LA CONDUCTA EN EL DERECHO PENAL, CAUSALISTA, FINALISTA Y FUNCIONALISTA
Summary
TLDREl guion explora la evolución del concepto de 'conducta' en la teoría jurídica, desde la mística y las supersticiones hasta la explicación científica de la relación causal entre la conducta y los resultados. Se analiza la teoría de los causa listas, los finalistas, y los funcionalistas, destacando cómo cada teoría aborda la conducta, la finalidad y la responsabilidad en el marco del delito. La conducta voluntaria y consciente es fundamental para la imputación de responsabilidad, excluyendo actos reflejos e involuntarios.
Takeaways
- 📚 La conducta en la teoría tradicional se considera un elemento de la tipicidad antijuricidad y culpabilidad.
- 🔍 Hoy en día, la conducta se ha diferenciado como un elemento de la conducta punible aparte de la tipicidad.
- 🌱 La evolución del concepto de conducta comenzó desde los causalistas y se ha adaptado a través del tiempo.
- 🔬 Los causalistas introdujeron la ciencia para explicar los fenómenos naturales y el nexo causal en el esquema del delito.
- 🤔 Los causalistas enfrentaron dificultades para explicar casos como la tentativa y la omisión por la falta de un resultado o nexo causal claro.
- 🎯 Los finalistas agregaron la finalidad a la conducta, afirmando que todas las acciones humanas tienen una finalidad determinada.
- 🚫 Los finalistas tuvieron que resolver el problema de explicar las conductas culposas sin finalidad, desarrollando la teoría de la infracción al deber de cuidado.
- 🤝 Los funcionalistas consideraron que las acciones y omisiones están relacionadas con los roles sociales y las normas establecidas.
- 📘 Los funcionalistas explicaron los delitos culposos a través de la infracción a un deber de cuidado o la creación de riesgos jurídicamente desaprobados.
- 🚦 La conducta debe ser voluntaria y consciente, excluyendo actos reflejos e involuntarios de la noción de conducta.
- 🛑 La conducta no se considera tal cuando es el resultado de una pérdida de control involuntaria, como en casos de accidentes automovilísticos.
Q & A
¿Qué elementos constituyen una conducta punible según la teoría tradicional simple?
-Según la teoría tradicional simple, una conducta punible se compone de tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. La conducta se insertaba dentro de los elementos de la tipicidad.
¿Cómo se ha evolucionado el concepto de conducta en el marco de la teoría legal?
-El concepto de conducta ha evolucionado desde los causalistas, quienes introdujeron la ciencia y la explicación causal de fenómenos naturales, hasta la actualidad donde se plantea la conducta como un elemento de la conducta punible aparte de la tipicidad.
¿Qué rol jugó la ciencia en el desarrollo del concepto de conducta en el marco de la teoría del delito?
-La ciencia jugó un papel crucial al introducir la explicación causal de fenómenos naturales y exigir que cualquier resultado con tiempo penal debía ser producido por una causa y que esta relación causal entre la conducta y el resultado típico debía ser explicada de forma científica.
¿Cómo los causalistas abordaron el problema de la tentativa en el delito?
-Los causalistas tenían dificultades para explicar la tentativa, ya que si el resultado no se produce, como en el caso de un intento fallido de asesinato, no podían establecer fácilmente la relación causal.
¿Qué desafíos planteó la teoría de los finalistas para la explicación de la conducta en el delito?
-Los finalistas, al incluir la finalidad en la conducta, pudieron explicar casos como la omisión y la tentativa, pero enfrentaron el desafío de explicar las conductas culposas, donde no hay una finalidad directa, como en el caso de un accidente de tráfico.
¿Qué teoría alternativa desarrollaron los finalistas para explicar las conductas culposas?
-Los finalistas desarrollaron la teoría de la infracción al deber objetivo de cuidado como alternativa para explicar las conductas culposas, donde no hay una finalidad directa.
¿Cómo los funcionalistas ven la relación entre la conducta y los roles en la sociedad?
-Los funcionalistas ven la conducta de un ser humano en función de los roles que juega en la sociedad. Cada individuo cumple una función y, al no cumplirla, puede ser considerado responsable, tanto en acciones como en omisiones.
¿Qué concepto introducen los funcionalistas para explicar las conductas culposas en el delito?
-Los funcionalistas introducen el concepto de infracción de deberes objetivos de cuidado, que se extrae de las normas legales y constitucionales, para explicar las conductas culposas en el delito.
¿Cómo se relaciona la conducta voluntaria con la responsabilidad penal en la teoría legal?
-La conducta voluntaria es un requisito para la responsabilidad penal. Los actos reflejos, involuntarios o bajo la influencia de drogas no son considerados conductas voluntarias y, por lo tanto, no se imputan responsabilidad.
¿Qué casos específicos permiten ilustrar la utilidad de la conducta en la resolución de casos legales?
-La conducta es útil para resolver casos de delitos contra la administración pública, delitos ambientales y otros donde la infracción a un deber establecido es clave para determinar la responsabilidad penal.
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