SENTENCIA DECLARA NULIDAD CONTRATO PROMESA DE COMPRAVENTA
Summary
TLDREl juzgado 40 de Bogotá declara la nulidad absoluta de un contrato de promesa de compraventa por no cumplir con los requisitos legales, específicamente por no fijar una fecha determinada para su perfeccionamiento. Se ordena la devolución del inmueble y el reembolso de los pagos realizados por los compradores, así como el levantamiento de cualquier medida cautelar aplicada al inmueble.
Takeaways
- 👨⚖️ El juicio se realiza en el Juzgado 40 de Bogotá, donde se aborda la invalidación de un contrato de promesa de compraventa.
- 🏢 El caso involucra a Sandra Milena Marín Cardona y Alexander Gómez Rodríguez como vendedores, y Guillermo Lozano y Sandra Yohana Sánchez como compradores.
- 📝 El contrato de promesa se firmó el 8 de junio de 2016, y se estableció la transferencia del inmueble el 1 de julio de 2016.
- 💼 Se menciona la participación de abogados y apoderados en el proceso judicial, quienes se identifican y presentan en la audiencia.
- 📆 Se discute la ausencia de una cláusula en el contrato que establezca un plazo o condición determinada para la celebración del contrato definitivo.
- 📉 El contrato no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 1611 del Código Civil, lo que lleva a su consideración de nulo.
- 🏠 El inmueble en cuestión está ubicado en la calle 40 Sur número 72, interior 7, apartamento 403, con matrícula inmobiliaria 50s raya 10 37 02.
- 💵 Se detallan los pagos realizados por los compradores, que suman una cantidad total mencionada en la transcripción.
- 🔄 Se ordena la devolución del inmueble a los vendedores y el reembolso del dinero pagado por los compradores, indexado al momento de su pago.
- ✅ La decisión judicial se declara ejecutoria en la audiencia, y se notifica a las partes, con la grabación de la audiencia para efectos procesales.
Q & A
¿En qué juzgado tuvo lugar la audiencia mencionada en el guion?
-La audiencia tuvo lugar en el Juzgado 40 de Primeras Instancias en lo Civil y de Competencia Múltiple, antes Juzgado 58, del Municipio 6 de Bogotá.
¿Cuál fue el motivo de la conversión de la audiencia a presencial?
-La audiencia se convirtió en presencial debido a inconvenientes técnicos y de conectividad que se presentaron.
¿Quiénes son las partes demandantes y demandadas en el proceso?
-Las partes demandantes son Guillermo Lozano y Sandra Sánchez, mientras que las demandadas son Sandra Milena Marín Cardona y Alexander Gómez Rodríguez.
¿Cuál es el número de radicación del proceso en el despacho?
-El número de radicación del proceso es 11 00 1400 30 58 2017 001 21.
¿Qué tipo de contrato se debate en el proceso?
-El tipo de contrato debate en el proceso es un contrato de promesa de compraventa.
¿Qué artículo del código civil哥伦比亚 se cita en relación con la validez de los contratos?
-Se cita el artículo 1602 del Código Civil, que establece que un contrato legalmente celebrado es una ley para las partes y no puede ser invalidado sino por causas legales o por mutuo acuerdo.
¿Qué requisitos son necesarios para que la acción resolutoria se declare según el artículo 1.546 del código civil?
-Los requisitos necesarios son que se trate de un contrato bilateral válido, que quien promueva la acción haya cumplido con sus obligaciones o esté presto a cumplirlas, y que el otro contratante haya incumplido sus obligaciones.
¿Cuál es la relevancia del concepto de 'época' en el contexto del contrato de promesa según el artículo 89 de la Ley 153 de 1887?
-La 'época' en el contexto del contrato de promesa es relevante porque impone a los contratantes señalar con precisión la época en que ha de perfeccionarse el acuerdo de voluntades prometido, lo que debe hacerse mediante la fijación de un plazo o una condición que no deje en ese momento futuro ni a las partes ligadas de manera indefinida.
¿Qué consecuencias tiene la falta de fijación de la época en el contrato de promesa según el artículo 1611 del código civil?
-Si los contratantes no fijan la época del contrato prometido mediante una condición o plazo determinado, la promesa no puede producir obligación alguno, y se declara su nulidad absoluta.
¿Qué decisión se toma respecto al contrato de promesa de compraventa mencionado en el guion?
-Se declara la nulidad absoluta del contrato promesa de compraventa celebrado entre las partes el 8 de junio de 2016, y se ordenan las restituciones correspondientes.
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