NORMA TECNICA DEL SUBSISTEMA DE SELECCION

Legal Coach
10 Nov 202209:15

Summary

TLDREn este video, se analizan las modificaciones más importantes de la nueva normativa técnica sobre selección de personal en el sector público, establecida en el acuerdo MDT-2022-180. Se destaca la separación de los tribunales de méritos y oposición, el rol del administrador de concurso y los plazos para la actualización de la plataforma del Ministerio de Trabajo. También se explican las disposiciones transitorias, que permiten a las instituciones continuar con los procesos bajo las normativas anteriores hasta que se complete la actualización. Este cambio busca mejorar la transparencia y eficiencia en los concursos públicos.

Takeaways

  • 😀 La nueva norma técnica de selección de personal en el sector público se basa en el acuerdo MDT-2022-180, que reemplaza el acuerdo anterior MDT-2019-022.
  • 😀 El acuerdo MDT-2022-180 introduce cambios clave, como la separación de los tribunales de méritos-oposición y apelaciones, a diferencia de la versión de 2019.
  • 😀 Las fases del concurso siguen siendo las mismas: convocatoria, verificación de méritos, evaluación por oposición y declaratoria del ganador.
  • 😀 El administrador del concurso debe ser un servidor público registrado en la nómina de la institución o alguien con un rol de responsabilidad dentro de la misma.
  • 😀 En caso de que no haya suficiente personal en una institución, la máxima autoridad podrá designar un administrador de concurso de otra institución vinculada.
  • 😀 La plataforma tecnológica del Ministerio de Trabajo, antes conocida como socioempleo y ahora como encuentraempleo.gob.ec, es fundamental para la gestión de los procesos de selección.
  • 😀 Se establecen disposiciones transitorias que otorgan un plazo de seis meses (180 días) para la actualización de la plataforma, comenzando el 4 de octubre.
  • 😀 Durante la actualización de la plataforma, las instituciones deberán continuar usando el acuerdo MDT-2019-022 para registrar convocatorias y nombramientos provisionales.
  • 😀 Los concursos iniciados bajo el acuerdo MDT-2019-022 que aún no hayan sido difundidos se declararán desiertos al finalizar el proceso de actualización de la plataforma.
  • 😀 Los nombramientos provisionales serán válidos solo si se completan dentro de los plazos establecidos, con un plazo de 60 días para la función ejecutiva y 20 días para evitar la caducidad.
  • 😀 Se invita a los interesados a hacer preguntas o consultas a través de las redes sociales del canal o por correo electrónico ([email protected]).

Q & A

  • ¿Cuál es la principal novedad del acuerdo MDT-2022-180?

    -La principal novedad es que se restablece la nomenclatura del tribunal de méritos y oposición separado del tribunal de apelaciones, a diferencia de la normativa de 2019, donde ambos tribunales estaban fusionados.

  • ¿Qué aspecto de la normativa del año 2019 ha cambiado en el acuerdo MDT-2022-180?

    -Una de las diferencias clave es que el acuerdo de 2022 retoma el modelo de tribunales separados para méritos y oposición y para apelaciones, mientras que en 2019 estaban fusionados.

  • ¿Qué procesos se rigen bajo esta normativa?

    -Esta normativa regula los procesos de selección de personal en el sector público a través de concursos de méritos y oposición, en la plataforma tecnológica del Ministerio de Trabajo.

  • ¿Cuáles son las fases del concurso según la normativa?

    -Las fases del concurso son: convocatoria, verificación del mérito, evaluación por oposición y la declaratoria del ganador, las cuales se mantienen iguales a las versiones anteriores.

  • ¿Qué requisitos tiene que cumplir el administrador de concurso según el artículo 7?

    -El administrador de concurso debe ser un servidor público registrado en la nómina de la institución y debe pertenecer a un nivel jerárquico superior o tener un rol de responsabilidad, salvo en casos excepcionales donde se puede designar a personal externo.

  • ¿Qué ocurre si las instituciones no tienen suficiente personal para designar un administrador de concurso?

    -En estos casos, la máxima autoridad de la institución puede designar a un administrador de un ente vinculado, de cualquier naturaleza, si no hay personal suficiente en la institución.

  • ¿Qué plazo se establece para la actualización de la plataforma del Ministerio de Trabajo?

    -Se establece un plazo de 180 días (6 meses) para actualizar la plataforma tecnológica del Ministerio de Trabajo, plazo que comenzó a contar desde el 4 de octubre.

  • ¿Cómo deben proceder las instituciones durante el periodo de actualización de la plataforma?

    -Durante el proceso de actualización, las instituciones deben seguir registrando la información en la plataforma utilizando los procedimientos establecidos en el acuerdo ministerial MDT-2019-022.

  • ¿Qué sucede con los concursos que ya están en curso bajo la normativa anterior?

    -Los concursos que estén en difusión bajo la normativa anterior (2019) deberán seguir adelante según esa normativa, mientras que los concursos que no estén en difusión se declararán desiertos.

  • ¿Qué estipula la disposición transitoria cuarta respecto a los concursos desiertos?

    -La disposición transitoria cuarta establece que los concursos que se declaren desiertos después de la actualización de la plataforma deberán finalizar en un plazo de 60 días para la función ejecutiva y 20 días para los nombramientos provisionales.

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