¡FUENTES DEL DERECHO!

EdgarReina2
6 May 202307:23

Summary

TLDREn este video se explica el concepto de las fuentes del derecho, destacando que no solo son normas que regulan la conducta, sino que emanan de la realidad material. Se analizan tres tipos de fuentes: históricas, formales y materiales. Sin embargo, se concluye que, según el materialismo histórico, la única fuente verdadera del derecho es la realidad tangible y material. La legislación, la jurisprudencia y la doctrina son productos de esta realidad. Finalmente, se reflexiona sobre la importancia de comprender el derecho desde esta perspectiva materialista para una comprensión más profunda de la disciplina.

Takeaways

  • 📜 Las fuentes del Derecho son el lugar de donde emana el derecho, es decir, su causa generadora.
  • 📖 La fuente del derecho no se refiere solo al derecho objetivo o a las leyes, sino al derecho en su forma pura.
  • 📚 Las fuentes históricas del Derecho incluyen documentos como el Digesto de Justiniano, las 12 Tablas y jurisprudencias históricas.
  • ⚖️ Las fuentes formales del Derecho son la jurisprudencia vigente, la ley, la costumbre, y en algunos casos, convenios y declaraciones de voluntad.
  • 💡 Las fuentes materiales o reales se refieren a ideales de justicia y circunstancias históricas, según Villoro Toranzo.
  • 🧠 El materialismo histórico sostiene que todo en el derecho es producto de la realidad material, tangible y de nuestro pasado.
  • 🏛️ El derecho mexicano es un claro ejemplo de cómo las realidades materiales y la historia han determinado su estructura.
  • 📅 La jurisprudencia es un producto de circunstancias materiales y se actualiza periódicamente, como se ve en el semanario judicial.
  • 🔍 La realidad material es la verdadera fuente del derecho, ya que determina la creación de leyes, doctrinas y jurisprudencias.
  • 🤔 Clasificar las fuentes del Derecho en históricas, formales y materiales es redundante, pues todas derivan de la realidad material.

Q & A

  • ¿Qué se entiende por 'fuente del derecho' según el video?

    -Fuente del derecho se refiere al lugar de donde emana el derecho, es decir, la causa generadora o el origen del derecho. No se refiere necesariamente al derecho objetivo o a las leyes, sino al derecho en su sentido más puro.

  • ¿Cuáles son las fuentes históricas del derecho mencionadas en el video?

    -Las fuentes históricas del derecho incluyen documentos como el Digesto de Justiniano, las 12 tablas, el Semanario Judicial de la Federación, diarios de debates históricos y jurisprudencias históricas que ya no están vigentes.

  • ¿Qué son las fuentes formales del derecho según la doctrina?

    -Las fuentes formales del derecho incluyen la jurisprudencia vigente, las leyes, la costumbre, los convenios, la declaración de voluntad y la doctrina. Estas son las fuentes que tienen un carácter normativo y son reconocidas oficialmente.

  • ¿Qué son las fuentes materiales o reales del derecho?

    -Las fuentes materiales o reales son los ideales de justicia y las circunstancias históricas que influyen en la creación del derecho. Estas fuentes están basadas en la realidad tangible y fáctica, lo que nos rodea y experimentamos en el mundo material.

  • ¿Cómo se relaciona el materialismo histórico con el derecho según el video?

    -El materialismo histórico establece que todo lo que existe es producto de realidades materiales pasadas. El derecho surge de estas realidades tangibles que determinan las estructuras ideológicas, como la Constitución, los códigos y las leyes que reflejan la realidad histórica y social de un país.

  • ¿Por qué se considera que la única fuente del derecho es la realidad material?

    -Se considera que la única fuente del derecho es la realidad material porque tanto las leyes, como la doctrina y la jurisprudencia, son productos de las circunstancias materiales y tangibles de la sociedad. Todo el derecho proviene de la realidad histórica y fáctica en la que vivimos.

  • ¿Cuál es la crítica principal a la clasificación tradicional de las fuentes del derecho?

    -La crítica principal es que clasificar las fuentes del derecho en históricas, formales y materiales es innecesario, ya que todas estas categorías surgen de la realidad material. Por lo tanto, según el enfoque materialista, la única fuente real del derecho es la realidad tangible.

  • ¿Cómo afecta la realidad material al derecho en México, según el video?

    -La realidad material en México ha influido en la creación de su sistema jurídico, como la Constitución, los códigos civiles y comerciales, y las leyes penales. Estos cuerpos normativos son productos de las circunstancias sociales, económicas y políticas del país.

  • ¿Qué ejemplos de jurisprudencia y legislación son mencionados en el video como productos de la realidad material?

    -Se mencionan ejemplos como el código civil, el código de comercio, la Ley de Sociedades Mercantiles, el Código Nacional de Procedimientos Penales y el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares como productos de la realidad material mexicana.

  • ¿Cuál es la reflexión final que plantea el video sobre el estudio del derecho?

    -El video plantea que si alguien desea ser un verdadero estudioso del derecho, debe comprender que el materialismo histórico demuestra que la única fuente del derecho es la realidad material y tangible, y que todo lo demás es un producto de esa realidad.

Outlines

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📜 Fuentes del Derecho: Concepto y Definición

En este primer párrafo, el video introduce el concepto de fuentes del Derecho, explicando que una 'fuente' es el origen de donde surge algo, en este caso, el Derecho. Se aclara que no se refiere exclusivamente al derecho objetivo o las leyes, sino al Derecho en general. El autor diferencia entre el derecho objetivo (conjunto de normas) y el Derecho en sí mismo, el cual es algo más amplio. También se menciona que se usará una definición propia del Derecho y que el concepto será útil para entender el tema en la universidad.

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📚 Fuentes Históricas del Derecho

El párrafo se enfoca en las fuentes históricas del Derecho, que incluyen documentos y textos antiguos, como el Digesto de Justiniano, las 12 tablas romanas y jurisprudencias históricas. Estas fuentes ya no son vigentes en términos legales, pero siguen siendo importantes para el estudio histórico del Derecho. Se menciona que estas fuentes permiten una interpretación histórica y se consideran origen del Derecho en un sentido más amplio.

⚖️ Fuentes Formales del Derecho

El texto explica las fuentes formales del Derecho, según la doctrina, como la jurisprudencia vigente, la ley, la costumbre, y los convenios. Ejemplos incluyen la jurisprudencia emitida por la Corte, las leyes legisladas y la doctrina jurídica. Estas fuentes son las que actualmente tienen valor normativo y regulan la conducta en la sociedad. Se destaca que estas fuentes son esenciales para la interpretación y aplicación del Derecho.

🏛️ Fuentes Materiales o Reales del Derecho

El párrafo aborda las fuentes materiales o reales del Derecho, que según Villoro Toranzo, incluyen los ideales de justicia y las circunstancias históricas que influyen en la creación del Derecho. El materialismo histórico se introduce como una corriente que sostiene que el Derecho es un producto de las realidades tangibles del pasado y del presente, lo que determina el futuro del mismo. Se ejemplifica con el contexto del sistema legal mexicano, que se basa en estas realidades materiales.

📅 El Derecho como Producto de la Realidad Material

Se continúa explorando cómo el Derecho, incluyendo códigos como el civil y de comercio, es un producto de la realidad material en la que vive una sociedad. La ideología, el pensamiento y la filosofía de una sociedad están determinados por su realidad tangible, lo que se refleja en las leyes y doctrinas jurídicas. Se afirma que las fuentes históricas, formales y materiales son todas resultado de esta realidad material, y que el materialismo histórico es clave para entender el origen del Derecho.

🧠 El Materialismo Histórico como la Única Fuente del Derecho

El último párrafo concluye que la única verdadera fuente del Derecho es la realidad material. Aunque doctrinalmente se clasifican las fuentes en históricas, formales y materiales, el materialismo histórico demuestra que todo Derecho surge de las circunstancias tangibles y materiales de una sociedad. Se invita a los estudiantes de Derecho a considerar esta visión filosófica más profunda sobre el origen del Derecho, más allá de las simples categorías formales que suelen enseñarse.

Mindmap

Keywords

💡Fuentes del Derecho

Las fuentes del Derecho se refieren a los orígenes o causas de donde emana el derecho. En el video, se mencionan tres tipos de fuentes: históricas, formales y materiales, cada una con un rol distinto en la creación y evolución del derecho. El concepto central es entender que el derecho no es solo un conjunto de normas, sino que tiene diversas fuentes que lo generan.

💡Fuentes Históricas

Las fuentes históricas son aquellas que ya no están vigentes, pero que en su momento fueron parte del derecho. Son documentos antiguos como las 12 tablas, el Digesto de Justiniano o constituciones del siglo XIX. En el video se señala que, aunque ya no aplican directamente, siguen siendo fundamentales para entender cómo el derecho ha evolucionado históricamente.

💡Fuentes Formales

Las fuentes formales son las normas vigentes y oficiales que regulan el comportamiento. Incluyen la jurisprudencia, la ley, la costumbre, y los convenios o declaraciones de voluntad. En el video se menciona que estas fuentes son reconocidas y aplicadas por los tribunales y se actualizan regularmente, como la jurisprudencia que se publica cada viernes.

💡Fuentes Materiales o Reales

Las fuentes materiales o reales son las circunstancias sociales, históricas y económicas que influyen en la creación del derecho. El video se enfoca en el materialismo histórico, que argumenta que las leyes y doctrinas son producto de la realidad tangible que experimenta una sociedad en un momento dado. Estas fuentes son fundamentales porque reflejan la realidad vivida.

💡Materialismo Histórico

El materialismo histórico es una corriente filosófica que sostiene que las estructuras ideológicas, como el derecho, son producto de la realidad material y tangible. En el video, se explica que el derecho mexicano, como la Constitución y códigos civiles, es un resultado directo de las condiciones materiales históricas de México, lo que subraya que la única fuente real del derecho es la realidad misma.

💡Jurisprudencia

La jurisprudencia es una fuente formal del derecho que se refiere a las decisiones de los tribunales que sirven como precedentes para futuros casos. En el video, se menciona que se publica regularmente y refleja cómo la realidad material influye en las decisiones judiciales, siendo una expresión de la aplicación del materialismo histórico en el derecho.

💡Costumbre

La costumbre es una práctica social que, cuando es generalizada y aceptada, puede convertirse en una fuente formal del derecho. Villoro Toranzo, citado en el video, considera que la costumbre, junto con la jurisprudencia y la ley, son fuentes que reflejan las prácticas sociales, las cuales nacen de la realidad material y son esenciales para entender el derecho.

💡Doctrina

La doctrina es el conjunto de estudios, teorías y opiniones de los expertos en derecho que ayudan a interpretar y guiar la aplicación de las leyes. En el video, se menciona que la doctrina también es una fuente formal del derecho y que varía según el contexto histórico y material en el que se desarrolle, lo que refuerza la idea de que la realidad determina la forma en que se piensa el derecho.

💡Realidad Material

La realidad material es el conjunto de circunstancias tangibles y concretas que forman la base del derecho. En el video, se argumenta que todas las fuentes del derecho, incluidas las formales e históricas, son producto de la realidad material vivida en un determinado tiempo y lugar. Esto subraya el enfoque materialista del video, donde la única fuente del derecho es la realidad.

💡Ley

La ley es una norma jurídica establecida por una autoridad competente que regula el comportamiento dentro de una sociedad. En el video, se señala que las leyes son producto de la realidad material, reflejando las condiciones económicas, sociales e históricas que las generan. Por lo tanto, las leyes son una manifestación tangible de las fuentes reales o materiales del derecho.

Highlights

El concepto de 'fuente' se define como el lugar de donde emana algo, siendo la causa generadora del derecho.

El derecho no es solo un conjunto de normas que regulan la conducta, sino que el derecho en sí mismo es algo distinto.

Las fuentes históricas del derecho incluyen textos como el Digesto de Justiniano, las 12 Tablas, y la jurisprudencia histórica.

Las fuentes formales incluyen la jurisprudencia vigente, la ley, la costumbre, los convenios, y la doctrina.

Villoro Toranzo establece que las fuentes formales también incluyen declaraciones de voluntad y convenios.

Las fuentes materiales o reales están basadas en ideales de justicia y circunstancias históricas según Villoro Toranzo.

El materialismo histórico afirma que la realidad material es la fuente principal de todas las estructuras ideológicas, incluyendo el derecho.

El pasado material y las experiencias tangibles determinan tanto el presente como el futuro en el ámbito del derecho.

El derecho mexicano es producto de la realidad material vivida en México, como lo ejemplifica la Constitución y diversos códigos legales.

La ley y la doctrina son productos directos de la realidad material de un momento histórico específico.

La jurisprudencia se publica en función de las circunstancias materiales actuales, demostrando que nace de la realidad.

El materialismo histórico demuestra que la única fuente del derecho es la realidad material.

Las clasificaciones tradicionales de fuentes del derecho (históricas, formales, materiales) son ociosas según el enfoque del materialismo histórico.

La realidad material es la única fuente de la que emanan las leyes, la jurisprudencia, los códigos y las doctrinas.

Ser un verdadero filósofo del derecho implica entender que la realidad material es la única fuente del derecho, según el materialismo histórico.

Transcripts

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Cuáles son las fuentes del Derecho en el

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vídeo del día de hoy vamos a explicar

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vamos a enumerar Cuáles son las fuentes

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del Derecho es un tema muy interesante

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que seguramente vas a ver al principio

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de la licenciatura Pero primero te tengo

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que explicar un par de cosas primero

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Recuerda que fuente es el lugar de donde

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emana algo digamos que es la causa

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generadora es el lugar de donde brota el

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derecho Esa es la palabra fuente ahora

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bien para efectos del presente video te

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quiero decir que yo lo estoy haciendo

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con base en mi definición del derecho

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Recuerda que puedes ir a los vídeos que

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tengo en este canal que te los voy a

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dejar por aquí en donde yo digo que el

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derecho es una cosa muy diferente a la

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que se suele definir comúnmente Por qué

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Porque el derecho solito es algo muy

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distinto a un conjunto de normas que

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regulan la conducta del hombre en

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sociedad esa definición para empezar ya

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hemos dicho que no está bien

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y en segunda eso atiende al derecho

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objetivo o a las leyes el derecho

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objetivo las leyes sí son un conjunto de

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normas pero de hecho solito no es así

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Ahora bien Por lo tanto Fuente del

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derecho tenemos que entender que no nos

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referimos necesariamente al derecho

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objetivo o a las leyes nos referimos a

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de donde emana el derecho el derecho

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puro la palabra derecho sin apellidos

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hechas esas aclaraciones primero vamos a

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ver cuáles son las fuentes del Derecho

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que establece la doctrina que te van a

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servir en la universidad primero que

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nada encontramos las fuentes históricas

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Como por ejemplo el digesto de

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Justiniano encontramos tablillas las 12

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tablas encontramos por ejemplo

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semanario judicial de la federación

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diarios de debates históricos

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constituciones antiguas del siglo 19

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encontramos inclusive jurisprudencias

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con el carácter de históricas así las

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vas a encontrar en el semanario por lo

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tanto Estas son las que ya no están

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vigentes en términos dispositivos ya no

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las podríamos invocar a menos de que se

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haga una interpretación histórica del

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derecho Estas son las fuentes históricas

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y se dice que de ahí brotahuemana el

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derecho en segundo término tenemos lo

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que se conoce como las fuentes formales

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las fuentes formales la doctrina

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Establece que son por ejemplo la

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jurisprudencia vigente la que hace la

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corte o los tribunales colegiados de

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circuito o los tribunales

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administrativos por ejemplo la ley la

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que fuente formal es el convenio la

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declaración de voluntad por ejemplo

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también lo que es la doctrina la propia

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legislación en Sí entonces la fuente de

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carácter formal es esa precisamente las

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que te acabo de indicar Y esa es la

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clasificación tradicional y en tercer

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término encontramos las fuentes

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materiales son primero ideales de

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justicia de acuerdo a lo que establece

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villoro toranzo Y en segundo término las

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circunstancias históricas así le dice

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villero toranzo a este tipo de fuentes

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de carácter material o real dicho lo

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anterior yo te quiero hacer la siguiente

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reflexión el derecho propiamente no la

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ley el derecho de donde crees que surge

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que no acaso estamos hablando de lo

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mismo me quiero centrar en la tercera

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clasificación que te acabo de decir hace

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rato Fuentes materiales o reales te

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presento algo que se llama materialismo

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histórico o materialismo dialéctico el

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tangible lo único concreto es lo que

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podemos percibir a través de los

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sentidos en el universo material

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precisamente por eso se llama

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materialismo ese materialismo esas

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realidades fácticas que nosotros vivimos

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en el pasado y en el presente son las

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que determinarán el futuro y son las que

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determinan la estructura ideológica De

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tal suerte que nosotros somos producto

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de nuestro pasado nuestro pasado valga

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la redundancia histórico todo lo que

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hiciste en la mañana determinó lo que

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estás haciendo ahorita por ejemplo si no

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comiste algo echado a perder en la

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mañana eso fue determinante para que

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puedas estar viendo este video y no

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estés acostado en la cama con

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temperatura eso es el materialismo nos

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ayuda a determinar que lo que tenemos

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ahorita en el universo tangible es

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producto del pasado y solamente existe

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materialismo histórico Por qué en el

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derecho mexicano encontramos que la

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Constitución establece por ejemplo un

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sistema democrático laico federal y esos

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producto del pasado material que hay en

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México por lo tanto es verdadera la

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corriente Materialista histórica en

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México y te quiero decir que el derecho

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mexicano es producto de la realidad

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material que hemos vivido en este país

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por ejemplo el código civil es producto

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de la realidad material mexicana el

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código de comercio lo mismo la ley

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sociedades mercantiles el código

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ahora el código Nacional de

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Procedimientos familiares o civiles y

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familiares es producto de la realidad

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que vivimos es decir esto demuestra que

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la realidad determina la ideología de la

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determina al derecho ahora bien siendo

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así la única Fuente del derecho que

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existe es la realidad material por lo

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tanto la historia o sea las fuentes

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materiales y reales las fuentes formales

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son producto de la realidad material la

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ley es producto de la realidad material

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la doctrina es producto de la realidad

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material de un momento histórico

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determinado no es lo mismo la doctrina

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del 2019 a la de ahorita es producto de

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la realidad las fuentes por ejemplo

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tanto si a ti te preguntan en tu examen

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histórico nos demuestra que la única

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Fuente del derecho que hay es la

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realidad material y tangible nos vemos

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en una nueva transmisión

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