ANTIJURIDICIDAD.
Summary
TLDREste vídeo, presentado por Oscar Arias Valencia Matías, se enfoca en la teoría del delito y los elementos necesarios para que una conducta sea considerada delictiva. Se explica que, aunque la teoría ha evolucionado de siete a tres elementos fundamentales (tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad), es esencial comprender los siete elementos clásicos. Se discute la importancia de la tipicidad y cómo la antijuridicidad material y formal juega un papel crítico en la determinación de una conducta delictiva. Además, se exploran las normas prohibitivas, imperativas y permisivas, y cómo las causas de justificación pueden influir en la antijuridicidad de una acción.
Takeaways
- 😀 El vídeo es una continuación del análisis de los elementos del delito.
- 📚 Se explica que la teoría del delito se centra en los elementos que hacen que una conducta sea considerada delictiva.
- 🔍 Se menciona que originalmente se requerían siete elementos para que una conducta fuera considerada delictiva, pero esta teoría ha evolucionado.
- 📉 La teoría actual solo requiere acreditar tres elementos fundamentales: tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.
- 🏛️ Se define la tipicidad como la relación entre la conducta y la descripción típica de un delito.
- 🚫 La antijuridicidad se explica como la contrariedad de una conducta con el derecho.
- 📜 Se detalla que las normas pueden ser prohibitivas, imperativas o permisivas y cómo influyen en la antijuridicidad.
- 🛡️ Se discute la importancia de las causas de justificación, como la defensa legítima, que pueden negar la antijuridicidad formal.
- 🔎 Se enfatiza la necesidad de acreditar tanto la antijuridicidad material como formal para que una conducta sea delictiva.
- 📝 Se resalta que la falta de acreditación de cualquier elemento del delito puede invalidar la acusación penal.
- 🗣️ El vídeo invita a los espectadores a participar con preguntas y comentarios para profundizar en el tema.
Q & A
¿Qué es la teoría del delito según el vídeo?
-La teoría del delito trata de establecer qué elementos deben concurrir en una conducta para que ésta pueda ser considerada como delictiva.
¿Cuál es la evolución de los elementos que se consideran necesarios para definir un delito?
-Inicialmente se requerían siete elementos, pero la teoría ha evolucionado y ahora se considera que son necesarios solo tres elementos: tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.
¿Qué se entiende por 'conducta' en el contexto de la teoría del delito?
-La 'conducta' es el primer elemento de la teoría atómica del delito y se refiere a la acción o omisión que se está analizando desde la perspectiva de la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad.
¿Qué elementos se analizan en la tipicidad del delito?
-En la tipicidad del delito se analizan los elementos objetivo, subjetivo, normativo específico y, a veces, el normativo y subjetivo específico.
¿Qué es la antijuridicidad y cómo se relaciona con la tipicidad?
-La antijuridicidad es la cualidad de una conducta de ser contraria al derecho. Se relaciona con la tipicidad porque cuando se acredita la tipicidad de una conducta, automáticamente se está diciendo que esa conducta es antijurídica.
¿Cuáles son los tipos de normas según Cardini, Karl Binding y cómo se relacionan con la antijuridicidad?
-Los tipos de normas son prohibitivas, imperativas y permisivas. La antijuridicidad se relaciona con estas normas porque una conducta es antijurídica si va en contra de una norma prohibitiva o imperativa, pero no necesariamente si concurre una norma permisiva.
¿Qué se debe acreditar para demostrar la antijuridicidad material y formal de una conducta?
-Para la antijuridicidad material se debe acreditar la lesión o peligro al bien jurídico, mientras que para la antijuridicidad formal se debe demostrar que la conducta va en contra de la norma, es decir, no hay una causa de justificación que la haga compatible con el derecho.
¿Qué son las 'causas de justificación' y cómo afectan la antijuridicidad?
-Las 'causas de justificación' son situaciones como la legítima defensa, el estado de necesidad, el cumplimiento de un deber, el ejercicio de un derecho o la obediencia jerárquica que pueden hacer que una conducta, aunque tenga antijuridicidad material, no tenga antijuridicidad formal.
¿Por qué es importante diferenciar entre la tipicidad y la antijuridicidad del delito?
-Es importante diferenciar entre la tipicidad y la antijuridicidad porque la tipicidad solo establece que la conducta es del tipo delito, mientras que la antijuridicidad determina si la conducta es realmente contraria al derecho, considerando las posibles causas de justificación.
¿Qué ocurre si no se acredita la antijuridicidad formal de una conducta?
-Si no se acredita la antijuridicidad formal, la conducta no se considera delictiva, ya que la falta de una de las causas de justificación hace que la conducta no esté contraria al derecho, a pesar de tener una tipicidad delictual.
Outlines
📚 Introducción al Análisis de Elementos del Delito
El vídeo comienza con una introducción por parte de Oscar Arias Valencia, quien presenta el tema del análisis de los elementos necesarios para que una acción sea considerada delictiva. Se menciona la teoría del delito, que se centra en definir los elementos que deben estar presentes en una conducta para que pueda ser calificada como un delito. Se hace referencia a la evolución de la teoría, pasando de los siete elementos tradicionales a los tres elementos actuales de la teoría atómica del delito: tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad. Se enfatiza la importancia de entender estos elementos y cómo se han reestructurado para analizar la conducta delictiva.
📖 Tipicidad y Antijuridicidad en el Derecho Penal
En este párrafo, se detalla la segunda parte del análisis de los elementos del delito, centrando la discusión en la tipicidad y la antijuridicidad. Se explica que la tipicidad se refiere a si una conducta es del tipo descrito por la ley penal, mientras que la antijuridicidad se refiere a si la conducta va en contra del derecho. Se discute la relación entre las normas prohibitivas, imperativas y permisivas y cómo estas influyen en la determinación de la antijuridicidad. Se enfatiza la importancia de diferenciar entre la antijuridicidad material (lesión al bien jurídico) y la formal (contradicción con la norma).
🛡 Análisis de la Antijuridicidad y Causas de Justificación
El tercer párrafo profundiza en el análisis de la antijuridicidad, destacando la necesidad de acreditar tanto el aspecto material como el formal para que una conducta pueda ser considerada delictiva. Se introducen las causas de justificación, como la defensa legítima y el estado de necesidad, como normas permisivas que pueden negar la antijuridicidad formal si se demuestra que la conducta estaba justificada. Se enfatiza la importancia de la prueba concreta para acreditar la existencia de una causa de justificación y cómo esto puede influir en la determinación final del delito.
Mindmap
Keywords
💡Elementos del delito
💡Teoría atómica del delito
💡Tipicidad
💡Antijuridicidad
💡Culpabilidad
💡Elementos del tipo
💡Normas prohibitivas
💡Normas imperativas
💡Normas permisivas
💡Causas de justificación
💡Elementos negativos del delito
Highlights
El análisis de los elementos del delito es crucial para determinar si una conducta es considerada delictiva.
La teoría del delito se centra en establecer los elementos necesarios para que una conducta sea considerada un delito.
Inicialmente, se requerían siete elementos para que una conducta pudiera ser considerada como delictiva.
La teoría evolucionó de los siete elementos a la actual teoría atómica del delito, que requiere solo tres elementos: tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.
El primer elemento de la teoría atómica es la conducta, que se analiza desde una perspectiva básica para el análisis de la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.
La tipicidad se distingue entre tipo penal y tipicidad, con cuatro elementos que pueden concurrir en el tipo penal.
Los elementos del tipo penal son una subcategoría de los elementos del delito y son necesarios para acreditar la tipicidad.
El segundo elemento de la teoría atómica es la directriz atómica, que se refiere a la antijuridicidad.
Para que una conducta sea delictiva, debe ser típica, antijurídica y culpable.
La antijuridicidad es una conducta contraria al derecho, que puede ser de tres tipos: prohibitivas, imperativas y permisivas.
Las normas prohibitivas son las que describen el tipo penal y están prohibidas de manera supralegal.
Las normas imperativas son aquellas que obligan a realizar una acción, como el auxilio en caso de peligro.
Las normas permisivas permiten realizar ciertas conductas bajo ciertas condiciones, como la legítima defensa.
Para acreditar la antijuridicidad, se necesitan dos aspectos: material y formal.
La antijuridicidad material se refiere a la lesión o peligro al bien jurídico, mientras que la formal es la relación de contradicción con la norma.
Si se acredita la tipicidad, automáticamente se acredita la antijuridicidad material, pero se debe verificar la antijuridicidad formal.
La antijuridicidad formal se acredita si no concurre ninguna causa de justificación, como la legítima defensa o el estado de necesidad.
Las causas de justificación son normas permisivas que pueden anular la antijuridicidad formal si se demuestran con pruebas concretas.
Si no se acredita la antijuridicidad formal, la conducta no se considera delictiva, incluso si es típica y culpable.
En el derecho penal, se requieren todos los elementos que exige la ley; faltando uno, el delito no se acredita.
Transcripts
hola qué tal te doy la bienvenida a este
nuevo vídeo mi nombre es oscar arias
valencia matías y bueno vamos a
continuar con el análisis de los
elementos del delito recuerda que
estamos en eso estamos en el estudio de
los elementos que deben concurrir para
que una conducta sea considerada como
delictiva me refiero pues a la teoría
del delito recuerda que la teoría del
delito trata precisamente de eso no de
darnos las características de darnos los
elementos las definiciones
y que deben concurrir en una determinada
conducta para que ésta puede ser
considerada como delito y qué acciones
son llamados elementos positivos o en su
caso algunos elementos que puedan
concurrir para que no se considere como
conducta delictiva es decir me refiero a
los elementos negativos del delito así
lateral el delito recuerda que
recapitulando un poquito la información
de los vídeos que hemos analizado la
teoría del delito va a establecer que se
requerían en un principio siete
elementos debían de concurrir siete
elementos para que se pudiera considerar
como conducta delictiva y que se crea la
teoría eta atómica y bueno
posteriormente esta teoría va
evolucionando el analizamos en un vídeo
muy breve en la cual observamos que de
siete elementos pasa a evolucionar a 6
543 que es la actual teoría vigente que
son tres elementos de viatri atómica del
delito en la cual establece que es
necesario solamente acreditar tipicidad
antijuridicidad y culpabilidad como
elementos del delito sí sin embargo
manifestamos que vamos a analizar o que
vamos a comentar sobre los siete
elementos dado que los mismos pues no
desaparecieron sino más bien se
reestructuraron de esta forma es como
analizamos el primer elemento de la
teoría atómica que es la conducta pero
ahora ya no lo analizamos como elementos
sino lo analizamos desde la perspectiva
de una conducta básica
un concepto base sobre el cual descansa
el análisis de la tipicidad de la
antijuridicidad y de la culpabilidad a
si analizamos a la acción a la omisión y
posteriormente analizamos a la tipicidad
recordarás que en la tipicidad
distinguimos entre entre lo que es tipo
penal y tipicidad analizamos los cuatro
elementos que pudieran concurrir en el
tipo penal si es que legislador te los
exige recuerdas el elemento objetivo
subjetivo normativo específico y perdón
normativo y subjetivo específico
ojo no confundirse con los elementos del
tipo que son
los elementos del tipo es una
subcategoría a los elementos del delito
es decir la tipicidad y si es un
elemento del delito pero la tipicidad
para su acreditación requiere que
conozcas los elementos del tipo entonces
no nos vayamos a confundir con los
elementos del tipo y los elementos del
delito son dos cosas completamente
diferentes
en ese sentido entonces llegamos al
segundo elemento de la teoría tree
atómica segundo elemento del delito de
la directriz atómica nos referimos a la
antijuridicidad
para que una conducta sea delictiva se
requiere que sea típica pero también
antijurídica y culpable
estamos en el segundo elemento entonces
ya acreditamos la tipicidad bien ahora
debemos acreditar debemos verificar si
esa conducta es antijurídica si
la antijuridicidad es una conducta
contraria a derecho de anti contra el de
yunís derecho contra derecho tu conducta
va en contra del derecho si el derecho
te dice no mates nos roben o lesiones tu
conducta hace lo contrario entonces
estás contrariando el derecho claro hay
que tomar en cuenta lo siguiente según
cardini karl binding en la teoría de la
norma establece que son tres tipos de
normas las normas prohibitivas las
normas imperativas y las normas
permisivas
las normas prohibitivas como su nombre
lo dice son aquellas que te van a
prohibir una determinada conducta
sin embargo en el derecho penal recuerda
que la prohibición no es de manera
expresa porque los tipos penales no
prohíben en sí de manera expresa más
bien si prohíbe pero no de manera
expresa
determinadas conductas
recordarás que un tipo penal es una
descripción típica no es una conducta
que te dice no robes no mates no
lesiones en donde encontramos la
prohibición karvinen dice que la
prohibición es supralegal primero el
tipo pena ante establece o te describe
la conducta comete el delito de visible
que priva de la vida a otro luego en
párrafos posteriores o artículos
posteriores se establece una penalidad
al que comete el delito de homicidio
básico intencional etcétera cualquier
clasificación se le aplicarán de 13 a 20
años de prisión esto significa que esa
conducta que esa descripción que te está
dando la ley o el legislador
evidentemente está prohibida si es
castigable quiere decir que está
prohibida por lo tanto la norma
prácticamente te está diciendo no mates
no robes novio les pero de manera
supralegal bien hay normas imperativas
que te ordenan si cuáles son por ejemplo
el auxilio si tú no auxiliares a la
persona que atropella hazte oa la
persona que se encuentra en un peligro
real en un peligro inminente siempre y
cuando dentro de tus posibilidades claro
entonces estás cometiendo el delito de
omisión entonces la ley te está
obligando te está ordenando que lo
ayudes son las normas imperativas y la
tercera que nos interesa para la
temática son las normas permisivas son
aquellas normas que te permiten realizar
determinada conducta
bajo ciertas
características de manera muy estricta
se deben de cumplir de manera muy
estricta nos referimos
a las normas permisivas como las causas
de justificación o bien la
antijuridicidad entonces para que tú
puedas tener por acreditada la
antijuridicidad para que tú puedas
considerar que tu conducta es
antijurídica necesitas acreditar dos
tipos de antijuridicidad o dos aspectos
de la antijuridicidad el aspecto materia
y el aspecto formal
generalmente casi siempre por no decir
creo que en todas las veces que
acreditas la tipicidad se acredita la
antijuridicidad material que es la
antijuridicidad material en la relación
de contradicción perdón esa es la forma
la antijuridicidad material es la lesión
del bien jurídico lesionar el bien
jurídico o ponerlo en peligro ya sabes
que hay delitos de peligro entonces
antijuridicidad en sentido material
lesionar el bien jurídico o ponerlo en
peligro
aquí tenemos que ser muy analíticos
porque
porque cuando nosotros acreditamos la
tipicidad a través del acreditamiento de
los cuatro elementos y es que el tipo
penal te lo exige o si no solamente tres
o solamente dos
supongamos que el juzgador en su
sentencia se ha llevado cinco 10 15
hojas
analizando cada elemento objetivo o
subjetivo normativo o subjetivo
específico y acreditando con cada medio
de prueba cada elemento
al grado de que llega a una conclusión
de que se tiene por acreditada la
tipicidad y bien en ese momento
automáticamente estamos acreditando la
antijuridicidad porque porque la
conducta típica es una conducta
antijurídica si si la norma dice que
privar de la vida es una conducta que se
considera como un delito pues es un
delito en sí evidentemente que esa
conducta va contra el derecho entonces
estamos hablando de una conducta
antijurídica cuando se acredita ojo
cuando se acredita la tipicidad
automáticamente se está acreditando que
tu conducta también es contra derecho
si la tipicidad por ende acredita la
antijuridicidad entonces que se analiza
en el capítulo de antijuridicidad y
reitero al acreditarse en la tipicidad
acredita este prácticamente en la
antijuridicidad pues lo que se debe
acreditar en el capítulo de
antijuridicidad
es si la antijuridicidad
formal se está acreditando que es la
antijuridicidad formal hay si la
relación de contradicción es decir que
contradice es la norma con tu conducta
relación de contradicción de la norma
con tu conducta tu conducta es contraria
a derecho o no
entonces cabe una pregunta si primera la
vida sin lesiones y danielle se acreditó
la antijuridicidad material de educa y
tipicidad es decir se acreditó la
tipicidad mi conducta es típica por ende
automáticamente mi conducta es
antijurídica puesto que ahí está el
cadáver puesto que ahí está lesionado
puesto que ahí están los daños
antijuridicidad material lesión del niño
jurídico puesto en peligro
sin embargo recuerda que hay normas
permisivas es decir te permito que
realices determinada conducta a través
de la cual puedes dañar o lesionar los
bienes jurídicos ejemplo legítima
defensa si ahí está la persona muerta
pero resulta que yo la pruebe de la vida
porque
me defendí legítimamente defendí mi
derecho muy bien jurídico vida o el de
otro o la integridad física de otro o
mía y al momento de repeler esta
agresión real actual inminente
produce producto se produce perdón una
lesión al bien jurídico tutelado
entonces si ahí está el muerto ahí está
el cadáver ahí existe antijuridicidad
material dado que hay tipicidad sin
embargo no se acredita la
antijuridicidad formal dado que concurre
una norma permisiva en otras palabras
estamos hablando de las causas de
justificación que analice entonces el
juez en el capítulo de la
antijuridicidad lo que analiza es si
concurren o no las causas de
justificación en favor del procesado
y es en eso se basa el análisis de la
antijuridicidad por ende si no concurren
ninguna causa de justificación si la
defensa o si los hechos establecen que
no se deduce ninguna causa de
justificación por en el juzgador en
prácticamente dos o tres síndromes
tendrá por acreditada la antijuridicidad
dado que no existe ninguna causa de
justificación por analizar en favor de
el procesado y casos de justificación
legítima defensa estado de necesidad
cumplimiento de un deber ejercicio en
derecho obediencia jerárquica
todas ellas son causas de justificación
y se integran como normas o se
consideran como normas permisivas por
supuesto que no es tan fácil obviamente
deben existir datos de prueba concretos
o medios de prueba concretos a través de
los cuales
se acredite de manera muy precisa muy
quirúrgica que efectivamente ejerciste o
ejerces esa esa norma permisiva entonces
para que se acredite la antijuridicidad
se necesitan de los dos sentidos el
material el formal de lo contrario si
sólo se acredita el sentido material y
no el formal dado que incurre una norma
permisiva por ende tu conducta ya no es
contraria no obstante que private de la
vida pero ya no es contraria a derecho
porque la norma te lo permite en ese
sentido no se tendrá por acreditado el
segundo elemento que es la
antijuridicidad y por ende recuerda que
en materia penal se requieren de los
tres elementos o de todos los elementos
que te exige la ley faltando un solo
elemento ya no se tendrá por acreditado
el delito no es suficiente que tu
conducta sea típica se requiere que se
antijurídica y culpable entonces si no
se acredita la antijuridicidad formal no
se acredita la antijuridicidad y por
ende no es una conducta delictiva
dado que concurren estas causas de
justificación que a su vez son los
elementos negativos del delito que los
vamos a analizar en vídeos posteriores
porque pues si requiere son un tanto
extensas ok pues bueno al igual que
algunos vídeos se nos ha alargado un
poquito pero como lo he comentado vale
la pena dado que estos elementos pues
son importantes espero haber sido claro
en este concepto de antijuridicidad y
cualquier duda o comentario estoy a tus
órdenes hasta luego me dio gusto
saludarte
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