Recomendación #99. #Sistema acusatorio Entrevistas y ofrecimiento de pruebas.

José M. Saucedo Mx Abogado penalista
1 Feb 202105:04

Summary

TLDREn este video, se aborda el manejo de entrevistas y pruebas dentro del proceso penal, enfocándose en la importancia de presentar pruebas detalladas o someras según el objetivo del defensor, ya sea evitar una vinculación a proceso o buscar un sobreseimiento. Se mencionan artículos clave del Código Nacional de Procedimientos Penales, como los artículos 335, 337, 340 y 346, que regulan el descubrimiento de pruebas y la presentación de testimonios en el juicio. Además, se ofrece un consejo práctico sobre cómo presentar los medios de prueba y la importancia de cumplir con los plazos establecidos.

Takeaways

  • 😀 Es importante suscribirse al canal y activar la campanita de notificaciones para mantenerse actualizado.
  • 😀 Las entrevistas que recabamos como defensores deben ser detalladas o genéricas dependiendo de su propósito en el juicio.
  • 😀 Las entrevistas detalladas son necesarias para situaciones como la audiencia inicial o la calificación de la detención.
  • 😀 Las entrevistas genéricas son suficientes para otras situaciones, como el descubrimiento probatorio o pruebas que no serán admitidas.
  • 😀 El Código Nacional de Procedimientos Penales establece que si no se presenta la entrevista, no se admitirá la prueba testimonial.
  • 😀 Aunque algunos jueces federales en la Ciudad de México no admiten la prueba testimonial sin entrevista, hay excepciones según la tesis del Tribunal en el Estado de México.
  • 😀 El artículo 335 del Código Nacional de Procedimientos Penales trata sobre el contenido de la acusación y el descubrimiento probatorio.
  • 😀 Es importante diferenciar entre el descubrimiento de la prueba y el ofrecimiento de los medios de prueba al juez, según el artículo 337.
  • 😀 Los medios de prueba deben ser ofrecidos dentro de los 10 días siguientes a la conclusión de la etapa intermedia (artículo 340).
  • 😀 Si no se ofrece la prueba dentro del plazo establecido, el juez no la admitirá, lo que se convierte en una obligación, no solo una opción.
  • 😀 Aunque el Código Nacional no menciona explícitamente la contestación a la acusación, esta se convierte implícitamente en una contestación cuando se presentan exposiciones anticipadas por escrito.

Q & A

  • ¿Por qué es importante detallar las entrevistas en un caso legal?

    -Es importante detallar las entrevistas si se busca un resultado específico como un sobreseimiento, una no vinculación o la calificación de la detención. Esto ayuda a proporcionar una evidencia más sólida en el proceso judicial.

  • ¿Qué diferencia existe entre 'descubrir' la prueba y 'ofrecerla' al juez?

    -Descubrir la prueba implica hacerla conocida formalmente durante el proceso, mientras que ofrecerla al juez es presentar la evidencia con la intención de que sea admitida como prueba en el juicio. Ambos pasos son fundamentales pero se manejan en momentos distintos.

  • ¿Qué sucede si no se presenta la prueba dentro del plazo establecido?

    -Si no se presenta la prueba dentro del plazo estipulado, el juez podría no admitirla en el juicio. Es crucial cumplir con los plazos establecidos, como el artículo 340, que indica que las pruebas deben ser ofrecidas dentro de los 10 días siguientes.

  • ¿Cómo se debe manejar la presentación de entrevistas en los casos donde se busca un sobreseimiento?

    -En estos casos, las entrevistas deben ser detalladas y específicas, ya que son clave para demostrar que no existe vinculación suficiente para continuar con el proceso judicial, buscando así el sobreseimiento o la no vinculación.

  • ¿Qué es lo que contempla el artículo 335 del Código Nacional de Procedimientos Penales?

    -El artículo 335 trata sobre el contenido de la acusación y establece que el Ministerio Público debe presentar pruebas claras y suficientes para sustentar la acusación, siendo un punto clave en el inicio del proceso judicial.

  • ¿Cuál es la importancia del artículo 337 en el proceso de descubrimiento probatorio?

    -El artículo 337 establece que las partes deben descubrir las pruebas que se ofrecerán al juez durante el juicio. Esto se debe hacer de manera clara y formal para que las pruebas sean admitidas y consideradas en el proceso.

  • ¿Qué diferencia hay entre las entrevistas que se usan en el proceso inicial y las que se usan en la audiencia de juicio?

    -En el proceso inicial, las entrevistas suelen ser más generales y orientadas a descubrir la verdad. En cambio, durante la audiencia de juicio, se necesitan entrevistas más detalladas y específicas para tener un impacto significativo en el caso.

  • ¿Qué dice el Código Nacional sobre la admisión de pruebas testimoniales si no se han desahogado las entrevistas?

    -El Código Nacional establece que, en algunos casos, si las entrevistas no se desahogan o no se presentan adecuadamente, los jueces no admitirán las pruebas testimoniales. Sin embargo, algunos tribunales pueden ser más flexibles, como lo menciona el ejemplo de la tesis del Estado de México.

  • ¿Es optativo ofrecer las pruebas durante la etapa intermedia según la práctica judicial?

    -Aunque algunos consideran que ofrecer pruebas durante la etapa intermedia es opcional, en la práctica, la mayoría de los jueces federales requieren que se presenten pruebas dentro del plazo establecido, de lo contrario, no serán admitidas.

  • ¿Cómo debe realizarse la contestación a la acusación en el proceso judicial?

    -Aunque el Código Nacional no establece específicamente una 'contestación a la acusación', se considera que al ofrecer las pruebas por escrito al momento de descubrirlas, esto funciona como una contestación anticipada a la acusación.

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