IUS POSSIDENDI

Francisco Javier Díaz Brito
24 Apr 202012:30

Summary

TLDREste video aborda dos conceptos clave relacionados con la posesión y su importancia en el derecho. Se explica cómo el derecho resuelve conflictos sobre el uso de bienes mediante la atribución de derechos subjetivos, como la propiedad, y cómo la posesión está generalmente vinculada a estos derechos. Además, se distingue entre el 'jus possidendi' (derecho a poseer) y el 'jus possessionis' (derecho a seguir poseyendo), subrayando que incluso una posesión ilegítima puede ser protegida temporalmente para evitar conflictos, hasta que el propietario legítimo ejerza sus derechos legales.

Takeaways

  • 📚 Los derechos reales son una categoría específica de derechos subjetivos que se aplican a las cosas y permiten a su titular un uso más o menos intenso y excluyente del bien.
  • 🏡 El derecho de propiedad es el más fuerte de los derechos reales, permitiendo al titular usar, disfrutar y disponer del bien con exclusión de otros.
  • 🔗 La posesión material de los bienes generalmente está vinculada a la existencia de un derecho subjetivo que la justifica.
  • 📜 El 'jus possidendi' es el derecho subjetivo que atribuye a su titular la posibilidad de usar y estar en posesión de un bien.
  • 🏢 Los derechos reales, como el de propiedad, de usufructo, de uso y de habitación, son ejemplos de derechos que otorgan el 'jus possidendi'.
  • 📑 Los derechos de crédito, como los derivados de contratos de arrendamiento o comodato, también pueden otorgar el derecho a utilizar los bienes.
  • 🚫 No es suficiente proteger a las personas que tienen derechos subjetivos sobre los bienes; también es necesario proteger a quienes están en posesión de los bienes.
  • 🛡 El derecho protege a los poseedores, incluso si no tienen un derecho subjetivo que justifique su posesión, para evitar conflictos y permitir que la ley resuelva las disputas.
  • 📉 El 'jus possessionis' es el derecho subjetivo que se genera por la posesión de un bien y que permite al poseedor rechazar cualquier perturbación en su situación posesoria.
  • 🏛 La ley ofrece dos tipos de protección en relación con el uso de los bienes: la acción reivindicatoria basada en el 'jus possidendi' y los interdictos basados en el 'jus possessionis'.

Q & A

  • ¿Cuáles son los dos conceptos principales tratados en el vídeo?

    -Los dos conceptos principales tratados en el vídeo son la posesión y el uso o aprovechamiento de los bienes y recursos naturales.

  • ¿Por qué es importante la comprensión de la posesión y el uso de los bienes en el contexto legal?

    -Es importante porque estas cuestiones han generado conflictos y disputas históricamente, y el derecho busca evitar o resolver dichos conflictos.

  • ¿Qué es un derecho subjetivo en el contexto del derecho de propiedad?

    -Un derecho subjetivo es la atribución de derechos a una persona concreta para usar o disfrutar de un bien, permitiendo un uso más o menos intenso y excluyente del mismo.

  • ¿Cuál es la diferencia entre un derecho real y un derecho de crédito en relación con la posesión de bienes?

    -Los derechos reales son aquellos que recaen sobre la cosa y permiten a su titular un uso exclusivo del bien, como el derecho de propiedad. Los derechos de crédito, en cambio, son acuerdos contractuales que otorgan el derecho de usar un bien, pero no implican una posesión legítima del mismo.

  • ¿Qué significa 'juzgado' en el contexto del derecho de propiedad?

    -El 'juzgado' es el derecho subjetivo que atribuye a su titular la posibilidad de usar y estar en posesión de un bien.

  • ¿Cuáles son algunos ejemplos de derechos reales que otorgan el 'juzgado' a su titular?

    -Algunos ejemplos de derechos reales incluyen el derecho de propiedad, el derecho de usufructo, el derecho de uso y el derecho de habitación.

  • ¿Por qué es necesario estar en posesión de un bien para usarlo o disfrutarlo?

    -Generalmente, para usar o disfrutar de un bien se requiere estar en su posesión material, aunque esto no es siempre así. La posesión está vinculada a la existencia de un derecho subjetivo que la justifique.

  • ¿Qué sucede si alguien está en posesión de un bien sin tener el derecho subjetivo que la justifique?

    -Si alguien está en posesión de un bien sin el derecho subjetivo que la justifique, el ordenamiento jurídico puede ofrecer protección provisional a esa persona en posesión, evitando despojos por la fuerza.

  • ¿Qué es un 'interdicto' en el contexto del derecho de propiedad?

    -Un 'interdicto' es una medida provisional que protege a la persona que está en posesión de un bien, incluso si no tiene el derecho subjetivo que la justifique, para evitar despojos por la fuerza.

  • ¿Cuál es la diferencia entre una acción reivindicatoria y una acción petitoria en el derecho de propiedad?

    -Una acción reivindicatoria se basa en la existencia de un derecho a poseer (juzgado) y busca recuperar la posesión de un bien. Las acciones petitorias, en cambio, buscan reparar daños o obtener una satisfacción por la usurpación de un derecho.

Outlines

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🔍 Introducción a los conceptos de posesión y derechos subjetivos

En este párrafo se presenta una introducción a los conceptos de posesión y su relación con los derechos subjetivos. Se explica que el uso y aprovechamiento de bienes y recursos naturales ha generado conflictos a lo largo del tiempo, y que uno de los propósitos del derecho es evitar y resolver estos conflictos. Para hacerlo, el derecho atribuye derechos subjetivos a las personas sobre los bienes, lo que permite a sus titulares usarlos y disfrutarlos. Se menciona también la categoría de derechos reales, los cuales recaen sobre bienes y otorgan al titular la capacidad de uso y disfrute, siendo el derecho de propiedad el más importante y excluyente.

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🏡 Derechos reales y derechos de crédito sobre bienes

Este párrafo describe dos tipos de derechos que permiten a las personas usar y poseer bienes: los derechos reales y los derechos de crédito. Los derechos reales, como el derecho de propiedad o usufructo, recaen directamente sobre las cosas. Los derechos de crédito, por otro lado, como los derivados de un contrato de arrendamiento o comodato, también otorgan el derecho de usar bienes, aunque no sean derechos reales. Se destaca que ambos tipos de derechos justifican la posesión de bienes y permiten su uso legítimo.

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🚨 La necesidad de proteger la posesión incluso sin derecho

Este párrafo trata sobre la necesidad de proteger a las personas que están en posesión de bienes, incluso si no tienen un derecho legítimo sobre ellos. Se utiliza el ejemplo de una persona que encuentra un reloj olvidado o un ladrón que roba un reloj para ilustrar cómo, a pesar de no tener un derecho legal a poseerlo, estas personas están en posesión del bien. El derecho protege la posesión para evitar conflictos y que las personas tomen la justicia por su mano. De no existir esta protección, se fomentarían despojos y conflictos fuera del marco legal.

⚖️ Protección posesoria: Jus Possessionis y Jus Possidendi

En este párrafo se describe la distinción entre dos tipos de protección en el derecho: la protección basada en el derecho a poseer (Jus Possidendi) y la protección basada en el hecho de la posesión (Jus Possessionis). Mientras que el Jus Possidendi se relaciona con el derecho a poseer un bien, que puede ser defendido a través de acciones judiciales, el Jus Possessionis se refiere a la protección que el derecho otorga a quien está en posesión de un bien, independientemente de si tiene derecho a poseerlo. Esta protección posesoria es provisional y tiene como objetivo evitar despojos mediante acciones de hecho, siendo los interdictos los instrumentos para su defensa.

Mindmap

Keywords

💡posesión

La posesión se refiere al control físico o material de un bien o recurso. En el vídeo, se discute cómo la posesión está generalmente vinculada a la existencia de un derecho subjetivo que la justifica, como el derecho de propiedad. Esto se ilustra con el ejemplo de un coche o una vivienda, donde el derecho subjetivo de propiedad legítima la posesión de la persona que tiene el derecho.

💡derechos subjetivos

Los derechos subjetivos son derechos que recaen sobre una persona concreta, permitiéndole usar o disfrutar de un bien de cierta manera. En el vídeo, se explica que estos derechos son fundamentales para evitar conflictos sobre el uso de los bienes, atribuyendo a las personas la posibilidad de usar o disfrutar de ellos de manera exclusiva.

💡derechos reales

Los derechos reales son una categoría específica de derechos subjetivos que se aplican a las cosas o bienes. Estos derechos permiten a su titular un uso más o menos intenso y excluyente del bien sobre el que recae. El vídeo menciona el derecho de propiedad como el más vigoroso de estos derechos, permitiendo al titular usar, disfrutar y disponer del bien.

💡derecho de propiedad

El derecho de propiedad es el derecho subjetivo más fuerte que permite al titular usar, disfrutar y disponer de un bien en términos bastante amplios, con exclusión del resto de personas. En el vídeo, se destaca cómo este derecho evita y resuelve conflictos sobre la utilización de los bienes al otorgar a su titular una posesión legítima y exclusiva.

💡aprovechamiento

El aprovechamiento se refiere al uso y disfrute de los bienes y recursos naturales. En el vídeo, se menciona que el aprovechamiento es una cuestión que ha originado conflictos y disputas, y que el derecho busca evitar o resolver estos conflictos al asignar derechos subjetivos sobre los bienes.

💡derecho subjetivo de posesión

El derecho subjetivo de posesión, o 'jus possidendi', es el derecho que atribuye a su titular la posibilidad de usar y estar en posesión de un bien. Se menciona en el vídeo como el derecho que justifica la posesión de un bien, proporcionando la base para que una persona pueda tener un control legítimo sobre un bien.

💡derechos de crédito

Los derechos de crédito son derechos que surgen de relaciones contractuales y permiten a una persona utilizar un bien, aunque no tenga el derecho de propiedad sobre él. En el vídeo, se menciona el ejemplo de un arrendatario o inquilino que tiene derecho a usar una vivienda, o una persona que ha recibido un préstamo de un vehículo.

💡interdictos

Los interdictos son una forma de protección provisional que se otorga a una persona que está en posesión de un bien, incluso si no tiene el derecho de propiedad sobre él. En el vídeo, se explica que estos mecanismos jurídicos evitan que los bienes sean despojados por la fuerza, garantizando un proceso legal para la resolución de conflictos.

💡posesión de facto

La posesión de facto se refiere a la situación en la que una persona está físicamente en control de un bien, aunque no tenga un derecho legal que le permita esa posesión. En el vídeo, se usan ejemplos como el de un ladrón o una persona que encuentra algo y comienza a usarlo, para ilustrar cómo el derecho protege incluso estas formas de posesión.

💡derechos petitorias

Los derechos petitorias son acciones judiciales que se utilizan para recuperar la posesión de un bien cuando se ha perdido o sido desplazada ilegalmente. Aunque no se mencionan directamente en el vídeo, están implícitos en la discusión sobre cómo se pueden ejercer las acciones judiciales para resolver conflictos de posesión.

Highlights

El vídeo trata sobre dos conceptos clave para entender el tratamiento jurídico de la posesión y el aprovechamiento de bienes y recursos naturales.

La posesión y el aprovechamiento de bienes han sido fuente de conflictos históricos entre personas, pueblos y naciones.

El derecho busca evitar o resolver conflictos sobre el uso de bienes.

El derecho atribuye derechos subjetivos sobre bienes para evitar conflictos.

Los derechos reales son una categoría de derechos subjetivos que recaen sobre las cosas.

El derecho de propiedad es el más vigoroso de los derechos reales, permitiendo al titular usar, disfrutar y disponer del bien.

La posesión de bienes suele estar vinculada a la existencia de un derecho subjetivo que la justifique.

El derecho subjetivo que justifica la posesión se llama 'jus possessionis'.

Los derechos reales, como la propiedad, usufructo y uso, atribuyen el 'jus possessionis' a su titular.

También hay derechos de crédito que permiten el uso de bienes sin ser derechos reales.

El derecho no solo protege a quienes tienen un derecho subjetivo para usar los bienes sino también a quienes están en posesión de ellos.

La posesión de un bien puede generar un derecho subjetivo a seguir poseyendo, independientemente de si el poseedor tiene derecho a poseer o no.

El derecho protege la posesión de bienes incluso frente al verdadero propietario a través de un derecho subjetivo llamado 'jus possessionis'.

El objetivo de proteger la posesión es evitar conflictos y despojos al margen de la ley.

El derecho contempla dos tipos de protección en relación con el uso de bienes: la protección basada en el 'jus possessionis' y la basada en el hecho de la posesión.

La protección basada en el 'jus possessionis' se articula mediante acciones reivindicatorias y petitorias.

La protección basada en el hecho de la posesión se articula a través de interdictos y es provisional y limitada a procesos interdictos.

Los interdictos evitan despojos posesorios al margen de la ley, incluso para ladrones o halladores de bienes.

Aunque la protección de los interdictos es provisional, evita que se despoja a los poseedores por la fuerza.

Transcripts

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hola a todos y a todas en este vídeo

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vamos a abordar dos conceptos que se

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utilizan con frecuencia al tratar de la

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posesión y cuya comprensión es clave

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para entender adecuadamente el

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tratamiento jurídico de la misma

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el uso el aprovechamiento de los bienes

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y de los recursos naturales es una

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cuestión que desde siempre ha originado

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conflictos y disputas entre las personas

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los pueblos y las naciones una de las

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razones de ser del derecho es

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precisamente evitar o resolver los

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conflictos que puedan surgir sobre esta

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cuestión

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y uno de los mecanismos que contempla el

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derecho para evitar y resolver los

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conflictos sobre el uso de los bienes es

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atribuir derechos subjetivos sobre los

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mismos es decir reconocer a personas

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concretas la posibilidad de usarlos o de

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disfrutarlos de hecho existe una

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categoría específica de derechos

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subjetivos que recaen sobre las cosas

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los derechos reales que toman su nombre

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del sustantivo latino res rey que

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significa cosa estaríamos por tanto

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hablando de derechos que recaen sobre la

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cosa este tipo de derechos permiten a su

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titular un uso más o menos intenso y

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excluyente del bien sobre el que recae

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el más vigoroso de todos ellos es el

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derecho de propiedad que permite al

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titular del mismo usar disfrutar y

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disponer del bien en términos bastante

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amplios

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con exclusión del resto de personas

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simplificando al extremo las cosas

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podríamos decir que el derecho evita y

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resuelve los conflictos sobre la

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utilización de los bienes atribuyendo

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derechos subjetivos sobre los mismos que

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habilitarían o permitirían a sus

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titulares utilizar los bienes con mayor

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o menor

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exclusividad por tanto el reconocimiento

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de un derecho subjetivo el de propiedad

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por ejemplo es el que justificaría y

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haría conforme a la ley el uso de un

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bien por parte de su titular

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sucede además que por lo general para

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poder usar los bienes y disfrutar de los

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mismos se requiere estar en su posesión

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material

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esto no tiene que ser siempre así pero

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habitualmente es lo que sucede de manera

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que podemos afirmar que con carácter

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general la posesión de los bienes estará

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vinculada o al menos debería estarlo a

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la existencia de un derecho subjetivo

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que la justifique la ley permite la

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posesión de los bienes a quienes tienen

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un derecho subjetivo que la justifica y

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la ampara

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si pensamos en bienes concretos un coche

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deportivo o una vivienda

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en principio

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el derecho a utilizar esos bienes

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ese coche esa vivienda el ordenamiento

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jurídico se lo atribuir a una persona

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que es la que tiene el derecho subjetivo

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que legítima que justifica su uso y esa

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persona será la que por lo general esté

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en posesión del mismo ese derecho

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subjetivo será el que justificara esa

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posesión el que le dará la razón de ser

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a esa posesión pues bien ese derecho

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subjetivo que justifica la posesión es

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el que los juristas denominamos el juz

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occidente que literalmente viene

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expresión a esta que literalmente viene

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a significar precisamente eso derecho a

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poseer

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el derecho subjetivo que atribuye a su

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titular la posibilidad de usar y de

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estar en posesión del bien es el que

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denominamos el juz occidente

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ahora bien qué derechos son esos que

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atribuyen sus post y the end y a su

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titular

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bien en una primera aproximación ya

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hemos hablado de los derechos reales los

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derechos que recaen sobre la cosa por

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tanto podríamos decir con fundamento y

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con razón que los derechos reales serán

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desde luego entrarán en esta categoría

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de derechos que atribuyen el occidente a

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su titular o al menos la mayoría de

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ellos podríamos citar aquí el derecho de

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propiedad el derecho de usufructo el

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derecho de uso el derecho de habitación

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etcétera ahora bien no hay que perder de

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vista que también darían derecho a

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utilizar los bienes algunos derechos que

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no tienen carácter real algunos derechos

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de crédito pensemos por ejemplo en los

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derechos que derivan del contrato de

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arrendamiento o de comodato el

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arrendatario el inquilino de una

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vivienda tiene derecho a usarla el

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comodatario la persona que ha recibido

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un préstamo vehículo por ejemplo también

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tiene derecho a utilizar

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por tanto los derechos que atribuyen el

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occidente que justifican es ellos poseen

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no tienen que ser necesariamente

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derechos reales pueden ser también

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algunos derechos de crédito

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la siguiente pregunta que nos deberíamos

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hacer es la siguiente bastan realmente

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con esto para resolver los conflictos

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sobre el uso de los bienes basta con

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este mecanismo de atribuir derechos

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subjetivos que faculten el uso de los

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bienes para resolver todos los

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conflictos

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lo cierto es que no no basta con

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proteger a las personas a las que se

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reconoce derecho usar los bienes es

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decir el occidente es necesario además

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que se proteja a las personas que de

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hecho están en el uso en la posesión de

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los bienes

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y es que resulta muy frecuente que las

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cosas los bienes sean utilizados estén

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en posesión de personas que en realidad

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no tienen ningún derecho que les permita

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esa posesión carecen de occidente del

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derecho a poseer veamos algunos ejemplos

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una persona se deja olvidado su reloj en

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un parque

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la persona que se lo encuentra se lo

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queda y empieza a utilizarlo

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es evidente que no tiene ningún derecho

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a hacerlo no tiene un post y de que le

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atribuya que le faculte a usar ya poseer

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el bien no tiene ningún título que

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justifique su posesión pero sin embargo

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la tiene y utiliza de hecho el reloj

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pensemos en el mismo reloj que le he

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soltado al dueño aprovechando un

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despiste el ladrón no tiene obviamente

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ningún derecho a usar el bien a estar en

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su posición pero de hecho de facto lo

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está y es quien pasa a utilizar el reloj

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en ambos casos si el dueño del reloj

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averigua sé quién lo tiene y lo reclama

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se sería amparado por el derecho y

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recuperaría la posesión

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podría pensarse en consecuencia que el

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ladrón o el hallador del reloj no tienen

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derecho a la posesión del reloj no

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tienen gustos y de endy y por tanto no

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merecen ningún tipo de protección

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jurídica en su posesión no merecerían

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ningún tipo de amparo por parte del

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derecho sin embargo si esto fuera así lo

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que se conseguiría es propiciar o al

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menos permitir conflictos que es

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justamente lo que el derecho trata de

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evitar y es que si el hallador o el

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ladrón no tuvieran ningún tipo de

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protección en relación con la tenencia

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del reloj el legítimo dueño podría

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decidir tomarse la justicia por su mano

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y recuperar por la fuerza lo que es suyo

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o cualquier tercero podría arrebatarles

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el reloj por la fuerza al hallador o al

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ladrón iniciando una cadena de despojos

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al margen del derecho por este y otros

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motivos el derecho protege al hallador o

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al ladrón en su posesión incluso frente

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al verdadero y legítimo propietario pero

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obsérvese que se protege al ladrón al

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hallador no porque tenga derecho a la

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posesión del reloj no porque tenga el

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occidente sino por el hecho de estar en

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posesión del mismo para el ordenamiento

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jurídico para el derecho la posesión de

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un bien genera el derecho subjetivo a

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seguir poseyendo

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y ese derecho a seguir poseyendo es lo

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que denominamos sus posesiones

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este derecho a seguir poseyendo legitima

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al poseedor para rechazar cualquier

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perturbación en su situación posesoria o

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para recobrarla mediante los interdictos

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y todo ello con independencia de si

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tiene derecho a poseer o no

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de manera que el ordenamiento jurídico

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contempla dos tipos de tutela en

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relación con el uso de los bienes una

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primera basada en la existencia de un

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derecho a poseer el juz posey de ndi y

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que se sube el articular mediante el

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ejercicio de la acción reivindicatoria y

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de las acciones que denominamos

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petitorias las que están basadas en la

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existencia de ese post y de ntt de un

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derecho a poseer

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y contempla también un segundo tipo de

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tutela basada en el hecho de la posesión

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basada en sus posesiones este segundo

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tipo de protección se articula a través

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de los denominados interdictos y se

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caracteriza por su carácter provisional

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y limitado en los procesos

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interdigitales únicamente se debate

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sobre la posición no sobre los títulos o

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derechos que justifiquen la misma el

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objetivo de los interdictos es evitar

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despojos posesorios al margen de la ley

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el ladrón o la persona que encuentra el

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reloj del que antes hablábamos pueden

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evitar mediante los interdictos que

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incluso el propietario les despoje por

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la fuerza esa protección sin embargo es

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provisional pues no impedirá que acaben

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siendo despojados mediante el ejercicio

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de las acciones judiciales

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correspondientes

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