Obligaciones civiles concepto, elementos y características

Álvaro Ortiz Monsalve
12 Apr 202121:38

Summary

TLDRÁlvaro Ortiz Monsalve, abogado y profesor de la Universidad Nacional de Colombia, inicia una serie de conversaciones sobre el derecho civil, enfocada en las obligaciones civiles. Explora el concepto de obligación, sus elementos y características, y la diferencia entre obligaciones y deberes jurídicos. Destaca la importancia de la coerción y la valoración patrimonial en las obligaciones, y cómo se extinguen. Propone temas de investigación para futuras sesiones, enfocándose en la clasificación de las obligaciones y su regulación en diferentes códigos legales.

Takeaways

  • 📚 El vídeo es una introducción al derecho civil, enfocado en las obligaciones civiles y sus diversos aspectos.
  • 👨‍🏫 Álvaro Ortiz Monsalve, abogado y profesor de la Universidad Nacional de Colombia, conduce esta serie de conversaciones.
  • ⏱ Cada video durará aproximadamente 20 minutos, abordando temas específicos sobre las obligaciones civiles.
  • 🔍 Se explorará el concepto de obligación civil, sus elementos, características y cómo se extinguen.
  • 💡 Se hace una distinción entre el uso común de la palabra 'obligación' y su concepto jurídico técnico.
  • 👥 Se define la obligación como un vínculo jurídico entre dos sujetos: el acreedor y el deudor.
  • 🔑 Los elementos fundamentales de una obligación son los sujetos, el objeto (conducta que debe realizarse) y la relación entre ellos.
  • 🏛️ Se destaca la coerción como un elemento diferencial del concepto de obligación en el derecho, permitiendo la acción judicial en caso de incumplimiento.
  • 💼 Se mencionan las características de las obligaciones: jurídica, personal y patrimonial, y cómo estas se diferencian de los deberes jurídicos.
  • 🔄 Se discute la extinción de las obligaciones, contrastando la finalización de una obligación con la perpetuidad de ciertos deberes jurídicos.
  • 🏢 Se invita a los espectadores a reflexionar sobre la aplicación práctica de las obligaciones en el Código Civil y el Código de Comercio.

Q & A

  • ¿Qué es el derecho civil y qué trata el video sobre este tema?

    -El derecho civil es una rama del derecho que regula las relaciones entre particulares. El video trata sobre el concepto y elementos de las obligaciones civiles en sus diversos aspectos.

  • ¿Cuál es la definición técnica del término 'obligación' según el derecho civil?

    -La obligación se define técnicamente como el vínculo jurídico entre dos sujetos, el acreedor y el deudor, en virtud del cual el primero puede exigir al segundo la realización de una conducta denominada prestación.

  • ¿Cuáles son los elementos que estructuran una obligación civil según el video?

    -Los elementos que estructuran una obligación civil son los sujetos, el objeto y la relación entre esos sujetos y el objeto.

  • ¿Qué se entiende por sujetos en el contexto de las obligaciones civiles?

    -Los sujetos en el contexto de las obligaciones civiles se refieren a las personas físicas o personas naturales entre las cuales se crea la relación directa.

  • ¿Cómo se define el objeto de una obligación civil?

    -El objeto de una obligación civil no es una cosa material, sino la conducta que debe realizar el deudor en favor del acreedor, que puede ser un hacer, un no hacer o una prestación.

  • ¿Qué características deben tener las obligaciones civiles para ser identificadas como tales?

    -Las obligaciones civiles deben tener una característica jurídica, una característica patrimonial y una característica personal.

  • ¿Qué diferencia hay entre una obligación y un deber jurídico según lo explica el video?

    -Una obligación es una relación jurídica que puede ser exigida coactivamente y tiene un carácter patrimonial, mientras que un deber jurídico es una conducta que nos impone hacer o no hacer algo, pero no necesariamente tiene un carácter patrimonial ni se puede exigir coercitivamente.

  • ¿Cómo se extingue generalmente una obligación civil?

    -Una obligación civil generalmente se extingue con su cumplimiento, es decir, cuando se realiza la prestación que se requería.

  • ¿Cuál es la diferencia entre derechos reales y obligaciones en el derecho civil?

    -Los derechos reales actúan directamente sobre la cosa y su destrucción extingue la relación, mientras que las obligaciones no actúan directamente sobre la cosa sino que la conducta del deudor recae sobre cosas o no tiene un objeto material en algunos casos.

  • ¿Qué actividades prácticas se sugieren al final del video para profundizar en el tema de las obligaciones civiles?

    -Se sugiere investigar en qué artículos del código civil se utiliza inadecuadamente el término obligación y cómo se regulan las obligaciones en el código civil y en el código de comercio.

Outlines

00:00

📚 Introducción al Ciclo de Obligaciones Civiles

Álvaro Ortiz Monsalve, abogado y profesor de la Universidad Nacional de Colombia, presenta el ciclo de videos sobre el derecho civil. En esta introducción, menciona los temas a tratar, como el concepto de obligaciones civiles, sus características, clases y las formas en que se extinguen. Además, se anuncia una nueva metodología que incluirá temas de investigación prácticos al final de cada sesión.

05:04

📘 Concepto y Elementos de la Obligación Civil

El autor introduce el concepto básico de obligación en el lenguaje común y su evolución hacia el uso técnico-jurídico. Menciona que una obligación implica siempre una relación entre sujetos y un objeto que es una conducta a realizar. Se destaca la coerción como un elemento jurídico que diferencia el concepto común del técnico. Finalmente, se presenta la definición romana de obligación como un vínculo jurídico que impone una conducta (dar, hacer o no hacer) entre un acreedor y un deudor.

10:05

⚖️ Elementos y Características de la Obligación

Se describen los tres elementos fundamentales de las obligaciones: los sujetos, el objeto y la relación entre ellos. El sujeto puede ser una persona natural o jurídica, y el objeto es la conducta que debe cumplir el deudor. Además, se clasifica la conducta en 'dar', 'hacer' o 'no hacer', vinculando el concepto con derechos reales y obligaciones. La relación entre las partes puede originarse por ley o acuerdo, creando un vínculo jurídico.

15:05

🧑‍⚖️ Características Jurídicas, Personales y Patrimoniales

Se exploran las características jurídicas, personales y patrimoniales de las obligaciones. Se enfatiza que las obligaciones son relaciones jurídicas que pueden ser exigidas coactivamente. Además, son de carácter personal, entre sujetos determinados, y tienen una dimensión patrimonial cuando implican una valoración económica. El ejemplo de la donación se usa para ilustrar cómo en ocasiones se puede transferir un bien sin valor monetario a cambio.

20:07

🔍 Diferencias entre Deber Jurídico y Obligación

El autor distingue entre deberes jurídicos y obligaciones, señalando que las obligaciones pueden ser exigidas coactivamente, mientras que los deberes jurídicos no, aunque su incumplimiento sí puede tener consecuencias legales. También se diferencia entre obligaciones, que se extinguen con su cumplimiento, y deberes jurídicos, que perduran en el tiempo. Se analizan los derechos reales y personales, destacando que los primeros afectan a todos, mientras que los segundos solo a las partes involucradas.

Mindmap

Keywords

💡Obligación civil

La 'Obligación civil' es un concepto central en el derecho civil que se refiere a la relación jurídica entre dos sujetos, donde uno tiene el derecho de exigir a otro la realización de una conducta o prestación. En el guion, se discute cómo la obligación civil se integra con el derecho y se define como un vínculo jurídico entre el acreedor y el deudor, donde el primero puede exigir al segundo la realización de una conducta.

💡Sujeto

El 'Sujeto' en el contexto de la obligación civil se refiere a las personas físicas o jurídicas que participan en la relación obligatoria. El sujeto acreedor tiene el derecho de exigir la prestación, mientras que el sujeto deudor tiene la obligación de cumplirla. En el guion, se menciona que estos sujetos deben estar determinados, ya sea desde el inicio de la obligación o al menos cuando se exige la prestación.

💡Objeto

El 'Objeto' de una obligación civil es la conducta que el deudor debe realizar en favor del acreedor. Este objeto no es una cosa material, sino la conducta que puede ser 'dar', 'hacer' o 'no hacer'. En el guion, se explica que el objeto es la conducta que el deudor debe realizar, que puede ser una acción directa o indirecta relacionada con los derechos reales.

💡Relación

La 'Relación' en el contexto de las obligaciones civiles se refiere a la conexión entre los sujetos y el objeto de la obligación. Esta relación puede ser establecida por la ley o por un acuerdo entre las partes. El guion destaca que esta relación es directa y no recae sobre cosas, sino que el acreedor está facultado para exigir al deudor que realice una conducta.

💡Características de la obligación

Las 'Características de la obligación' son rasgos que definen la naturaleza de la obligación civil. Estas incluyen la carácter jurídico, patrimonial y personal. El guion explica que una obligación tiene una connotación jurídica si puede ser exigida mediante la coerción estatal, es patrimonial si la prestación tiene una valoración económica y es personal si la relación es entre sujetos y no con cosas.

💡Coerción

La 'Coerción' es el elemento jurídico que permite que, en caso de incumplimiento de una obligación, el estado ejerza la fuerza para que la prestación se cumpla o se repare al acreedor. En el guion, se menciona que la coerción es un aspecto clave de la obligación civil, que la diferencia de otros tipos de deberes jurídicos.

💡Derechos reales

Los 'Derechos reales' son derechos que se relacionan directamente con una cosa y que producen efectos frente a todos. En el guion, se contrasta con el derecho personal, donde la obligación se refiere a una relación entre sujetos y no actúa directamente sobre la cosa. Se menciona que la destrucción de la cosa extingue el derecho real, mientras que la obligación se extingue con su cumplimiento.

💡Derecho personal

El 'Derecho personal', también conocido como obligación en el lenguaje común, se refiere a los derechos que surgen de relaciones personales entre sujetos. En el guion, se explica que estos derechos son distintos de los derechos reales, ya que su efecto recae solo entre los sujetos involucrados y no frente a todos.

💡Extinción de la obligación

La 'Extinción de la obligación' se refiere al proceso por el cual una obligación cesa de existir. Generalmente, se extingue con el cumplimiento de la prestación. El guion menciona que la obligación se extingue con su cumplimiento, a diferencia del deber jurídico, que permanece en el tiempo indefinidamente.

💡Codificación del derecho civil

La 'Codificación del derecho civil' es el proceso de sistematización de las normas jurídicas en un código. El guion sugiere que se analizarán los artículos del código civil y cómo se utiliza el término 'obligación', así como la diferencia en la regulación de las obligaciones en el código civil y en el código de comercio.

Highlights

Álvaro Ortiz Monsalve, abogado y profesor de la Universidad Nacional de Colombia, inicia una serie de conversaciones sobre el derecho civil, enfocándose en las obligaciones civiles.

El ciclo de videos aborda varios aspectos de las obligaciones civiles, con un duración promedio de 20 minutos cada uno.

Se explorará el concepto y elementos de la obligación civil, así como su clasificación y fuentes.

También se analizarán las formas de extinción de las obligaciones y se dará un enfoque práctico al final de cada video.

El primer tema discutido es el uso común del término 'obligación' y su concepto jurídico técnico.

Se define la obligación como un vínculo jurídico entre dos sujetos: el acreedor y el deudor.

Los elementos que estructuran la obligación son los sujetos, el objeto y la relación entre ellos.

El sujeto de la obligación se refiere a personas físicas o naturales que crean una relación directa.

El objeto de la obligación es la conducta que el deudor debe realizar en favor del acreedor.

La relación entre sujetos y objeto se establece por mandato legal o acuerdo de voluntades.

Las características de una obligación incluyen ser jurídica, patrimonial y personal.

Se diferencia la obligación del deber jurídico, ya que la obligación tiene un carácter patrimonial y puede ser coercitiva.

Se explica que la obligación se extingue con su cumplimiento, a diferencia del deber jurídico que persiste indefinidamente.

Se aclara la confusión entre derecho real y derecho personal, destacando que ambos son derechos subjetivos pero con efectos diferentes.

Se invita a los asistentes a la próxima sesión, donde se trabajará la clasificación de las obligaciones.

Se agradece la atención y se cierra el video con un mensaje de expectativa para futuras conversaciones.

Transcripts

play00:14

bienvenidos los saluda álvaro ortiz

play00:18

monsalve abogado de la universidad

play00:23

nacional de colombia egresado y profesor

play00:28

de su facultad de derecho ciencias

play00:31

políticas y sociales

play00:35

reiniciamos estas conversaciones sobre

play00:38

el derecho civil para tratar el tema

play00:42

referente a las obligaciones civiles en

play00:48

sus diversos aspectos

play00:51

este ciclo comprende varios vídeos de

play00:57

aproximadamente 20 minutos cada uno y

play01:00

los temas que vamos a trabajar

play01:02

consecutivamente van a ser para el día

play01:06

de hoy el concepto y elementos y

play01:09

características de la obligación civil

play01:13

posteriormente miraremos las diversas

play01:16

clases y clasificación que ha hecho la

play01:19

doctrina sobre las obligaciones

play01:23

sus fuentes el desarrollo de algunas de

play01:27

sus fuentes para finalmente mirar las

play01:31

formas como se extinguen y tratar de

play01:35

cada una de esas modalidades de

play01:38

extinción de las obligaciones

play01:41

para el día de hoy vamos a trabajar los

play01:45

siguientes temas primero el uso común

play01:49

del término obligación y ya el concepto

play01:54

jurídico que es un concepto

play01:57

eminentemente técnico la integración de

play02:01

las obligaciones con el derecho y luego

play02:05

precisaremos la definición clásica o

play02:08

usual para de esa misma definición

play02:12

determinar cuáles son sus elementos y

play02:15

cuáles son sus características

play02:20

en este nuevo ciclo vamos a propender

play02:24

por una nueva modalidad y el darle un

play02:27

contenido práctico para lo cual al

play02:30

finalizar

play02:31

cada conversación se dejarán dos o tres

play02:36

temas de investigación y al iniciar la

play02:40

conversación subsiguiente serán

play02:43

resueltas por quién les habla

play02:47

da un sí mismo al primer tema del curso

play02:50

de obligaciones civiles y mercantiles

play02:53

para tratar sobre

play02:57

la manera como se utiliza en el lenguaje

play03:00

como

play03:03

los invito a que recuerden un día común

play03:08

y corriente de cada uno de ustedes

play03:12

y traten de traer a la mente la palabra

play03:16

o las palabras más utilizadas

play03:21

van a encontrar entre ellas la palabra

play03:25

obligación

play03:27

la utiliza el estudiante cuando dice

play03:31

tengo que preparar un examen porque

play03:35

estoy obligado a pasar la materia

play03:40

la utiliza la madre de familia cuando

play03:44

formando a su hijo le dice está obligado

play03:49

a cumplir su deber es la utiliza el

play03:52

político cuando dice estamos obligados a

play03:55

ganar las elecciones y también la

play03:58

utiliza el deportista cuando con los

play04:02

mismos fines

play04:03

pero loables dice vamos a ganar el

play04:08

partido estamos obligados a no perder

play04:12

pero también lo utiliza la clase

play04:15

dirigente cuando dice

play04:18

los países hermanos están obligados a

play04:21

tener buenas relaciones

play04:25

y cuando usted ya tiene una relación

play04:28

jurídica de comprador vendedor de

play04:32

arrendador y arrendatario va a

play04:35

utilizarlo con un sentido técnico y dice

play04:39

yo comprador estoy obligado a pagar el

play04:43

precio

play04:45

yo arrendatario estoy obligado a pagar

play04:48

la renta mensual

play04:51

yo deudor financiero estoy obligado a

play04:54

pagarle al banco acreedor la obligación

play04:59

si nosotros nos detenemos vamos a

play05:03

encontrar que en todos estos ejemplos

play05:06

hay unos elementos comunes

play05:10

cuáles son

play05:12

una relación entre sujetos

play05:17

piense que no hay la obligación con uno

play05:20

mismo

play05:22

y vos hay un objeto que es una conducta

play05:25

que debe realizarse

play05:29

eso es el concepto tanto básico tanto en

play05:33

la vida real como en el derecho

play05:37

pero para que podamos precisar lo

play05:42

jurídicamente tendríamos que agregarle

play05:45

un elemento jurídico cuál es la coerción

play05:49

y sobre lo cual vamos a tratar a

play05:52

continuación pasemos ahora al concepto

play05:56

eminentemente técnico jurídico

play06:01

desde los romanos

play06:04

se ha definido la obligación como el

play06:07

vínculo jurídico entre dos sujetos

play06:11

1 el acreedor y otro el deudor en virtud

play06:16

del jugar el primero puede exigirle al

play06:19

segundo la realización de una conducta

play06:25

denominada prestación

play06:27

conducta que consiste en dar a hacer o

play06:32

no hacerlo

play06:33

a continuación vamos a tratar sobre los

play06:39

elementos que estructuran la obligación

play06:45

y luego sobre sus características

play06:51

son los elementos

play06:53

1 los sujetos

play06:57

2 el objeto y 3 la relación entre esos

play07:02

sujetos y el objeto

play07:05

el elemento subjetivo está referido a

play07:10

personas físicas o personas naturales

play07:15

entre ellos se crea la relación y es una

play07:19

relación directa no recae sobre cosas

play07:25

y en qué consiste esa relación en que el

play07:29

acreedor

play07:31

bien por ministerio de la ley o bien por

play07:34

el acuerdo de voluntades está facultado

play07:37

para exigirle al deudor que realice una

play07:42

conducta es decir una acción del hombre

play07:48

esos sujetos deben estar determinados

play07:53

bien desde el inicio para el deudor o

play07:57

para el acreedor mínimo cuando la

play08:00

obligación se haga exige el segundo

play08:04

elemento está referido al objeto el

play08:08

objeto no es una cosa material el objeto

play08:12

es la conducta que debe realizar el

play08:15

deudor en favor de ese acreedor y esa

play08:20

conducta en el lenguaje común

play08:23

es un hacer o no hacer es una hacer o

play08:28

una ascensión pero en materia

play08:32

técnico-jurídica ese hacer esa acción se

play08:37

divide en una prestación o conducta de

play08:41

edad una prestación o una conducta de

play08:45

hacer y finalmente la abstención no

play08:48

hacer y porque simplemente por razones

play08:52

técnicas para vincular la conducta la

play08:56

acción del ser humano con los derechos

play08:58

reales y en obligaciones esa conducta o

play09:02

prestación de la persona deudora se ha

play09:05

dividido en dar hacer y no hacer darles

play09:09

la ejecución de un hecho que está

play09:12

vinculado directamente a la constitución

play09:15

de un derecho real como la propiedad

play09:18

como el usufructo como la hipoteca oa su

play09:21

modificación oa su extinción y hacer las

play09:25

demás conductas que impliquen una

play09:26

transformación del mundo real

play09:29

independientemente de las que se

play09:31

vinculen con esos derechos reales y el

play09:35

no hacer es simplemente una abstención

play09:38

ya mirado el sujeto y el objeto

play09:42

busquemos cómo se relacionan se

play09:46

relacionan bien por mandato legal o bien

play09:50

por acuerdo de voluntades y ahí vamos a

play09:53

tener nosotros entonces el vínculo una

play09:56

relación ese vínculo aparece también en

play09:58

la en las relaciones de amistad pero por

play10:02

eso es necesario precisar sus

play10:04

características no es de carácter

play10:06

jurídico y pasemos en consecuencia a las

play10:09

características y empecemos diciendo que

play10:12

para poder identificar una obligación

play10:16

tenemos que mirar si tiene una

play10:19

característica jurídica si tiene una

play10:22

característica patrimonial y si cumple

play10:25

con una característica personal sobre la

play10:29

característica jurídica simplemente hay

play10:33

que entender qué se trata

play10:35

de prestaciones de conductas a las que

play10:39

el derecho les hace producir efectos

play10:43

jurídicos y en caso de ser incumplida se

play10:47

pueda acudir a la coerción a través del

play10:51

órgano judicial del estado para que esa

play10:54

prestación se cumpla o de no ser posible

play10:58

se repare integralmente a la persona

play11:03

acreedor

play11:05

lo jurídico entonces está referido a

play11:08

regulaciones específicas por el derecho

play11:10

y al poder ejercitarse en la cohesión a

play11:14

través de la acción y más

play11:16

específicamente poder acudir a una

play11:19

pretensión en un proceso y que el juez

play11:22

ordene que se cumpla o que se repare

play11:26

la otra característica está referida a

play11:29

la característica personal y subjetiva

play11:33

se trata aquí ya se desprende de lo

play11:37

anterior no de una relación de una

play11:41

persona con una cosa sino de una

play11:44

relación eminentemente personal estos

play11:48

sujetos ya lo hemos dicho personas

play11:51

naturales o personas jurídicas van a

play11:54

estar los primeros los deudores

play11:56

determinados desde el inicio de la

play11:58

obligación y los segundos mínimo cuando

play12:01

se vaya a exigir la prestación y

play12:04

queremos precisar esos sujetos pueden

play12:07

ser dos o pueden ser plurales ya más

play12:11

adelante miraremos cuando se presenta lo

play12:14

uno y cuando se presenta al otro y la

play12:18

tercera característica es la

play12:20

característica patrimonial

play12:23

aquí a qué nos referimos a que la

play12:25

conducta que se debe realizar en la

play12:28

obligación llamada prestación debe tener

play12:32

usualmente en la vida real una

play12:36

valoración pecuniaria por sí misma debe

play12:39

tener una valoración económica de ahí

play12:43

entonces que cuando hablamos nosotros

play12:46

por ejemplo del derecho fundamental de

play12:47

la libertad sabemos que sobre la

play12:50

libertad no puede haber ese objeto

play12:52

patrimonial de negociación obligatoria

play12:55

también en lo que respecta a las

play12:59

características patrimoniales es

play13:01

necesario tener en cuenta que muchas

play13:04

veces las partes

play13:06

regulan ese negocio o esa relación

play13:11

quitándoles el valor económico el

play13:14

ejemplo es sencillo si se trata de una

play13:17

compraventa de un celular sabemos

play13:20

nosotros que ese tiene un precio y que

play13:22

quien recibe la transferencia del

play13:25

dominio va a tener que pagar ese valor

play13:29

sin embargo las partes pueden transferir

play13:33

ese bien sin necesidad de que haya esa

play13:37

contraprestación económica como sucede

play13:40

en la donación uno saca de su patrimonio

play13:43

el celular y el otro no tiene que dar

play13:47

absolutamente nada a cambio

play13:52

finalmente si nosotros tomamos ese

play13:57

elemento y esas características vamos a

play14:00

poder diferenciar la obligación en

play14:04

primer lugar del deber del deber

play14:07

jurídico deber jurídico es toda conducta

play14:11

que nos impone un hacer o un no hacer

play14:15

ahora si ese deber jurídico tiene una

play14:19

connotación económica deja de ser deber

play14:24

jurídico y técnicamente se llama

play14:27

obligación 2

play14:29

[Música]

play14:30

el sentido pragmático de la obligación

play14:33

ahí cuando decimos que los amigos están

play14:37

obligados a ser leales vamos a ver que

play14:40

no se presentan los elementos o

play14:43

características que hemos señalado

play14:46

anteriormente primer lugar no hay ese

play14:49

carácter patrimonial y 2 no hay la

play14:53

coerción para que pueda presentarse esa

play14:55

lealtad

play14:57

y aquí es necesario volver a diferenciar

play15:01

con el deber jurídico los deberes

play15:04

jurídicos si tienen el elemento coerción

play15:09

pero no para que se realice la conducta

play15:13

sino para hacerle producir unos efectos

play15:19

tengamos en mente este ejemplo se dice

play15:22

que los cónyuges tienen que guardarse

play15:27

efe

play15:28

y para algunos

play15:31

tenemos algunos fundamentos para decir

play15:34

que no es así de ahí surge el deber de

play15:37

fidelidad

play15:39

qué pasa si ese deber de fidelidad se

play15:43

incumple jurídicamente no puede acudirse

play15:46

al juez para que se cumpla ni tampoco

play15:48

puede reclamarse una suma de dinero por

play15:51

ese incumplimiento

play15:54

pero el derecho establece una

play15:56

consecuencia jurídica y es que la

play15:59

persona que se considere afectada por

play16:02

ese incumplimiento puede solicitarle al

play16:05

juez que cese esa relación de carácter

play16:09

matrimonial

play16:10

en síntesis los deberes jurídicos como

play16:14

tales no se pueden exigir coactivamente

play16:17

aun cuando su quebrantamiento si genera

play16:21

consecuencias jurídicas mientras que la

play16:24

obligación si se puede exigir o

play16:28

activamente en su incumplimiento o una

play16:31

indemnización otra diferencia frente al

play16:35

deber jurídico nace de cuando se

play16:39

extingue el deber jurídico y cuando se

play16:42

extingue la obligación la obligación

play16:44

generalmente se extingue con su

play16:47

cumplimiento si usted paga la prestación

play16:50

se libera de esa relación en el deber

play16:53

jurídico permanece en el tiempo y usted

play16:56

como hijo tiene el deber de respetar a

play17:00

sus padres y no puede decir yo llevo

play17:03

diez años respetando lo y en

play17:05

consecuencia ya cumple no se mantiene

play17:08

indefinidamente en el tiempo desde luego

play17:12

mientras los sujetos existan porque si

play17:15

no hay sujetos

play17:17

obligación concluyamos diciendo que

play17:20

frente a los derechos reales hay unas

play17:24

diferencias que en el lenguaje común no

play17:28

los vemos y esa diferencia está referida

play17:32

a que en el derecho real actuamos

play17:35

directamente sobre la cosa y la

play17:38

destrucción de la cosa extingue esa

play17:41

relación mientras que frente a la

play17:43

obligación nosotros no actuamos

play17:46

directamente sobre la cosa en las

play17:49

obligaciones de dar la conducta del

play17:52

deudor recae sobre cosas en la vía ser

play17:55

muchas veces sí y en las de no hacer

play17:57

puede haber obligaciones conductas que

play18:01

no tienen un objeto material por ejemplo

play18:05

en el deber que podría tener

play18:09

un vecino frente al otro vecino o si

play18:12

pactan que se abstenga de cantar entre

play18:16

tres de la mañana y diez de la mañana y

play18:19

a cambio de eso le da una suma de dinero

play18:22

ahí simplemente es una extensión y no

play18:27

hay que realizar una conducta que

play18:30

recaiga sobre uno de ellos

play18:34

ahora porque se presta a confusión el

play18:38

derecho real con el derecho personal u

play18:41

obligación y precisamos acá no lo hemos

play18:44

dicho la obligación en el lenguaje del

play18:47

código civil se llama derecho personal y

play18:50

en el lenguaje del común de la gente se

play18:53

utiliza el término obligación o derecho

play18:57

de cree esto pero son lo mismo para

play18:59

derechos reales se utiliza el término

play19:01

bienes ahora esa confusión surge porque

play19:05

ambos son derechos subjetivos y están

play19:08

plenamente integrados y los derechos

play19:11

personales que gran cantidad se acude a

play19:14

ellos para poder tener acceso a derechos

play19:19

reales como en la compraventa para poder

play19:23

adquirir el bien y eso lo llevó entonces

play19:26

a mirar que ambos hacen parte de los

play19:29

derechos subjetivos patrimoniales

play19:31

entendidos como poderes o facultades y

play19:35

guardan íntima relación cuando se trate

play19:38

de una obligación de edad

play19:40

pero que son totalmente distintos además

play19:44

porque el derecho real produce efectos

play19:47

llamados en un mes frente a todos y en

play19:50

el derecho personal vamos a tener una

play19:54

relación jurídica directamente entre

play19:58

sujeto acreedor y el sujeto deudor o sus

play20:01

causahabientes pero a los demás no

play20:03

podemos exigirle absolutamente nada

play20:06

mientras que sobre el derecho de

play20:09

propiedad podemos exigirle que se nos

play20:12

respete ese derecho a usar usar disponer

play20:17

absolutamente a todos qué es lo que

play20:19

quiere decir efectos

play20:22

para finalizar simplemente y con

play20:25

carácter de hacer una actividad también

play20:29

en la praxis les quiero dejar estos dos

play20:32

temas

play20:33

van los que están interesados a mirarlos

play20:37

y sobre los cuales iniciaré la próxima

play20:40

conversación en el próximo vídeo el tema

play20:43

es precisa o determine en qué artículos

play20:47

del código civil se utiliza

play20:51

inadecuadamente o en forma antitécnica

play20:54

el término obligación y 2 determine cómo

play21:01

se regulan las obligaciones en el código

play21:04

civil y cómo se regulan en el código de

play21:07

comercio concluir el tema del día de hoy

play21:11

los invito a una próxima sesión en la

play21:16

que vamos a trabajar la clasificación de

play21:20

las obligaciones

play21:22

álvaro ortiz monsalve les agradece la

play21:26

atención prestada

play21:28

muchas gracias

Rate This

5.0 / 5 (0 votes)

الوسوم ذات الصلة
Derecho CivilObligacionesÁlvaro Ortiz MonsalveFacultad de DerechoUniversidad Nacional de ColombiaDoctrina JurídicaCoerción JudicialRelaciones JurídicasPréstacionesDerechos Personales
هل تحتاج إلى تلخيص باللغة الإنجليزية؟