Inversión Extranjera

LEAD Legal Advisors
20 Jun 201711:08

Summary

TLDREste video explica de manera detallada el régimen de cambios internacionales y las inversiones internacionales en Colombia. Se abordan los conceptos clave sobre la diferenciación entre residentes y no residentes, así como las operaciones de obligatoria canalización a través del mercado cambiario, especialmente las inversiones extranjeras. Además, se destacan los tipos de inversiones internacionales, como las inversiones directas y de portafolio, y las obligaciones de los empresarios para registrar estas inversiones ante el Banco de la República. Finalmente, se menciona la supervisión y control de estas operaciones por parte de la Superintendencia de Sociedades y la DIAN.

Takeaways

  • 😀 La inversión extranjera en Colombia está regulada por el régimen de cambios internacionales y de inversiones internacionales, los cuales controlan las operaciones de divisas.
  • 😀 El régimen de cambios internacionales aplica a los residentes y no residentes en Colombia, diferenciando entre personas naturales y jurídicas, incluyendo entidades públicas y privadas.
  • 😀 Las operaciones entre residentes y no residentes se consideran operaciones de cambio, las cuales deben canalizarse a través del mercado cambiario.
  • 😀 El mercado cambiario incluye bancos, casas de cambio y entidades que realizan giros al exterior, permitiendo la compra y venta de divisas de manera controlada.
  • 😀 No todas las operaciones de cambio requieren canalización obligatoria; por ejemplo, no todas las transferencias de divisas deben pasar por el mercado cambiario.
  • 😀 Las inversiones internacionales, como la inversión extranjera directa y de portafolio, deben ser informadas al Banco de la República y se consideran operaciones de obligatoria canalización.
  • 😀 La inversión extranjera directa implica un compromiso a largo plazo, como abrir una sucursal o adquirir inmuebles, mientras que la inversión de portafolio se basa en productos bancarios y no tiene ánimo de permanencia.
  • 😀 Las inversiones extranjeras, ya sean en divisas, bienes tangibles o intangibles, deben informarse a través de formularios específicos dependiendo del tipo de inversión.
  • 😀 Los residentes en Colombia pueden tener cuentas en el extranjero para gestionar inversiones extranjeras, pero deben registrarlas como cuentas corrientes de compensación si manejan operaciones de canalización obligatoria.
  • 😀 Anualmente, los receptores de inversión extranjera deben presentar un informe al Banco de la República antes del 30 de junio, detallando el estado de la inversión y el patrimonio mediante el formulario número 15.
  • 😀 La Superintendencia de Sociedades y la DIAN son las entidades encargadas de vigilar y sancionar las operaciones cambiarias, mientras que el Banco de la República solo recibe los informes.
  • 😀 Es importante contar con el apoyo de un abogado en Colombia para cumplir con las obligaciones legales relacionadas con la inversión extranjera y evitar sanciones altas.

Q & A

  • ¿Qué es el régimen de cambios internacionales en Colombia?

    -El régimen de cambios internacionales en Colombia regula las operaciones de divisas entre residentes y no residentes, facilitando el control cambiario y las transacciones en moneda extranjera, incluyendo inversiones internacionales.

  • ¿A quiénes aplica el régimen de cambios internacionales?

    -Aplica a los residentes y no residentes en Colombia, es decir, tanto a personas naturales con domicilio en Colombia como a personas jurídicas, incluidas sucursales de sociedades extranjeras y entidades gubernamentales.

  • ¿Cómo se define a un residente para efectos cambiarios en Colombia?

    -Un residente para efectos cambiarios es una persona natural con domicilio en Colombia, o una persona jurídica, como una sucursal de una sociedad extranjera, también con domicilio en el país.

  • ¿Qué se entiende por no residente en territorio colombiano?

    -Un no residente es una persona natural extranjera que no tiene domicilio en Colombia, o una persona jurídica extranjera que tampoco tiene domicilio en el país, incluyendo sucursales de sociedades extranjeras fuera de Colombia.

  • ¿Qué operaciones deben ser canalizadas a través del mercado cambiario?

    -Las operaciones que involucren pagos por servicios como asistencia técnica, turismo, pagos de arrendamientos, importaciones y exportaciones de bienes, inversiones internacionales y endeudamientos externos, entre otras, deben ser canalizadas a través del mercado cambiario.

  • ¿Todas las operaciones de cambio son de obligatoria canalización?

    -No, no todas las operaciones de cambio requieren obligatoriamente ser canalizadas. Solo aquellas relacionadas con inversiones internacionales y otras específicas deben ser informadas al banco de la República.

  • ¿Cuáles son los dos tipos de inversiones internacionales que existen en Colombia?

    -Existen dos tipos de inversiones internacionales en Colombia: la inversión extranjera directa, que tiene ánimo de permanencia, y la inversión de portafolio, que es más fluctuante y está asociada a productos bancarios e inversiones.

  • ¿Cómo deben informarse las inversiones internacionales en Colombia?

    -Las inversiones internacionales deben ser informadas al Banco de la República a través de formularios específicos: el formulario número 4 para divisas, el número 11 para bienes intangibles que no impliquen divisas, y el número 11a para reestructuraciones empresariales.

  • ¿Qué es una cuenta corriente de compensación y cuándo se debe registrar ante el Banco de la República?

    -Una cuenta corriente de compensación es una cuenta en moneda extranjera utilizada para manejar operaciones de inversión extranjera directa o de comercio exterior. Debe registrarse ante el Banco de la República si se manejan operaciones de canalización obligatoria.

  • ¿Qué obligaciones adicionales tiene una empresa receptora de inversión extranjera en Colombia?

    -Además de registrar las inversiones, la empresa debe presentar anualmente el formulario número 15 antes del 30 de junio para reportar su patrimonio y las inversiones extranjeras, a menos que haya sido requerida por la superintendencia de sociedades para presentar estados financieros.

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