COSTUMBRE INTERNACIONAL: Práctica y Opinio Juris
Summary
TLDREl derecho internacional de los derechos humanos se centra en los tratados internacionales, pero también en la costumbre internacional, una práctica estatal considerada obligatoria. Para que una práctica se convierta en costumbre internacional, se requieren dos elementos: la práctica estatal (objetiva) y el opinio iuris (subjetivo). La práctica debe ser repetida, uniforme, consistente y generalizada. El opinio iuris es la creencia de que una práctica es obligatoria. Los Estados pueden convertirse en 'objetores persistentes' si rechazan una norma emergente, pero solo durante su formación.
Takeaways
- 📜 En el derecho internacional de los derechos humanos, se abordan tanto los tratados internacionales como la costumbre internacional, una fuente más antigua del derecho.
- 🌐 La costumbre internacional se refiere a prácticas estatal consideradas obligatorias por los Estados.
- 🔍 Para que algo sea considerado costumbre internacional, se requiere la existencia de dos elementos: el elemento objetivo (práctica estatal) y el elemento subjetivo (opinio iuris).
- 🔄 La práctica estatal debe ser repetida, uniforme, consistente y generalizada para constituir una costumbre internacional.
- 🏝️ No todos los Estados deben actuar de la misma forma; se debe examinar específicamente la práctica de los Estados afectados.
- 🤫 La aceptación tácita o el silencio frente a una práctica emergente puede ser interpretado como aceptación por parte de los Estados.
- 💭 El elemento subjetivo, la opinio iuris, es la creencia de que una práctica es obligatoria y no solo una opción.
- 🌱 La costumbre internacional puede nacer cuando un Estado inicia una nueva práctica y otros la siguen, sin que sea necesario el consenso de todos.
- 🚫 Los Estados que se oponen a una nueva costumbre pueden convertirse en 'objetores persistentes', rechazando la norma y no estando obligados a cumplirla.
- ⏳ Un Estado solo puede convertirse en objetor persistente durante la emergencia de una costumbre internacional; si no se opone temprano, no puede hacerlo posteriormente.
Q & A
¿Qué es el derecho internacional de los derechos humanos y cómo se relaciona con los tratados internacionales y la costumbre internacional?
-El derecho internacional de los derechos humanos se enfoca en los tratados internacionales y puede dejar de lado la fuente más antigua del derecho internacional, la costumbre internacional, que es una práctica estatal considerada obligatoria por los Estados.
¿Cuáles son los dos elementos necesarios para que algo sea considerado costumbre internacional?
-Para que algo sea costumbre internacional se requieren dos elementos: el elemento objetivo, que es la práctica estatal, y el elemento subjetivo, que es la opinio iuris.
¿Qué significa 'práctica estatal' en el contexto de la costumbre internacional?
-La 'práctica estatal' se refiere a las acciones que realizan los Estados y que son consideradas como la base para la formación de una costumbre internacional.
¿Por qué no es necesario que todos los Estados actúen de la misma forma para establecer una costumbre internacional?
-No se requiere que todos los Estados actúen de la misma forma, sino que es importante examinar la práctica de los Estados especialmente afectados por la cuestión en cuestión.
¿Qué significa 'opinio iuris' y por qué es crucial para la formación de la costumbre internacional?
-La 'opinio iuris' es la creencia de que una práctica es obligatoria y es un elemento subjetivo necesario para que una práctica se convierta en costumbre internacional. Es crucial porque los Estados deben creer que están obligados a seguir esa práctica, no solo porque es una buena idea.
¿Cómo se puede entender el concepto de 'acuisecencia' en el marco de la costumbre internacional?
-La 'acuisecencia' se refiere a la aceptación tácita de una práctica por parte de los Estados que, aunque conocen una práctica que se está volviendo costumbre, no dicen nada al respecto, lo que se interpreta como su aceptación.
¿Cómo se puede formar una nueva norma de costumbre internacional?
-Una nueva norma de costumbre internacional se puede formar cuando un Estado inicia una nueva práctica y afirma que es el nuevo derecho, y otros Estados comienzan a unirse a esa práctica, mientras que otros no se quejan y permiten su desarrollo.
¿Qué son los 'objetores persistentes' en el derecho internacional y cómo se relacionan con la formación de costumbres internacionales?
-Los 'objetores persistentes' son Estados que frecuentemente rechazan una norma y, por lo tanto, no están obligados a cumplirla. Un Estado puede volverse objetor persistente solo durante la emergencia de una costumbre internacional; si no se opuso en ese momento, no puede hacerlo posteriormente.
¿Cómo se relaciona el concepto de 'el que calla, otorga' con la costumbre internacional y la formación de nuevas normas?
-El concepto de 'el que calla, otorga' indica que si un Estado no se opone a una práctica que está en proceso de convertirse en costumbre internacional, se considera que acepta esa práctica por omisión.
¿Qué se entiende por 'derecho internacional público' y cómo se basa en el consentimiento de los Estados?
-El 'derecho internacional público' se refiere al conjunto de normas y principios que rigen las relaciones entre Estados y se basa en el consentimiento de los Estados, lo que significa que los Estados deben aceptar y cumplir con las normas para que tengan efecto.
¿Cómo se puede resumir el proceso de formación de una costumbre internacional según el guion proporcionado?
-La formación de una costumbre internacional se resume en el proceso de un Estado iniciando una nueva práctica, afirmando que es un nuevo derecho, y la adhesión de otros Estados a esa práctica, junto con la aceptación tácita de aquellos que no se oponen, culminando en la aceptación general cuando se cumplen los elementos de práctica estatal y opinio iuris.
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