FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LAS AUTORIDADES FISCALES | INFiscal
Summary
TLDREn este vídeo, se explican las facultades de comprobación de la autoridad fiscal en México, basadas en la Constitución Política y el Código Fiscal de la Federación. Se discuten las finalidades, como verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales y detectar delitos fiscales, y las acciones que las autoridades pueden tomar, como rectificar errores, requerir documentación y practicar visitas domiciliarias. Además, se mencionan los derechos de los contribuyentes y la importancia de la transparencia y la comunicación durante el proceso de fiscalización.
Takeaways
- 📚 La autoridad fiscal en México tiene facultades de gestión, asistencia, control, vigilancia y comprobación, según lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- 🔍 Las facultades de comprobación de la autoridad fiscal buscan inspeccionar, verificar, determinar o liquidar las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
- 📖 El Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación detalla las facultades de comprobación, incluyendo la rectificación de errores en declaraciones, la revisión de contabilidad y la realización de visitas domiciliarias.
- 👀 Las autoridades fiscales pueden requerir la presentación de documentación y la exhibición de la contabilidad para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
- 🏠 Se pueden practicar visitas domiciliarias a contribuyentes, responsables solidarios y terceros relacionados para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
- 🔗 Las autoridades fiscales también pueden revisar dictámenes de contadores públicos y verificar la operación de sistemas y registros electrónicos.
- 📈 Las facultades de comprobación pueden ser ejercidas conjuntamente, indistintamente o sucesivamente, y se inician con el primer acto notificado al contribuyente.
- ⏱️ Existen plazos y formalidades específicas que deben ser observadas por las autoridades fiscales al ejercer sus facultades de comprobación.
- 💡 Los contribuyentes tienen derechos informados al inicio de las facultades de comprobación, incluyendo la entrega de una carta de derechos del contribuyente.
- 📢 La autoridad fiscal puede notificar a los contribuyentes por diferentes medios, y estas notificaciones surten efecto al día hábil siguiente a su realización.
Q & A
- ¿Qué facultades puede ejercer la autoridad fiscal según el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?- -La autoridad fiscal puede ejercer facultades de gestión, asistencia, control o vigilancia y de comprobación, inspección, verificación, determinación o liquidación de la obligación de contribuir, según lo previsto en el numeral 31 fracción cuarta de la Constitución. 
- ¿Cuáles son las finalidades de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal según el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación?- -Las finalidades son inspeccionar, verificar, determinar o liquidar las obligaciones fiscales, comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales, determinar contribuciones omitidas o créditos fiscales, comprobar la comisión de delitos fiscales y proporcionar información a otras autoridades fiscales. 
- ¿Qué acciones específicas pueden realizar las autoridades fiscales durante el ejercicio de sus facultades de comprobación?- -Pueden rectificar errores, requerir la presentación de documentación, exhibir contabilidad, practicar visitas domiciliarias, revisar bienes y mercancías, verificar la operación de sistemas electrónicos, solicitar la exhibición de documentación o comprobantes, y realizar prácticas de revisión electrónica, entre otras. 
- ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las autoridades fiscales al notificar a los contribuyentes sobre la comprobación de sus obligaciones fiscales?- -Las autoridades fiscales deben informar al contribuyente sobre sus derechos y obligaciones, entregar una carta de los derechos del contribuyente y proporcionar copia del acto administrativo que se notifique. 
- ¿Cuál es el plazo mínimo que las autoridades fiscales deben dar a los contribuyentes para que puedan conocer los hechos y omisiones detectadas en una revisión electrónica?- -Las autoridades fiscales deben dar un plazo de al menos diez días hábiles a los contribuyentes para que puedan conocer los hechos y omisiones detectadas antes del levantamiento de la última acta parcial del oficio de observaciones o la resolución definitiva. 
- ¿Qué ocurre si las autoridades fiscales no informan adecuadamente a los contribuyentes sobre sus derechos y obligaciones durante una comprobación?- -Si las autoridades fiscales no informan adecuadamente a los contribuyentes, no afectará la validez de las actuaciones, pero dará lugar a que se finque responsabilidad administrativa al servidor público que incurrió en la omisión. 
- ¿Cuáles son los medios por los cuales las autoridades fiscales pueden notificar a los contribuyentes?- -Las notificaciones pueden ser hechas personalmente, por correo certificado con acuse de recibo, en el buzón tributario, por correo ordinario, por estrados edictos o instructivos. 
- ¿Qué derechos tiene un contribuyente al inicio de cualquier actuación de la autoridad tributaria?- -Un contribuyente tiene derecho a ser informado sobre sus derechos y obligaciones, a recibir una carta de los derechos del contribuyente y a ser asistido de manera presencial cuando acudan a las oficinas de las autoridades fiscales. 
- ¿Qué consecuencias legales pueden surgir si un funcionario de la autoridad fiscal actúa de manera irregular durante una visita domiciliaria?- -Si un funcionario actúa de manera irregular, como no explicar los derechos y obligaciones o prolongar la visita más de lo establecido sin justificación legal, puede ser sujeto de responsabilidad administrativa, lo que implica un procedimiento de revisión de su actuación y posibles sanciones. 
- ¿Cómo pueden los contribuyentes verificar si han cumplido con sus obligaciones fiscales según lo establecido en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación?- -Los contribuyentes pueden verificar su cumplimiento fiscal mediante la rectificación de errores en declaraciones, la exhibición de contabilidad, la presentación de documentación requerida, y la colaboración con las visitas y revisiones realizadas por las autoridades fiscales. 
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