INSTRUMENTO DE FIRMA ELECTRÓNICA - IFE (Resol. 080 del 28 de julio de 2020) - DIAN

DIANColombia
27 Aug 202113:35

Summary

TLDREl video describe el proceso de implementación y cambio de la firma digital a la firma electrónica, explicando la diferencia entre ellas y la importancia de la escucha activa para entender las necesidades de los usuarios. Se detalla la evolución de la firma electrónica desde 2016 hasta la resolución 80 de 2020, destacando su simplicidad y modernidad. Los usuarios deben generar una nueva firma electrónica si han realizado trámites antes del 28 de julio de 2020, y esta tiene una vigencia de tres años. La firma electrónica está disponible para todos los usuarios inscritos en la DIAN, independientemente de su ubicación, facilitando el cumplimiento de obligaciones fiscales de manera virtual.

Takeaways

  • 📜 La firma electrónica se implementó a través de la Resolución 80 del 28 de julio de 2020, modificando la Resolución 070 de 2016.
  • 🔄 Se distingue la firma digital de la firma electrónica, la primera para facturas electrónica y la segunda para otros fines.
  • 💡 La firma electrónica es más moderna y reemplaza al autógrafo, facilitando y simplificando el proceso de generación.
  • 🚫 Se eliminan conceptos como emisión, renovación y revocación del sistema anterior de firmas digitales.
  • 📅 Las personas que realizaron trámites antes del 28 de julio de 2020 deben generar una nueva firma electrónica.
  • 🔄 La generación de la firma electrónica es un proceso autogestionable y no requiere la intervención de un funcionario.
  • 🔐 La nueva firma electrónica tiene una vigencia de tres años a partir de su fecha de generación.
  • 👤 Todos los agentes de retención y personas jurídicas, con excepciones especiales, deben cumplir con sus declaraciones virtualmente.
  • 🏢Representantes legales, contadores, revisores fiscales y apoderados están obligados a presentar declaraciones virtuales, independientemente de su situación actual.
  • 🌐 La firma electrónica está disponible para todos los usuarios inscritos en el sistema, sin importar su ubicación geográfica.
  • 🔄 Si se presentan problemas con la firma electrónica, se puede generar una nueva en cualquier momento sin inconvenientes.

Q & A

  • ¿Cuál fue la resolución que implementó la firma electrónica y cuándo se publicó?

    -La resolución 80 del 28 de julio de 2020 implementó la firma electrónica.

  • ¿Qué se modificó en la resolución 070 de 2016?

    -La resolución 070 de 2016 modificó el concepto de firma digital a firma electrónica.

  • ¿Por qué es importante la diferencia entre firma digital y firma electrónica?

    -La firma digital se utiliza para temas de factura electrónica, mientras que la firma electrónica es para otros propósitos完全不同的, y es importante distinguirlas para evitar confusiones.

  • ¿Qué se eliminó en el nuevo sistema de firma electrónica?

    -Se eliminaron los conceptos de emisión, renovación y revocación del sistema anterior.

  • ¿Cómo se genera la nueva firma electrónica?

    -La nueva firma electrónica se genera de manera totalmente en línea y es autogenerada, lo que simplifica el proceso.

  • ¿Qué pasos se requieren para generar la firma electrónica?

    -Se requiere ingresar a la página de la DIAN, a nombre propio con cédula y contraseña, gestionar la firma electrónica, ingresar la contraseña y confirmarla, aceptar el acuerdo de firma y generar la firma.

  • ¿Qué sucede si se olvida la contraseña?

    -Si se olvida la contraseña, se puede generar una nueva firma electrónica sin inconvenientes.

  • ¿Cuál es la vigencia de la firma electrónica?

    -La firma electrónica tiene una vigencia de tres años contados a partir de su fecha de generación.

  • ¿Quiénes están obligados a cumplir con sus declaraciones virtualmente?

    -Todos los agentes de retención, las personas jurídicas y las personas vinculadas a estas empresas tienen la obligación de presentar sus declaraciones virtuales.

  • ¿Cómo se puede verificar la información del RUC y la actualización del mismo?

    -Se puede verificar la información del RUC y realizar su actualización ingresando a la página de la DIAN con la cédula y contraseña, en la sección de atención inmediata.

  • ¿Qué ocurre si se cambia la contraseña después de generar la firma electrónica?

    -Si se cambia la contraseña después de generar la firma electrónica, no se permitirá ingresar nuevamente hasta el día siguiente, por lo que se recomienda cambiarla por seguridad después de terminar todos los procedimientos.

Outlines

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