La jurisprudencia y sus precedentes en Bolivia
Summary
TLDRAlfredo Gutiérrez Martínez, abogado de la Universidad Mayor de San Francisco Xavier de Chuquisaca, presenta un análisis sobre la jurisprudencia y el precedente en Bolivia. Explica cómo la jurisprudencia ha evolucionado en el país, subrayando que antes de la promulgación del Código Procesal Penal en 1999, no era vinculante. Además, señala la importancia del Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Constitucional Plurinacional en la creación de jurisprudencia vinculante. Gutiérrez concluye destacando los bajos índices de credibilidad y seguridad en el sistema judicial boliviano debido a la interpretación subjetiva de las leyes.
Takeaways
- 📖 Alfredo Gutiérrez Martínez es licenciado en derecho por la Universidad de San Francisco Javier de Chuquisaca en Bolivia.
- 🌍 Agradece al Instituto Jurídico Internazionale de Turín, Italia, por la invitación a exponer sobre jurisprudencia y precedentes en Bolivia.
- 📚 El tema presentado es parte de un libro en proceso de publicación sobre jurisprudencia y precedentes en Bolivia.
- ⚖️ La jurisprudencia en Bolivia no ha sido vinculante ni obligatoria durante más de 170 años, según lo indicado por Eduardo Rodríguez Veltzé en un seminario de 2002.
- 📜 El Código Procesal Penal de 1999 introdujo una nueva modalidad en la que la jurisprudencia penal se volvió obligatoria para ciertos recursos legales.
- 📘 La Ley 025 del Órgano Judicial de 2010 establece que las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia deben uniformar la jurisprudencia en Bolivia.
- 📄 El Código Procesal Constitucional de 2012 determina que las sentencias del Tribunal Constitucional son vinculantes y de cumplimiento obligatorio para las autoridades y particulares.
- 🔍 A pesar de las leyes, en Bolivia algunos jueces aún aplican la jurisprudencia de manera referencial y no como una obligación, lo que genera inseguridad jurídica.
- ⚠️ La credibilidad y seguridad en el poder judicial boliviano son bajos, según palabras de Rodríguez Veltzé, debido a la falta de aplicación coherente de la jurisprudencia.
- 🏛️ La jurisprudencia en Bolivia es fundamental para garantizar el derecho a la igualdad y la seguridad jurídica, pero su aplicación efectiva sigue siendo un desafío.
Q & A
¿Quién es Alfredo Gutiérrez Martínez y cuál es su formación académica?
-Alfredo Gutiérrez Martínez es licenciado en Derecho por la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, con sede en la ciudad de Sucre, Bolivia.
¿Cuál es el tema central de la exposición presentada por Alfredo Gutiérrez Martínez?
-El tema central es 'Jurisprudencia y Precedente en Bolivia'.
¿De qué obra se extrajo el concepto de jurisprudencia mencionado por Alfredo Gutiérrez Martínez?
-El concepto de jurisprudencia se extrajo de la Enciclopedia Iberoamericana de Filosofía, volumen número 11, publicado por la Editorial Trotta.
¿Cómo se define la jurisprudencia en la Enciclopedia Iberoamericana de Filosofía?
-La jurisprudencia es definida como el conjunto de sentencias judiciales, no solo como declarativas del derecho ni como creadoras de normas individuales, sino en cuanto de ellas pueda inferirse una norma general nueva o una interpretación de un texto legal preexistente.
¿A qué tradición jurídica pertenece Bolivia y cómo influye en la aplicación de la jurisprudencia?
-Bolivia pertenece a la tradición jurídica romanista, es decir, al sistema judicial continental o civilista, donde la jurisprudencia no tiene el mismo valor que en sistemas de derecho común como en Estados Unidos o el Reino Unido.
¿Cuál es la diferencia entre la jurisprudencia y el precedente en el derecho boliviano?
-La jurisprudencia en Bolivia no es vinculante en la mayoría de los casos, y solo sirve como referencia. El precedente, sin embargo, debe ser considerado para casos futuros análogos, particularmente en el sistema anglosajón, pero en Bolivia se aplica principalmente en materia penal.
¿Qué importancia tuvo el seminario internacional de jurisprudencia de 2002 en Bolivia?
-Este seminario, organizado por el Poder Judicial de Bolivia, buscó analizar la aplicación de la jurisprudencia y su obligatoriedad en casos semejantes, además de uniformar los criterios de interpretación.
¿Qué opinaba Eduardo Rodríguez Veltzé sobre la jurisprudencia en Bolivia en el año 2002?
-Eduardo Rodríguez Veltzé señaló que la jurisprudencia emitida por la Corte Suprema de Justicia no era vinculante ni obligatoria en materias ordinarias y contenciosas, excepto en materia penal con la promulgación del nuevo Código Procesal Penal en 1999.
¿Qué establece el Código Procesal Constitucional de Bolivia sobre la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional?
-El Código Procesal Constitucional establece que las razones jurídicas de las decisiones del Tribunal Constitucional Plurinacional constituyen jurisprudencia vinculante y obligatoria para los órganos del poder público y particulares.
¿Por qué, según Alfredo Gutiérrez Martínez, existen bajos índices de credibilidad y seguridad en el poder judicial en Bolivia?
-Los bajos índices de credibilidad y seguridad en el poder judicial en Bolivia se deben a que muchas autoridades judiciales no aplican la jurisprudencia de manera vinculante y continúan interpretando la ley de manera subjetiva, sin basarse en los principios constitucionales.
Outlines
🎓 Introducción y agradecimiento
El presentador, Alfredo Gutiérrez Martínez, se presenta como licenciado en derecho y agradece al Instituto Jurídico Internacional por la invitación. Anuncia que el tema del día es la jurisprudencia y los precedentes en Bolivia, basado en un avance de un libro que está escribiendo.
📜 Concepto de jurisprudencia
Se define la jurisprudencia como el conjunto de sentencias judiciales que no solo declaran derecho o crean normas individuales, sino que permiten inferir una norma general o una interpretación de un texto legal existente. En Bolivia, la jurisprudencia se desarrolla dentro del sistema jurídico romano, diferente al sistema anglosajón, que se basa en precedentes judiciales.
📘 Definición de precedente o 'stare decisis'
El autor explica el concepto de 'stare decisis' y la importancia de los precedentes judiciales en casos futuros. Se cita a autores como Supercross y JW Harris, quienes argumentan que los precedentes deben tenerse en cuenta para garantizar la consistencia en la aplicación de la ley.
⚖️ Evolución de la jurisprudencia en Bolivia
En un seminario internacional de jurisprudencia en 2002, Eduardo Rodríguez Belcé, entonces presidente de Bolivia, destacó que durante 170 años la jurisprudencia en Bolivia no ha sido vinculante ni obligatoria, salvo en el ámbito penal, desde la promulgación del nuevo Código Procesal Penal en 1999.
📅 Seminario internacional de 2002
Se hace referencia a la falta de obligatoriedad de la jurisprudencia en Bolivia a lo largo de la historia. A pesar de estar regulado en la ley de organización judicial de 1993, los jueces no tomaban en cuenta la jurisprudencia de manera obligatoria. Este problema persistió hasta la promulgación de nuevas normativas en 2010.
🏛️ La ley de 2010 y el rol del tribunal supremo
La ley 025 del órgano judicial, promulgada en 2010, establece que la justicia emana del pueblo boliviano y es ejercida por los jueces. Esta normativa refuerza la importancia de la jurisprudencia, pero se observa que en la práctica sigue sin ser aplicada de manera uniforme en Bolivia.
⚖️ Precedentes constitucionales y el Código Procesal Constitucional
El artículo 15 del Código Procesal Constitucional establece que las decisiones del Tribunal Constitucional Plurinacional tienen carácter vinculante. Sin embargo, en Bolivia, muchas autoridades judiciales aún no aplican la jurisprudencia como debería, lo que afecta la credibilidad y la seguridad jurídica en el país.
📉 Baja credibilidad del sistema judicial
La falta de obligatoriedad en la aplicación de la jurisprudencia ha generado bajos niveles de credibilidad en el sistema judicial boliviano. Eduardo Rodríguez Belcé mencionó que, a pesar de estar estipulado en las leyes, la jurisprudencia no ha sido aplicada adecuadamente, lo que contribuye a la inseguridad jurídica.
🔍 Interpretación constitucional y el principio de igualdad
El autor destaca que la interpretación de la ley debe hacerse desde una perspectiva constitucional para garantizar el derecho a la igualdad y la seguridad jurídica. La falta de una aplicación coherente de la jurisprudencia ha afectado estos principios en Bolivia.
🎤 Conclusión y agradecimiento final
Alfredo Gutiérrez concluye su exposición reiterando la importancia de aplicar la jurisprudencia para garantizar la seguridad jurídica y la igualdad en Bolivia. Agradece nuevamente al Instituto Jurídico Internacional por la oportunidad de presentar su trabajo.
Mindmap
Keywords
💡Jurisprudencia
💡Precedente judicial
💡Sistema judicial romanista
💡Ratio decidendi
💡Código Procesal Penal
💡Ley de Organización Judicial
💡Constitución de Bolivia
💡Estado constitucional de derecho
💡Uniformación de la jurisprudencia
💡Código Procesal Constitucional
Highlights
Alfredo Gutiérrez Martínez se presenta como licenciado en derecho por la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Javier de Chuquisaca, Bolivia.
Agradece al Instituto Jurídico Internacional de Turín, Italia, por la invitación para exponer sobre el tema de jurisprudencia y precedentes en Bolivia.
El tema de la jurisprudencia es parte de un libro que el autor está escribiendo y que será publicado en redes sociales y librerías próximamente.
La jurisprudencia es definida como el conjunto de sentencias judiciales de las cuales puede inferirse una norma general nueva o una interpretación de un texto legal preexistente, según la Enciclopedia Iberoamericana de Filosofía.
Bolivia sigue el sistema de derecho civil, que es distinto al sistema del 'common law' aplicado en países como Estados Unidos y el Reino Unido.
El concepto de 'precedente' en el derecho anglosajón es definido como la obligación de considerar decisiones judiciales anteriores para casos análogos.
En 2002, Bolivia celebró un seminario internacional sobre jurisprudencia, organizado por el Instituto de la Judicatura.
Eduardo Rodríguez Veltzé, expresidente de Bolivia, destacó que la jurisprudencia emitida por la Corte Suprema no era vinculante ni obligatoria, salvo en materia penal.
El Código Procesal Penal de 1999 introdujo un nuevo marco normativo en Bolivia, haciendo la jurisprudencia penal vinculante para la interposición de recursos de casación.
La Ley de Organización Judicial de 1993 indicaba que era atribución de la Corte Suprema uniformar la jurisprudencia, aunque no siempre se aplicaba en la práctica.
La Ley 025 del Órgano Judicial de 2010 reitera que una de las funciones de la Corte Suprema es uniformar la jurisprudencia, pero en la práctica aún persisten problemas de implementación.
El Código Procesal Constitucional de Bolivia establece que las decisiones del Tribunal Constitucional Plurinacional son vinculantes y obligatorias.
La falta de aplicación uniforme de la jurisprudencia en Bolivia contribuye a los bajos niveles de credibilidad y seguridad en el sistema judicial del país.
Existen jueces en Bolivia que siguen aplicando interpretaciones basadas en criterios personales y no de acuerdo a la jurisprudencia ni al estado constitucional de derecho.
La importancia de la jurisprudencia para garantizar el derecho a la igualdad y la seguridad jurídica es subrayada como un aspecto esencial en el sistema judicial boliviano.
Transcripts
muy buenas noches Mi nombre es Alfredo
Gutiérrez Martínez soy licenciado en
derecho por la universidad mayor real y
pontificia de San Francisco Javier de
chuquisaca con sede en la ciudad de
sucre en Bolivia Quiero agradecer al
instituto jurídico
internacionales ubicado en turín en la
ciudad de turín en Italia por haberme
hecho esta invitación a poder exponer el
presente tema del día de hoy denominado
jurisprudencia y presidente en Bolivia
bien este tema es un avance del libro
que estoy escribiendo que muy pronto ya
lo voy a estar publicando en las redes
sociales y también en las librerías
Comencemos conociendo
este aspecto muy importante referido al
concepto de la jurisprudencia
el concepto que
he tomado y que me ha parecido el más
convincente es el que ha sido
desarrollado en la enciclopedia
iberoamericana De filosofía
en el volumen número 11 publicado por la
editorial trota
bien en este enciclopedia
se llama jurisprudencia Al conjunto de
las sentencias judiciales no como
declarativas del derecho ni como
creadoras de normas individuales sino en
cuanto de ellas pueda inferirse una
norma general nueva o cierta
interpretación de un texto legal
preexistente este aspecto quiero que lo
tengamos muy presente para poder
comprender De qué manera en Bolivia se
ha desarrollado la jurisprudencia bien
Bolivia forma parte de los países de
tradición jurídica romanista es decir
del sistema judicial continental del
civilão muy distinto a lo que es el
comunal como todos ustedes saben en
donde la creación judicial de normas se
interpreta según el modelo del
presidente
esto En cuanto a la jurisprudencia que
se
maneja en estos países del como un lado
como en Estados Unidos
en el Reino Unido también bien
ahora conozcamos
[Música]
el concepto del
precedente o estar en déficit
para ello he tomado esta definición del
libro El precedente en el derecho inglés
de Supercross y JW Harris quienes
indican que el concepto ortodoxo
Generalmente admitido de estar en
déficit y que adoptamos en este libro es
estar radio nibus decidendis que quiere
decir espese a las rationes de los casos
anteriores
eso qué quiere decir que una decisión
que ha sido asumida como presidente debe
tenerse en cuenta para los futuros casos
análogos esto es muy importante que lo
tengamos presente a partir de este
concepto
bien en Bolivia
el año 2002
se ha hecho la presentación de un
seminario internacional de
jurisprudencia como ustedes pueden
observar en la imagen
el poder judicial a través del instituto
de la judicatura de Bolivia ha
organizado este este seminario
internacional de jurisprudencia
Vladimir Gutiérrez Pérez quien es
Entonces era director general del
instituto de la judicatura Indicó que la
jurisprudencia Es parte fundamental a la
hora de tomar decisiones judiciales y
que con esos antecedentes el instituto
de la judicatura de Bolivia auspició las
realización del seminario internacional
de jurisprudencia en los días tres y
cuatro de octubre del año 2002 con los
objetivos de analizar la aplicación de
la norma jurisprudencial creada y
convertida en obligatoria a casos
semejantes o parecidos
que se presten y que sean sometidos a
consideración del órgano jurisdiccional
diferenciar con precisión la ratio
decidendi del resto de las partes de la
sentencia y especialmente de los
óbitadista y uniformar Los criterios de
interpretación y aplicación de la
jurisprudencia principalmente estamos
hablando de la jurisprudencia en Bolivia
el disertante Eduardo Rodríguez belce
quien era presidente de Bolivia
en ese seminario Indicó que la
jurisprudencia que emite el tribunal es
decir el tribunal supremo de Justicia
como hoy se lo conoce antes era conocido
como Corte Suprema
desde hace más de 170 años en materia
ordinaria y contenciosa no es vinculante
ni obligatoria y el presidente solo
tiene propósito referencial la excepción
surge en materia penal a partir de la
promulgación del nuevo código procesal
penal que prevé su inexcusable
Referencia para la interposición de
recursos de casación ante la Corte
Suprema de Justicia
esta nueva legislación introduce
indudablemente una nueva modalidad en el
uso de la jurisprudencia Es decir
estamos hablando de la ley 1970 el
código de procedimiento penal en Bolivia
que ha estado vigente desde el año 1999
es precisamente el 31 de marzo del año
1999 desde que se pone en vigencia en
Bolivia el código de procedimiento penal
y bien volvamos a este aspecto referido
por el doctor magistrado en sí ministro
En ese entonces de la excelentísima
Corte Suprema de Justicia de Bolivia
quiero hacer énfasis en este aspecto
porque en Bolivia
reconoce el ministro que durante 170
años
[Música]
la jurisprudencia boliviana no ha sido
obligatoria no ha sido vinculante y los
presidentes judiciales solamente han
sido tomados como referentes
así lo ha mencionado Eduardo Rodríguez
belcé el año 2002 cuando se ha realizado
este seminario internacional de
jurisprudencia en los días tres y cuatro
de octubre del año 2002 precisamente
el ministro del máximo poder judicial en
Bolivia en mi país ha mencionado este
aspecto que la jurisprudencia que emite
la Corte Suprema de Justicia es decir el
poder judicial desde hace más de 170
años en materia ordinaria y contenciosa
no es vinculante ni obligatoria y el
presidente solo tiene un propósito
referencial estoy haciendo hincapié en
este aspecto porque es muy importante a
la hora de conocer desde un punto de
vista
de la veracidad del realismo del
realismo jurídico como funciona el
sistema judicial en Bolivia
[Música]
es decir la jurisprudencia Cómo se
aplica el presidente judicial y el
presidente constitucional Cómo se aplica
en Bolivia y
este dato es muy importante porque nos
hace conocer que hasta la promulgación
del nuevo código procesal penal el año
1999 la jurisprudencia no era
obligatoria no era vinculante y
solamente se lo tenía como referente ese
aspecto quiero que lo tengamos muy en
cuenta para
los posteriores minutos en los cuales
voy a referirme a este aspecto que es
muy importante en mi país en Bolivia
bien hoy mismo Eduardo Rodríguez belce
indica que en Bolivia los índices de
credibilidad y seguridad en el poder
judicial en general son bajísimos y
vamos a ver por qué
esta credibilidad y la seguridad en el
poder judicial en Bolivia son bajos esto
en palabras de Eduardo Rodríguez belce
que se ha publicado en este seminario
internacional de jurisprudencia como
ustedes pueden ver en la página 27 este
libro por si acaso del seminario
internacional de jurisprudencia se ha
publicado el año 2003 un año después
ahora bien Vamos a ver los motivos por
los cuales existen estos índices de
crédito estos bajos índices de
credibilidad y seguridad en el poder
judicial en Bolivia respecto a la
jurisprudencia y al presidente al
presidente judicial principalmente
bien la ley de organización judicial que
está vigente desde el año
1993
Indicó que
las atribuciones de las salas de la
Corte Suprema
en el artículo 61
son la de uniformar jurisprudencia
el artículo 61 de la ley
1455 que ya no está vigente
indicaba que son atribuciones de las
salas y estas salas conforman el poder
judicial en Bolivia y una de sus
funciones era la de uniformar la
jurisprudencia desde el año
1993 recordemos
[Música]
que se ha mencionado que hasta la
promulgación del nuevo código procesal
Perdón nuevo código procesal penal del
año 1999 la jurisprudencia no era
vinculante ni obligatoria y el
presidente solo tenía propósitos
diferencial
Pese a que estaba vigente la ley de
organización judicial donde indicaba que
las atribuciones de las salas del poder
judicial son la de uniformar
jurisprudencia en esta misma ley se
indicaba que se iba a publicar en la
gaceta la jurisprudencia este aspecto
sin embargo ha sido derogado por la ley
del Consejo de la magistratura el año
1997 y sin embargo también la ley de
organización judicial como ustedes
pueden ver aquí está la referencia el
libro denominado compilación de
disposiciones legales en Bolivia por el
instituto de de Bolivia establecía que
en el artículo 295
que al inicio del año judicial se iba a
publicar se iba a comentar
los fundamentos de jurisprudencia del
año Así se ha establecido mediante la
ley de organización judicial es decir
que mediante ley ya se tenía que tomar
en cuenta la jurisprudencia
pero en la realidad no era así
en la realidad
las autoridades jurisdiccionales los
jueces no tomaban la jurisprudencia con
carácter obligatorio
Pese a que estaba regulado en la ley de
organización judicial
Posteriormente
la ley cero veinticinco del órgano
judicial del 24 de junio del año 2010
por si acaso Esta es la fecha en la cual
se ha publicado y ha entrado en vigencia
es las siguientes normativas a las
cuales voy a hacer referencia
[Música]
en la gaceta oficial de Bolivia
se pone en vigencia se publican las
nuevas leyes que están en vigencia en
Bolivia y en la ley cero veinticinco del
órgano judicial que está vigente hasta
el día de hoy
indica que
la potestad que tiene el Estado
plurinacional de administrar Justicia
emana del pueblo boliviano y se ejerce
por medio de las autoridades
jurisdiccionales del órgano judicial es
decir a través de los jueces los jueces
son los que administran justicia en
Bolivia de acuerdo al artículo 11 de la
ley del órgano judicial bien
recordemos que al igual que en la ley de
órgano judicial la ley de organización
judicial abrogada
se ha establecido que una de las
atribuciones de la sala plena era la de
uniformar la jurisprudencia Pues en este
caso no es distinto porque igual una de
las atribuciones como ustedes pueden
observar en el artículo 38 de la ley
cero veinticinco es atribución de la
sala plena sentar y uniformar la
jurisprudencia
[Música]
las atribuciones de las salas
especializadas que conforman el poder
judicial también son las de sentar y
uniformar jurisprudencia así lo ha
establecido el artículo 42 de la ley 025
vigente en Bolivia
ahora bien
estos aspectos hay que tomarlos muy en
cuenta porque hacen referencia a la
jurisprudencia del
tribunal supremo de justicia y como
hemos podido observar la jurisprudencia
son los fallos repetidos del más alto
tribunal de los cuales se infiere una
norma general o la interpretación de una
ley o de un artículo de un de una norma
jurídica de una norma legal
bien Eso es en cuanto a la
jurisprudencia y los precedentes que
sienta el tribunal supremo de justicia
en Bolivia es decir el presidente
judicial pasemos ahora a conocer el
presidente constitucional el artículo 15
parágrafo segundo de la ley 254 el
código procesal constitucional indica
que las razones jurídicas de la decisión
esto es el ratio de cinético momento de
conocido en la doctrina
las razones jurídicas de la decisión en
las resoluciones emitidas por el
tribunal constitucional plurinacional
constituyen jurisprudencia
y tienen carácter vinculante para los
órganos del poder público legisladores
autoridades tribunales y particulares
hay un aspecto que hay que tener muy en
cuenta que lo había mencionado al
principio al principio por el año 2002
se hablaba se mencionaba que solamente
en materia penal existía este carácter
vinculante y obligatorio de la
jurisprudencia del presidente
en materia penal y no hacían las otras
materias ese aspecto como hemos podido
observar
no es
como lo están interpretando las
autoridades judiciales muchas de las no
todas las autoridades sino algunas y
quizás son la mayoría
porque en la ley se ha mencionado y se
indica que es atribución del máximo
poder judicial en Bolivia uniformar la
jurisprudencia sin embargo
en cuanto al presidente constitucional
el código procesal constitucional es ya
más específico indicando que las ratio
decidendi de las sentencias
constitucionales son vinculantes y son
obligatorias esto en el artículo 15 un
parágrafo segundo como ustedes pueden
observar del código procesal
constitucional de Bolivia
la Constitución hace referencia también
a este aspecto en el artículo 203
indicando que las decisiones y
sentencias del tribunal constitucional
plurinacional son de carácter vinculante
y de cumplimiento obligatorio la
Constitución está vigente desde el 7 de
febrero del año 2009 fecha en la cual se
ha publicado en la gaceta oficial de
Bolivia
ahora bien
por Qué mencionamos Y por qué decíamos
que era muy importante tener en cuenta
este aspecto
mencionado en el año 2002
por Eduardo Rodríguez
el indicaba que la jurisprudencia que
emite el tribunal el tribunal supremo
desde hace más de 170 años en materia
ordinaria y contenciosa no es vinculante
ni obligatoria y el presidente solo
tiene propósitos referencial la
excepción surge en materia penal a
partir de la promulgación del nuevo
código procesal penal
que prevé su inexcusable Referencia para
la interposición de recursos de casación
haces referencia a este aspecto el
artículo 416 del procedimiento penal
indica que para interponer un recurso de
casación se debe señalar un precedente
contradictorio y veamos cómo el artículo
416 indica que el recurso de casación
procede para impugnar autos de vista
dictados por las Cortes Superiores de
Justicia hoy en día estas cortes
superiores se llaman tribunales
departamentales de Justicia
contrarios a otros precedentes
pronunciados por otras cortes superiores
o por la sala penal de la Corte Suprema
es decir la sala penal del tribunal
supremo de Justicia este presidente
contradictorio deberá invocarse por el
recurrente a tiempo de interponer la
apelación restringida
se entenderá que existe contradicción
cuando ante una situación de hecho
similar el sentido jurídico que le
asigna el auto de vista recurrido no
coincida con el presidente como ustedes
pueden observar estos artículos el 416
417 el 419
y el 420 hablan sobre la jurisprudencia
del tribunal supremo de Justicia que es
muy importante Al momento de interponer
una casación
en la realidad
no se toma en cuenta este aspecto porque
existen autoridades jueces que todavía
están
aplicando la letra muerta de la ley
y aplican una interpretación de la ley
de acuerdo
a su propio entendimiento
no de manera objetiva no aplicando el
neoconstitucionalismo el estado
constitucional de derecho las garantías
realizando una interpretación de acuerdo
a los estudios que ya los ha
establecidos a Virginia antiguamente
haciendo una interpretación lógica
gramatical sistemática histórica
e inclusive hay autores españoles como
Pedro Talavera
Carlos Hugo Preciado Dominic quienes
sobre la interpretación
amplían elementos indicando que esta
interpretación de la ley debe hacerse
desde el punto de vista constitucional
es decir la norma jurídica la ley tiene
que hacerse desde la Constitución veamos
lo que ha sucedido en Bolivia en mi país
hasta el año 2002
el ministro de la Corte Suprema de
Justicia ha indicado
que no era vinculante ni obligatoria la
jurisprudencia
únicamente en materia penal Pese a que
el año 1993 ya estaba
prescrito en la ley de organización
judicial la jurisprudencia
y que aún así se ha previsto en
en la nueva ley la ley que está vigente
la ley 025 del órgano judicial
también la jurisprudencia Es decir para
que
las autoridades jurisdiccionales los
jueces puedan garantizar la aplicación
de la igualdad ante la ley y la
seguridad jurídica tienen que hacer una
interpretación
de estos artículos del artículo 38
inciso nueve
de la ley vigente del órgano judicial
donde se habla sobre jurisprudencia del
artículo 42 inciso 3 donde también se
habla de la jurisprudencia y No
únicamente tomar en cuenta el código
procesal constitucional Porque la letra
muerta de la ley indica que las razones
jurídicas de las de la decisión en
materia constitucional son vinculantes Y
obligatorias entonces ahí todavía nos
damos cuenta que en Bolivia las
autoridades judiciales están aplicando
la letra muerta de la ley no están
aplicando el estado constitucional de
derecho Por esa razón es que se ha
mencionado y nos damos cuenta que pese a
que el año 2002 cuando se ha realizado
este seminario internacional de
jurisprudencial ya
[Música]
conocía que las autoridades judiciales
no aplicaban de manera obligatoria y
vinculante la jurisprudencia y los
precedentes judiciales
[Música]
recién
cuando se ha puesto en vigencia el
código procesal constitucional en año
2012 recién las autoridades están
comenzando algunas autoridades a aplicar
de manera vinculante y obligatoria
porque porque lo dice el artículo 15
parágrafo segundo del código procesal
constitucional
Entonces nosotros nos ponemos a pensar
qué es lo que ha sucedido el año 1993
las autoridades
judiciales no han aplicado
jurisprudencia algunas y el día en el
día de hoy actualmente Todavía existen
autoridades que afirman e indican que la
jurisprudencia del tribunal supremo de
Justicia los presidentes judiciales que
emite el tribunal supremo de Justicia no
son vinculantes y no son obligatorios
Este es un aspecto que llama mucho la
atención porque se ha previsto en el en
la ley cero veinticinco del órgano
judicial
que las salas
que la sala plena y todas las salas las
salas de familia las salas penales las
salas civiles las salas laborales
sientan
y uniforman la jurisprudencia
y como Nosotros hemos podido conocer el
concepto del jurisprudencia son aquellas
sentencias
que en conjunto
establecen una norma general o realizan
una interpretación de la ley
este aspecto es muy importante y llama
mucho la atención porque está muy ligado
al derecho a la igualdad al derecho al
debido proceso en relación a la
seguridad jurídica al principio de la
seguridad jurídica en Bolivia porque se
tiene que tomar en cuenta y se tiene que
juzgar a las personas de acuerdo a los
casos análogos que han que han sucedido
anteriormente eso garantiza una igualdad
eso garantiza una seguridad jurídica
porque una persona
ya puede anticiparse A cuál va a ser el
resultado del proceso de su proceso en
el en instancias judiciales si tiene
jurisprudencia a la mano si ya tiene un
conocimiento de un precedente de un caso
análogo eso le garantiza a una persona
que se va a aplicar la seguridad
jurídica y también el derecho a la
igualdad con la jurisprudencia Y si las
autoridades realizan esta interpretación
de este artículo 42 inciso parágrafo
primero inciso 3 donde se menciona la
jurisprudencia y al artículo 38
inciso nueve donde también se menciona
la jurisprudencia de la ley del órgano
judicial pues van a estar garantizando
la aplicación del derecho a la igualdad
y el principio de la seguridad jurídica
bien en estos minutos hemos podido
conocer que la jurisprudencia de acuerdo
al realismo jurídico en Bolivia
pues no es aplicable y como lo
mencionaban el año 2002 en Bolivia los
índices de credibilidad y seguridad en
el poder judicial en general son
bajísimos y es por estas razones por
estas razones la credibilidad y
seguridad en el poder judicial en
Bolivia son bajos porque las autoridades
judiciales no realizan una
interpretación objetiva
de la ley no realizan una interpretación
desde la Constitución
realizan una interpretación de acuerdo a
la manera en la que
piensa esa persona bien con esto
voy a dar por terminado
esta exposición que no debe durar más de
30 minutos Mi nombre es Alfredo
Gutiérrez Martínez les agradezco por los
minutos prestados y también agradezco
nuevamente al instituto jurídico
internacionale ubicado en la ciudad de
turín en Italia por haberme hecho esta
invitación muy buenas noches muy buenos
días o Muy buenas tardes en el horario
que lo estén viendo permiso
[Música]
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