LP | El delito de peculado y sus modalidades | James Reátegui Sánchez
Summary
TLDREl guion habla sobre el delito de peculado, regulado en el artículo 387, y sus dos modalidades: especulativo por apropiación y por utilización. Se explica que el peculado por utilización es cuando un funcionario público utiliza bienes del estado de manera inapropiada, depreciando su valor económico. Se contrasta con el peculado por sustracción, que implica un traslado físico de los bienes. Además, se menciona la relación del peculado con otros delitos penales, como la apropiación ilícita, y cómo la vinculación funcional es clave en la diferenciación de estos delitos.
Takeaways
- 📝 El delito de peculado se regula por el artículo 387 y tiene dos modalidades principales: especulativo y por utilización.
- 💼 El peculado por utilización ocurre cuando un funcionario público utiliza bienes o efectos del estado de manera inapropiada, depreciando su valor económico.
- 🖨 Ejemplo de peculado por utilización: un funcionario utiliza recursos de la institución pública para fines personales, como imprimir juegos en lugar de documentos oficiales.
- 🏠 El peculado por sustracción se caracteriza por el traslado físico de bienes públicos a un lugar privado sin la intención de devolverlos.
- 🔄 La diferencia entre peculado por utilización y apropiación se basa en que el primero implica depreciación económica y el segundo una sustracción física de bienes.
- 📚 El peculado por apropiación se asimila a la apropiación ilícita, que implica recibir bienes de manera lícita y luego no devolverlos cuando se espera.
- 👤 La condición de funcionario no es tan relevante como la vinculación funcional de los fondos públicos con la persona que los administra.
- 👮♂️ El peculado por extensión podría aplicarse a un particular que, por resolución judicial, se le ha otorgado una función de administración de fondos públicos y luego no devuelve los bienes.
- 🔗 La vinculación funcional es crucial en el delito de peculado, ya que se refiere a la relación entre el funcionario y los bienes que se administran.
- 🚫 El delito de peculado está cada vez más alejado de las antiguas nociones de hurto y más cerca de la idea de una profesión indebida en el manejo de bienes públicos.
- 🎓 La discusión sobre peculado también toca temas de profesión legítima y cómo se diferencia de la conducta delictual en el manejo de bienes públicos.
Q & A
¿Qué es el peculado y cómo se regula en el artículo 387?
-El peculado es un delito que se refiere a la apropiación indebida de bienes públicos por parte de un funcionario. El artículo 387 lo regula actualmente, distinguiendo dos modalidades: peculado por apropiación y peculado por utilización.
¿Cuál es la diferencia entre peculado por apropiación e utilización?
-El peculado por apropiación ocurre cuando un funcionario se apropia de bienes públicos, mientras que el peculado por utilización se da cuando un funcionario utiliza bienes o efectos del estado de forma que deprecie su valor económico.
¿Qué ejemplo se da en el script del peculado por utilización?
-El ejemplo dado es de un funcionario que utiliza una impresora, una laptop o una computadora de una institución pública para fines personales, lo que deprecia su valor económico.
¿Cómo se define el peculado por sustracción en el script?
-El peculado por sustracción se define como el acto de trasladar físicamente bienes públicos de un lugar a otro sin el propósito de devolverlos, como llevar una computadora a casa para el uso personal.
¿Cuáles son las condiciones para que un acto de peculado sea considerado peculado por extensión según el script?
-El peculado por extensión ocurre cuando alguien que no es funcionario pero tiene una vinculación funcional con bienes públicos, como un jefe de distrito o un administrador de caudales, se apropia de esos bienes sin la intención de devolverlos.
¿Qué relación existe entre el peculado y el hurto en el script?
-El peculado y el hurto se asemejan en que ambos implican la apropiación de bienes, pero el peculado se enfoca más en la vinculación funcional del funcionario con los bienes y la confianza preestablecida que se le ha dado.
¿Por qué el peculado por apropiación se asemeja más a la profesión que al hurto según el script?
-El peculado por apropiación se asemeja a la profesión porque implica una relación funcional y una confianza dada al funcionario respecto a los bienes, a diferencia del hurto, donde no hay una relación previa de confianza.
¿Cómo se relaciona el peculado con la apropiación ilícita según el script?
-El peculado por apropiación se asimila a la apropiación ilícita, que se define en el artículo 190, cuando un funcionario recibe bienes de manera lícita pero luego no los devuelve, lo cual es similar a no devolver un préstamo.
¿Qué se entiende por 'cargos preestablecidos de confianza' en el contexto del peculado?
-Los 'cargos preestablecidos de confianza' se refieren a la posición de confianza que se le da a un funcionario respecto a los bienes públicos, lo que les da la capacidad de administrar o utilizar esos bienes en el desempeño de sus funciones.
¿Cómo se diferencia el peculado por utilización del delito común de apropiación ilícita?
-El peculado por utilización se diferencia de la apropiación ilícita en que el primero implica la depreciación económica de bienes públicos a través de su uso indebido, mientras que la segunda se refiere a la apropiación de bienes sin la intención de devolverlos, sin necesariamente haberlos recibido en un contexto de confianza.
Outlines
📚 Concepto de peculado y sus modalidades
El primer párrafo aborda el delito de peculado, explicando las dos modalidades principales reguladas por el artículo 387: peculado por apropiación y peculado por utilización. Se describe cómo el peculado por utilización involucra a un funcionario público que utiliza bienes del estado de manera inapropiada, deteriorando su valor económico. Ejemplos concretos son proporcionados, como el uso de equipos informáticos de instituciones públicas para fines personales. También se menciona la diferencia entre peculado y hurto, así como la conexión de este delito con otros tipos penales, como la apropiación ilícita.
🔍 Diferenciación entre peculado y apropiación ilícita
El segundo párrafo profundiza en la distinción entre el peculado por apropiación y el hurto, enfatizando la importancia de la vinculación funcional en el primer caso. Se argumenta que el peculado se asemeja más a una profesión indebida que a un hurto, ya que en el peculado hay una relación previa de confianza entre el funcionario y los bienes. Además, se discute cómo el delito de peculado se aleja de las nociones tradicionales y se acerca más a la apropiación ilícita, destacando la falta de una administración previa en el caso de bienes particulares y la relevancia de los cargos de confianza en la determinación del delito.
Mindmap
Keywords
💡Peculado
💡Peculado por apropiación
💡Peculado por utilización
💡Depreciación económica
💡Sustracción
💡Apropiación ilícita
💡Función pública
💡Vinculación funcional
💡Administración de caudales
💡Bienes públicos
Highlights
El delito peculado está regulado por el artículo 387 y tiene dos modalidades: peculado por apropiación e peculado por utilización.
El peculado por utilización implica que un funcionario público utiliza bienes o efectos del estado de manera depreciativa.
Ejemplo de peculado por utilización: un funcionario utiliza una impresora de una institución pública para imprimir juegos personales.
El peculado por sustracción se caracteriza por el traslado físico de bienes públicos sin la intención de devolverlos.
La diferencia entre peculado por utilización y apropiación se basa en la depreciación económica y la sustracción, respectivamente.
El peculado por apropiación se asemeja a la apropiación ilícita, regulada por el artículo 190.
La apropiación ilícita implica recibir bienes de manera lícita y luego no devolverlos por cualquier razón.
El peculado por extensión se refiere a la falta de devolución de bienes públicos cuando se posee un cargo público.
El delito de peculado está vinculado a la función pública y la administración de bienes públicos.
La vinculación funcional es crucial para distinguir el peculado de otros delitos como el hurto.
El peculado doloso se asemeja más a la profesión que al hurto debido a la relación funcional con los bienes.
Los cargos preestablecidos de confianza son fundamentales para determinar si un acto es peculado o no.
El delito de peculado tiene zonas fronterizas con la apropiación ilícita y se aleja de lo que se consideraba hurto.
El análisis de los fundamentos de peculado muestra una evolución hacia una comprensión más profesional del delito.
El peculado se regula en función de la administración y la vinculación de los bienes públicos con el funcionario.
La distinción entre peculado y otros delitos se basa en la intención y la función pública del sujeto.
El peculado por utilización y apropiación implican diferentes grados de afectación a los bienes públicos.
El análisis de los casos de peculado pone de manifiesto la complejidad de la aplicación de la ley en situaciones reales.
El delito peculado es una figura penal que requiere un análisis detallado de las circunstancias y la intención del funcionario.
Transcripts
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[Música]
el delito peculado
el artículo
387 que es pero regula actualmente el
descuido del 91 tiene dos bases todos
digamos modalidades especulador peculado
por apropiación y el peculado por
utilización el peculado por la propia
por utilización es aquí el peculado en
la cual el funcionario público
utiliza los bienes o los efectos del
estado
para sacarle las bondades y depreciar en
su valor económico de esos bienes por
ejemplo aquel funcionario en la cual
utiliza la impresora utiliza
la laptop utiliza la computadora de una
institución pública por ejemplo no a que
la que no sea asistente a que el fiscal
que hace su trabajo de maestría y
doctorado en las computadoras de los
fiscales para judicial sus créditos ya
no utiliza la computadora tu casa
utilizas la impresión las hojas todo el
estado para imprimir y todavía éste
imprime y por tres juegos no si lo hace
toda la fiscalía entonces es peculado
publicación porque está depreciando el
valor económico respecto a los bienes de
estado no lo estás trasladando de un
lugar a otro no es que se lo estás
llevando la computadora de tu casa
porque si tú te los llegas esa misma
computadora y esa misma impresora te lo
puede ser un éxito lo llevas a tu casa y
se lo vas a tus hijos para que hagan la
impresión por dos tres cuatro o cinco
días que eso es peculado por sustracción
articulado por a
porque ya implicó un traslado físico un
desplazamiento de los de los bienes y se
dan cuenta ahora tú lo puedes devolver a
los 15 días después de haber utilizado y
después de haberlo del gobierno no te
apropiado ahora aquí habría un peculado
de uso y tengas diferencias con el
título de uso bueno que eso es otro tema
que aquí no voy a tratar pero
la diferencia está clara sólo porque tú
te no propias
y que implica sustracción de alguna
manera de la apropiación implica
sustracción y la utilización que implica
depreciación económica entonces estas
dos modalidades
tienen connotaciones con otros tipos
penales de la parte especial de delitos
comunes que se asimilan por ejemplo en
el peculado por apropiación
se asimilan la apropiación ilícita
esa fuente de 190 y el 190 implica que
cosas que tú primero haya recibido el
bien de manera lícita en la profesional
y si están 190 implica que tú hayas
recibido el bien de generalista y que
después tú por cualquier razón vayas a
ver dios aunque razón no lo devuelves no
lo bueno es que es como si que tu me
presta dinero a mí y después yo no te
quiero devolver no obstante que hay un
contrato nuestro ente que vienen
contrato de mucho de préstamo que se dio
entonces yo soy yo recibir la unidad de
manera lícita y yo tendría que devolver
de un momento yo yo recibo el cargo tuyo
para que yo lo pueda reparar y después
no te quiera devolver y claro eso es un
porque es un bien particular pero si
fuera un bien público en la cual yo como
administrador de caudales de jefe de
abastecimiento de la municipalidad a la
cual a mí se me están dando 25
computadoras
y después yo no la quiera devolver
porque porque nos lleve a mi casa y
después del estado me refiere para que
yo devuelva y yo no devuelva porque no
sé qué sé yo me voy de mi persona y me
denuncias porque no la traen no me la
denuncia por profesión lícita que sería
lo ideal si es que no fueran bienes
públicos y aún cuando yo fuera y aún
cuando yo fuera un particular aún cuando
yo fuera un particular pero que por
cualquier razón me pusieron allí por
resolución judicial que si yo me
pusieron a hacer jefe de distrito yo
sería también especulador por peculado
por extensiones 399 peculado por
extensión no teniendo la póliza del
funeral público pero que por cualquier
razón
judicial que se yo me dan es ante ese
cargo yo siendo un particular pero yo
por eso mi tiempo alternado me dieron a
mí esa función de administración de los
fondos públicos de computadoras yo sería
peculado por extensión
como le dije al inicio no interesa tanto
la condición que si es funcionario sino
lo que interesa es que los fondos sean
públicos y que haya una vinculación
funcional de los fondos con respecto al
función a la persona entonces en este
caso el titulado por utilizar el
procurado por apropiación es que yo me
dan primera la autora que yo no las
devuelvo estos elementos se han
procurado como autor que sería por y
obviamente sus vinculaciones con la
apropiación con el hurto
que sería un peculado que se asemejaría
un poco al peculado por por utilizarlo
no utilizar pero lo que lo que pone en
evidencia que este fallo de los días de
chicha a mi juicio es que lo asemeja al
de la apropiación
y lo aleja del del hurto porque en el
gusto es una vinculación funcional en el
unto no hay en el equipo de boston no
hay una administración previa
porque
estos
bienes particular se los apropia sin
tener una vinculación funcional o sea
sin tener un cargo previo que tú hayas
recibido ese bien las cuentas entonces
en el en el delito de apropiación en el
delito de peculado por apropiación y
también por utilización lo más
importante es los cargos preestablecidos
de confianza que se haya dado el
funcionario respecto a los bien y eso se
parece asemeja más a una profesión
porque no la profesión tu recibe el bien
en el hurto no los recibe en el sujeto
los trae
y más
al menos el peculado doloso se asemeja
más al de la protección a partir del
área de chicha y a partir de la
vinculación con la relación funcional
yo considero que
el delito es regulado tiene zonas
fronterizas con el
apropiación ilícita y se va cada vez
alejando más de lo que era lo que
siempre se decían los cimientos de las
vinculaciones en el ahora lo que dice
que queda más claro el tema que es más
por una profesión
[Música]
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