LA CONDUCTA EN EL DERECHO PENAL, CAUSALISTA, FINALISTA Y FUNCIONALISTA
Summary
TLDREl guion explora la evolución del concepto de 'conducta' en la teoría jurídica, desde la mística y las supersticiones hasta la explicación científica de la relación causal entre la conducta y los resultados. Se analiza la teoría de los causa listas, los finalistas, y los funcionalistas, destacando cómo cada teoría aborda la conducta, la finalidad y la responsabilidad en el marco del delito. La conducta voluntaria y consciente es fundamental para la imputación de responsabilidad, excluyendo actos reflejos e involuntarios.
Takeaways
- 📚 La conducta en la teoría tradicional se considera un elemento de la tipicidad antijuricidad y culpabilidad.
- 🔍 Hoy en día, la conducta se ha diferenciado como un elemento de la conducta punible aparte de la tipicidad.
- 🌱 La evolución del concepto de conducta comenzó desde los causalistas y se ha adaptado a través del tiempo.
- 🔬 Los causalistas introdujeron la ciencia para explicar los fenómenos naturales y el nexo causal en el esquema del delito.
- 🤔 Los causalistas enfrentaron dificultades para explicar casos como la tentativa y la omisión por la falta de un resultado o nexo causal claro.
- 🎯 Los finalistas agregaron la finalidad a la conducta, afirmando que todas las acciones humanas tienen una finalidad determinada.
- 🚫 Los finalistas tuvieron que resolver el problema de explicar las conductas culposas sin finalidad, desarrollando la teoría de la infracción al deber de cuidado.
- 🤝 Los funcionalistas consideraron que las acciones y omisiones están relacionadas con los roles sociales y las normas establecidas.
- 📘 Los funcionalistas explicaron los delitos culposos a través de la infracción a un deber de cuidado o la creación de riesgos jurídicamente desaprobados.
- 🚦 La conducta debe ser voluntaria y consciente, excluyendo actos reflejos e involuntarios de la noción de conducta.
- 🛑 La conducta no se considera tal cuando es el resultado de una pérdida de control involuntaria, como en casos de accidentes automovilísticos.
Q & A
¿Qué elementos constituyen una conducta punible según la teoría tradicional simple?
-Según la teoría tradicional simple, una conducta punible se compone de tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. La conducta se insertaba dentro de los elementos de la tipicidad.
¿Cómo se ha evolucionado el concepto de conducta en el marco de la teoría legal?
-El concepto de conducta ha evolucionado desde los causalistas, quienes introdujeron la ciencia y la explicación causal de fenómenos naturales, hasta la actualidad donde se plantea la conducta como un elemento de la conducta punible aparte de la tipicidad.
¿Qué rol jugó la ciencia en el desarrollo del concepto de conducta en el marco de la teoría del delito?
-La ciencia jugó un papel crucial al introducir la explicación causal de fenómenos naturales y exigir que cualquier resultado con tiempo penal debía ser producido por una causa y que esta relación causal entre la conducta y el resultado típico debía ser explicada de forma científica.
¿Cómo los causalistas abordaron el problema de la tentativa en el delito?
-Los causalistas tenían dificultades para explicar la tentativa, ya que si el resultado no se produce, como en el caso de un intento fallido de asesinato, no podían establecer fácilmente la relación causal.
¿Qué desafíos planteó la teoría de los finalistas para la explicación de la conducta en el delito?
-Los finalistas, al incluir la finalidad en la conducta, pudieron explicar casos como la omisión y la tentativa, pero enfrentaron el desafío de explicar las conductas culposas, donde no hay una finalidad directa, como en el caso de un accidente de tráfico.
¿Qué teoría alternativa desarrollaron los finalistas para explicar las conductas culposas?
-Los finalistas desarrollaron la teoría de la infracción al deber objetivo de cuidado como alternativa para explicar las conductas culposas, donde no hay una finalidad directa.
¿Cómo los funcionalistas ven la relación entre la conducta y los roles en la sociedad?
-Los funcionalistas ven la conducta de un ser humano en función de los roles que juega en la sociedad. Cada individuo cumple una función y, al no cumplirla, puede ser considerado responsable, tanto en acciones como en omisiones.
¿Qué concepto introducen los funcionalistas para explicar las conductas culposas en el delito?
-Los funcionalistas introducen el concepto de infracción de deberes objetivos de cuidado, que se extrae de las normas legales y constitucionales, para explicar las conductas culposas en el delito.
¿Cómo se relaciona la conducta voluntaria con la responsabilidad penal en la teoría legal?
-La conducta voluntaria es un requisito para la responsabilidad penal. Los actos reflejos, involuntarios o bajo la influencia de drogas no son considerados conductas voluntarias y, por lo tanto, no se imputan responsabilidad.
¿Qué casos específicos permiten ilustrar la utilidad de la conducta en la resolución de casos legales?
-La conducta es útil para resolver casos de delitos contra la administración pública, delitos ambientales y otros donde la infracción a un deber establecido es clave para determinar la responsabilidad penal.
Outlines
📚 Evolución de la Conducta en la Teoría Penal
El primer párrafo aborda la evolución de la conducta en el marco de la teoría penal. Se menciona que tradicionalmente, la conducta era parte de la tipicidad, pero hoy se considera un elemento separado de la conducta punible. Se explora la influencia de los causalistas, quienes enfatizaban la relación causal entre la conducta y el resultado, y cómo la ciencia jugó un papel crucial en la explicación de estos fenómenos. También se discuten los desafíos que enfrentaron los causalistas, especialmente en casos de tentativa y omisión, y cómo la teoría finalista, que incluyó la finalidad en la conducta, ayudó a resolver algunos de estos problemas.
🎯 Finalidad y Otras Teorías Penales
El segundo párrafo se enfoca en la teoría finalista y cómo esta teoría aborda la finalidad en la conducta. Los finalistas argumentaron que todas las acciones humanas tienen una finalidad, lo que permite explicar conductas como la omisión y la tentativa. Sin embargo, se enfrentaron a la dificultad de explicar las conductas culposas, que no siempre implican una finalidad. Esto llevó al desarrollo de la teoría de la infracción al deber de cuidado. Posteriormente, se introduce la teoría funcionalista, que considera que la conducta humana está influenciada por los roles sociales y las normas establecidas, y que tanto la acción como la omisión pueden ser vistas como incumplimientos de estos deberes.
🚦 Análisis de Conductas y Aplicaciones Legales
El tercer párrafo analiza cómo diferentes teorías penales pueden aplicarse a diversos casos legales. Se destaca la utilidad de las teorías causalista y finalista para casos de conductas dolosas y tentativas, y cómo la teoría funcionalista puede ser aplicada a delitos contra la administración pública y delitos ambientales. Además, se discute la importancia de la voluntariedad y la conciencia en la conducta, excluyendo actos reflejos e involuntarios de la noción de conducta, y se mencionan ejemplos de conductas fortuitas que no pueden ser imputables.
Mindmap
Keywords
💡Conducta punible
💡Tipicidad
💡Antijuricidad
💡Culpabilidad
💡Causa listas
💡Nexo causal
💡Finalistas
💡Finalidad
💡Funcionalistas
💡Omisión
💡Delito culposo
💡Voluntad
Highlights
La conducta punible se compone de tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.
La conducta se ha diferenciado de la tipicidad y se considera un elemento separado en la conducta punible.
La teoría tradicional de la conducta se ha evolucionado desde los causalistas.
Los causalistas introdujeron la ciencia para explicar fenómenos naturales y el nexo causal en el delito.
La teoría de los finalistas añadió la finalidad a la conducta, explicando la omisión y la tentativa.
Los finalistas plantean que todas las acciones humanas tienen una finalidad determinada.
La teoría de la infracción al deber de cuidado fue desarrollada para explicar las conductas culposas.
Los funcionalistas ven la conducta como el cumplimiento de roles en la sociedad.
Para los funcionalistas, tanto la acción como la omisión son omisiones a deberes sociales o legales.
La imputación objetiva y la infracción de cuidado son conceptos clave en la responsabilidad por delitos culposos.
Los funcionalistas explican los delitos contra la administración pública y ambientales a través de la infracción a deberes.
La conducta debe ser voluntaria y consciente para ser considerada en la responsabilidad penal.
Actos reflejos e involuntarios, como los de un sonámbulo o bajo la influencia de drogas, no constituyen conducta.
La conducta fortuita, como perder el control del vehículo sin intención, no es imputable.
La conducta y su utilidad en la resolución de casos penales es un tema fundamental en la teoría jurídica.
Las diferentes teorías de la conducta ayudan a entender y resolver casos de delitos dolosos y culposos.
Transcripts
hola
en esta ocasión voy a explicar uno de
los elementos de la conducta punible que
es la conducta precisamente en digamos
de la teoría tradicional simple se habla
de tipicidad antijuricidad y
culpabilidad se metía la conducta dentro
de los elementos de la tipicidad hoy en
día se plantea una diferencia y se crea
la conducta como un elemento de la
conducta punible aparte de la tipicidad
así entonces vamos a explicar el
concepto de conducta del concepto de
conducta que es una evolución que
comenzó digamos desde los causa listas y
actualmente se plantea una postura de la
explicación de la conducta a través de
los funcionarios entonces vamos a
comenzar digamos con el tema nos causa
vista los causa listas e incurrir en y
introdujeron el concepto de ciencia
antes de la ciencia lo que existía era
la mística la explicación de fenómenos
naturales a través de la religión y a
través de las supersticiones los
es el desarrollo
el renacimiento de las ciencias
comenzaron a exigir efectivamente que se
explicara los fenómenos causales a
través de la ciencia esto implicó dentro
del esquema del delito
cualquier resultado contenido un tiempo
penal debía ser producido por una
y esa relación causal entre esa conducta
y ese resultado típico tenía que ser
explicar de forma científica
así las cosas en un caso donde se pueda
establecer una relación causal entre un
acto de una persona y una conducta se
entiende que existe entonces el tipo
pero así entonces existe es
responsabilidad pero así las cosas por
ejemplo si a una persona a ella muerta
pueden existir dos tesis que se haya
suicidado porque otra persona la llama
está pero para determinar qué otra
persona me haya matado es necesario que
científicamente se pruebe qué
existe evidencia de que esa persona no
sé cuánto
entonces desde ese punto de vista los
causa listas aportaron la naturalidad
del delito el elemento de la ciencia y
la explicación de el nexo causal entre
la conducta y el resultado típico
el problema de los causa vistas se
presentó en dos eventos como explicar
por ejemplo la tentativa si en la
tentativa en efecto no existe resultado
o el resultado casi se produce pero no
fue el resultado cómo explicas tú casi
lo mató
entonces ese es uno de los puntos de los
causa listas digamos no podrían explicar
muy bien y el otro punto tenía que ver
con la omisión en efecto en la omisión
no existe relación cosa y como no existe
relación causal existe ausencia de ese
nexo causal y de esa explicación causal
que se debe presentar
como eso fueron los inconvenientes de
los finalistas pues perdón los causa
difícil los finalistas que fue la teoría
que siguió a los causas mixtas
incluyeron varias cosas importantes
incluyeron la finalidad
para los finalistas no existía conducta
sin finalidad es decir el ser humano
siempre actúa con una finalidad
determinada
de esta forma si tú te digamos
transportar a tu lugar de trabajo tiene
la finalidad de llegar al lugar de
trabajo y de trabajo
para el esquema del delito cuando tú
piensas que debo hacer para matar a otra
persona tú comienzas a pensar necesito
un arma necesito un plan para matar
necesito matarlo y necesito matarlo de
tal manera que nadie sepa que el otro
entonces toda esa finalidad
esta marcada dentro de actos antes de
haber realizado la conducta entonces si
la persona compra el arma ya sabemos que
tiene una finalidad si la persona sigue
a la víctima ya sabemos que tiene una
finalidad determinada
entonces los finalistas incluyeron a ese
concepto inicial de conducta relación
causal científica de los causa listas le
incluyeron algo que se llama la
finalidad
entonces con la finalidad los finalistas
lograron explicar
por ejemplo la omisión
yo dejo de alimentar
a medida que está minusválidas con el
objeto de que ella muera y yo acceder
potencia
también podrían explicar a través de la
finalidad el tema de la tentativa yo
compro el arma
voy a se hecho a mí
víctima le disparó en varias ocasiones y
a pesar de no haberle dado ni un solo
tiro porque la persona como llave y dice
mezclado el cemex se me escapó el tema
es que hay una finalidad una finalidad
de matar y se puede explicar
precisamente porque ese papel
sin embargo lo finalista encontrar un
gran problema cuál es ese gran problema
cómo explicar las conductas culposas si
en la conducta culposa existe finalidad
no es culposas
sería doloroso entonces una persona que
vaya en el carro manejando y de pronto
se distrae y atropella a otra sin querer
no podemos decir que tenía la finalidad
de atropellar
como no tienen la finalidad de
atropellarla pues no puede ser una
conducta dolosa y por esta razón los
finalistas tuvieron que desarrollar la
teoría de la infracción al deber
objetivo de cuidado como alternativa
para poder explicar el tema de los
digamos mandé a esta situación llegando
funcionalistas y los funcionalistas
establecen que la conducta
de un ser humano
de los roles que jueguen en una sociedad
así las cosas para los finalistas
el mundo es como si fuera un campo de
fútbol
cada quien tiene una función el arquero
tiene una función el defensa tiene una
función el mediocampista tiene una
función el delantero tiene una función y
cada quien cumple su función
en el momento en que el defensa deja
pasar al delantero no está cumpliendo su
función y entonces si el arquero de
patean un balón y él se quita no está
cumpliendo su función y entonces es
responsable desde ese punto de vista
para los funcionalistas no existen
una diferencia exacta entre acción
omisión porque todo es omisión a deberes
las comisiones al deberes a los deberes
inicialmente sociales o legales o
constitucionales dependido de oratoria
si es rock sin rock sin comparte el tema
los finalistas en los los delitos
dolosos es decir hay finalidad y hay
conducta cuando hay finalidad pero
cuando esposa entonces routing plantea
el tema de la imputación objetiva y
dentro de imputación de tira dice la
infracción de objetiva de cuidado o
digamos
creación de riesgo jurídicamente
desaprobado que se extrae de las normas
legales de las reglas de la ley de la
constitución y en ese en esa situación
se puede establecer la responsabilidad
de las personas por un delito culposo
por line la creación de esos riesgos
ubica en el desarrollo pero cuando
estamos hablando de jacobs estamos
hablando de que no hay diferencia entre
acción y omisión todos son omisiones y
son omisiones al deber y son omisiones
del deber establecido en los roles
sociales que tengan las personas de
acuerdo a ese campo de fútbol o de
acuerdo a ese mundo regido bajo leyes
entonces en ese orden de ideas tenemos
el tema de que los funcionalistas
incluyen la omisión a deberes con una
forma de explicar las conductas así las
cosas podemos determinar que alguien
mató a otra persona porque omitió el
deber de no matar
pero a su vez podemos encontrar que un
médico más infringió o realizó un delito
culposo en contra de un paciente ya sea
lesión o un homicidio cuando omite los
deberes establecidos en su lex artis
omitiendo un protocolo omitiendo cierto
procedimiento que tenía que realizar con
el paciente y no lo avisó entonces de
esta forma podemos encontrar como las
diferentes formas de conducta nos pueden
servir para solucionar diferentes casos
entonces los causa listas no sirven para
que nos causa vistas nos sirven para
determinar casos como
cuál es la causa de domicilio
o que mató a la persona
porque hay que comprobar la
científicamente
los finalistas nos permiten explicar muy
bien las conductas dolosas y las
conductas que tienen que ver con la
tentativa y los funcionalistas nos
permiten analizar conductas como por
ejemplo delitos contra la administración
pública delitos ambientales donde todo
depende de la infracción
a deberes que se estén estableciendo por
ejemplo nos ayuda a explicar muy bien
los delitos culposos entonces queda así
entendido el tema de la conducta y de la
utilidad que tiene en la conducta por
otro lado también hay que decir que la
concepción de conducta plantea que la
conducta debe ser voluntaria
y debe ser consciente de tal manera que
están excluidas de la noción de conducta
hechos de actos reflejos hechos
involuntarios como por ejemplo un
sonámbulo o una persona que está digamos
bajo los efectos de una droga como la
mina por ejemplo son personas que actúan
sin voluntad y por lo tanto no se le
tiene en cuenta la conducta igualmente
no hay conducta cuando una persona
viajando en un carro
llega una vez pase al mente en el ojo y
tiene el control del carro eso no es una
conducta voluntaria y en virtudes no
podríamos imputar la responsabilidad de
ese conductor es precisamente un caso
fortuito entonces dejó aquí explicado la
noción de conducta como primer elemento
de la conducta
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