Entrevista al Dr. Jorge Bravo Cucci

Foro Académico
16 Mar 201612:20

Summary

TLDRJorge Bravo, un profesor de derecho tributario y abogado, explica en un foro académico la decisión 578, un convenio multilateral de la comunidad andina de Naciones para evitar la doble tributación. Destaca que el convenio se basa en el criterio de la fuente, excluyendo la tributación en el país de residencia y priorizando la en el país donde se genera la renta. Bravo señala que, aunque busca ser justo, este modelo puede generar situaciones de doble no imposición, aprovechadas en el planeamiento tributario agresivo, y felicita al foro académico por su quinceañero.

Takeaways

  • 👋 Jorge Bravo, un profesor de derecho tributario y abogado, presenta su discurso.
  • 📜 Se discute la Decisión 578, un convenio para evitar la doble tributación entre los países miembros de la Comunidad Andina.
  • 🗺️ La Comunidad Andina está formada actualmente por Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú.
  • 🔄 La doble tributación es el fenómeno en el cual un mismo hecho imponible puede estar sujeto a múltiples impuestos por diferentes jurisdicciones.
  • 🛑 La Decisión 578 busca evitar la doble o pluritributación, estableciendo un acuerdo multilateral.
  • 🏢 Existen dos enfoques para evitar la doble tributación: los métodos unilaterales y los bilaterales o multilaterales.
  • 🔄 Los métodos unilaterales implican que cada país establezca su propia legislación para evitar la doble tributación.
  • 🤝 Los métodos bilaterales o multilaterales implican acuerdos entre países, como los convenios de la OCDE, ONU y el propio Pacto Andino.
  • 🌟 El modelo de la OCDE, utilizado por la mayoría de los países, prioriza la tributación en el país de residencia.
  • 📊 La Decisión 578 se basa en el criterio de la Fuente, lo que significa que la tributación es exclusiva del país donde se encuentra la fuente productora de la renta.
  • 💡 Este enfoque puede llevar a situaciones de doble no imposición, donde no hay tributación en ningún país, lo que es explotado en el planeamiento tributario agresivo.

Q & A

  • ¿Quién es Jorge Bravo y qué profesión realiza?

    -Jorge Bravo es un profesor de derecho tributario y abogado de formación.

  • ¿Qué es el Foro Académico y qué le pidieron a Jorge Bravo que hablara sobre?

    -El Foro Académico es un evento donde Jorge Bravo fue invitado a hablar sobre la Decisión 578, el convenio para la doble tributación suscrito entre los países de la Comunidad Andina.

  • ¿Cuáles son los países que forman parte actualmente de la Comunidad Andina de Naciones?

    -La Comunidad Andina de Naciones está conformada actualmente por Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú.

  • ¿Qué es la doble imposición y cómo se ha evolucionado el concepto?

    -La doble imposición es un fenómeno en el cual un mismo hecho imponible se encuentra sujeto a dos o más soberanías tributarias. El concepto ha evolucionado al punto de hablar de pluritributación, donde un hecho imponible puede estar sujeto a más de dos jurisdicciones tributarias.

  • ¿Cuáles son las dos formas principales para evitar la doble imposición o pluri imposición?

    -Las dos formas principales para evitar la doble imposición son los métodos unilaterales, que buscan que cada país establezca un método a través de su legislación, y los métodos bilaterales o multilaterales, que incluyen los convenios de doble tributación.

  • ¿Qué es el modelo de la OCDE y cómo se relaciona con la evitación de la doble tributación?

    -El modelo de la OCDE es un convenio utilizado por la mayoría de los países para evitar la doble tributación, privilegiando la tributación en el país de la residencia del contribuyente.

  • ¿Cuál es el modelo intermedio propuesto por las Naciones Unidas para evitar la doble tributación?

    -El modelo ONU es un convenio más equilibrado que mezcla el criterio de la residencia con el criterio de las fuentes, aunque sigue teniendo una preferencia por la residencia.

  • ¿Qué es el modelo del Pacto Andino y cómo se diferencia de otros modelos?

    -El modelo del Pacto Andino es un convenio que privilegia la tributación en el país de la fuente del ingreso, y es utilizado exclusivamente por los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones.

  • ¿Qué es la Decisión 578 y cómo aborda el problema de la doble tributación?

    -La Decisión 578 es un convenio multilateral que busca evitar la doble tributación entre los países del Pacto Andino, centrándose en el criterio de la fuente y privilegiando la tributación en el país donde se origina la renta.

  • ¿Cómo la Decisión 578 puede generar situaciones de doble no imposición o nula imposición?

    -La Decisión 578 puede generar doble no imposición cuando un residente de un país obtiene una renta en otro país miembro, pero la legislación interna de ese país no grava esa renta, lo que resulta en que no se pague impuesto en ningún país.

  • ¿Cómo se relaciona el tema de la doble no imposición con el planeamiento tributario agresivo?

    -La doble no imposición es utilizada en el planeamiento tributario agresivo, ya que permite a las personas o empresas evitar el pago de impuestos en ningún país, aprovechando las lagunas en los convenios de doble tributación.

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