EL PRECEDENTE CONSTITUCIONAL Parte 1 - Tribuna Constitucional 03 - Guido Aguila
Summary
TLDREl video discute la transformación más significativa en el derecho peruano del siglo XXI, enfocándose en el precedente constitucional. Se destaca que, a diferencia de otros cambios legales, el precedente constitucional tiene el mismo rango y fuerza que una ley, alterando así la jerarquía normativa. Sin embargo, la regulación del mismo ha sido deficiente, lo que ha llevado a incertidumbres y contradicciones en su aplicación. La discusión también aborda la falta de preparación y regulación para este tipo de precedentes, y cómo esto ha afectado su desarrollo en la práctica.
Takeaways
- 📜 El precedente constitucional es una de las mayores transformaciones en el derecho peruano en el siglo XXI.
- ⚖️ El precedente constitucional tiene un carácter vinculante erga omnes, es decir, obliga a todos los ciudadanos y poderes del Estado.
- 🔗 Se diferencia del precedente judicial, que tiene una obligatoriedad relativa y aplicable solo a ciertas materias.
- 📅 El precedente constitucional fue introducido de manera abrupta en el Código Procesal Constitucional de 2004.
- 📚 A pesar de su importancia, el precedente constitucional no ha sido adecuadamente regulado en el Código Procesal Constitucional.
- 📝 El código solo menciona el precedente en cuestiones formales, pero no establece reglas claras sobre cómo debería aplicarse.
- ⚙️ La implementación del precedente constitucional en el Perú ha estado marcada por contradicciones y falta de claridad.
- 🏛️ Es preocupante que el órgano que emite el precedente constitucional también sea el que establezca sus propias reglas.
- ❓ Ante una antinomia entre una ley y un precedente constitucional, parece ser que el precedente tiene más peso, aunque no está explícitamente aclarado.
- 🚫 No es posible presentar un recurso de amparo ni una demanda de inconstitucionalidad contra un precedente constitucional, lo que refuerza su fuerza frente a la ley.
Q & A
¿Cuál es el tema principal abordado en esta entrega de Tribuna Constitucional?
-El tema principal es el precedente constitucional y su impacto en el derecho peruano.
¿Qué diferencia al precedente constitucional del precedente judicial según el autor?
-El precedente constitucional es vinculante para todos los ciudadanos y poderes del Estado, mientras que el precedente judicial tiene una obligatoriedad relativa, aplicándose solo a determinadas áreas o materias.
¿Qué importancia tiene el precedente constitucional en la jerarquía normativa en el Perú?
-El precedente constitucional tiene la misma fuerza que una ley, lo que altera la jerarquía normativa, dándole una gran relevancia en el sistema legal peruano.
¿Cuál es la crítica del autor sobre la regulación del precedente constitucional en el Código Procesal Constitucional de 2004?
-El autor critica que el precedente constitucional no está adecuadamente regulado en el artículo séptimo del código, ya que solo se mencionan cuestiones de forma y no se establecen reglas claras sobre su aplicación y desarrollo.
¿Qué problemática plantea el autor respecto a la regulación del precedente constitucional por el mismo órgano que lo expide?
-El autor considera problemático que el órgano que expide el precedente sea el mismo que establece sus propias reglas, lo cual podría generar conflictos de interés y falta de claridad.
¿Qué opina el autor sobre la preparación y regulación del precedente constitucional en el Perú?
-El autor opina que no ha habido suficiente preparación, capacitación ni regulación adecuada para implementar correctamente el precedente constitucional en el Perú.
¿Qué es el 'overruling' y cómo se relaciona con el precedente constitucional?
-El 'overruling' es el cambio de un precedente constitucional, que debe hacerse con una fundamentación adecuada según el Código Procesal Constitucional.
¿Por qué el autor considera al precedente constitucional la transformación más importante en el derecho peruano del siglo XX?
-El autor lo considera la mayor transformación porque altera significativamente la jerarquía normativa y tiene un impacto más amplio que otros cambios como el nuevo sistema procesal penal o la ley procesal del trabajo.
¿Qué sucede en caso de antinomia entre una ley y un precedente constitucional?
-El autor sugiere que en caso de conflicto entre una ley y un precedente constitucional, este último tendría una jerarquía superior, ya que no procede ni amparo ni inconstitucionalidad contra un precedente.
¿Qué efecto tiene el precedente constitucional sobre los ciudadanos y los poderes del Estado?
-El precedente constitucional es erga omnes, es decir, es obligatorio para todos los ciudadanos y poderes del Estado, lo que le otorga una fuerza similar a la de una ley.
Outlines
📜 Introducción al Precedente Constitucional en Perú
En este primer párrafo, el presentador introduce el tema del precedente constitucional, destacando que será abordado en dos partes. Explica que el derecho peruano ha experimentado diversas transformaciones en los últimos años, pero considera que la más significativa es la introducción del precedente constitucional en el Código Procesal Constitucional de 2004. Menciona que, a diferencia de otras reformas como el sistema procesal penal o laboral, el precedente constitucional tiene un impacto más amplio, afectando a todos los ciudadanos y poderes del Estado, dándole una fuerza equivalente a la de una ley.
⚖️ Diferencias entre Precedente Constitucional y Judicial
Aquí se profundiza en la comparación entre el precedente constitucional y el precedente judicial. A diferencia del judicial, que es obligatorio pero solo en áreas específicas, el precedente constitucional tiene una obligatoriedad más extensa y se aplica de manera vinculante para todos. Se señala que, aunque se menciona en el artículo séptimo del Código Procesal Constitucional, no está completamente regulado, lo que ha llevado a una falta de claridad en su aplicación y desarrollo. Además, critica la falta de una normativa adecuada en cuanto a la forma en que se deben establecer estos precedentes.
🧭 Desarrollo y Problemas del Precedente Constitucional
El tercer párrafo explora los problemas en el desarrollo y regulación del precedente constitucional en Perú. Al no haberse regulado adecuadamente en el Código Procesal Constitucional, ha habido contradicciones y confusión en su aplicación. Se menciona que los efectos del precedente, al ser erga omnes, lo colocan al nivel de una ley, y en caso de conflicto con una norma, el precedente podría prevalecer. La conclusión plantea una interrogante: ¿qué sucede en una antinomia entre una ley y un precedente constitucional, y por qué el Tribunal Constitucional no ha dado una respuesta clara?
Mindmap
Keywords
💡Precedente Constitucional
💡Erga omnes
💡Código Procesal Constitucional
💡Obligatoriedad
💡Overruling
💡Sistema procesal penal
💡Tribunal Constitucional
💡Antinomia
💡Jurisprudencia
💡Sentencia con pronunciamiento de fondo
Highlights
El precedente constitucional se ha convertido en una de las transformaciones más importantes del derecho peruano en el siglo XXI.
El precedente constitucional, que apareció en el título preliminar del Código Procesal Constitucional en 2004, es una figura nueva en el sistema jurídico peruano.
El precedente constitucional es vinculante para todos los ciudadanos y poderes del Estado, dándole el mismo rango que una ley.
El tratamiento del precedente en el Perú históricamente ha estado más ligado a los antecedentes, especialmente en el ámbito administrativo.
El precedente de observancia obligatoria en materia administrativa no siempre es definitivo, ya que permite cambios en su aplicación.
El precedente constitucional vinculante tiene un carácter más fuerte que el precedente judicial, ya que se aplica de manera erga omnes.
El precedente constitucional no ha sido adecuadamente regulado en el artículo séptimo del título preliminar del Código Procesal Constitucional.
El Código Procesal Constitucional no define claramente qué mayoría es necesaria para establecer un precedente constitucional.
El cambio de un precedente constitucional (overruling) debe estar fundamentado, pero no hay suficiente regulación sobre este proceso.
El desarrollo del precedente constitucional ha generado contradicciones y falta de claridad en su aplicación en Perú.
El precedente constitucional, al tener efectos erga omnes, ha generado dudas sobre su jerarquía frente a las leyes en caso de conflicto.
El precedente constitucional no puede ser objeto de una demanda de inconstitucionalidad ni de un amparo, lo que lo coloca por encima de las leyes en algunos casos.
La falta de una regulación clara sobre el precedente constitucional ha dejado sombras de duda sobre su aplicación en el sistema jurídico peruano.
El tribunal constitucional peruano no ha dado una respuesta clara sobre qué ocurre en caso de una contradicción entre una ley y un precedente constitucional.
El precedente constitucional es una institución jurídica novedosa en el Perú, y su regulación ha sido insuficiente desde su introducción en 2004.
Transcripts
[Música]
Cómo están amigos Un abrazo a todos Esta
es la tercera entrega de Tribuna
constitucional y hablaremos sobre el
precedente constitucional esto tendrá
dos partes nos dedicaremos a los
preliminares bienvenidos
todos habiendo transcurrido los tres
primeros lustros de este siglo XX es el
momento de preguntarse Cuál ha sido la
transformación más importante que ha
tenido el derecho peruano Cuál ha sido
la más grande Revolución en estos años
transcurridos para algunos es el nuevo
sistema procesal penal para otros la
nueva ley procesal del trabajo
argumentos sobran sin embargo
consideramos de que en ambos casos si
bien es cierto se han logrado resultados
positivos hay otra institución hay otra
práctica dentro del derecho peruano que
supera las transformaciones de estos dos
cambios en el sistema procesal nos
referimos al precedente constitucional
este precedente constitucional que llega
de una manera abrupta irrumpe en el
título preliminar del código procesal
constitucional del año 2004 en esta
entrega solamente nos dedicaremos a ver
las cuestiones de forma cómo es el
advenimiento de este precedente y Qué
características tiene lo cual va a
condicionar su aplicación y su
desarrollo que tenga en el futuro en
efecto el tratamiento del precedente no
ha sido una constante no ha sido una una
Marca Registrada dentro de lo que viene
a ser el derecho peruano generalmente se
habla más de antecedentes que de
precedentes han sido los
administrativistas quienes mejor han
tratado el tema ellos ya desde el siglo
pasado han desarrollado el ámbito
denominado el precedente de observancia
obligatoria es decir ante un caso
Sabiendo de que hay resuelto uno similar
simplemente lo que se hace obligatorio
es no dejarlo de lado no dejar de
observar Pero esto no ata esto no Amarra
definitivamente a que la nueva
resolución pueda variar en Su contenido
o en su dirección todo lo contrario es
el precedente constitucional precedente
constitucional vinculante no solamente
es obligatorio para todos los ciudadanos
sino para todos los poderes del Estado
lo cual hace que ese carácter de ser
erga omnes le dé el mismo Rango y la
misma fuerza que una ley con lo cual
vemos Que se altera la jerarquía
normativa en el Perú esto lo convierte
en la más grande transformación insisto
de este siglo Y por qué señalamos eso
porque a diferencia del precedente
judicial por ejemplo donde es un
precedente de observancia si bien es
cierto también obligatoria tiene la
característica de una obligatoriedad
tiene la característica de ser
vinculante relativo solamente a una
determinada área solamente a una
determinada materia en cambio el
precedente constitucional insistimos
tiene la fuerza de una ley qué
tendríamos que decir sobre los primeros
años de aplicación de este precedente
constitucional sobre la primera década
que ha tenido que la experiencia eh ha
señalado de que como casi todas las
instituciones jurídicas en el Perú no ha
tenido la preparación la capacitación y
La regulación que se requiere cuando
importamos una institución sobre todo de
tanta importancia Por qué decimos esto
porque aunque muchos señalan en
distintos libros y en distintos foros
que el precedente constitucional está
regulado en el artículo séptimo del
título preliminar del código procesal
constitucional nosotros discrepamos no
se encuentra regulado se encuentra solo
mencionado y se le menciona solo en
cuestiones de forma es decir que genera
precedente cuando hay una sentencia con
un pronunciamiento sobre el fondo que en
el precedente hay que señalar qué
fundamentos constituyen precedentes y
que el cambio lo que más adelante se va
a llamar el overruling tiene que hacerse
con fundamentación no nos dice más de
tal forma que insisto para nosotros el
código constitucional los autores del
código procesal constitucional dejaron
pasar una brillante oportunidad de poder
regular esta figura no se señaló Cuál
era la mayoría que se necesitaba sea
mayoría calificada mayoría
sobrecalificada no se señalaba Cuándo es
que se debía determinar un precedente
constitucional de tal manera que esto se
ha ido dando de a pocos con la
jurisprudencia y consideramos que no es
sano que el mismo órgano que va a
expedir el precedente constitucional sea
el que establezca sus propias reglas por
otro lado dentro de su devenir y dentro
de su desarrollo ha tenido marcadas
diferencias es decir prontas
contradicciones cuando nosotros hablamos
de un precedente hablamos Generalmente
de una vocación de permanencia Y es que
en general el precedente al ser una
institución novísima en el Perú se
perdió insisto en el código procesal
constitucional laib de una mejor
regulación la posibilidad de ponerle
límites la la posibilidad de que no
existan esas gruesas sombras de duda y
de oscuridad que existen hasta el día de
hoy sin embargo sus efectos al ser
efectos erga omnes al tener los mismos
efectos de una ley la han convertido
sobre la marcha eh con con el con en el
camino se van acumulando los bultos
Parece ser el mensaje Su instalación en
el proceso constitucional peruano la
pregunta para terminar esta entrega es y
en el caso de una antinomia en el caso
de que una ley diga lo contrario a lo
que señala un precedente Cuál de los dos
se prefiere el máximo intérprete de la
Constitución el tribunal constitucional
peruano no ha dado una respuesta sin
embargo nos parece tácita contra una ley
se puede presentar un Amparo se puede
presentar una demanda de
inconstitucionalidad contra un
precedente no procede Amparo ni tampoco
procede una demanda de
inconstitucionalidad con lo cual estamos
ante una institución que no solamente
tiene el mismo Rango que una ley sino
que en caso de conflicto se colocaría
por encima de ellas hay mucho más que
hablar del precedente constitucional lo
haremos en la siguiente entrega un
fuerte
[Música]
abrazo
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