Historia Universal del Derecho - 11
Summary
TLDREn este video, Miguel Ángel Gutiérrez explora la historia universal del derecho, destacando que la definición de derecho es multifacética y que su relación con el sistema de leyes es compleja. Se menciona que el derecho natural ha existido en todas las etapas históricas, y que la legalidad es un constructo estatal. Además, se discute cómo la conceptualización del derecho ha variado a lo largo del tiempo y cómo los sistemas de derecho reflejan las características y necesidades de una sociedad. Se enfatiza que el derecho es contractualista y que no todo lo que es legal es bueno, y se sugiere que la historia del derecho tiende a repetirse. Finalmente, se abordan la distinción entre la macrohistoria y la microhistoria del derecho, y se invita a los espectadores a participar en el blog para discutir y comentar.
Takeaways
- 📚 El concepto de derecho es multifacético y su definición es difícil, pero no está necesariamente relacionado con un sistema de leyes en el sentido moderno.
- 🌳 En todas las etapas históricas, ha existido el concepto de derecho natural, lo que indica que la legalidad es un constructo determinado por el estado.
- 🏛 La legalidad puede no corresponder a los fines del derecho, como lo expresó Paulo al señalar que no todo lo que es legal es bueno.
- 📖 La conceptualización de lo que es derecho ha variado en distintas épocas, sujeto a procesos históricos y contextos socioculturales y económicos.
- 🏰 Es probable que en la antigüedad no exista el derecho como se entiende hoy, aunque sus raíces se pueden entender a través de los sistemas de leyes antiguos.
- 🌐 Los sistemas de derecho, sean simples o complejos, corresponden a las características y necesidades de una sociedad.
- ⏳ La historia del derecho a menudo se ve influenciada por la voluntad política, sucesos externos o necesidades de supervivencia de una sociedad.
- 🔄 El principio de que la historia tiende a repetirse se aplica también al derecho, y los nuevos hechos jurídicos a menudo buscan inspiración en el pasado.
- 🤝 El derecho es contractualista y depende de un sistema social que le permita mantener ese carácter, donde los aspectos económicos a menudo son determinantes.
- 🔗 No hay una división verdadera entre el derecho público y privado, ya que incluso los asuntos privados se resuelven sobre bases jurídicas establecidas por el estado.
- 📖 La relación entre derecho y costumbre es mutua, y ambos se generan sobre los ejes del acuerdo y el reconocimiento de los derechos del otro.
Q & A
- ¿Cuál es la naturaleza del concepto de derecho según el guion?- -El concepto de derecho es multifacético y su definición se dificulta en parte por ello. No está necesariamente relacionado con un sistema de leyes en el sentido moderno del término. 
- ¿Qué tres hechos principales se desprenden sobre el derecho según el guion?- -1) En todas las etapas históricas ha tenido que hacerse espacio al derecho natural. 2) La legalidad es un constructo determinado por el estado. 3) La legalidad puede o no corresponder a los fines del derecho. 
- ¿Por qué la conceptualización del derecho ha variado en distintas épocas?- -La conceptualización del derecho ha variado en distintas épocas debido a procesos históricos, socioculturales, históricos y a menudo económicos. 
- ¿Cómo se relacionan los sistemas de derecho con las características de una sociedad?- -Los sistemas de derecho, sean simples o complejos, corresponden a las características, necesidades y grado de complejidad de una sociedad. 
- ¿Por qué la historia del derecho a menudo se sujeta a la voluntad política o a sucesos ajenos?- -Los códigos a menudo se sujetan a la voluntad política, a sucesos ajenos o a las necesidades de supervivencia de una sociedad, lo que limita la historia del derecho. 
- ¿Qué implica el principio filosófico de que la historia tiende a repetirse en el contexto del derecho?- -El principio filosófico indica que en el derecho, como en la historia, los hechos y conceptos tienden a repetirse, y los nuevos desarrollos jurídicos a menudo buscan en el pasado para entender el presente. 
- ¿Cómo se describe el carácter contractualista del derecho en el guion?- -El derecho es básicamente contractualista y debe estar soportado por un sistema social que le permita mantener ese carácter, siendo los aspectos económicos a menudo el condicionante más fuerte. 
- ¿Por qué es peligroso asumir que los sistemas de reglas de convivencia de un grupo no constituye necesariamente derecho?- -Es peligroso porque puede llevar a la estabilidad social y a la interacción entre grupos humanos, ya que la complejidad de un sistema jurídico a menudo significa fragilidad o positividad deficiente. 
- ¿Cuáles son los dos aspectos básicos para acceder a una historia general del derecho según el guion?- -1) Identificar los sucesos que han trascendido originando sistemas jurídicos y establecer las relaciones pertinentes. 2) Distinguir entre la macrohistoria y la microhistoria del derecho. 
- ¿Qué se entiende por macrohistoria y microhistoria del derecho en el guion?- -La macrohistoria del derecho se refiere al estudio de los cuerpos centrales de leyes o leyes fundamentales, mientras que la microhistoria del derecho corresponde a las leyes específicas sobre diversas materias que se supeditan a las leyes fundamentales. 
Outlines

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