CAUSAS DE JUSTIFICACION 1 LEGITIMA DEFENSA Y EDO DE NECESIDAD

IUS PUNIENDI
30 Apr 201812:46

Summary

TLDREn este vídeo, Oscar Ariel Valencia Matías explica los elementos negativos del delito que niegan la antijuridicidad, es decir, las causas de justificación. Aborda la legítima defensa, detallando sus componentes: agresión real e inminente, respuesta inmediata y eminencia de selección. También menciona el estado de necesidad, que permite sacrificar un bien jurídico menor por uno mayor. Se promete un análisis de los otros cuatro elementos en futuras sesiones.

Takeaways

  • 📚 Se continúa el análisis de los elementos negativos del delito, específicamente el elemento que niega la antijuridicidad.
  • 🔍 Se recuerda que la antijuridicidad tiene dos sentidos: material y formal, y se relaciona con la tipicidad y la justificación de la conducta.
  • 👮‍♂️ Se define la legítima defensa como el primer elemento de las causas de justificación, distinguiéndola de la defensa propia.
  • 🚫 Se establecen tres elementos fundamentales para la legítima defensa: agresión real, actualidad y eminencia de selección.
  • ⏰ Se enfatiza la necesidad de que la respuesta a la agresión sea inmediata y contemporánea a la agresión misma.
  • 🏠 Se discute la aplicación de la legítima defensa en situaciones de invasión al domicilio, con precaución sobre los posibles excesos.
  • 🤔 Se menciona la racionalidad del medio empleado como límite de la legítima defensa para evitar acciones desproporcionadas.
  • 🛡️ Se introduce el estado de necesidad como un segundo elemento de justificación, donde se sacrifica un bien jurídico menor para salvar uno mayor.
  • 🚨 Se explica que tanto la legítima defensa como el estado de necesidad pueden ser invocados en cualquier etapa del proceso legal.
  • 📈 Se sugiere que en futuras sesiones se analizarán los otros cuatro elementos de justificación restantes, indicando la complejidad del tema.

Q & A

  • ¿Cuáles son los elementos negativos del delito que se han analizado previamente en el canal?

    -Los elementos negativos del delito analizados previamente son la ausencia de conducta y la atipicidad.

  • ¿Qué es la antijuridicidad en el contexto de este vídeo?

    -La antijuridicidad es la cualidad de una conducta de ser contraria a derecho. Tiene dos sentidos: material y formal. El sentido material se refiere a la lesión o puesta en peligro de un bien jurídicamente tutelado, como la vida, la integridad física o el patrimonio.

  • ¿Cuáles son los dos sentidos de la antijuridicidad mencionados en el vídeo?

    -Los dos sentidos de la antijuridicidad son el sentido material, que se refiere a la lesión o peligro del bien jurídico tutelado, y el sentido formal, que se refiere a si la conducta va en contra de lo que establece la norma.

  • ¿Cuál es la relación entre la tipicidad y la antijuridicidad material?

    -La tipicidad es un requisito para acreditar la antijuridicidad material. Al acreditarse la tipicidad, se acredita automáticamente la antijuridicidad material.

  • ¿Qué es la legítima defensa según el vídeo?

    -La legítima defensa es una causa de justificación que permite repeler una agresión real, actual e inminente sin tener derecho alguno, tanto para defenderse a uno mismo como a otra persona.

  • ¿Cuáles son los tres elementos importantes de la legítima defensa según el vídeo?

    -Los tres elementos importantes de la legítima defensa son: que la agresión sea real, que sea actual y que haya eminencia de selección real e inminente.

  • ¿Qué significa que la agresión sea 'real' en el contexto de la legítima defensa?

    -Una agresión es considerada 'real' cuando no se trata de elaboraciones ficticias del sujeto que probablemente va a ser agredido, sino una agresión tangible y concreta.

  • ¿Qué implica la actualidad en la respuesta de la legítima defensa?

    -La actualidad implica que tanto la agresión como la respuesta deben ser inmediatas, casi en el mismo momento en que se está verificando la agresión.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la legítima defensa y la defensa propia según el vídeo?

    -La defensa propia es un término obsoleto que se usaba para referirse a la defensa de uno mismo. Hoy en día, la ley nos faculta para defender no solo nuestro bien jurídico sino también el de otra persona, por lo que el término correcto es 'legítima defensa'.

  • ¿Qué es el estado de necesidad y cómo se relaciona con la antijuridicidad?

    -El estado de necesidad es una causa de justificación que permite sacrificar un bien jurídico tutelado de menor jerarquía para salvaguardar un bien jurídico de mayor jerarquía. Se conoce como estado de necesidad justificante en el ámbito de la antijuridicidad.

  • ¿Cómo se puede ejercer la legítima defensa en caso de invasión al domicilio?

    -En caso de invasión al domicilio, la ley permite causar daño al invasor en el momento mismo de la invasión, siempre y cuando se respete la racionalidad del medio empleado y no se exceda en la respuesta.

Outlines

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📚 Análisis de los elementos negativos del delito

En este primer párrafo, el presentador Oscar Ariel Valencia Matías nos presenta el análisis de los elementos negativos del delito, en particular el elemento que niega la antijuridicidad. Expone que la juridicidad es el elemento positivo del delito y que su negación a través de las causas de justificación es fundamental para entender la legitimidad de una conducta. Se menciona la diferencia entre la antijuridicidad material y formal, y cómo la tipicidad es clave para entender la antijuridicidad material. Además, se introduce la idea de que la conducta puede estar justificada en ciertos casos, como la legítima defensa, el estado de necesidad y otros conceptos que se detallan en los párrafos siguientes.

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🛡 Legítima Defensa y sus Elementos

En el segundo párrafo, se profundiza en el concepto de legítima defensa como una causa de justificación. Se explica que la legítima defensa implica repeler una agresión real, actual e inminente sin derecho alguno. Se destacan tres elementos clave: la agresión debe ser real, actual y la respuesta debe ser inmediata. Además, se menciona la necesidad de una eminencia de selección real, es decir, que no haya otra forma de evitar el daño. Se discute la aplicación de la legítima defensa en situaciones como la defensa propia y la defensa del hogar, y se señala la importancia de la racionalidad en la respuesta, evitando los exceso de la legítima defensa.

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🚨 Estado de Necesidad y su Aplicación

El tercer párrafo aborda el estado de necesidad como otra causa de justificación. Se describe como el estado de necesidad implica sacrificar un bien jurídico de menor jerarquía para salvaguardar uno de mayor jerarquía. Se ejemplifica con situaciones como romper una ventana para salvar a alguien que se está ahogando o aterrizar un avión fuera de la pista para salvar vidas. También se menciona la diferencia entre el estado de necesidad justificante y el exculpante, y cómo estos conceptos pueden ser aplicados en diferentes fases del proceso legal.

Mindmap

Keywords

💡Antijuridicidad

La antijuridicidad se refiere a una conducta que va en contra de lo que establece la ley. En el vídeo, se explica que hay dos sentidos de antijuridicidad: material y formal. Materialmente, se trata de la lesión o puesta en peligro de un bien jurídicamente tutelado, como la vida o el patrimonio. Formalmente, se verifica si la conducta va realmente en contra de la norma o si hay alguna causa que justifique la conducta.

💡Legítima defensa

La legítima defensa es un concepto clave en el vídeo, que se define como el acto de repeler una agresión real, actual e inminente sin derecho alguno. Se menciona como una causa de justificación que permite la acción en defensa propia o de otra persona, siempre que la agresión sea real y no una elaboración ficticia.

💡Estado de necesidad

El estado de necesidad se presenta como una causa de justificación que permite sacrificar un bien jurídico de menor jerarquía para salvaguardar uno de mayor jerarquía. Ejemplo dado en el vídeo es romper una ventana para salvar a alguien que se está ahogando, donde el daño al patrimonio (la ventana) es menor en comparación con el bien jurídico de la vida.

💡Causa de justificación

Las causas de justificación son elementos que niegan la antijuridicidad cuando concurren, permitiendo que una conducta que de otro modo sería ilegal, se convierta en legítima. En el vídeo, se mencionan varias, como la legítima defensa, el estado de necesidad, el cumplimiento de un deber, el ejercicio de un derecho, el impedimento legítimo y la obediencia jerárquica.

💡Agresión real

La agresión real es un elemento necesario para la legítima defensa, que debe ser una acción concreta y no una percepción errónea o una elaboración mental del sujeto. En el vídeo, se menciona que debe ser exceptuada de las agresiones figurativas, como las que podrían surgir de una psicosis o de una percepción distorsionada de una situación.

💡Actualidad

La actualidad se refiere a que tanto la agresión como la respuesta en legítima defensa deben ser inmediatas y prácticamente en el mismo momento en que se verifica la agresión. Esto se menciona para diferenciar la legítima defensa de un acto de venganza que ocurre con un retraso.

💡Inminencia

La inminencia es un término que se equipara al inevitable en el vídeo. Se refiere a una situación donde no hay otra forma de evitar un daño inminente a un bien jurídico, como la vida o la integridad física, excepto repeliendo la agresión.

💡Racionalidad del medio empleado

La racionalidad del medio empleado es un límite de la legítima defensa que se menciona en el vídeo. Se refiere a que la respuesta a una agresión debe ser proporcional y razonable, no exceder lo necesario para evitar el daño. Por ejemplo, no se debe usar una arma letal contra alguien que está intentando robar un objeto de valor menor.

💡Exceso de legítima defensa

El exceso de legítima defensa se refiere a una conducta que va más allá de lo que es razonablemente necesario para repeler una agresión. En el vídeo, se advierte que hay que tener cuidado con este concepto, especialmente en situaciones de invasión a domicilio, para no caer en excesos.

💡Invasión a domicilio

La invasión a domicilio es un escenario que se menciona en el vídeo para ilustrar la legítima defensa. Se establece que en el momento en que alguien intenta fracturar la puerta o escalar un muro para entrar en el hogar, la persona dentro del domicilio tiene la facultad de causar daño al invasor para detener la agresión.

Highlights

Análisis de los elementos negativos del delito, comenzando con la antijuridicidad.

La ausencia de conducta y la atipicidad son elementos negativos previamente analizados.

La antijuridicidad tiene dos sentidos: material y formal.

La tipicidad acredita automáticamente la antijuridicidad material.

La antijuridicidad formal se verifica si la conducta va en contra de la norma.

Las causas de justificación son elementos negativos que niegan la antijuridicidad.

La legítima defensa es la primera causa de justificación analizada.

La defensa propia es un término obsoleto, reemplazado por legítima defensa.

La legítima defensa permite proteger el bien jurídico de uno mismo y de otros.

Los elementos de la legítima defensa incluyen una agresión real, actual e inminente.

La agresión debe ser reactiva y no una elaboración ficticia del sujeto.

La respuesta a la agresión debe ser inmediata.

La eminencia de selección real actual e inminente es un tercer elemento clave.

La presunción de legítima defensa se aplica en casos de invasión al domicilio.

La racionalidad del medio empleado es un límite básico de la legítima defensa.

El estado de necesidad permite sacrificar un bien jurídico menor para salvar uno mayor.

El estado de necesidad se conoce como justificante en la antijuridicidad.

La legítima defensa y el estado de necesidad pueden ser invocados en cualquier fase del proceso.

Transcripts

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hola que tal bienvenido a un vídeo mas

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de este canal y os poniente y mi nombre

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es oscar ariel valencia matías y bueno

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sin más preámbulo vamos a dar

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continuidad al análisis de los elementos

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negativos del delito recuerda que hemos

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analizado ya dos elementos negativos el

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primero que fue la ausencia de conducta

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y el segundo que fue la atipicidad cada

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uno de ellos pues van a negar el su

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correspondiente elemento positivo en

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esta ocasión vamos a analizar el

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elemento que niega la antijuridicidad la

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juridicidad recuerda es el elemento

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positivo del delito y su elementos

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negativos son las causas de

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justificación hacemos una remembranza

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rapidísima muy breve respecto de la

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antijuridicidad que ya habíamos

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analizado que fueron dentro de los

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primeros vídeos donde donde analizamos

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esta temática que es la de juridicidad

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recuerdas que es una conducta contraria

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a derecho y que existen dos sentidos de

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la antijuridicidad el sentido material y

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el sentido formal el sentido material

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que es el que se acredita con la

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tipicidad

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porque automáticamente recuerda que

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cuando se acredita la tipicidad se

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acredita la antijuridicidad material es

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decir la lesión o puesta en peligro del

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bien jurídicamente tutelado como en este

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caso la vida la integridad física o el

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patrimonio al acreditarse la tipicidad

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recuerda automáticamente se acredita la

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antijuridicidad material pero recuerda

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que hay otro sentido de antijuricidad

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que es el sentido formal es decir

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debemos verificar si nuestra conducta

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realmente va en contra de lo que

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establece la norma o bien si concurre a

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nuestro favor alguna causa que

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justifique nuestra conducta me refiero a

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las causas de justificación cuando

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nuestra conducta está permitida siempre

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y cuando se haya verificado en

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determinadas circunstancias por ejemplo

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las causas de justificación cent son

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varias como por ejemplo la legítima

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defensa el estado de necesidad el

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cumplimiento de un deber el ejercicio de

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un derecho el impedimento legítimo y la

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obediencia jerárquica

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si concurre en cualquiera de estos

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elementos evidentemente estaremos

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jurídicamente legitimados o facultados

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para poder salvaguardar un bien jurídico

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determinado pudiendo ser el nuestro o

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pudiendo ser el de cualquier otra

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persona bien vamos a iniciar entonces

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con el primer elemento de las causas de

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justificación que es la legítima defensa

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empezando por el concepto de legítima

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defensa o más bien la denominación de

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legítima defensa es correcto

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establecerlo así porque anteriormente se

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manejaba otro concepto que era defensa

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propia no no es correcto este término en

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atención a que hoy día la ley nos

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faculta no solamente para poder defender

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nuestro nuestro bien jurídico vida

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integridad física sino el de otra

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persona ya sean familiares amigos o

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cualquier persona que se encuentre

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amenazada de un peligro real un peligro

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inminente nosotros podemos intervenir en

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la misma norma nos está legitimando para

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que podamos

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puedes llevar a cabo esa conducta ese

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tipo de conducta entonces el término

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correcto hay que dejar a un lado ese

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término de defensa propia el término

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correcto es legítima defensa' que es la

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legítima defensa bueno la legítima

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defensa concretamente consiste en

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repeler una agresión real actual e

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inminente de la cual pues hemos sido

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objeto evidentemente sin derecho alguno

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en ese momento identificamos tres

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elementos que considero son los más

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importantes en primero en primer término

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la agresión debe de ser real qué

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significa cuando dice agresión real

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bueno que debemos exceptuar no aquellas

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agresiones figurativas que alguna

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persona se pudo elaborar mentalmente de

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manera incorrecta por supuesto ya sea

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porque sea ya sea porque se trate de una

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persona perdón con alguna especie de

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psicosis o que a lo mejor ya haya sido

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agredido en otras ocasiones y que al

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momento de encontrarse en un determinado

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lugar esperando el autobús se le acerque

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otra para preguntarle la hora y que muy

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sospechosamente pues se le acerque tanto

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al grado de que esta persona pues este

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re se imaginen lo que va a ser agredida

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y entonces produzca o es una agresión

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lesionándola o causándole algún daño o

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alguna lesión en este sentido pues la

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persona a lo mejor simplemente le iba a

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preguntar la hora o simplemente le iba a

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preguntar

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respecto de qué ruta tomar o qué autobús

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tomar etcétera entonces la agresión debe

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de ser reactiva debe de ser real en el

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sentido de no tratarse de elaboraciones

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ficticias de el sujeto que probablemente

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va a ser agredido 2 además dice la ley

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que debe de ser actual es decir tanto en

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la agresión como la respuesta deben de

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ser actuales

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una persona que es agredida en el

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momento debe de dar respuesta a esa

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agresión no no podemos considerar como

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una legítima defensa cuando la persona

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una vez que fue agredida pasan dos o

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tres minutos o más tiempo para que pueda

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ir a lo mejor por el arma para que pueda

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ir a lo mejor por un objeto para poder

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llevar a cabo un acto de venganza que

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más bien sería un acto de venganza

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entonces la el requisito la

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característica de actual se refiere a

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que tanto la agresión como la

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contestación debe de ser inmediatamente

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no prácticamente casi en el mismo

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momento en el que se está verificando la

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agresión en ese mismo momento se debe de

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dar contestación a la agresión

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a eso se refiere como que la agresión

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tener que ser actual pero no solamente

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la agresión sino también la contestación

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como hemos mencionado se requiere un

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tercer elemento que es

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eminencia de selección real actual

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inminente que significa inminente bueno

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lo inminente es sinónimo de inevitable

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lo inminente es algo inevitable es algo

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que no puedes evitar con algún otro

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movimiento o con alguna otra situación

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que tú pudieras llevar a cabo sino más

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bien la única forma que te queda de

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evitar esa ese inminente golpe o esa

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inminente daño en tu bien jurídico vida

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o integridad física o de cualquier otra

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persona que se encuentre en ese peligro

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pues es evidentemente dando contestación

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da repeliendo esa agresión si tú no

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llevas a cabo ese ejercicio de repeler

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la agresión pues no existe otra forma en

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la cual se pueda evitar la causación de

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esa edad y consumar por supuesto la

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causación de esa edad no evidentemente

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que pues también las legislaciones nos

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hablan de las presunciones no cuando se

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presume o se equipara a la legítima

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defensa específicamente cuando se

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a la invasión a tu domicilio cuando tú

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te encuentras en tu domicilio o en el

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domicilio de cualquier otra persona y el

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invasor está tratando de fracturar la

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chapa y en el momento en el que está

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entrando o bien está escalando el muro y

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en el momento en el que está entrando

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dice la ley que tú puedes causarle el

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daño que sea al invasor lo cual no

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estaría muy de acuerdo en ese sentido

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dado que habrá que tener cuidado con ese

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con ese concepto que establece el

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legislador específicamente cuando dice

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le puedes causar el daño que sea al

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invasor oa la persona que en el momento

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mismo de estarse verificando la invasión

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dice la ley le causa es el daño que se

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ha consideró que habría que tener

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cuidado porque podríamos estar ante los

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excesos de la legítima defensa

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y cuál es cuáles serían o cómo podríamos

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saber cuando estamos ante un exceso de

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legítima defensa bueno conociendo uno de

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los límites básicos de la legítima

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defensa que es la racionalidad del medio

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empleado ese es uno de los límites

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básicos de la legítima defensa la

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racionalidad del medio empleado sí o sea

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que una persona que está que está

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invadiendo que está entrando a tu

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domicilio y si tú acaso tuvieses un arma

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pues no le vas a disparar inmediatamente

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a la cabeza o si tuvieras un bastón no

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le vas a dar inmediatamente la cabeza

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con la finalidad de privarlos de la vida

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en forma inmediata

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aquí la racionalidad del medio empleado

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pues bueno se enfocan a que a lo mejor

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pudieras hacer una advertencia un

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disparo de advertencia no para que si

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ves que no logran disuadir si ves que tu

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conducta no logra disuadir al sujeto

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pues bueno entonces a lo mejor sigue a

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ser un tanto más directo enfocándote a

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lo mejor a partes no vitales es muy

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complejo es uno de los temas más álgidos

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y que causan más controversia dado que

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pues se parte de la idea de que primero

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tienes que ser agredido para que te

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encuentres legitimado a dar contestación

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a esa agresión pero en muchas ocasiones

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pues bueno la persona agredida

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sencillamente pierde la vida por esperar

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esa agresión entonces hay mucha

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controversia en determinados o más bien

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en muchos casos no aunque se ha

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analizado el tema de la legítima defensa

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pero bueno ahí están los elementos más

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importantes para que podamos

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identificarla por lo menos de manera

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didáctica y bueno ya el tema del

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análisis

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los casos pues se tendría que ser de

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manera muy específica muy particular el

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tiempo nos da para analizar otro

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elemento que es muy sencillo nos

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referimos al estado de necesidad

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el estado de necesidad consiste en

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sacrificar no un bien jurídico tutelado

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de menor jerarquía para salvaguardar un

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bien jurídico de mayor jerarquía es

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decir que tú sacrificas el patrimonio

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para salvar el bien jurídico vida si una

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persona se está ahogando en un en un

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determinado lugar y no hay más que un

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cuarto o una oficina o una camioneta en

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donde tengas que romper el cristal

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tengas que forzar una chapa para poder

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entrar y a lo mejor sacar una cuerda o a

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lo mejor sacar un salvavidas y así poder

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auxiliar a la persona pues bueno

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evidentemente estará exento de la

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responsabilidad en cuanto a haber

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causado esos daños porque pues estaba

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precisamente salvaguardando un bien

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jurídico de mayor jerarquía hay un

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ejemplo que se que se maneja mucho en

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clase el ejemplo de la avioneta del o

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del avión que está perdiendo el control

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y que es urgente que el piloto pues

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aterrice y entonces pues no le queda

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otra más

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y aterrizar a lo mejor en campos de

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cultivo oa lo mejor un campo de golf

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entonces ahí pues está produciendo un

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daño imagínense un campo de golf lo que

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lo que costaría o un campo de cultivo lo

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que el año que pudiera producir en ese

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campo de cultivo evidentemente queda

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exento porque está sacrificando estás

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dañando pues un bien jurídico de menor

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jerarquía para salvar para salvaguardar

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un bien jurídico de mayor jerarquía este

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estado de necesidad se conoce como

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estado de necesidad

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exculpan perdón justificante

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es decir a nivel de la de la

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antijuridicidad estado de necesidad

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justificante porque hay otro estado de

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necesidad exculpante que ya lo habíamos

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comentado cuando analizamos el tema de

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la culpabilidad cabe mencionar que en el

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supuesto que mencionábamos anterior de

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la legítima defensa pues ésta tanto como

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el estado necesidad se pueden hacer

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valer en cualquier fase del proceso no

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es necesario llegar a la sentencia

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definitiva para que la podamos hacer

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valer bueno pues ahí están los dos

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elementos

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considero yo que es importante entender

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los así de una manera básica para que

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podamos tener la idea y bueno a partir

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de eso podamos ya analizar de manera

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concreta y específica cada uno de los

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casos pues en el siguiente vídeo nos

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vamos a enfocar a los otros cuatro que

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nos hacen falta porque pues si están un

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poquito esté complicado no abordarlos en

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un solo vídeo pues espero haber sido

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claro como siempre en los conceptos me

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dio mucho gusto saludarte hasta la

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próxima

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