Mensaje de la Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público, Dra. Consuelo Porras

Ministerio Público
24 Jan 202409:47

Summary

TLDREn este mensaje dirigido al pueblo de Guatemala, la Fiscal General reafirma su compromiso con la independencia y autonomía del Ministerio Público, recordando que no está subordinado a ninguna otra autoridad del Estado. Responde a una solicitud del presidente Bernardo Arévalo, destacando que el Ministerio Público actúa conforme a la Constitución y las leyes. Rechaza las solicitudes de renuncia y asegura que cumplirá con su mandato de cuatro años. Además, exhorta al presidente a transformar su discurso anticorrupción en acciones concretas y a respetar las resoluciones legales vigentes.

Takeaways

  • 📜 El Ministerio Público de Guatemala es una institución autónoma e independiente, no subordinada a ningún poder del Estado.
  • ⚖️ La fiscal general y el personal del Ministerio Público actúan conforme a la ley y no están sujetos a instrucciones de ninguna otra autoridad.
  • 📅 El mandato de la fiscal general es de 4 años, y no coincide con el período presidencial, para asegurar la independencia del Ministerio Público.
  • 📢 La fiscal reitera que no renunciará y cumplirá con su mandato constitucional completo.
  • 💼 El Ministerio Público investiga de manera independiente cualquier acto de corrupción, sin excepciones.
  • 📝 La corte de constitucionalidad ha ratificado la independencia y autonomía del Ministerio Público en varias resoluciones.
  • 🔍 Ninguna autoridad puede limitar o interferir en las investigaciones penales realizadas por el Ministerio Público.
  • 🏛️ Se exhorta al presidente de la República y a sus funcionarios a presentar denuncias con pruebas sobre actos de corrupción, que serán investigadas conforme a la ley.
  • 🗣️ La fiscal hace un llamado al presidente a respetar la Constitución y las leyes del país, incluyendo las resoluciones de la corte de constitucionalidad.
  • ✅ La fiscal afirma que su gestión ha fortalecido el Estado de derecho en Guatemala, y continuará trabajando en estricto cumplimiento de la ley.

Q & A

  • ¿Cuál es la razón principal por la cual se emite este comunicado?

    -El comunicado responde a un oficio del presidente de la República, Bernardo Arévalo, y tiene el propósito de aclarar que el Ministerio Público actuará conforme a la legalidad y la autonomía establecida en la Constitución de Guatemala.

  • ¿Qué principio fundamental guía el actuar del Ministerio Público según el comunicado?

    -El principio fundamental es el de legalidad, junto con la autonomía funcional, lo que asegura que el Ministerio Público no está subordinado a ningún poder del Estado.

  • ¿Qué establece el artículo 251 de la Constitución Política de Guatemala respecto al Ministerio Público?

    -El artículo 251 establece que el Ministerio Público se rige por principios de legalidad, jerarquía y autonomía funcional, lo que garantiza su independencia en el ejercicio de sus funciones.

  • ¿Cuál es la posición de la Fiscal General sobre las citaciones o reuniones para discutir procesos bajo investigación?

    -La Fiscal General rechaza las citaciones o reuniones para discutir procesos bajo investigación, argumentando que aceptar tales reuniones violaría la Constitución y la ley vigente.

  • ¿Cómo se regula la independencia del Ministerio Público en la investigación penal según el Código Procesal Penal?

    -El artículo 8 del Código Procesal Penal establece que el Ministerio Público goza de plena independencia en el ejercicio de la acción penal y la investigación, sin que ninguna autoridad pueda intervenir.

  • ¿Cuál es el mensaje que la Fiscal General envía al presidente de Guatemala en el comunicado?

    -La Fiscal General manifiesta categóricamente que no renunciará a su cargo y exhorta al presidente a respetar la Constitución y las leyes del país, cumpliendo con sus respectivas funciones.

  • ¿Por qué la Fiscal General enfatiza que su mandato no debe coincidir con el del presidente de la República?

    -La Fiscal General subraya que, para garantizar la autonomía e independencia del Ministerio Público, su mandato de cuatro años no debe coincidir con el periodo presidencial.

  • ¿Qué señala la Fiscal General sobre su reelección en el cargo?

    -La Fiscal General destaca que su reelección es una confirmación del fortalecimiento del Ministerio Público y del cumplimiento de sus funciones dentro del marco legal.

  • ¿Cuál es la exhortación que la Fiscal General hace al presidente respecto a la lucha contra la corrupción?

    -Exhorta al presidente a transformar su discurso anticorrupción en acciones concretas, presentando denuncias con pruebas ante el Ministerio Público, el ente natural para investigar actos de corrupción.

  • ¿Qué considera la Fiscal General como posibles consecuencias de actuar en contra de la ley del Ministerio Público?

    -La Fiscal General advierte que cualquier acción en contra de la Ley Orgánica del Ministerio Público sería ilegítima, antidemocrática y obstruiría la justicia, lo que no contribuiría a la transparencia ni al fortalecimiento del Estado de derecho.

Outlines

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📜 Respuesta a la solicitud del presidente sobre la autonomía del Ministerio Público

En este párrafo, la Fiscal General de la República de Guatemala responde a un oficio enviado por el presidente Bernardo Arévalo de León. Ella subraya que el Ministerio Público (MP) es una institución autónoma, no subordinada a ningún poder del Estado, como lo establece la Constitución y otras leyes. La independencia del MP en la investigación penal es clave para su funcionamiento, lo que también ha sido ratificado por la Corte de Constitucionalidad. Ninguna autoridad puede interferir en el ejercicio de sus funciones, lo que garantiza una investigación imparcial y sin influencias externas.

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⚖️ Compromiso con el mandato constitucional de la Fiscal General

La Fiscal General reafirma su compromiso de cumplir el mandato constitucional de cuatro años para el cual fue reelecta, declarando que no renunciará. Resalta la importancia de que el presidente respete la Constitución y las leyes del país. Además, menciona que la independencia del Ministerio Público respecto a la presidencia es fundamental para garantizar la autonomía de la institución. Concluye haciendo un llamado al presidente para que respete el Estado de derecho y las resoluciones judiciales, y para que su discurso anticorrupción se traduzca en acciones concretas.

Mindmap

Keywords

💡Ministerio Público

El Ministerio Público es la entidad responsable de ejercer la acción penal en Guatemala, independiente de cualquier poder del Estado. En el video, se enfatiza su autonomía y su papel en la investigación de delitos sin intervención externa, como se menciona al resaltar que 'ninguna autoridad podrá dar instrucciones al jefe del Ministerio Público'.

💡Autonomía

La autonomía es un principio fundamental del Ministerio Público, que garantiza que sus acciones no están subordinadas a ningún otro poder del Estado. La fiscal general menciona este concepto para subrayar que, en el ejercicio de sus funciones, el Ministerio actúa sin interferencia externa, cumpliendo únicamente con las leyes vigentes.

💡Legalidad

La legalidad es el pilar del ordenamiento jurídico de Guatemala, y el video recalca que todas las acciones del Ministerio Público deben apegarse estrictamente a lo que dictan la Constitución y las leyes del país. Se refiere varias veces a que su actuación se basa en la ley y no en presiones políticas o externas.

💡Independencia

El concepto de independencia se refiere a que el Ministerio Público, como institución, opera de manera libre de influencias o presiones de otros poderes del Estado, lo cual es crucial para la administración de justicia. El video insiste en que esta independencia es fundamental para llevar a cabo investigaciones imparciales.

💡Fiscal General

La Fiscal General es la máxima autoridad del Ministerio Público, y su papel es garantizar que se respeten los principios de legalidad y autonomía en el ejercicio de sus funciones. En el video, la fiscal reitera su compromiso con cumplir el mandato de cuatro años y rechaza las presiones para que renuncie.

💡Constitución Política

La Constitución Política de la República de Guatemala es la ley suprema que establece los principios fundamentales del país. En el video, la fiscal general cita varios artículos de la Constitución para argumentar la autonomía del Ministerio Público y defender su derecho a cumplir su mandato completo.

💡Corte de Constitucionalidad

La Corte de Constitucionalidad es el máximo tribunal encargado de velar por el cumplimiento de la Constitución. En el video, se menciona que esta corte ha ratificado la independencia del Ministerio Público y ha rechazado acciones que intentan limitar sus funciones, consolidando su autonomía.

💡Mandato de cuatro años

El mandato de cuatro años es el período legal que debe cumplir la Fiscal General en su cargo. En el video, se recalca que este mandato no puede ser interrumpido por ninguna autoridad, y que la Fiscal General fue reelecta para cumplir con esta responsabilidad de manera plena.

💡Rendición de cuentas

La rendición de cuentas se refiere a la obligación de las instituciones de informar y justificar sus acciones ante la ciudadanía. En el video, se menciona que el Ministerio Público mantendrá a la población informada sobre su accionar, garantizando la transparencia en sus investigaciones.

💡Estado de derecho

El Estado de derecho es el principio de que todos los individuos e instituciones están sujetos a la ley. En el video, la fiscal general subraya que su actuación siempre ha estado orientada a fortalecer el Estado de derecho, lo que implica respetar las leyes y la Constitución en todas las decisiones del Ministerio Público.

Highlights

El Ministerio Público no está subordinado a ningún poder del estado, garantizando su autonomía e independencia.

La Corte de Constitucionalidad ha reiterado que el Ministerio Público actúa de manera independiente en sus funciones.

La constitución política de Guatemala establece que el Ministerio Público debe regirse por los principios de legalidad, jerarquía y autonomía funcional.

El artículo 251 de la constitución política de Guatemala garantiza la autonomía del Ministerio Público.

El artículo 8 del Código Procesal Penal confirma la independencia del Ministerio Público en la investigación penal.

Ninguna autoridad puede limitar o instruir al Ministerio Público en la investigación penal, salvo los tribunales de justicia.

La fiscal general subraya que el Ministerio Público no está subordinado a organismos del estado ni a autoridad alguna.

El mandato constitucional de la fiscal general es de cuatro años, y ella enfatiza que no renunciará a su cargo.

La Corte de Constitucionalidad ha afirmado que el mandato del fiscal general no debe coincidir con el periodo presidencial para garantizar la independencia del Ministerio Público.

La fiscal general destaca el fortalecimiento histórico del Ministerio Público durante su mandato.

El Ministerio Público sigue firme en su compromiso con la averiguación de la verdad.

La fiscal general exhorta al presidente a respetar la Constitución, las leyes y las resoluciones de las cortes.

Una resolución reciente de la Corte de Constitucionalidad denegó una acción de inconstitucionalidad relacionada con el artículo 14 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

La fiscal general advierte que cualquier acción contraria a la ley puede ser ilegítima y antidemocrática.

El Ministerio Público investiga todas las denuncias de corrupción presentadas, sin excepción alguna.

Transcripts

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[Música]

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pueblo de Guatemala Quiero

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manifestarles que en atención al oficio

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de fecha 18 de enero del presente año

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suscrito por el señor presidente de la

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república Bernardo Arévalo de lón se le

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estará dando respuesta a los aspectos

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contenidos en el mismo atendiendo al

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principio de legalidad Pilar fundamental

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de nuestro ordenamiento jurídico esta

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información la haremos pública en

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nuestras redes sociales para que la

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población esté informada en atención al

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Espíritu de la rendición de cuentas

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hacia la

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ciudadanía es importante manifestar

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categórica y contundentemente que de

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conformidad con lo establecido en la

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constitución política de la República de

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Guatemala La Ley Orgánica del Ministerio

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Público y demás normativa legal vigente

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el Ministerio Público no está supeditado

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a ningún poder del estado por ser una

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institución Autónoma e

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independiente garantizando con ello la

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no intervención de autoridad alguna en

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el ejercicio de sus

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funciones en ese sentido se ha

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pronunciado la corte de

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constitucionalidad en reiteradas

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resoluciones Estableciendo que de

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conformidad con el mandato contenido en

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el artículo

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251 de la constitución política de la

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República de Guatemala el Ministerio

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Público se rige por principios

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fundamentales entre ellos los de

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legalidad jerarquía y autonomía

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funcional considerando que la autonomía

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funcional implica que en el ejercicio de

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sus funciones el Ministerio Público no

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está subordinado a autoridad alguna en

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el mismo sentido el artículo 8 del

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código procesal penal Establece que el

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Ministerio Público goza de plena

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independencia para el ejercicio de la

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acción penal y la

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investigación y que ninguna autoridad

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podrá dar instrucciones al jefe del

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Ministerio Público o sus

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subordinados respecto a la forma de

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llevar adelante la investigación penal o

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limitar el ejercicio de la acción salvo

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las facultades conferidas por la ley a

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los tribunales de

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Justicia el ejercicio de la autonomía

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concion relacionada se encuentra

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desarrollada en el artículo 3 de la Ley

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Orgánica del ministerio público que

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regula que el Ministerio Público actuará

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independientemente por su propio impulso

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y en cumplimiento de las funciones que

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le atribuyen las leyes sin

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subordinación a ninguno de los

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organismos del estado Ni autoridad

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alguna

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una en ese orden de ideas desde el punto

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de vista legal y

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jurisprudencial la fiscal general de la

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república Y el personal del Ministerio

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Público únicamente

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actuarán de conformidad con las

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facultades y atribuciones legalmente

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conferidas Consecuentemente

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el atender citaciones y invitaciones o

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reuniones para discutir procesos bajo

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investigación del Ministerio Público

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constituiría

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inobservar la normativa constitucional y

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legal vigente ya que

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todos los funcionarios somos

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depositarios de la autoridad

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responsables por nuestra conducta

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oficial sujetos a la ley y jamás

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superiores a ella De igual forma ante

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las diversas declaraciones públicas y la

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tentativa de solicitar mi

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renuncia

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hoy quiero enviar un mensaje claro y

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contundente al pueblo de

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Guatemala y al presidente de la

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república para hacerle saber de forma

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categórica que Soy respetuosa de las

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leyes de del país y en consecuencia

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cumpliré con el mandato constitucional

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de cuatro años para el cual fui reelecta

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y en consecuencia no voy a

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renunciar en virtud de lo anterior la

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constitución política de la

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República es clara al respecto y

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establece un mandato legal determinado

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que debo cumplir a cabalidad por lo que

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usted como máxima autoridad de la nación

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debe respetar lo que establece la Carta

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Magna y las leyes del país en igual

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sentido se ha pronunciado la corte de

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constitucionalidad al expresar que la

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previsión constitucional del periodo de

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4 años del cargo de fiscal general de la

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república y jefe del Ministerio Público

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no debe coincidir con el periodo del

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ejercicio de la

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presidencia para garantizar la autonomía

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e independencia del Ministerio Público

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mi actuar siempre se ha desarrollado en

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estricto cumplimiento de la

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ley contribuyendo al fortalecimiento del

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Estado de derecho en el país lo cual ha

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representado un

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fortalecimiento histórico del Ministerio

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Público hecho que fue refrendado al ser

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reelecta como fiscal general de la

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república y jefe del Ministerio Público

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y con resultados contundentes y

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comprobables

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quiero

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reiterar que no es catimar esfuerzo para

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que el Ministerio Público

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continúe firme y fuerte en sus

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investigaciones con un único fin la

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averiguación de la

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verdad señor

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presidente ambos tenemos funciones

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fundamentales que

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cumplir y debemos trabajar por el bien

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de nuestro país en el marco de nuestras

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respectivas

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competencias por ello como mujer de

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derecho siempre he sido y seguiré siendo

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respetuosa de la ley cumpliendo

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firmemente con mis

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obligaciones por lo que en el mismo

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sentido le exhorto

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respetuosamente a que se respete la

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Constitución la ley y todas las

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resoluciones de las Cortes incluyendo la

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resolución de la corte de

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constitucionalidad que denegó una acción

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de

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inconstitucionalidad relacionada al

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artículo 14 de la Ley Orgánica del

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Ministerio Público ya que toda acción en

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contrario puede

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ser

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ilegítima

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antidemocrática y en Clara

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obstaculización a la persecución penal y

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obstrucción a la justicia

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mismas que no contribuyen a la

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transparencia al fortalecimiento de la

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institucionalidad y al Estado de derecho

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ni benefician a la población

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guatemalteca entonces señor

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presidente lo

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exhorto a que deje su discurso

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anticorrupción y lo convierta en una

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realidad en favor de la ciudadanía

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guatemalteca ya que el Ministerio

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Público es el ente natural conforme a la

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ley para que usted y sus funcionarios de

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forma

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responsable presenten las denuncias con

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sus respectivas pruebas sobre cualquier

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acto de

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corrupción los cuales eran investigados

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sin excepción alguna ya que el

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Ministerio Público ha investigado y

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continúa investigando

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todas las denuncias que han sido puestas

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