🏛️⚖️ESCUELAS PENALES DEL DERECHO | ESCUELA CAUSALISTA, ESCUELA FINALISTA Y FUNCIONALISMO ⚖️🏛️

Derechologia
4 Aug 202009:14

Summary

TLDREn este vídeo, José, un abogado graduado de una escuela con colores azul y oro, explora las principales escuelas penales y su enfoque en la conducta: la causalista, que vincula la acción con el resultado; la finalista, que considera la intención y finalidad del acto; y el funcionalismo, que aborda el impacto social del comportamiento. Cada escuela ofrece una perspectiva única para entender la responsabilidad penal, promoviendo un aprendizaje profundo del derecho penal.

Takeaways

  • 📚 El vídeo es una introducción a las principales escuelas penales y cómo se entiende la conducta dentro de ellas.
  • 👨‍🎓 José, el presentador, es un abogado graduado de una escuela que representa los colores azul y dorado y ofrece ayuda con temas legales.
  • 🏫 Se mencionan tres escuelas penales importantes: la causalista, la finalista y el funcionalismo, que son fundamentales en los sistemas jurídicos occidentales.
  • 🇩🇪 La escuela causalista comienza con Franz von Liszt y se basa en el código penal alemán de 1871, enfocándose en la relación causal entre la acción y el resultado.
  • 🔗 La causalidad es un elemento clave en la escuela causalista, donde la responsabilidad penal se basa en la acción humana y su efecto en el mundo material.
  • 🎯 La escuela finalista, liderada por Hans von Hentig, critica la perspectiva causal y enfatiza la finalidad de la acción y la culpabilidad del individuo.
  • 🧠 En la finalista, se considera la subjetividad del acto, analizando los motivos y finalidades para deducir la culpabilidad.
  • 🌐 El funcionalismo, desarrollado por Durkheim y otros, surge en Inglaterra en los 1930 y se enfoca en el cumplimiento de una función social por medio de las normas.
  • 🤔 El funcionalismo ve las penas como una forma de mantener la sociedad, atendiendo a conductas que dañan la normatividad establecida.
  • 📢 José anima a los espectadores a dejar comentarios si desean que se hable más sobre estas escuelas o si quieren que se traten otros temas relacionados con el derecho.

Q & A

  • ¿Qué es la escuela clásica en derecho penal?

    -La escuela clásica es una de las bases de las escuelas penales modernas, se centra en la idea de que el delito es una acción u omisión causal que trae como consecuencia un daño.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la escuela clásica y la escuela positiva?

    -La escuela clásica se centra en la acción y el resultado, mientras que la escuela positiva considera también factores como la personalidad del delincuente y las circunstancias sociales.

  • ¿Qué escuelas penales se mencionan en el vídeo como las más importantes en el sistema jurídico occidental?

    -Las escuelas causalista, finalista y funcionalista son las más importantes en el sistema jurídico occidental, según el vídeo.

  • ¿Quién es el fundador de la escuela causalista y qué año se implementó su teoría en el código penal alemán?

    -Franz von Liszt es el fundador de la escuela causalista y su teoría fue implementada en el código penal alemán de 1871.

  • ¿Cuál es el elemento clave en la escuela causalista para determinar la responsabilidad penal?

    -En la escuela causalista, el elemento clave es la acción u omisión que tiene una relación de causalidad con el resultado, es decir, el binomio de la causa y el efecto.

  • ¿Qué aspectos se deben considerar en la escuela finalista para entender la conducta delictual?

    -La escuela finalista considera la finalidad de la acción, es decir, si la acción tenía un propósito o un fin, y cómo esto se relaciona con la culpabilidad del individuo.

  • ¿Quién criticó el sistema causal y qué año estableció la escuela finalista?

    -Hans von Hentig criticó el sistema causal y estableció la escuela finalista en 1930.

  • ¿Cuál es la principal diferencia entre la escuela causalista y la finalista según el vídeo?

    -La principal diferencia es que la escuela causalista se centra en la acción y su resultado, mientras que la finalista se centra en la finalidad de la acción y la subjetividad del acto.

  • ¿Qué es el funcionalismo en derecho penal y qué importancia tiene?

    -El funcionalismo es una corriente que surge en las ciencias sociales, enfocándose en el cumplimiento de una función social. En el derecho penal, las penas se entienden como una forma de mantener la sociedad, atendiendo a conductas que dañan la normatividad.

  • ¿Quién fue el fundador del funcionalismo en el ámbito de las ciencias sociales?

    -El funcionalismo se desarrolló gracias a la obra de Durkheim, aunque en el vídeo se menciona a David von Olshausen como uno de los exponentes del funcionalismo en el ámbito del derecho penal.

  • ¿Cómo se entiende la conducta penalmente relevante según la escuela funcionalista?

    -Según la escuela funcionalista, la conducta penalmente relevante no solo se trata de desencadenar procesos causales nocivos, sino de expresar un significado que va en contra de la norma general de comportamiento en el contrato social.

Outlines

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📚 Introducción a las escuelas penales

El vídeo comienza con una introducción al estudio del derecho penal, enfocándose en la importancia de conocer las principales escuelas penales y cómo ellas han influido en la comprensión contemporánea del comportamiento criminal. Se menciona brevemente las escuelas clásica, positiva y la tercera escuela, pero el enfoque principal es en las escuelas que aún se utilizan hoy en día. El presentador, José, un abogado graduado de una escuela con colores azul y oro, promete ayudar a los espectadores a comprender temas legales que serán útiles en su carrera y vida profesional. Se menciona que se hablará de las escuelas causalista, finalista y funcionalista, las cuales son consideradas las más importantes en el contexto de los sistemas jurídicos occidentales.

05:02

🔍 Detallando las escuelas causalista, finalista y funcionalista

El vídeo continúa con una explicación detallada de las escuelas causalista, finalista y funcionalista. La escuela causalista, iniciada por Franz von Liszt y basada en el código penal alemán de 1871, enfatiza la relación causal entre la acción y el resultado, utilizando conceptos como acción tipicidad, culpabilidad e imputabilidad. Esta escuela ve la responsabilidad penal como un resultado directo de la acción y su efecto en el mundo material. La escuela finalista, crítica de la causalista y promovida por Hans von Hentig, considera que el delito tiene una finalidad o un fin, y pone el énfasis en la culpabilidad como elemento del delito, analizando tanto la dimensión interna como externa del acto. Finalmente, la escuela funcionalista, influenciada por la sociología y la antropología, se enfoca en el cumplimiento de una función social por medio de la normativa. Esta escuela considera que las penas son una forma de mantener la sociedad, y que la conducta penalmente relevante expresa un significado que va en contra de la norma general de la sociedad. El vídeo concluye invitando a los espectadores a interactuar a través de comentarios y redes sociales para discutir estos temas o cualquier otro, y alentando a suscriptores a compartir y dar like al contenido.

Mindmap

Keywords

💡Derecho

El 'derecho' es el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones entre individuos y colectividades dentro de una sociedad. En el vídeo, el derecho se menciona como una 'hermosa carrera', lo que indica que se trata de una disciplina académica y profesional que el presentador ha estudiado y valora. El derecho es el tema central del vídeo, ya que se discuten escuelas penales dentro de este campo.

💡Escuelas penales

Las 'escuelas penales' son teorías jurídicas que explican y justifican el enfoque hacia el comportamiento criminal y las consecuencias legales. En el vídeo, se mencionan varias escuelas penales como la clásica, positiva y la tercera escuela, que son fundamentales para entender la conducta criminal desde diferentes perspectivas.

💡Causalidad

La 'causalidad' se refiere a la relación de causa y efecto entre eventos. En el contexto del vídeo, la escuela causalista enfatiza la conexión directa entre una acción y su resultado, lo cual es crucial para determinar la responsabilidad penal. Se menciona que la acción debe ser consciente, espontánea y externa para ser considerada como causa de un delito.

💡Manifestación de la voluntad

La 'manifestación de la voluntad' es un concepto clave en la escuela causalista que se refiere a la acción consciente y deliberada de una persona. En el vídeo, se explica que esta manifestación debe ser consciente, espontánea y debe exteriorizarse para constituir una acción penalmente relevante.

💡Resultado

El 'resultado' en el vídeo se refiere a la consecuencia o el cambio en el mundo exterior que surge como efecto de la acción de una persona. Se menciona que el resultado debe ser una modificación causada por la manifestación de la voluntad del individuo, y es un elemento esencial para la responsabilidad penal en la escuela causalista.

💡Escuela finalista

La 'escuela finalista' es una corriente teórica que se enfoca en la finalidad o propósito de las acciones criminales. En el vídeo, se destaca que esta escuela critica la visión puramente causal de la escuela causalista, argumentando que el delito no se puede entender sin considerar la intención o finalidad de la acción.

💡Subjetividad

La 'subjetividad' en el vídeo se refiere a la perspectiva interna de las acciones, es decir, los pensamientos, motivos y planes del individuo. La escuela finalista considera la subjetividad como fundamental para entender la culpabilidad, ya que el delito no es solo una acción causal, sino que tiene un propósito o finalidad.

💡Escuela funcionalista

La 'escuela funcionalista' se enfoca en el papel que juega el comportamiento dentro de la sociedad y cómo contribuye a su funcionamiento. En el vídeo, se menciona que esta escuela considera que el delito es una conducta que dañina para la sociedad y que las penas tienen como función mantener la sociedad y su normatividad.

💡Normatividad

La 'normatividad' se refiere al conjunto de normas y valores que rigen la conducta en una sociedad. En el vídeo, se habla de la importancia de las normas esenciales para la identidad de la sociedad y cómo las penas funcionan para preservar estas normas frente a conductas inaceptables.

💡Conducta

La 'conducta' en el vídeo se refiere a las acciones humanas que pueden ser evaluadas desde un punto de vista penal. Se menciona que la conducta penalmente relevante no es solo una cuestión de causalidad, sino que también expresa un significado o propósito que puede ser contrario a la normatividad social.

Highlights

El abogado José explica las principales escuelas penales y su enfoque en la conducta.

Se menciona la importancia de las escuelas clásica, positiva y la tercera escuela en el derecho penal.

José, egresado de una escuela de derecho con colores azul y oro, presenta este contenido.

Se habla de la necesidad de conocer las escuelas penales para mejorar en la carrera y la vida profesional.

Se introduce la escuela causalista, con Franz von Liszt como pionero.

La escuela causalista se basa en la relación causal entre la acción y el resultado.

Se explican los conceptos clave de la escuela causalista: acción tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.

La escuela causalista enfatiza la importancia de la acción y la relación causal con el resultado.

Se describe la simplicidad del sistema causalista para determinar la culpabilidad.

Se menciona que algunos autores llaman a la escuela causalista como la 'escuela de la política criminal alemana'.

Se introduce la escuela finalista, con Hans von Hentig como representante.

La escuela finalista critica la visión causalista y enfatiza la finalidad de la acción.

Se explica la importancia de la subjetividad del acto en la escuela finalista.

La escuela finalista considera la tipicidad tanto objetiva como subjetiva.

Se describe la escuela funcionalista, con Edwin H. Sutherland como pionero.

La escuela funcionalista se enfoca en el cumplimiento de funciones sociales por medio de las normas.

Se explica cómo las penas en la escuela funcionalista mantienen la sociedad.

Se invita a los oyentes a dejar comentarios para expandir sobre las escuelas penales.

Se alentan a los oyentes a suscribirse y compartir el contenido.

Transcripts

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abogado y estudiante de esta bella y

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hermosa carrera que es el derecho he

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pedido una vez más a este tu espacio

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para aprender y repasar o descubrir en

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días anteriores te digo un resumen de

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las principales escuelas penales y su

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forma de entender la conducta hablamos

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de la escuela clásica a la escuela

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positiva y la tercera escuela pero éstas

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sólo son las bases de la cual de parte

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de las escuelas que utilizamos hoy en

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día así que para que tengas toda la

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información que necesitas y sea el

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máximo donde todos tus amigos o grupos

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de colegas o el mejor buen en tu trabajo

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hoy vamos a hablar de las escuelas que

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nos falta mi nombre es josé abogado

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egresado de la escuela que porta los

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colores azul y oro y hoy estoy aquí como

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todos los martes para ayudarte con temas

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legales que nos van a servir en la

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carrera y en la vida profesional

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relegándola al vídeo y suscríbete de una

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vez que te prometo que vamos a aprender

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chingos de cosas y de una manera que me

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pesada de tomás este día

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[Música]

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hoy como en el vídeo pasado vamos a

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seguir el mismo esquema que voy a contar

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qué onda con cada escuela cuando empiece

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a algunos de sus exponentes sus ideas

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principales y también cómo tiene

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contemplada a la conducta cada tipo de

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pensamiento vamos a ver las tres más

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importantes que son la causa lista la

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finalista y el funcionalismo digo que

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son las más importantes porque los

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sistemas jurídicos occidentales o sea

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los que están de este lado del mundo

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reconocen a estos sistemas como sus

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formas actuales de entender los temas

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penales comenzamos con la escuela causa

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lista esta doctrina comienza con franz

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bones leeds el cual recoge las ideas de

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las escuelas clases que hay positivas y

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las aplica al código penal alemán de

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1871 por eso te dice en otro vídeo para

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que tengamos un punto de partida y

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comprendamos que implica tener a estas

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escuelas como referencia si no lo has

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visto te espero a que vayas a ver lo

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dejamos este vídeo en pausa y yo he

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quitado

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[Música]

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la revista ok esta escuela acepta que el

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primer elemento del delito no constituye

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una acción u omisión causal que se

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refiere a un movimiento corporal

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voluntario o ausencia del mismo el cual

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trae como consecuencia un del y aquí es

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donde tienes que poner atención porque

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la doctrina recibe su nombre justo de

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este pensamiento en el cual existe un

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nexo causal entre la acción y el

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resultado o sea el binomio de la causa y

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efecto el sistema causa lista manejan

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los conceptos de acción tipicidad

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antijuricidad culpabilidad o

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inculpabilidad imputabilidad de

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inimputabilidad punibilidad y excusas

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absolutorias para contemplar la conducta

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en esta escuela tenemos que fijarnos en

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los super elementos del elemento acción

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ya que que tiene que ser por acción u

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omisión pero este primer punto del

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delito tiene a su vez tres puntos que lo

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conforman que son la manifestación de la

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voluntad el resultado y que existe una

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relación de causalidad la manifestación

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de la voluntad tiene que ser consciente

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espontánea y exteriorizar no tenemos

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conducta cuando los hechos hayan sido

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realizados en el mundo de los sueños

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movimientos reflejos y menos aún cuando

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hayan sido resultados de no poder oponer

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resistencia a una fuerza que es

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justamente irresistible por su parte el

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resultado consiste que haya una

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modificación un cambio en el mundo

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exterior por esta manifestación de la

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voluntad o ya sea por la no realización

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de una acción esperada y exigible y al

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final el último punto nos dice que este

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resultado que se dio tiene que ser

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gracias a la manifestación de la

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voluntad del individuo o sea que

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regresamos a la causa y efecto la

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escuela causa analista establece la

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responsabilidad penal de una persona

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basándose en normas en el acto o acción

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humana y su efecto en el mundo material

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este sistema se caracteriza por su

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sencillez para ubicar la culpabilidad ya

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que para atribuir la responsabilidad de

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una persona sólo se va a requerir la

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comprobación de la causa tomando al

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efecto como su consecuencia directa por

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esta razón una persona siempre va a ser

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culpable cuando se acredite su acción

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como causa del resultado palabras

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muchísimo más sencillas si lo que tú

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hiciste causa el resultado que se está

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contemplando como delito automáticamente

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vas a ser culpable

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te recuerdo que este es sólo un resumen

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si quieres que hable más de esta escuela

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por favor házmelo saber en los

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comentarios porque si nos falta hablar

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un resto de cosas cómo se conforman los

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elementos del delito cuáles son sus

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conceptos y bla bla bla tomás antes de

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seguir con el tema es importante que

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sepas que algunos autores le llaman a

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esta doctrina escuela de la política

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criminal alemana te vas a dar cuenta que

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es la misma una vez que veas que el

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exponente principal es bones y

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continuamos con la escuela finalista

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esta parte de la teoría del jurista

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alemán hans wences quien en el año de

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1930 realizó una crítica del sistema

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causal y está diciendo que el ubicar la

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acción en forma causal es una forma

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ciega de observar el delito porque esto

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se hace sin tener en cuenta la finalidad

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de la acción en el año de 1931

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estableció que el delito parte de una

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acción pero tiene una finalidad o un fin

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es decir el delito en base a su creación

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en una relación ético social en donde el

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primer plano se encuentra en la

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culpabilidad como elemento del delito

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debiendo ser medir y tomar en cuenta la

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peligrosidad del individuo en relación a

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su culpa

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como sea que a primera vista puede ser

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complicado entender la diferencia entre

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la escuela causal y la finalista vamos a

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ponerlo en palabras de kínder 1 la

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conducta en la escuela causa lista se da

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cuando la acción es producida por la

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voluntad de la persona y tiene una

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relación con el resultado la escuela

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finalista por su lado establece la

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necesidad de entender que esa acción

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tenía una finalidad o sea que ya sabías

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que lo ibas a hacer de hecho lo

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planeaste y eres malo por eso se toma en

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cuenta el aspecto interno y externo es

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que nos seguimos viendo cuando llegamos

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a su concepto de tipicidad en esta

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escuela se maneja una tipicidad que

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abarca no sólo la parte objetiva que es

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cuando hablamos de la norma y que

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encuadra en el supuesto legal aquí

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también vamos a hablar de los elementos

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subjetivos como el dolor y la culpa y

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los elementos normativos no te voy a

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hablar más de ellos en este vídeo porque

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son puntos que ya tocamos en el vídeo de

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tipicidad que puedes encontrar en el

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canal de youtube la escuela finalista

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funda su razón de ser en la subjetividad

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del acto que corresponde a la fase

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interna o sea el pensamiento del

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individuo analizando los motivos y

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finalidades del

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para poder deducir de ahí la

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culpabilidad del sujeto y ya por último

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tenemos a la que es una de las más

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interesantes por su amplio campo de

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estudio la escuela funcionalista que

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tenemos gracias al alumno de uelzen o

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sea el señor counter de camps el

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funcionalismo es una corriente que surge

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en inglaterra en los años 1930 en las

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ciencias sociales con particularidad en

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la actuación en la sociología en la

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antropología esta corriente abrió el

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camino de la antropología científica

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para desarrollarse posteriormente con

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muchísimo éxito en los eeuu lo que

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define esta corriente es el cumplimiento

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es una función social el funcionalismo

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estudiar a la sociedad sin tener en

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cuenta su historia estudia la sociedad

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como tal y como se encuentra intenta

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comprender como cada elemento de la

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sociedad se articula con los demás

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formando un todo y ejerciendo una

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función dentro de la misma jacobs

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sostiene que se debe garantizar la

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vigencia de las normas esenciales o sea

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las normas que le dan una identidad a la

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sociedad esto para hacerle frente a las

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conductas que expresan un comportamiento

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incompatible por tanto las penas en ésta

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del pensar son entendidas como una forma

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de darle mantenimiento a la sociedad una

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conducta que no va de acuerdo con lo que

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establece la normatividad la está

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dañando y necesita atenderse de forma

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urgente para los que les gusta el

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lenguaje un poco más jurídico lo podemos

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decir de esta manera la conducta

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penalmente relevante no consiste en

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construir un desencadenante de procesos

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causales nocivos sino en su capacidad

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para expresar un determinado sentido o

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significado al sujeto que actúa de modo

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contrario a la norma ya que se le

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imputara la formulación de una máxima de

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comportamiento incompatible con aquella

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que la desautoriza como modelo general

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de orientación en el contrato social o

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sea lo que te dije que te andes portando

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mal básicamente no respete es lo que

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dicen las leyes algunas otras escuelas

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que se han formado con el paso del

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tiempo sin embargo por el día de hoy

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sólo tocaremos estas tres si te hace

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falta que platicamos de alguna otra ya

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sabes que para eso estamos y que te

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puedes poner en contacto aquí o por

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cualquiera de las redes sociales de este

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canal ya sea para hablar de este tema o

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de cualquier otro estos medios están a

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tu disposición

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y no te vayas a ir tampoco sin darle

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like a este vídeo compartido en alguien

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que lo necesite

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porfa suscríbete y dale like a la página

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de facebook a ti no te cuesta nada y a

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mí me ayudó un chingo perder de un

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chingo para poder seguir haciendo más

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contenido como este es sobre todo por

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hoy nos vemos en los próximos días con

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más vídeos cuídate mucho esto es derecho

play08:53

logía luego

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[Música]

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