La tipicidad (segundo elemento) en la Teoría del Delito

Araujo Paulina Derecho Penal
13 Aug 201909:58

Summary

TLDREn este video, Paulina Araujo continúa con la explicación de la teoría del delito, enfocándose en la tipicidad, que se refiere a la conducta prohibida descrita en el Código Penal. Detalla los tres elementos de la tipicidad: conducta típica, sujetos y objetos. Explica la diferencia entre el elemento objetivo (acción externa) y el elemento subjetivo (dolo o culpa). También aborda la importancia de identificar los sujetos activos y pasivos, y los objetos materiales y jurídicos. Concluye enfatizando la necesidad de interpretar correctamente la norma penal para verificar todos los elementos del delito.

Takeaways

  • 📝 La tipicidad es la segunda parte de la teoría del delito, basada en la descripción de acciones prohibidas por el Código Penal.
  • ⚖️ La tipicidad tiene tres elementos: conducta típica, sujetos y objetos.
  • 🔍 El elemento objetivo de la conducta típica se refiere a la manifestación externa de la conducta (ejemplo: matar o robar).
  • 💡 El elemento subjetivo de la tipicidad incluye dolo (intención de causar daño) o culpa (negligencia o falta de cuidado).
  • 👮‍♂️ Existen delitos dolosos (con intención) y culposos (sin intención), y ambos deben ser probados en función de la redacción del delito.
  • 🙋‍♂️ Los sujetos en la tipicidad son el sujeto activo (el delincuente) y el sujeto pasivo (la víctima).
  • 📋 Algunos delitos requieren características específicas del sujeto activo, como ser funcionario público, militar o policía.
  • 🏛️ Los objetos en la tipicidad incluyen el objeto material (persona o cosa afectada por la conducta) y el objeto jurídico (el bien jurídico protegido).
  • 🔨 El objeto jurídico es el bien que la ley busca proteger, como la vida en un asesinato o la integridad personal en una agresión.
  • 🧐 La tipicidad se verifica a través del análisis del código penal, y los elementos deben ser probados para validar si una conducta es típica.

Q & A

  • ¿Qué es la tipicidad en el contexto del derecho penal?

    -La tipicidad es la adecuación de una conducta a la descripción que el Código Penal establece como prohibida. Si una conducta encaja en esta descripción, se considera un delito y puede ser sancionada.

  • ¿Cuáles son los tres elementos de la tipicidad mencionados en el video?

    -Los tres elementos de la tipicidad son: la conducta típica, los sujetos (activo y pasivo) y los objetos (material y jurídico).

  • ¿Qué diferencia hay entre el elemento objetivo y el elemento subjetivo de la conducta típica?

    -El elemento objetivo se refiere a la manifestación externa de la conducta, como el acto de matar o robar. El elemento subjetivo se refiere a la intención detrás de la conducta, como el dolo (intención de causar daño) o la culpa (negligencia o falta de cuidado).

  • ¿Qué es el verbo rector en la tipicidad y cómo influye en la clasificación del delito?

    -El verbo rector es el núcleo de la acción delictiva, como 'matar' o 'robar'. Cuando este verbo se acompaña de circunstancias complementarias, como 'aumentar deliberadamente el dolor', puede cambiar la clasificación del delito, como en el caso del asesinato.

  • ¿Cuál es la diferencia entre delitos dolosos y culposos?

    -Los delitos dolosos son aquellos en los que hay una intención clara de causar daño, mientras que los delitos culposos ocurren por negligencia o falta de cuidado, sin la intención directa de delinquir.

  • ¿Quiénes son los sujetos activo y pasivo en un delito?

    -El sujeto activo es la persona que comete el delito, mientras que el sujeto pasivo es la víctima o la persona sobre la cual recae la acción delictiva.

  • ¿Qué son los delitos propios y los delitos comunes?

    -Los delitos propios requieren que el sujeto activo cumpla ciertas características, como ser funcionario público o militar. En cambio, los delitos comunes pueden ser cometidos por cualquier persona.

  • ¿Qué diferencia existe entre el objeto material y el objeto jurídico en la tipicidad?

    -El objeto material es la persona o cosa sobre la cual recae la conducta delictiva, mientras que el objeto jurídico es el bien jurídico que se busca proteger, como la vida o la integridad personal.

  • ¿Cómo se identifica el objeto jurídico en un delito?

    -El objeto jurídico se identifica a partir del bien jurídico protegido por el tipo penal. Por ejemplo, en el caso del asesinato, el objeto jurídico es la vida, mientras que en un delito contra la propiedad, sería el derecho a la propiedad.

  • ¿Qué importancia tiene el análisis del elemento subjetivo en la tipicidad?

    -El análisis del elemento subjetivo es clave para determinar si el delito fue cometido con dolo o culpa. Este análisis ayuda a entender la intención del sujeto activo y es fundamental para la correcta subsunción de la conducta dentro del tipo penal.

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