19:03

decirlo lo está conduciendo a la razón

play19:06

de un niño expósito que se me hizo algo

play19:09

muy preocupante por parte del del juez

play19:11

federal bueno pues en el momento en el

play19:14

que estamos viviendo no uno pensaría que

play19:16

ya estas discusiones deberán estar

play19:18

superadas pero si ahí está la cuestión

play19:21

vamos a una pausa no se vayan regresamos

play19:22

enseguida para continuar en este

play19:24

análisis en esta conversación sobre el

play19:26

amparo en revisión

play19:28

553 diagonal 2018 y toda esta

play19:32

problemática de la afiliación para

play19:35

descendientes de parejas integradas por

play19:38

personas del mismo sexo que acuden a un

play19:41

mecanismo

play19:44

y apoyo tecnológico para ejercer sus

play19:46

derechos humanos los subrayo derechos

play19:50

humanos a la procreación regresamos

play19:54

[Música]

play19:56

ya estamos de vuelta ya estamos de

play19:57

regreso en este programa ya lo dijo la

play19:59

corte para seguir conversando seguir

play20:01

analizando con nuestros invitados de

play20:03

este amparo en revisión el 553 del 2018

play20:06

y la aplicación de las técnicas de

play20:09

reproducción asistida en tratándose de

play20:12

parejas integradas por personas del

play20:14

mismo sexo y lo que implica en términos

play20:16

del reconocimiento de filiación

play20:18

revisó conteo julieta para plantearte lo

play20:20

siguiente

play20:22

y puede ser algo un tanto polémico

play20:25

incluso a lo mejor quienes están viendo

play20:27

el programa no están de acuerdo o tienen

play20:30

puntos de vista distintos pero yo te lo

play20:32

planteas y tal cual maternidad subrogada

play20:36

es violatorio de la dignidad de las

play20:38

mujeres las mujeres son vistas como

play20:40

objetos como

play20:43

por ahí en alguna literatura se dice

play20:46

máquinas de gestación máquinas de

play20:49

reproducción que a través de acuerdos a

play20:51

través de pagos se les utiliza

play20:54

instrumentalmente para lograr el

play20:57

objetivo pero hay quien dice pero pero

play21:01

poniendo un tanto en cuestión la

play21:04

dignidad

play21:05

el respeto su carácter de sujetos

play21:09

incluso por ahí se menciona bueno es que

play21:11

estas técnicas hacen hablado olvidan el

play21:14

vínculo psicológico de la persona

play21:17

gestante con con el producto de la

play21:20

concepción pues que a lo largo esos

play21:22

nueve meses pues más allá de que hay un

play21:25

contrato que haya dinero pues hay una

play21:27

relación no

play21:29

creo que les podríamos decir que

play21:31

consideras si efectivamente podríamos

play21:34

dividir

play21:37

las perspectivas y las perspectivas que

play21:39

se tiene sobre la maternidad subrogada

play21:40

en dos quienes están a favor y quienes

play21:42

están en contra quienes están en contra

play21:44

parten de la base de que estas técnicas

play21:47

esta técnica en concreto atenta contra

play21:50

la dignidad humana porque tanto señala

play21:54

que tanto la filiación del menor que

play21:57

nace a través de esta técnica de

play21:59

reproducción asistida como el cuerpo de

play22:02

la mujer son objeto de transacción son

play22:04

objeto de comercio

play22:06

también argumentan que puede llevar a la

play22:10

explotación del cuerpo de la mujer a la

play22:12

utilización de mujeres

play22:14

socioeconómicamente

play22:16

en escasez no y también puede ser que

play22:20

únicamente sólo por la incomodidad que

play22:22

presenta al embarazarse no realmente por

play22:24

una cuestión de infertilidad o de

play22:26

imposibilidad sin embargo quienes están

play22:30

a favor de estas técnicas parten de la

play22:32

base de que es el ejercicio es la forma

play22:35

en la que pueden las personas ejercer no

play22:39

de manera efectiva su derecho a la

play22:41

procreación

play22:43

esto estoy hablando de los padres

play22:45

contratantes y también hablando de los

play22:48

derechos de la persona de la persona

play22:50

gestante el decidir someterse a una

play22:54

técnica de reproducción asistida como lo

play22:55

es la maternidad subrogada lo hace en

play22:58

ejercicio de su derecho al libre

play23:00

desarrollo de la personalidad en el cual

play23:03

las personas tienen el derecho de poder

play23:07

elegir de manera libre responsable y sin

play23:10

injerencia arbitraria alguna sus metas y

play23:13

objetivos en la vida conforme a sus

play23:14

creencias gustos

play23:17

principios valores etcétera

play23:20

y que realmente entonces cuando se

play23:23

someten a esta a estas técnicas

play23:28

reproducción asistida lo hacen con base

play23:31

en su libre desarrollo de la

play23:32

personalidad

play23:33

claro que tiene que haber un

play23:35

consentimiento libre libre de vicios e

play23:38

informado de todas las consecuencias y

play23:41

de lo que implica el procedimiento pero

play23:43

en ese punto

play23:44

corrígeme y julieta pero creo recordar

play23:47

que la regulación de tabasco

play23:49

incluso

play23:51

para afirmar este consentimiento

play23:54

requiere de un

play23:55

instrumento notarías y así es requiere

play23:58

de un instrumento notarial y además de

play24:00

una revisión por parte de un juez pues

play24:02

es una doble

play24:04

revisión es decir que se busca tener

play24:07

claridad en que esa decisión es libre

play24:10

incluso con un fedatario público por el

play24:13

notario pero además un acompañamiento

play24:16

jurisdiccional exacto exacto cosa que la

play24:19

corte ya dijo que que es una medida

play24:21

realmente si es proporcional y que busca

play24:23

un fin constitucionalmente legítimo

play24:27

y también también sé quiénes están a

play24:30

favor lo hacen partiendo igual de la

play24:32

base de que hay cierta solidaridad entre

play24:35

la persona gestante con los padres que

play24:39

por infertilidad o imposibilidad

play24:41

necesitan recurrir a técnicas de

play24:43

reproducción asistida como la maternidad

play24:45

subrogada para poder ejercer de manera

play24:47

efectiva su derecho a la procreación leí

play24:50

leí un argumento

play24:53

se acuerdan de este libro de que se

play24:55

llama georges louis what's right thing

play24:58

to dub defensor sand el donde se discute

play25:01

el tema y él dice que no dice más bien

play25:04

si está el argumento porque no es un

play25:06

punto de vista de él pero trae a

play25:08

colación en esta discusión julieta que

play25:10

tú estás planteando que la decisión de

play25:13

la mujer o de la persona gestante en

play25:15

tratándose de

play25:18

cuando aparece el dinero lo q lo quiera

play25:20

así tal cual perdón por la brusquedad

play25:23

pero cuando cuando hay dinero de por

play25:25

medio

play25:26

la decisión no es tan libre como parece

play25:29

porque en un contexto de necesidad o de

play25:32

pobreza

play25:33

pues es como la donación de un riñón no

play25:37

también ponía el mismo ejemplo en el

play25:39

libro el profesor sanz del

play25:41

stage libres pero realmente ese

play25:43

consentimiento no es algo que está en el

play25:45

debate a mí me parecería así entiendo

play25:48

perfecto ese cuestionamiento me parece

play25:52

que siempre y cuando no haya coacción lo

play25:54

haga por lo que lo haga por dinero o no

play25:56

si decide someterse es libre porque hay

play26:00

muchas cosas que en la vida hacemos por

play26:02

dinero y no son todas ellas

play26:04

deleznables o inmorales o ilegales pero

play26:08

se vio tan tan obvio como trabajar por

play26:11

dinero

play26:13

entonces

play26:15

esta es mi conclusión no sé en realidad

play26:17

me parece que el extracto se haya sido

play26:19

por dinero no me parece que si se somete

play26:22

y realmente lo decide de manera

play26:24

voluntaria no hay

play26:25

ninguna coacción realmente si es es un

play26:30

consentimiento libre e informado ahí

play26:32

está ahí está la discusión y te lo

play26:35

planteaba porque cuando en esta misma

play26:38

suprema corte se han ventilado los razón

play26:41

se material su rueda por sabido

play26:43

reacciones ha habido sin

play26:46

respuestas y algunas de esas respuestas

play26:48

han sido muy críticas incluso hacia el

play26:51

propio criterio de la corte participando

play26:53

de un debate pues que me parece muy

play26:55

legítimo es que me parece que la

play26:57

sociedad mexicana tiene que

play26:59

dilucidar los términos del

play27:01

consentimiento el alcance de la

play27:03

posibilidad de una pareja que busca

play27:06

ejercer su derecho humano pero desde una

play27:08

postura de poder económico frente a una

play27:10

persona gestante de menor capacidad

play27:14

digamos económica en fin ahí está el

play27:16

tema pero también entiendo que de otro

play27:19

lado uno derechos humanos y libre

play27:22

desarrollo de la personalidad también

play27:23

nos tenemos que tomar en serio a la

play27:25

persona gestante decir bueno pero porque

play27:27

no va a poder decidir porque no va a

play27:28

poder

play27:30

tomar esta decisión que a lo mejor le

play27:32

ayuda económicamente oa lo mejor le

play27:34

favorece oa lo mejor es solidaria y

play27:36

quiere contribuir a la felicidad de

play27:38

alguien más al proyecto de vida de esa

play27:40

pareja no hay que tomar en serio a todas

play27:42

las partes no funcionan o no esta parte

play27:44

no no tiene voluntad y no puede

play27:46

manifestarlo y no puede dar su libre

play27:48

consentimiento pero ahí está el debate

play27:50

ahora

play27:51

fernando regreso contigo

play27:54

que hay en el fondo de esta discusión

play27:57

por qué

play27:59

tal vez en la postura del juzgado de

play28:01

distrito

play28:02

subyace una visión

play28:05

distinta

play28:06

suscitadas del propio tema histórico de

play28:08

la del derecho de familia no sí que está

play28:12

pasando a y cuéntanos con muchos

play28:13

procesos que teniendo contigo doctor y

play28:16

que siempre me ha sido en los plantes en

play28:17

un gusto que de hecho familias el mejor

play28:19

ejemplo para ver un cambio que ha habido

play28:21

pero aún tiene sus resistencias y mira

play28:24

es muy interesante algo

play28:26

el juez lo primero que denuncia es algo

play28:27

que es como obvio no hay un

play28:29

procedimiento regulado de gestación por

play28:30

sustitución y yucatán que es el momento

play28:34

que me suena casi a un pensamiento

play28:36

decimonónico del código napoleónico

play28:37

cuando estudiábamos por ejemplo john

play28:40

herry merriman y decían que los los

play28:43

exégetas francés decían que el primer

play28:44

día que un juez interpretó el código

play28:46

civil francés napoleón dicen que dijo el

play28:49

código ha muerto pues claro un código no

play28:51

presto los escenarios entonces los

play28:53

códigos posteriores primero una cláusula

play28:55

de habilitación temporal así le

play28:57

llamaríamos que el juez jamás podrá

play28:59

denegar

play29:01

la resolución un asunto porque no es

play29:03

porque la ley sea obscura imprecisa o

play29:07

inexistente y lo que dice el juez es eso

play29:11

muy curioso dice pues es que no hay un

play29:14

proceso de asignación de la filiación

play29:17

expreso en el código y por tanto aunque

play29:19

por resolver eso o sea lo dice

play29:21

expresamente denuncia que la falta de

play29:23

regulación no puede hacerlo y para mí

play29:26

eso sin decirlo tiene un trasfondo

play29:28

pareciera que está reviviendo esta idea

play29:30

de los años setentas ochentas que

play29:33

algunos académicos y jueces decían que

play29:35

el orden público era lo que el

play29:37

legislador decía que estaba al derecho

play29:40

familia entonces a diferencia del

play29:42

derecho civil que podía tener una

play29:44

amabilidad de la voluntad de las partes

play29:45

está misión de los años setentas de

play29:48

méjico decían sólo puede ser derecho

play29:50

familia lo que dio un código de familia

play29:52

en orden público una visión de un estado

play29:55

constitucional es el orden público es

play29:57

cuando exista una compatibilidad eficaz

play30:02

con la categoría de derechos humanos que

play30:04

rigen es decir la llave fundamental

play30:07

claro entonces ese es el gran cambio

play30:09

claro cuando hay me dice que no

play30:10

encuentra el procedimiento en el código

play30:12

civil está pensando en una visión de

play30:14

orden público sin una visión

play30:16

constitucionalista ante el verdadero

play30:18

orden público del derecho familia por lo

play30:20

menos lo que a construir la corte y

play30:22

muchos académicos como usted doctor ha

play30:24

dicho es el que deriva de una aplicación

play30:29

pragmática de los derechos humanos pues

play30:32

cuando yo veo esto no voy a preguntar

play30:34

jamás está no está regulado porque me

play30:36

voy a encontrar que sólo en cuatro

play30:37

estados lo hay y además nuevo encontrar

play30:39

que la propia sony en cocina de la corte

play30:41

fragmento la competencia para

play30:43

reglamentarlo por un lado dejó toda la

play30:45

parte de salubridad como competencia

play30:47

federal para dejó la libertad con

play30:48

figurativa para la parte de el estado

play30:51

civil y kiko secuencias del derecho

play30:52

familia lo que yo no voy a preguntar y

play30:54

se lo dice aquí en un párrafo esta

play30:57

sentencia es ilustradora porque dice soy

play31:00

consciente que hay muchos problemas pero

play31:02

ya está aquí ya que dar una solución al

play31:04

tema de la filiación

play31:06

eso es lo que implica el orden público

play31:08

en derecho de familia

play31:09

me estaba ahorita que estoy escuchando

play31:12

fernando me estaba acordando de ese

play31:13

famoso libro bueno en los años 90

play31:17

precisamente tuvo mucho auge de gustavo

play31:19

zagrebelsky que se llama el derecho

play31:21

dúctil y en donde le explica el paso del

play31:23

estado legal al estado constitucional

play31:25

precisamente pero parecería y es

play31:28

paradójico porque parecería una falta de

play31:32

sincronía que un juez de distrito en

play31:36

pleno siglo 21 se vaya con una visión

play31:38

más bien legalista es decir

play31:41

alguien no había leído hacia graves y yo

play31:44

quisiera y esa es una forma muy

play31:46

interesante cómo usar categorías

play31:48

constitucionales para reforzar una

play31:49

visión legal y ni siquiera el apartado

play31:52

legal lo prevé y la corte hace una

play31:53

arqueología de esto por ejemplo lindsay

play31:55

voy a salvaguardar el derecho de

play31:56

identidad de los menores

play31:58

pero nunca se pregunta cómo se abordará

play32:01

cualquier expresión de familia y la

play32:03

única forma que tiene el menor o que

play32:06

encuentra después para salvaguardar el

play32:07

derecho de identidad es pues que lo

play32:09

registren como un niño expósito

play32:11

desconociendo le la posibilidad de poder

play32:14

tener una familia que ya se conformó de

play32:16

facto o como postulante yo la corte por

play32:18

relaciones de solidaridad o con hecho de

play32:20

la corte la verdad biológica no es un

play32:22

principio absoluto entonces es muy

play32:24

interesante esto usar categorías

play32:26

constitucionales pero como algunas

play32:28

discutíamos no le da una visión

play32:29

constitucional y zante a su argumento y

play32:32

esto obedece a esta perspectiva de orden

play32:34

público que sólo está limitada hacia un

play32:37

margen de actual restricto desde una

play32:39

visión del estado legislativo y muchas

play32:41

veces hemos platicado aquí mismo contigo

play32:43

fernando en este programa de esa falta

play32:47

de acompañamiento déjame ponerlo así de

play32:49

cultura jurídica en el tránsito del

play32:52

estado legal al estado constitucional

play32:54

porque los precedentes están vayan en

play32:58

fin puede haber aspectos novedosos

play32:59

etcétera pero ahí

play33:03

centenares de sentencias sobre igualdad

play33:05

y no discriminación de la corte hay

play33:07

muchísimos sobre interés superior de

play33:09

niñas niños de adolescentes

play33:11

bueno bastante sobre derecho de familia

play33:14

constitucionalizado creo que la primera

play33:16

sala hecho un trabajo sin exagerar

play33:19

paradigmático

play33:21

y sin embargo ese acompañamiento

play33:22

cultural de cultura jurídica a veces se

play33:26

echa en falta no se echa se echa de

play33:28

menos todavía tenemos que seguir

play33:29

insistiendo no no no no no veo otra ruta

play33:33

por eso yo creo que las sentencias por

play33:36

lo menos da más sentido en materia de

play33:37

derecho de familia en la corte tienen un

play33:39

elemento pedagógico por lo menos yo creo

play33:42

que esto y lo dice dicen no puedes decir

play33:45

que hay una falta de récord en el

play33:46

procedimiento

play33:47

tú tienes que resolver el tema de

play33:49

filiación tienes que comprender que la

play33:51

verdad belong y que no es absoluta

play33:52

tienes que darle densidad y la pregunta

play33:55

que hace es muy importante si

play33:57

garantizamos o la constitución el

play33:59

artículo 4o

play34:01

no hay una forma predeterminada de

play34:02

familia le corresponde al juez siempre

play34:05

salvaguardar a la familia yo recuerdo

play34:08

mucho cuando leía esta autobiografía de

play34:11

la de la ex presidenta de la corte

play34:13

suprema de inglaterra lady health que es

play34:16

como él un libro muy interesante con

play34:19

spider woman ella hizo una frase muy

play34:21

interesante dice el derecho de familia a

play34:23

diferencia del derecho civil y penal

play34:25

trabaja sobre hechos pasados pero

play34:28

siempre debe garantizar el futuro del

play34:30

derecho a la familia eso es lo que hace

play34:33

esto garantiza el futuro del derecho de

play34:36

familia y porque este tipo de problemas

play34:38

se van a seguir presentando incluso de

play34:41

manera incremental creo yo ahora

play34:44

y julieta déjame retomar esta idea que

play34:48

pone en la mesa fernando y que me parece

play34:50

que también es otra de las grandes

play34:51

claves la primera es estamos hablando de

play34:53

derechos humanos la segunda el tema de

play34:56

la realidad biológica si no es la única

play34:59

fuente para establecer la afiliación

play35:01

déjame agregar un elemento tú tú tú este

play35:05

pues no sabrás explicarse y es el

play35:08

momento para eso te lo no que es

play35:10

voluntad procreacional es decir

play35:13

no necesariamente un vínculo genético

play35:16

víctor lo biológico sino la idea de que

play35:20

las personas quieren

play35:22

hacerse cargo de las obligaciones que

play35:26

derivan de la afiliación

play35:28

comentando su fuerza naval

play35:31

no solamente la verdad biológica

play35:34

desde el principio para establecer la

play35:36

afiliación en el caso de las técnicas de

play35:39

reproducción asistida

play35:40

está la voluntad procreacional como bien

play35:43

dice y la voluntad procreacional es

play35:46

precisamente el deseo de los padres

play35:48

contratantes de asumir como suyo al hijo

play35:51

que biológicamente no sera

play35:54

y con ello todas las responsabilidades

play35:56

que conllevan de la afiliación en el

play35:58

caso en concreto la maternidad subrogada

play36:00

además de esta voluntad procreacional

play36:03

que es muy importante también se

play36:05

requiere el agregado de el

play36:08

consentimiento informado y libre de la

play36:11

persona gestante y la declaración de la

play36:14

persona gestante de decir realmente yo

play36:17

no voy a reclamar derechos de maternidad

play36:19

sobre el niño y la voluntad

play36:21

procreacional

play36:22

debe de ser también suficiente para el

play36:25

establecimiento de la filiación de los

play36:28

padres contratantes con el hijo también

play36:31

se reconoce y esto porque realmente es

play36:34

muy importante porque a ver el artículo

play36:36

4 que protege el desarrollo y la

play36:39

organización de la familia la protege a

play36:40

la familia como una realidad existente

play36:43

como una realidad social en diferentes

play36:45

formas en diferentes manifestaciones una

play36:48

de estas diferentes formas es

play36:49

precisamente las familias conformadas

play36:51

por matrimonios de personas del mismo

play36:53

sexo en las que no va a ser posible que

play36:56

realmente los dos padres tengan un

play36:59

vínculo genético con él nacido a través

play37:03

de las técnicas de reproducción asistida

play37:05

y por lo tanto ahí el derecho que se

play37:08

tiene que

play37:09

actualizar la realidad no tiene que

play37:13

proteger esta voluntad procreacional y

play37:16

los derechos de identidad del menor

play37:17

mediante el establecimiento de su

play37:19

filiación a través de la voluntad

play37:21

procreacional aunque no exista vínculo

play37:24

biológico también es decir no es

play37:25

necesario que se tenga un vínculo

play37:27

biológico

play37:28

uno siempre para que se pueda establecer

play37:31

la afiliación la recuerdo algunos casos

play37:34

aquí mismo en el programa los hemos

play37:36

analizado en donde el supuesto de hecho

play37:40

es distinto para el establecimiento de

play37:42

la voluntad procreacional dando cuenta

play37:45

recupero tu expresión fernando de la

play37:48

enorme pluralidad de formas de

play37:50

convivencia familiar que hay y en donde

play37:52

tiene mucho sentido ahorita que citaba

play37:55

julieta el artículo cuarto

play37:58

constitucional

play37:58

que tiene que ser interpretado a la luz

play38:01

del reconocimiento de las formas

play38:05

relación familiar y no del

play38:07

establecimiento de pautas normativas

play38:09

concebidas bajo principios morales por

play38:11

el legislador decir que le está diciendo

play38:14

el artículo cuarto a los jueces en fin

play38:17

miren a la realidad no vengan con

play38:20

criterios de moralidad o con visiones

play38:24

pues hasta decimonónicas a establecer un

play38:27

modelo de familia o de relación o

play38:29

incluso de vínculo de filiación miren la

play38:32

realidad y en la realidad pues está la

play38:36

maternidad subrogada porque esa técnica

play38:39

no existía hace

play38:41

50 años no sé cuando haya sido por

play38:44

primera vez o un poquito más a lo mejor

play38:46

pero hoy si

play38:48

es eso hace la diferencia julita

play38:50

totalmente es justo pero precisamente no

play38:53

hay un único tipo de familia hay

play38:56

diferentes manifestaciones se tiene que

play38:58

proteger a la estabilidad familiar y con

play39:01

estabilidad familiar me refiero también

play39:03

a todas estas manifestaciones de

play39:04

convivencia que se dan entre los menores

play39:07

y no necesariamente sus padres

play39:11

biológicos no el caso por ejemplo de la

play39:14

mamá así biológica que tiene una pareja

play39:16

y se genera cierta relación realmente

play39:20

como de padre de hecho de la pareja de

play39:24

la mamá biológica con el niño y ahí

play39:26

también se debe de reconocer sobre todo

play39:28

para salvaguardar el interés superior

play39:29

del menor su derecho a la identidad su

play39:31

derecho a alimentos y que tenga un sano

play39:34

desarrollo integral ahí está ahí está la

play39:37

cuestión bueno vamos a una pausa no se

play39:39

vayan regresamos enseguida para

play39:40

continuar en este análisis en esta

play39:42

conversación con nuestros invitados

play39:44

sobre el amparo en revisión 553 diagonal

play39:48

el 18 y pues ya lo han escuchado todo lo

play39:51

que deriva de las técnicas de

play39:53

reproducción asistida de la maternidad

play39:56

subrogada o de alguna variable en este

play40:00

mismo terreno y el

play40:02

reconocimiento de vínculos de filiación

play40:05

regresamos sobre este mismo tema

play40:08

[Música]

play40:10

ya estamos de vuelta ya estamos de

play40:12

regreso en este su programa ya lo dijo

play40:13

la corte para continuar en esta

play40:15

conversación con nuestros invitados

play40:16

alrededor del amparo en revisión

play40:18

553 diagonal 2018 y quiero estar contigo

play40:21

fernando porque en la lógica de que nos

play40:26

expone a julieta de la voluntad

play40:28

procreacional creo que podemos añadir un

play40:30

elemento que es el que te plantea ahora

play40:32

el interés superior de niñas niños y

play40:35

adolescentes en este caso pues niños o

play40:38

niñas

play40:40

preguntándonos qué es lo que más le

play40:43

conviene al

play40:46

niño a la niña al recién nacido le

play40:49

conviene esta caracterización como hijo

play40:52

o hija expósito le conviene más tener

play40:55

una filiación una doble filiación

play40:58

incluso por parte de dos personas del

play41:01

mismo sexo como como añades esta

play41:03

variable y qué peso tiene qué peso debe

play41:06

tener your en la voluntad procreacional

play41:07

y la forma en que la vayamos

play41:09

perfeccionando eliminó un tema de coste

play41:11

transacción y se escucha muy

play41:13

crematístico mi parte pero quiero hacer

play41:14

claro la gran discusión es la asigna la

play41:17

afiliación en los procedimientos de

play41:18

gestación por sustitución tenemos por

play41:21

ejemplo un código sinaloa que te dice

play41:23

que es para adopción entonces qué

play41:25

quieres y esto es un procedimiento

play41:26

válidas el contrato con fruto el propio

play41:29

código y después formentera las partes a

play41:31

un proceso la opción

play41:33

o la media una mezcla de dos

play41:35

instituciones diferentes otros sugieren

play41:37

la asignación directa de la gestación

play41:40

como consecuencia de esto yo creo que

play41:42

eso es perfectamente válido porque lo

play41:45

conforma una relación de oportunidades

play41:47

una voluntad de poder formar una familia

play41:49

al menor le conviene en este caso no

play41:52

sólo tiene una identidad porque

play41:54

evidentemente no puede ser

play41:56

fernando x sino que le corresponde tener

play41:58

a progenitores que asimilen su cuidado

play42:02

en ese esquema de corresponsabilidad que

play42:05

es la defensa de la niñez qué significa

play42:07

esto si bien el estado tiene obligación

play42:09

de cuidar a los niños niñas adolescentes

play42:11

esta obligación es un sistema de

play42:14

corresponsabilidad con los progenitores

play42:15

entonces tiene primas de entrada de

play42:18

filiación al niño que está privado de

play42:21

pensión alimenticia claro este pleno de

play42:23

cuidados desde estudiando un posible

play42:25

seguro de inscripción a la seguridad

play42:27

social o sea lo estás dejando en una

play42:30

nada jurídica y los sujetos que él tiene

play42:33

por conductor el procurador tener que

play42:35

limpiar su propia filiación

play42:38

entonces no sería mucho más sencillo

play42:39

partir de la buena fe que si leo que son

play42:42

los progenitores con toda la

play42:44

responsabilidad que implica para el

play42:46

menor y sus derechos a el sat

play42:49

sigo pensando porque la sola identidad

play42:51

puede ser malicioso que privarle a un

play42:55

menor de sus progenitores con los

play42:57

derechos u obligaciones que se derivan y

play42:59

ahí es donde me hace mucho sentido como

play43:01

palanca argumentativa como soporte

play43:03

argumentativo el concepto de interés

play43:05

superior porque el interés o pero se

play43:07

orienta a eso precisamente sin sonido

play43:09

para garantizar de forma eficaz y

play43:11

eficiente si tienes dos caminos porque

play43:13

en esta visión tripartita de interés del

play43:14

menor es principio derecho y una norma

play43:18

procedimental completa y como norma

play43:20

procedimental tú como jueces tienes dos

play43:23

caminos que es elegir el más rápido el

play43:25

más eficaz

play43:26

entonces yo lo entiendo como lo que dice

play43:28

ok te doy un nombre pero después viene

play43:30

el procurador que impugne investiga

play43:32

filiación en todo caso la interpretación

play43:35

de la corte provee es diferente no por

play43:37

buena fe acepta esta filiación y ante la

play43:40

duda estaría hasta abierto a la vida y

play43:42

eso es muy claro porque

play43:44

porque una de las objeciones que he

play43:47

visto mucho sobre el contrato o el

play43:48

convenio de gestación por sustitución es

play43:51

que dice se está pactando a un niño no

play43:53

es ese es un argumento que aparece de

play43:57

manera recurrente en el niño como objeto

play44:00

no como sujeto como objeto de un acuerdo

play44:04

transaccional y la realidad es que nunca

play44:06

un un convenio de expresa subrogada

play44:09

puede ser el niño el objeto contractual

play44:12

el objeto es hilo víctimas fue parte de

play44:14

la discusión que hubo en la acción de

play44:16

inconstitucionalidad en el pleno no fue

play44:18

parte el engrose pero sí la discusión de

play44:20

cuando analizaban la parte económica de

play44:22

los los convenios tiene una materia

play44:25

tampoco la acción pero decía antes que

play44:27

el objeto nunca va a ser el menor el

play44:28

objeto es este servicio este apoyo que

play44:32

provee la mujer

play44:34

al momento de poder reproducir o ayudar

play44:37

a la reproducción a otra pareja y por

play44:39

eso cuando se analizaba en esta acción

play44:41

inconstitucionalidad la prohibición que

play44:44

había de que un progenitor pudiese o no

play44:47

demandar o que hubiera una prohibición

play44:49

absoluta de no poder demandar la corte

play44:51

dijo no claro se puede demandar

play44:53

porque no puedes tú

play44:56

ex ante prohibir el es un derecho que

play44:59

perjudicaría al menor yo creo que esto

play45:02

que tenía muchas filias y fobias que hay

play45:04

su aplicación tecnológica les puedes

play45:07

mantener las cosas ahora poner más

play45:08

complicado si yo lo leí hace poco en el

play45:11

new york times y empiezan a ver presos

play45:13

de jesús' subrogada en donde se usa la

play45:15

cara genética de tres personas

play45:17

entonces entonces ya estaríamos hablando

play45:20

que el concepto de verdad biológica se

play45:23

empiece a difuminar y entonces tenemos

play45:25

que hacer que el derecho sea

play45:27

interdisciplinario que el derecho sea

play45:29

sensible a algo que siempre hemos dicho

play45:31

de una frase de john edwards el derecho

play45:33

familia es un caos natural

play45:35

y si no lo entendemos así estamos viendo

play45:38

una visión muy muy sesgada de una

play45:40

realidad social sin duda a ver y en este

play45:43

sentido julieta el escenario que nos

play45:46

está planteando fernando es

play45:48

absolutamente fascinante en el sentido

play45:51

bueno para quienes participamos en

play45:52

discusiones jurídicas porque estoy

play45:54

seguro que vamos a ver en los siguientes

play45:55

años una serie de retos son los desafíos

play45:57

una serie de necesidad

play46:00

aportación y definición de conceptos

play46:03

como como pocas veces en la historia de

play46:06

la humanidad y en parte estas

play46:08

instituciones apuntan en esa dirección

play46:09

vaya es algo que no es que fernando

play46:13

ahorita este es un ejercicio de

play46:14

imaginación novelística sino que lo que

play46:17

está viendo es ya los temas que ya están

play46:19

llegando y te quiero plantear esto

play46:24

la participación del legislador porque

play46:27

ciertamente hay una lógica de derechos

play46:29

humanos ciertamente el derecho a la

play46:32

procreación no discriminación artículo

play46:36

cuarto tienes que proteger la familia

play46:38

pero luego hay una parte más déjame

play46:41

ponerlo así

play46:42

operativa hay una hay una dimensión ya

play46:46

más de cómo procesamos todo este tipo de

play46:49

temas y todo este tipo de desafíos y ahí

play46:51

me parece que contar con un marco

play46:53

jurídico

play46:53

pues si cambia me da la impresión y tan

play46:57

es así que una cosa es que este caso

play47:00

haya surgido en yucatán o que se hubiera

play47:02

dado en tabasco

play47:03

que es una entidad vecina o incluso en

play47:05

sinaloa etcétera

play47:08

la pregunta julieta

play47:11

qué mensaje le envía esta sentencia o

play47:14

este conjunto de criterios que puede ser

play47:16

también la acción de inconstitucional

play47:17

sobre el pleno sobre gestación por

play47:20

sustitución al legislador a elegir si

play47:23

nos estuvieran viendo diputados locales

play47:25

julieta de yucatán o de cualquier

play47:28

interactiva diego salvo

play47:30

tabasco y sinaloa que les dirías yo creo

play47:34

que la sentencia está sentencia y las

play47:38

demás sentencias que se han visto sobre

play47:39

técnicas de reproducción asistida en la

play47:41

corte el mensaje que le envían al

play47:43

legislador es

play47:46

no podemos

play47:47

hacernos de la vista gorda de que no

play47:51

están sucediendo estas situaciones que

play47:54

están generando diferentes

play47:56

organizaciones y manifestaciones de la

play47:59

familia como realidad existente y que se

play48:02

debe de regular no se debe de regular

play48:06

claro que bajo el principio del interés

play48:08

superior del menor y también protegiendo

play48:11

tanto el derecho del libre desarrollo de

play48:14

la personalidad de la persona gestante

play48:16

como el derecho de procreación de los

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padres y me refiero a cualquier tipo de

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pareja o pareja del mismo sexo o pareja

play48:26

de distintos sexos si es un mensaje de

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necesitamos o necesita legislador más

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bien ver la realidad ésta está pasando

play48:35

esto no es posible que sean tan pocas

play48:37

las entidades federativas que tengan una

play48:39

revolución al respecto unas que incluso

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lo prohíben a mí en mi

play48:45

juicio yo creo que los mejores ejemplos

play48:48

son tabasco y sinaloa definitivamente

play48:54

en el mundo

play48:57

digamos si te plantear el escenario

play49:00

ideal dirías regulación sí sí

play49:04

participación legislativa claro y cuanto

play49:07

más detallada mejor que voltearan a ver

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ahí los los ejes bueno pueden ser

play49:11

también ejemplos del derecho comparado

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yo me imagino que méxico como en tantos

play49:16

temas pues seguramente vamos un poquito

play49:18

atrasados ahora y legislativamente

play49:20

hablando pero que a dónde tienen que

play49:23

optar a ver por ejemplo sinaloa tabasco

play49:27

derecho en otros países por ejemplo

play49:30

bueno artavia murillo si hasta me

play49:33

amarillo claro

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se me ocurre en esos tres realmente como

play49:39

los tres esenciales que los demás

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legisladores

play49:43

locales deberían de vuelta árabes ahora

play49:45

el mensaje de julieta es muy claro no

play49:47

necesitamos una regulación apoya

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la regulación

play49:54

aporta la seguridad para todas las

play49:57

partes y clarifica no porque también

play50:00

de pronto nos dé pronto decimos hoy digo

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podemos estar o no de acuerdo con lo que

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dice me parece emblemática me parece muy

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positiva pero también dijo uno y cuál es

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el origen de todo esto es el origen de

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todos estos que alguien no hizo su tarea

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y en este caso lo digo con todas las

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letras a título personal es el

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legislador

play50:21

play50:22

fernando yo pienso por ejemplo o sea hay

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muchas legislaciones y lo puede tomar en

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cuenta pero creo que en este caso el

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legislador debería empezar a tomarse es

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necesario un notario si es

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inconstitucional no pueden haber con los

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privados sería bueno hacer un registro

play50:37

público no se sería bueno que hubiera

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una oficina acompañamiento cuáles serían

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los elementos de existencia de validez

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la ejecución si el menor no es de objeto

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letra el contrato que va a ejecutar qué

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pasa ante la resistencia del de los

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padres progenitores por ejemplo yo

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pensaría como una idea y una hipotética

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todo mundo cuando me plantea estuviese

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qué pasa si los padres que contrataron

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no quieren recibir al menor pues bueno a

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botepronto pienso que en el interés pero

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de menor tú no puedes tener aún a un

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niño con unos progenitores que no

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quieren ser sus papás pero eso implicará

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que quedasen consecuencia jurídica yo

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podría decir legislador ok no quieras

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pero paga pensión alimenticia claro o

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sea hay un sinfín de cuestiones que

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podrían dar certeza

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qué es lo que espera la gente con un

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tipo de contrato compuesto en ese

play51:30

sentido de nuevo acompañas digamos la

play51:33

conclusión de tu lista en el sentido

play51:34

decir miren lo mejor que se puede hacer

play51:36

es legislar porque de pronto también en

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la lógica de movimiento de este debate

play51:41

aquí mismo se ha puesto en la mesa de

play51:43

personas que están a favor pasos que

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están en contra organizaciones sociales

play51:48

que están en contra también

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de pronto una postura como para el

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legislador es decir hijo electos está

play51:55

muy complicado no hay temas en donde no

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nos chiflan tanto pues vamos a dejar

play52:00

este a un lado pero tú concurre en el

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sentido de que fundan boleta de él yo

play52:05

creo que el legislador si me tienen gran

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posibilidad ser de cláusulas de

play52:09

experimentación creo que legislador

play52:11

tiene aquí la oportunidad de ser de

play52:13

avanzada yo recuerdo mucho a nuestro

play52:16

querido maestro héctor fix-fierro cuando

play52:18

nos da sociología jurídica y siempre lo

play52:20

decía un poco usando esta idea de la

play52:22

sociología en tono de broma en clases

play52:23

hay una puerta fuente del derecho la

play52:26

regulación si no puedes por el fenómeno

play52:29

regular entonces claro lo decía desde la

play52:31

sociología jurídica fe entiendo la razón

play52:33

más

play52:34

un poco algunos socios de la socia civil

play52:36

cuando analizaron el tema y lo dicen

play52:39

públicamente su informe dice puede ser

play52:41

muy cuestionable la cuestión onerosa del

play52:43

contrato pero es mejor regularlo para

play52:45

tener control de esto porque lo más

play52:47

probable es que si pasa en la realidad y

play52:48

puede haber un mercado ilícito un helado

play52:51

negro como se dice verdad que también

play52:52

fue objeto de reflexión por parte de la

play52:54

corte así es

play52:56

y yo por ejemplo y veo cuando me dicen

play52:58

es que estás haciendo algo económico no

play53:00

una cosa es que tú cobres mira cosas que

play53:03

desconozcamos que ese tipo de acciones a

play53:06

la gestación posición tiene

play53:08

consecuencias onerosas y sería

play53:10

desconocer que desde el tratamiento

play53:13

ginecológico

play53:15

estético medicamentos desgaste corporal

play53:19

no impliquen cuestiones económicas bajo

play53:21

una visión que sea totalmente gratuito

play53:24

sería desconocer claro las consecuencias

play53:26

onerosas de esta actividad hoy nos queda

play53:29

en menos de un minuto de programa pero

play53:31

no quiero despedirme sin este punto y en

play53:34

esa lógica las empresas que también ha

play53:38

sido discutido en algún amparo igual a

play53:40

corto un amparo donde bueno pero dice la

play53:43

corte bueno pueden participar las

play53:44

empresas como intermediarios claro y

play53:46

puede ser ciertamente saludable pero

play53:50

siempre y cuando tengamos claras las

play53:51

consecuencias onerosas de este acto yo

play53:53

creo que la intervención puede ser hasta

play53:56

en buen acompañamiento

play53:58

encuentras un tercero que podría

play54:00

amortiguar esta relación directa que

play54:03

podría dar lugar a relaciones de clase

play54:06

media si le ha dado de 66 y generas un

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tercero que podría replicar para poder

play54:11

acudir en caso de una digamos de un

play54:15

estado de indefensión por parte de

play54:17

algunas

play54:19

incluso julieta porque también podemos

play54:22

pensar en que este tipo de servicios

play54:24

sean utilizados por parejas extranjeras

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no que no necesariamente reconozcan el

play54:30

marco jurídico de hoy y como se reguló

play54:32

en el conoció del de tabasco pero yo no

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conozco que todos lleven de tabasco vivo

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en vivo en filadelfia pues pero en ese

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sentido nos tiene que quedar claro que

play54:41

las empresas

play54:42

legítimamente pueden también participar

play54:44

exacto las empresas legítimamente con el

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partido y me parece además hasta

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conveniente o sea digo por su derecho a

play54:52

libertad de trabajo pueden pueden

play54:53

participar verdad pero también me parece

play54:55

muy conveniente para extranjeros o

play54:57

porque a veces las empresas son las que

play55:00

son especialistas en estos temas en

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realidad no mucho más que alguna

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autoridad así hay que decirlo a veces y

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si las empresas tienen más

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especialización entonces sí me parece

play55:10

incluso hasta conveniente que participen

play55:13

como intermediarios ahí está ahí está la

play55:16

cuestión

play55:17

fernando sosa julieta garcía herrera

play55:19

gracias gracias a ambos por ayudarnos a

play55:21

entender esta sentencia y gracias a

play55:24

ustedes que hacen posible su programa ya

play55:26

lo dijo la corte en el cual analizamos

play55:28

los fallos emblemáticos las sentencias

play55:30

más relevantes del tribunal

play55:31

constitucional de méxico hasta pronto

play55:35

[Música]

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