Mensaje de la Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público, Dra. Consuelo Porras
Summary
TLDREn este mensaje dirigido al pueblo de Guatemala, la Fiscal General reafirma su compromiso con la independencia y autonomía del Ministerio Público, recordando que no está subordinado a ninguna otra autoridad del Estado. Responde a una solicitud del presidente Bernardo Arévalo, destacando que el Ministerio Público actúa conforme a la Constitución y las leyes. Rechaza las solicitudes de renuncia y asegura que cumplirá con su mandato de cuatro años. Además, exhorta al presidente a transformar su discurso anticorrupción en acciones concretas y a respetar las resoluciones legales vigentes.
Takeaways
- 📜 El Ministerio Público de Guatemala es una institución autónoma e independiente, no subordinada a ningún poder del Estado.
- ⚖️ La fiscal general y el personal del Ministerio Público actúan conforme a la ley y no están sujetos a instrucciones de ninguna otra autoridad.
- 📅 El mandato de la fiscal general es de 4 años, y no coincide con el período presidencial, para asegurar la independencia del Ministerio Público.
- 📢 La fiscal reitera que no renunciará y cumplirá con su mandato constitucional completo.
- 💼 El Ministerio Público investiga de manera independiente cualquier acto de corrupción, sin excepciones.
- 📝 La corte de constitucionalidad ha ratificado la independencia y autonomía del Ministerio Público en varias resoluciones.
- 🔍 Ninguna autoridad puede limitar o interferir en las investigaciones penales realizadas por el Ministerio Público.
- 🏛️ Se exhorta al presidente de la República y a sus funcionarios a presentar denuncias con pruebas sobre actos de corrupción, que serán investigadas conforme a la ley.
- 🗣️ La fiscal hace un llamado al presidente a respetar la Constitución y las leyes del país, incluyendo las resoluciones de la corte de constitucionalidad.
- ✅ La fiscal afirma que su gestión ha fortalecido el Estado de derecho en Guatemala, y continuará trabajando en estricto cumplimiento de la ley.
Q & A
¿Cuál es la razón principal por la cual se emite este comunicado?
-El comunicado responde a un oficio del presidente de la República, Bernardo Arévalo, y tiene el propósito de aclarar que el Ministerio Público actuará conforme a la legalidad y la autonomía establecida en la Constitución de Guatemala.
¿Qué principio fundamental guía el actuar del Ministerio Público según el comunicado?
-El principio fundamental es el de legalidad, junto con la autonomía funcional, lo que asegura que el Ministerio Público no está subordinado a ningún poder del Estado.
¿Qué establece el artículo 251 de la Constitución Política de Guatemala respecto al Ministerio Público?
-El artículo 251 establece que el Ministerio Público se rige por principios de legalidad, jerarquía y autonomía funcional, lo que garantiza su independencia en el ejercicio de sus funciones.
¿Cuál es la posición de la Fiscal General sobre las citaciones o reuniones para discutir procesos bajo investigación?
-La Fiscal General rechaza las citaciones o reuniones para discutir procesos bajo investigación, argumentando que aceptar tales reuniones violaría la Constitución y la ley vigente.
¿Cómo se regula la independencia del Ministerio Público en la investigación penal según el Código Procesal Penal?
-El artículo 8 del Código Procesal Penal establece que el Ministerio Público goza de plena independencia en el ejercicio de la acción penal y la investigación, sin que ninguna autoridad pueda intervenir.
¿Cuál es el mensaje que la Fiscal General envía al presidente de Guatemala en el comunicado?
-La Fiscal General manifiesta categóricamente que no renunciará a su cargo y exhorta al presidente a respetar la Constitución y las leyes del país, cumpliendo con sus respectivas funciones.
¿Por qué la Fiscal General enfatiza que su mandato no debe coincidir con el del presidente de la República?
-La Fiscal General subraya que, para garantizar la autonomía e independencia del Ministerio Público, su mandato de cuatro años no debe coincidir con el periodo presidencial.
¿Qué señala la Fiscal General sobre su reelección en el cargo?
-La Fiscal General destaca que su reelección es una confirmación del fortalecimiento del Ministerio Público y del cumplimiento de sus funciones dentro del marco legal.
¿Cuál es la exhortación que la Fiscal General hace al presidente respecto a la lucha contra la corrupción?
-Exhorta al presidente a transformar su discurso anticorrupción en acciones concretas, presentando denuncias con pruebas ante el Ministerio Público, el ente natural para investigar actos de corrupción.
¿Qué considera la Fiscal General como posibles consecuencias de actuar en contra de la ley del Ministerio Público?
-La Fiscal General advierte que cualquier acción en contra de la Ley Orgánica del Ministerio Público sería ilegítima, antidemocrática y obstruiría la justicia, lo que no contribuiría a la transparencia ni al fortalecimiento del Estado de derecho.
Outlines
📜 Respuesta a la solicitud del presidente sobre la autonomía del Ministerio Público
En este párrafo, la Fiscal General de la República de Guatemala responde a un oficio enviado por el presidente Bernardo Arévalo de León. Ella subraya que el Ministerio Público (MP) es una institución autónoma, no subordinada a ningún poder del Estado, como lo establece la Constitución y otras leyes. La independencia del MP en la investigación penal es clave para su funcionamiento, lo que también ha sido ratificado por la Corte de Constitucionalidad. Ninguna autoridad puede interferir en el ejercicio de sus funciones, lo que garantiza una investigación imparcial y sin influencias externas.
⚖️ Compromiso con el mandato constitucional de la Fiscal General
La Fiscal General reafirma su compromiso de cumplir el mandato constitucional de cuatro años para el cual fue reelecta, declarando que no renunciará. Resalta la importancia de que el presidente respete la Constitución y las leyes del país. Además, menciona que la independencia del Ministerio Público respecto a la presidencia es fundamental para garantizar la autonomía de la institución. Concluye haciendo un llamado al presidente para que respete el Estado de derecho y las resoluciones judiciales, y para que su discurso anticorrupción se traduzca en acciones concretas.
Mindmap
Keywords
💡Ministerio Público
💡Autonomía
💡Legalidad
💡Independencia
💡Fiscal General
💡Constitución Política
💡Corte de Constitucionalidad
💡Mandato de cuatro años
💡Rendición de cuentas
💡Estado de derecho
Highlights
El Ministerio Público no está subordinado a ningún poder del estado, garantizando su autonomía e independencia.
La Corte de Constitucionalidad ha reiterado que el Ministerio Público actúa de manera independiente en sus funciones.
La constitución política de Guatemala establece que el Ministerio Público debe regirse por los principios de legalidad, jerarquía y autonomía funcional.
El artículo 251 de la constitución política de Guatemala garantiza la autonomía del Ministerio Público.
El artículo 8 del Código Procesal Penal confirma la independencia del Ministerio Público en la investigación penal.
Ninguna autoridad puede limitar o instruir al Ministerio Público en la investigación penal, salvo los tribunales de justicia.
La fiscal general subraya que el Ministerio Público no está subordinado a organismos del estado ni a autoridad alguna.
El mandato constitucional de la fiscal general es de cuatro años, y ella enfatiza que no renunciará a su cargo.
La Corte de Constitucionalidad ha afirmado que el mandato del fiscal general no debe coincidir con el periodo presidencial para garantizar la independencia del Ministerio Público.
La fiscal general destaca el fortalecimiento histórico del Ministerio Público durante su mandato.
El Ministerio Público sigue firme en su compromiso con la averiguación de la verdad.
La fiscal general exhorta al presidente a respetar la Constitución, las leyes y las resoluciones de las cortes.
Una resolución reciente de la Corte de Constitucionalidad denegó una acción de inconstitucionalidad relacionada con el artículo 14 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
La fiscal general advierte que cualquier acción contraria a la ley puede ser ilegítima y antidemocrática.
El Ministerio Público investiga todas las denuncias de corrupción presentadas, sin excepción alguna.
Transcripts
[Música]
pueblo de Guatemala Quiero
manifestarles que en atención al oficio
de fecha 18 de enero del presente año
suscrito por el señor presidente de la
república Bernardo Arévalo de lón se le
estará dando respuesta a los aspectos
contenidos en el mismo atendiendo al
principio de legalidad Pilar fundamental
de nuestro ordenamiento jurídico esta
información la haremos pública en
nuestras redes sociales para que la
población esté informada en atención al
Espíritu de la rendición de cuentas
hacia la
ciudadanía es importante manifestar
categórica y contundentemente que de
conformidad con lo establecido en la
constitución política de la República de
Guatemala La Ley Orgánica del Ministerio
Público y demás normativa legal vigente
el Ministerio Público no está supeditado
a ningún poder del estado por ser una
institución Autónoma e
independiente garantizando con ello la
no intervención de autoridad alguna en
el ejercicio de sus
funciones en ese sentido se ha
pronunciado la corte de
constitucionalidad en reiteradas
resoluciones Estableciendo que de
conformidad con el mandato contenido en
el artículo
251 de la constitución política de la
República de Guatemala el Ministerio
Público se rige por principios
fundamentales entre ellos los de
legalidad jerarquía y autonomía
funcional considerando que la autonomía
funcional implica que en el ejercicio de
sus funciones el Ministerio Público no
está subordinado a autoridad alguna en
el mismo sentido el artículo 8 del
código procesal penal Establece que el
Ministerio Público goza de plena
independencia para el ejercicio de la
acción penal y la
investigación y que ninguna autoridad
podrá dar instrucciones al jefe del
Ministerio Público o sus
subordinados respecto a la forma de
llevar adelante la investigación penal o
limitar el ejercicio de la acción salvo
las facultades conferidas por la ley a
los tribunales de
Justicia el ejercicio de la autonomía
concion relacionada se encuentra
desarrollada en el artículo 3 de la Ley
Orgánica del ministerio público que
regula que el Ministerio Público actuará
independientemente por su propio impulso
y en cumplimiento de las funciones que
le atribuyen las leyes sin
subordinación a ninguno de los
organismos del estado Ni autoridad
alguna
una en ese orden de ideas desde el punto
de vista legal y
jurisprudencial la fiscal general de la
república Y el personal del Ministerio
Público únicamente
actuarán de conformidad con las
facultades y atribuciones legalmente
conferidas Consecuentemente
el atender citaciones y invitaciones o
reuniones para discutir procesos bajo
investigación del Ministerio Público
constituiría
inobservar la normativa constitucional y
legal vigente ya que
todos los funcionarios somos
depositarios de la autoridad
responsables por nuestra conducta
oficial sujetos a la ley y jamás
superiores a ella De igual forma ante
las diversas declaraciones públicas y la
tentativa de solicitar mi
renuncia
hoy quiero enviar un mensaje claro y
contundente al pueblo de
Guatemala y al presidente de la
república para hacerle saber de forma
categórica que Soy respetuosa de las
leyes de del país y en consecuencia
cumpliré con el mandato constitucional
de cuatro años para el cual fui reelecta
y en consecuencia no voy a
renunciar en virtud de lo anterior la
constitución política de la
República es clara al respecto y
establece un mandato legal determinado
que debo cumplir a cabalidad por lo que
usted como máxima autoridad de la nación
debe respetar lo que establece la Carta
Magna y las leyes del país en igual
sentido se ha pronunciado la corte de
constitucionalidad al expresar que la
previsión constitucional del periodo de
4 años del cargo de fiscal general de la
república y jefe del Ministerio Público
no debe coincidir con el periodo del
ejercicio de la
presidencia para garantizar la autonomía
e independencia del Ministerio Público
mi actuar siempre se ha desarrollado en
estricto cumplimiento de la
ley contribuyendo al fortalecimiento del
Estado de derecho en el país lo cual ha
representado un
fortalecimiento histórico del Ministerio
Público hecho que fue refrendado al ser
reelecta como fiscal general de la
república y jefe del Ministerio Público
y con resultados contundentes y
comprobables
quiero
reiterar que no es catimar esfuerzo para
que el Ministerio Público
continúe firme y fuerte en sus
investigaciones con un único fin la
averiguación de la
verdad señor
presidente ambos tenemos funciones
fundamentales que
cumplir y debemos trabajar por el bien
de nuestro país en el marco de nuestras
respectivas
competencias por ello como mujer de
derecho siempre he sido y seguiré siendo
respetuosa de la ley cumpliendo
firmemente con mis
obligaciones por lo que en el mismo
sentido le exhorto
respetuosamente a que se respete la
Constitución la ley y todas las
resoluciones de las Cortes incluyendo la
resolución de la corte de
constitucionalidad que denegó una acción
de
inconstitucionalidad relacionada al
artículo 14 de la Ley Orgánica del
Ministerio Público ya que toda acción en
contrario puede
ser
ilegítima
antidemocrática y en Clara
obstaculización a la persecución penal y
obstrucción a la justicia
mismas que no contribuyen a la
transparencia al fortalecimiento de la
institucionalidad y al Estado de derecho
ni benefician a la población
guatemalteca entonces señor
presidente lo
exhorto a que deje su discurso
anticorrupción y lo convierta en una
realidad en favor de la ciudadanía
guatemalteca ya que el Ministerio
Público es el ente natural conforme a la
ley para que usted y sus funcionarios de
forma
responsable presenten las denuncias con
sus respectivas pruebas sobre cualquier
acto de
corrupción los cuales eran investigados
sin excepción alguna ya que el
Ministerio Público ha investigado y
continúa investigando
todas las denuncias que han sido puestas
de su
[Música]
conocimiento
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