Cálculo de las CUOTAS OBRERO Patronal 2018

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28 Nov 201813:40

Summary

TLDREn este vídeo, se explica el cálculo de las cuotas obrero-patronales en México, es decir, las cantidades que tanto empleadores como trabajadores deben pagar al seguro social para garantizar servicios médicos, retiro y otras prestaciones. Se mencionan dos regímenes: obligatorio y voluntario, y se enfoca en el obligatorio, que cubre riesgos de trabajo, enfermedades, maternidad, invalidez, vida, retiro, cesantía y prestaciones sociales. Se detalla cómo se calculan las cuotas basándose en el salario base de cotización y se proporciona un ejemplo práctico con un salario diario de 450 pesos y un periodo de 15 días, para ilustrar el proceso de cálculo y los montos que corresponden a cada una de las ramas del seguro social.

Takeaways

  • 😀 Las cuotas obrero-patronales son cantidades que el empleador y el trabajador pagan al seguro para acceder a servicios médicos, retiro y otras prestaciones sociales.
  • 🏢 Existen dos tipos de regímenes de seguridad social: obligatorio, donde el empleador inscribió al trabajador, y voluntario, donde la persona se inscribió por su cuenta.
  • 👷 El régimen obligatorio cubre cinco seguros: riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y guarderías y prestaciones sociales.
  • 📊 Los cálculos de las cuotas se basan en el salario base de cotización y varían según el rama de seguro social correspondiente.
  • 💼 El patrón es responsable de pagar la mayoría de las cuotas, mientras que las contribuciones del trabajador son menores o nulas en algunos casos.
  • 📉 Las cuotas para el riesgo de trabajo son únicamente para la cuenta del patrón, y se basan en las tablas de riesgo de trabajo establecidas por la ley.
  • 🤰 Las cuotas para enfermedades y maternidad se dividen en prestaciones en especie y en dinero, con porcentajes diferentes para el patrón y el trabajador.
  • 👶 Las prestaciones en especie, como la guardería, son cubiertas por el patrón y no generan carga para el trabajador.
  • 💼 Los porcentajes de cuotas para invalidez y vida, retiro y cesantía varían y se pagan bimestralmente.
  • 💰 El cálculo de las cuotas se realiza con base en el número de días trabajados y el salario base de cotización, pudiendo ajustarse para diferentes periodos o salarios.
  • 🔢 Hay límites establecidos por la ley para el cálculo de las cuotas, incluyendo un mínimo basado en la UMA y un máximo de 25 veces la UMA.

Q & A

  • ¿Qué es el cálculo de las cuotas sindicales y qué parte se enfoca en este video?

    -El cálculo de las cuotas sindicales se refiere a la determinación de las cantidades que tanto los trabajadores como los empleadores deben pagar para el seguro social. En este video, se se enfoca únicamente en la parte obrera.

  • ¿Cuáles son las dos partes que componen las cuotas obrero-patronales?

    -Las cuotas obrero-patronales están compuestas por las cuotas obreras y las cuotas patronales, que son las cuotas obrero-patronales.

  • ¿Qué es el régimen obligatorio en el contexto del seguro social mexicano?

    -El régimen obligatorio es aquel en el cual los trabajadores están inscritos al seguro social por parte de un empleador, quien se encarga de deducir las cuotas que el empleado aporta y las que el empleador aporta.

  • ¿Qué es el régimen voluntario en el seguro social?

    -El régimen voluntario implica a personas físicas que desean tener derecho a una seguridad social y, por lo tanto, se presentan en el seguro social para pagar sus cuotas y obtener servicios.

  • ¿Cuáles son los cinco seguros que cubre el régimen obligatorio para los trabajadores?

    -Los cinco seguros del régimen obligatorio incluyen riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y guarderías y prestaciones sociales.

  • ¿Cómo se dividen las prestaciones en especie y en dinero dentro del régimen obligatorio?

    -Las prestaciones se dividen en especie y en dinero para cada una de las ramas del seguro social, como riesgos del trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía y vejez, y guarderías y prestaciones sociales.

  • ¿Cuál es el porcentaje de cuotas que corresponde a la parte del patrón en el caso de riesgos del trabajo?

    -Para el caso de riesgos del trabajo, la parte del patrón corresponde a un 100%, ya que el trabajador no tiene cuotas grabadas en esta rama.

  • ¿Cómo se calculan las cuotas para enfermedades y maternidad en términos de prestaciones en especie y en dinero?

    -Las cuotas para enfermedades y maternidad se calculan dividiéndolas en especie (gastos médicos para pensionados y beneficiarios) y en dinero. Las prestaciones en especie se subdividen en cuotas fijas por cada trabajador y adicionales por la diferencia del salario base de cotización.

  • ¿Cuál es el proceso para calcular las cuotas de invalidez y vida, y retiro cesantía en edad avanzada y vejez?

    -Para calcular estas cuotas, se toman los porcentajes correspondientes y se multiplican por el salario base de cotización. Esto se hace para cada una de las prestaciones, tanto en especie como en dinero.

  • ¿Cómo se determina el importe a pagar o retener por el patrón en el cálculo de las cuotas?

    -Se realiza una sumatoria de todos los conceptos de cuotas calculadas, como riesgos del trabajo, enfermedades y maternidad, gastos médicos, invalidez y vida, retiro, cesantía y vejez, y guarderías y prestaciones sociales. El resultado es el importe total que el patrón debe retener.

  • ¿Qué restricciones hay en los cálculos de las cuotas sindicales?

    -Existen restricciones como un mínimo y un máximo en los cálculos de las cuotas. El mínimo es el salario mínimo o la UMA, y el máximo es 25 veces la UMA. Ningún trabajador puede cotizar con menos o más de estos valores.

  • ¿Cómo se ajustaría el cálculo de las cuotas para un mes completo o para un salario diario diferente?

    -Para ajustar el cálculo para un mes completo, se cambiaría el número de días a 30. Para calcular con un salario diario diferente, se cambiaría el importe del salario diario en el cálculo.

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