WEBINAR: Devolución de IGV para exportadores
Summary
TLDREste video explica el proceso de solicitud de devolución del saldo a favor material beneficio para exportadores en Perú, detallando la base legal y los procedimientos clave. El saldo a favor se refiere a la devolución del IGV pagado en las compras para exportación, y su límite de devolución es del 18% sobre el valor de las exportaciones. El video aborda cómo gestionar el excedente, cómo arrastrarlo a meses siguientes y la importancia de las declaraciones correctas para solicitar el reembolso. También se revisan los cambios regulatorios del Decreto Supremo 088-2018 que modificaron los plazos para estos trámites.
Takeaways
- 😀 La base legal para la devolución del saldo a favor del exportador se fundamenta en varios decretos y reglamentos, como el Decreto Supremo 055-99-EF y el Decreto Supremo 088-2018.
- 😀 El saldo a favor material beneficio permite que los exportadores soliciten la devolución del IGV y el Impuesto de Promoción Municipal sobre sus compras realizadas para exportación.
- 😀 El IGV sobre exportaciones es del 16%, mientras que el 2% adicional corresponde al Impuesto de Promoción Municipal, sumando un total del 18%.
- 😀 Las solicitudes de devolución de saldo a favor tienen un límite del 18% del valor de las exportaciones realizadas durante el período.
- 😀 Si el saldo a favor excede el límite del 18%, el excedente puede ser arrastrado a los meses siguientes para compensar impuestos o pedir devolución en esos meses.
- 😀 Los exportadores pueden solicitar la devolución del saldo a favor en efectivo o mediante cheque no negociable o créditos negociables.
- 😀 Los plazos para la resolución de las solicitudes de devolución de saldo a favor fueron modificados por el Decreto Supremo 088-2018.
- 😀 Para solicitar la devolución, los exportadores deben asegurarse de que sus exportaciones estén correctamente declaradas en las declaraciones fiscales correspondientes.
- 😀 Si el saldo a favor no es completamente solicitado en un mes, el excedente puede ser llevado a los meses siguientes, aumentando el límite de devolución del período siguiente.
- 😀 Si el saldo a favor no es solicitado correctamente, se puede rechazar la solicitud, y el exportador no podrá recibir el monto completo solicitado en ese período.
Q & A
¿Cuál es la base legal que fundamenta la devolución de saldo a favor del exportador?
-La base legal está formada por varias normas, incluyendo la Ley del IGV (Decreto Supremo 055-99-EF), el Reglamento de la Ley del IGV (Decreto Supremo 029-94-EF), el Reglamento de Comprobantes de Pago (Decreto Supremo 07-99), y la Ley General de Aduanas. Además, el Decreto Supremo 088-2018 introduce modificaciones sobre los plazos para la atención de solicitudes de devolución de saldos a favor de los exportadores.
¿Qué modifica el Decreto Supremo 088-2018 en relación con la devolución de saldos a favor?
-El Decreto Supremo 088-2018 modifica los plazos para la atención de las solicitudes de devolución de saldos a favor de los exportadores, con el fin de agilizar el proceso y establecer nuevas condiciones para la resolución de las solicitudes.
¿Cómo se beneficia el exportador con la devolución del saldo a favor del IGV?
-El exportador puede solicitar la devolución del IGV que ha pagado en sus compras, ya que las exportaciones están exoneradas del IGV según la normativa. Esto se hace para promover las exportaciones y reducir la carga fiscal sobre las empresas exportadoras.
¿Qué porcentaje se devuelve al exportador sobre el monto del IGV en sus exportaciones?
-El porcentaje que se devuelve al exportador es el equivalente al 18% de las exportaciones realizadas. Este porcentaje está compuesto por el 16% del IGV y el 2% del Impuesto de Promoción Municipal.
¿Qué sucede si el saldo a favor excede el límite de devolución establecido?
-Si el saldo a favor excede el límite de devolución, el exceso no se pierde. En cambio, el saldo puede ser arrastrado a los meses siguientes como saldo a favor, para ser compensado o solicitado en futuros períodos.
¿Cómo se calcula el límite de la devolución del saldo a favor?
-El límite de la devolución es un porcentaje equivalente al 18% del monto de las exportaciones realizadas en el período. Si el exportador ha exportado, por ejemplo, 1,000 soles, podrá solicitar hasta 180 soles como devolución.
¿Es posible solicitar la devolución total del saldo a favor en un solo período?
-No, no es posible solicitar la devolución total en un solo período si el saldo excede el límite. El excedente se arrastra a los meses siguientes, y se puede seguir solicitando hasta que se agote el monto acumulado.
¿Qué deben hacer los exportadores si no han realizado sus exportaciones recientemente y desean solicitar la devolución?
-Si los exportadores no han realizado exportaciones recientemente, pueden regularizar su situación y seguir los procedimientos establecidos para poder solicitar la devolución del saldo a favor, asegurándose de tener sus declaraciones al día.
¿Qué documentos o declaraciones deben estar al día para solicitar la devolución del saldo a favor?
-Los exportadores deben tener sus declaraciones de IGV y Renta al día. Es necesario haber declarado correctamente sus exportaciones en el período correspondiente para que puedan ser consideradas para la devolución.
¿Cómo se realiza el pago de la devolución del saldo a favor?
-El pago de la devolución se puede realizar mediante cheque no negociable o mediante otros mecanismos establecidos, como la compensación con pagos a cuenta de impuestos futuros.
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