Heriberto Benitez sustenta habeas corpus en el Tribunal Constitucional
Summary
TLDREl abogado Heriberto Benítez Rivas presenta una acción de hábeas corpus ante el tribunal, argumentando violaciones al debido proceso en el pedido de levantamiento de su inmunidad parlamentaria. Señala que nunca fue notificado ni citado durante los cuatro años de investigación y que no tuvo la oportunidad de defenderse ni presentar pruebas. Benítez expresa preocupación por la posibilidad de una prisión preventiva y solicita que se anule el proceso para garantizar su derecho a la defensa en un juicio justo. El tribunal escucha su alegato y somete el caso a votación.
Takeaways
- 😀 El abogado Heriberto Benítez Rivas interpuso un habeas corpus ante la corte, argumentando que su proceso legal se ha llevado a cabo sin garantizar su derecho al debido proceso.
- 😨 Se menciona una amenaza inminente a su libertad individual, ya que teme que se le solicite prisión preventiva sin haber tenido la oportunidad de defenderse adecuadamente.
- 🗣️ Benítez Rivas pide la posibilidad de ser investigado por cualquier autoridad, siempre y cuando se le garantice el derecho a la defensa y se respeten sus derechos fundamentales.
- 📅 Se describe un incidente específico del 30 de julio de 2014, donde el Ministerio Público solicitó el levantamiento de su inmunidad parlamentaria, y Benítez Rivas argumenta que no se le brindó la oportunidad de defenderse.
- 📖 Se hace referencia a una sentencia del Tribunal Constitucional que establece la importancia de notificar al acusado y permitirle ejercer su derecho a la defensa durante la investigación preliminar.
- 🚫 Se argumenta que la jueza no tomó en cuenta los descargos presentados por Benítez Rivas ni consideró las pruebas que él ofreció, lo que él considera una violación del debido proceso.
- 📑 Se menciona que el Ministerio Público presentó elementos de convicción adicionales después de la audiencia, lo que Benítez Rivas ve como una falta de oportunidad para defenderse ante cargos nuevos.
- 🏛️ Benítez Rivas pide al Tribunal Constitucional que declare fundado el habeas corpus y que se le permita volver a la etapa de la audiencia para poder defenderse adecuadamente.
- 🤔 Se plantea la cuestión de cómo conciliar la inmunidad parlamentaria con la necesidad de someterse a una investigación preliminar con garantías, y Benítez Rivas argumenta que su inmunidad no impide que se le investigue, pero debe hacerlo respetando sus derechos.
- 📢 Se hace un llamado a la Corte Suprema para que valore los hechos y actúe conforme a la ley, pidiendo un proceso justo y la posibilidad de defenderse ante los cargos que se le imputan.
Q & A
¿Qué es el 'habeas corpus' que menciona Heriberto Benítez Rivas en el script?
-El 'habeas corpus' es una acción judicial que permite a una persona demandar ante un tribunal para que se proteja su libertad personal contra un posible encarcelamiento ilegal.
¿Por qué motivo presentó Heriberto Benítez Rivas una acción de 'habeas corpus'?
-Presentó la acción de 'habeas corpus' porque considera que durante el trámite judicial de levantamiento de su inmunidad parlamentaria se han producido violaciones al debido proceso legal y atropellos a sus derechos fundamentales.
¿Cuál es la preocupación principal de Heriberto Benítez Rivas según el script?
-Su principal preocupación es que, debido a la forma en que se ha desarrollado el proceso legal, existe una amenaza inminente a su libertad individual, ya que podrían solicitar su prisión preventiva y un eventual mandato de detención.
¿Qué argumenta Heriberto Benítez Rivas respecto a su derecho de defensa?
-Argumenta que no se le ha dado garantía para poder defenderse adecuadamente, ya que no ha sido notificado ni comunicado sobre el caso durante casi cuatro años, y que solo se le pide levantar la inmunidad sin haber escuchado sus descargos.
¿Qué sentencia del Tribunal Constitucional cita Heriberto Benítez Rivas para apoyar su caso?
-Cita la sentencia del caso 62-04 del 2006, 'Jorge Samuel Chávez Sibina', donde el Tribunal Constitucional establece que la omisión del fiscal en notificar al demandante y permitirle ejercer su derecho de defensa vulnera el debido proceso.
¿Qué ocurrió el 30 de julio del 2014 según el testimonio de Heriberto Benítez Rivas?
-El 30 de julio del 2014, el Ministerio Público solicitó el levantamiento de su inmunidad parlamentaria, y él respondió por escrito con sus pruebas y descargos, pero considera que el juez no tomó en cuenta sus descargos ni las pruebas que ofreció.
¿Qué alegaciones hace Heriberto Benítez Rivas sobre la conducta del fiscal y la jueza en el trámite judicial?
-Alega que el fiscal no le notificó ni le comunicó sobre la investigación preliminar durante cuatro años, y que la jueza no aceptó sus descargos ni consideró las pruebas que ofreció, lo que considera una violación al debido proceso.
¿Qué petición hace Heriberto Benítez Rivas al final del script?
-Solicita al tribunal que declare fundado el 'habeas corpus', que se regrese a la etapa de la audiencia para que pueda defenderse con las pruebas de descargo que ha ofrecido, y que se evalúen los hechos para un proceso justo.
¿Cómo responde Heriberto Benítez Rivas a la preocupación de la doctora Marianela Ledesma sobre su inmunidad parlamentaria?
-Responde que, aunque tiene inmunidad parlamentaria, los hechos en cuestión ocurrieron hace cuatro años y durante ese tiempo no fue notificado ni se le dio la oportunidad de rendir su versión en una investigación preliminar, lo que considera una falta de debido proceso.
¿Qué implicaciones tiene el caso de Heriberto Benítez Rivas para el sistema de justicia y la inmunidad parlamentaria?
-El caso pone de manifiesto la tensión entre el derecho a la defensa y las garantías procesales, y la inmunidad parlamentaria, destacando la importancia de que los funcionarios públicos puedan ser investigados y juzgados de manera justa y equitativa, respetando sus derechos fundamentales.
Outlines
📜 Petición de Habeas Corpus por Violación de Derechos
El abogado Heriberto Benítez Rivas presenta un caso de habeas corpus ante la corte, alegando que durante el trámite para levantar su inmunidad parlamentaria, se han cometido violaciones al debido proceso legal. Expone que se le ha negado la oportunidad de defenderse adecuadamente y anticipa que podría ser encarcelado sin haber recibido un trato equitativo. Detalla el proceso desde el requerimiento de levantamiento de inmunidad parlamentaria hasta la audiencia, criticando la falta de consideración de sus descargos y pruebas por parte de la jueza.
🏛️ Análisis de la Violación al Derecho de Defensa
Se detalla la situación de un congresista que se ve afectado por la posible levantación de su inmunidad parlamentaria, argumentando que no se le ha brindado la debida protección legal durante el proceso. Se menciona una sentencia del Tribunal Constitucional que establece la importancia de permitir al acusado ejercer su derecho de defensa, caso contrario, se declara el habeas corpus. Se critica la actitud de la jueza que, a pesar de reconocer que no se le había citado para declarar, afirma que esto no afecta el debido proceso. Además, se señala que el ministerio público presentó nuevos elementos de convicción después de la audiencia, lo que se considera una violación al derecho de defensa.
📄 Rechazo de la Solicitud de Levantamiento de Inmunidad
El congresista critica la decisión de la jueza de aceptar nuevos elementos de convicción después de la audiencia, lo cual considera un atropello a su derecho de defensa. Expone que se le está llevando a un proceso penal sin haber tenido la oportunidad de defenderse adecuadamente. Insiste en que, a pesar de su inmunidad parlamentaria, se le está negando el derecho a una investigación preliminar con garantías, y que se le está sometiendo a un proceso sin haber entendido su versión o participaciones en los hechos a los que se refiere la investigación.
🗣️ Defensa de la Inmunidad Parlamentaria y Rechazo del Proceso
El congresista argumenta que su inmunidad parlamentaria no impide que se le investigue, pero que se le está negando el derecho a una investigación preliminar con garantías. Critica la decisión de la jueza de cambiar su posición después de la audiencia y la falta de consideración a su derecho de defensa. Finalmente, se menciona que la causa se encuentra en proceso y que se espera que la corte tome una decisión conforme a la ley.
Mindmap
Keywords
💡habeas corpus
💡inmunidad parlamentaria
💡violaciones al debido proceso
💡fiscalía
💡prisión preventiva
💡garantías
💡descargo
💡tribunal constitucional
💡ministerio público
💡congreso
Highlights
El abogado Heriberto Benítez Rivas presenta un habeas corpus alegando violaciones al debido proceso y atropellos a sus derechos fundamentales durante el levantamiento de su inmunidad parlamentaria.
El abogado menciona que nunca fue notificado ni convocado a declarar en una investigación que se prolongó por más de tres años, lo que lo dejó en indefensión.
El temor de Benítez es que, debido a las irregularidades del proceso, se le imponga una prisión preventiva sin haber podido defenderse adecuadamente.
El abogado pide garantías para poder defenderse en un proceso justo, no que se le atropellen sus derechos sin ser escuchado.
Cita una sentencia del Tribunal Constitucional que establece que la omisión del fiscal de notificar al demandante vulnera el derecho de defensa y al debido proceso.
La jueza a cargo del caso desestimó las pruebas presentadas por Benítez y no actuó sobre la documentación que él entregó, lo que agravó la situación de indefensión.
Durante la audiencia, el fiscal presentó nuevos elementos de convicción que no fueron parte del contradictorio, violando aún más el derecho de defensa del abogado.
El Tribunal Constitucional, en un caso anterior, ya se había pronunciado sobre la relevancia del debido proceso y el derecho de defensa en investigaciones del Ministerio Público.
El abogado argumenta que la jueza actuó de manera contradictoria, primero afirmando que no se afectó el debido proceso y luego incluyendo pruebas que no habían sido parte del caso inicialmente.
El abogado señala que la Corte Suprema devolvió el expediente a la jueza, quien luego aceptó pruebas adicionales presentadas por el fiscal que no fueron parte de la audiencia original.
El abogado enfatiza que nunca fue incluido en la investigación durante más de tres años y que de manera repentina se le quiere levantar la inmunidad sin haber sido escuchado.
El abogado menciona que el nuevo Código Procesal Penal establece garantías de audiencia antes de procesar a un congresista, lo cual no se ha respetado en su caso.
El fiscal solicita el levantamiento de la inmunidad parlamentaria de Benítez para procesarlo, sin haber realizado previamente una investigación con las debidas garantías.
El abogado expresa su preocupación de que el proceso está lleno de irregularidades que podrían llevarlo a la cárcel sin que se le haya dado la oportunidad de defenderse correctamente.
Finalmente, el abogado solicita al Tribunal Constitucional que declare fundado el habeas corpus y que se retroceda a la etapa de la audiencia para poder presentar sus pruebas y descargos.
Transcripts
causa número 14 expediente de 1936 2015
habeas corpus interpuesto por heriberto
manuel benítez rivas contra marco fidel
huamán muñoz fiscal provincial titular
de la fiscalía supraprovincial
corporativa especializada en delitos de
corrupción de funcionarios a solistas
informalmente por la parte demandante el
abogado heriberto benítez rivas
señor abogado puede hacer uso usted de
la palabra a efecto de realizar en este
caso su propia defensa el tribunal lo
escuchará con la mayor atención por el
tiempo que se le ha conferido muchas
gracias señor presidente de señores
magistrados me he visto obligado a
presentar una acción de habeas corpus
porque durante la tramitación judicial
de un pedido de levantamiento de mi
inmunidad parlamentaria se han producido
violaciones al debido proceso legal han
atropellado mis derechos fundamentales
me he quedado en indefensión y
adicionalmente esto constituye una
evidente e inminente amenaza a mi
libertad individual porque así como se
ha tramitado el proceso de la manera
como ha venido circulando es evidente
que el paso siguiente va a ser que pidan
una prisión preventiva y probablemente
hasta un juez dicte un mandato de
detención y pueda terminar en la cárcel
ese es el peligro que hay por la manera
como se ha desarrollado el proceso donde
no se ha dado ningún
fue garantía para poder defenderme y lo
único que pido de dios señores
magistrados es que me permitan eso
defenderme si quieren investigar me por
ciertos hechos públicos que han
aparecido que lo hagan que me
investiguen la policía que investigue el
fiscal que me investigue el congreso que
lo investigue la contraloría que
investigue el poder judicial que me
investiguen todas las autoridades pero
con garantías que me permitan defenderme
es lo único que pido no que me
atropellan los derechos y en este caso
señores magistrados voy a hacer lo más
didáctico posible el 30 de julio del
2014 el ministerio público solicita o
requiere el levantamiento de inmunidad
parlamentaria conforme al nuevo código
procesal penal la jueza que recibe el
pedido me notifica corriendo me traslado
del requerimiento con los elementos de
convicción que acompaña el fiscal yo
contestó por escrito acompaño mis
pruebas el descargo y demuestro que esos
elementos de comisión no tienen valor la
jueza no cita a una audiencia para el 21
de agosto del 2014 acudimos a ambas
partes a la audiencia
el fiscal sustenta su pedido
fundamenta los mismos elementos de
convicción que eran los únicos que podía
hacer y por mi parte yo formuló mis
descargos ay duplica ay réplica sin
embargo la jueza al tramitar esto no
toma en cuenta mi descargo que yo
formuló ni actúan las pruebas que yo
ofrecido ni mérito a los hechos que yo
mencionaron y la documentación que
entregado ella dice simplemente en esta
etapa procesal no voy a todas las
pruebas es más en la propia audiencia se
le menciona a la jueza y se le dice
durante esta investigación que ha durado
cerca de tres años y medio cuatro jamás
he sido notificado ni comunicado
ni se me ha puesto en conocimiento del
caso y menos aumentó mi declaración
nunca han transcurrido cerca de cuatro
años en la que en ese proceso mi nombre
no figuraba para nada y de la noche a la
mañana me quieren levantar de inmunidad
para someterme a un proceso sin haber
escuchado mis descargos sin conocer cuál
es mi posición sobre los hechos tú y yo
le manifiesto la jueza le hago ver eso y
usted después ver el vídeo que obra en
autos de la audiencia
retratado el fiscal y le pregunta es
cierto lo que dice el señor que
fiscalice es y en auto figura que nunca
ha sido llamado a declarar nunca ha
rendido su testimonio entonces ahí hasta
ese instante señor presidente con ese
acto se está violando el debido proceso
porque yo tengo en mis manos por ejemplo
una sentencia que ha dictado el tribunal
constitucional el tribunal
constitucional en el caso 62 04 del 2006
caso jorge samuel chávez sibina
establece en su parte final dice de otro
lado la omisión del fiscal denunciado
omisión porque se refería a que la
accionante en esa época aducía que
durante todo esta gráfica nunca lo
habían citado a declarar dice la omisión
del fiscal demandado comporta también
una afectación al derecho fundamental al
debido proceso del demandante en su
manifestación del derecho de defensa de
acuerdo con el artículo 179 inciso 14 de
la constitución ello por cuanto al no
haber sido notificado por el fiscal
denunciado
y al no haber realizado este la
investigación correspondiente el
recurrente no tuvo la oportunidad de
ejercer su derecho de defensa ni tampoco
la posibilidad de presentar sus
descargos correspondientes
en consecuencia en opinión del tribunal
constitucional en el presente caso se ha
vulnerado el derecho fundamental del
debido proceso al no haberse permitido
al recurrente ejercer su derecho de
defensa y formule descargos declara un
fundado el hábeas corpus y dice dejar
sin efecto la denuncia fiscal en
consecuencia restituya es el derecho
fundamental al debido proceso al estado
anterior quienes lo firman los señores
garcía tomás gonzález ojeda alva
orlandini bardem y el arte de beijing
vergara gotelli landa arroyo y mesía
ramírez el pleno del tribunal
constitucional determinó que ante el
ministerio público si se ejerce el
derecho defensa y si no le permiten a
uno ejercerlo se declara fundado el
hábeas corpus y nulo lo actuado hasta
ahí yo podría decir señor con este acto
que ha cometido la jueza
pero no permitir mi derecho de fiesta y
de saber que nunca se necesitaba era
suficiente para aceptar el fundado la
mejor es esta misma sentencia señor de
magistrados
establece en su punto 6 en los respecto
al hábeas corpus dice por la relevancia
jurídica de la pretensión propuesta por
el demandante que está relacionada con
el control constitucional de los actos
de investigación pre jurisdiccional del
ministerio público vacío legal que le
corresponde definir al tribunal
constitucional a efectos de dilucidar la
tutela o no del derecho que invoca el
recurrente en tanto supremo intérprete y
guardián de la supremacía jurídica de la
constitución y de los derechos
fundamentales o sea hay ya un
pronunciamiento del tribunal
constitucional respecto al derecho de
defensa a nivel del ministerio público
entonces en la audiencia se demuestra
eso otro punto adicional es que la jueza
no acepta mis descargos entonces qué
sucede señor presidente termina la
audiencia
la jueza emite su informe que está en
auto que la resolución número 3 y en esa
resolución queda la jueza que es un
informe que lo lleva a la corte suprema
miren lo que dice la jueza señor
presiente la jueza dice los 100
a nivel preliminar nunca fueron citados
refiriéndose a quien nos están viendo
levantamiento inmunidad afectándose por
ello él debido al proceso y el derecho
defensa es lo que nosotros alegamos
nunca hemos sido citados dice la jueza
dice debe precisarse que las diligencias
preliminares son fases pre
juridiccionales correcto estamos todos
de apoyo ya lo establecido el propio
tribunal constitución pero agrega dice
en ese contexto no se afecta el derecho
de defensa ni el debido proceso por ser
ésta una postula toria del ministerio
público o sea según la jueza en su
resolución el hecho de que no
necesitamos que no me haya defendido no
afecte el debido proceso ni en derecho
defensa entonces como quedó yo como
puedo ir a un proceso penal si ni
siquiera han tomado mi testimonio ni me
ha descendido no han escuchado mi
descargo no sé de qué se trata la
investigación que se ha hecho por más de
tres años adicionalmente señor de marcha
atrás
prueba de descargo que yo ofrezco y que
pido que se visualicen vídeos que pido
que se esmere y tuve testimonios
declarados por supuesto colores eficaces
ante el propio ministerio público cartas
notariales desmintiendo los hechos
entrevistas periodísticas actas
elaboradas por el ministerio público les
anda nada de eso lo actúa no le interesó
a la jueza preocuparse por lo que
realmente pasaba y por lo que iba a
suceder con el levantamiento inmunidad y
la jueza en su informe final menciona
también un hecho curioso dice
y me va a permitir leerlo en esta
resolución 3 que la jueza porque es
importante que ustedes tengan
conocimiento y que obra en autos dice
que debe precisarse que otra parte de la
audiencia del 21 de agosto el ministerio
público analizó y sometido a debate los
elementos de convicción porque
permítanme para aclarar cuando terminan
la audiencia las partes nos retiramos
pero minutos antes de que acaben la
audiencia el ministerio público había
hecho ingresar por mesa de partes un
documento adicional donde acompañaba
otros elementos de condición para que se
agreguen que no haber sido materia en la
audiencia que no había habido
contradictorio que no había podido
defenderme porque no los conocía esos
elementos de convicción y la huesa en
esta resolución también dice aquí se
presentan nuevos elementos de convicción
dice el ministerio público en la
audiencia de las 1153 presentó un
escrito
afrontando elementos de convicción que
no los ofreció en la audiencia ni en su
escrito primigenio lo que no fueron
sometidos a contradictorio dice la jueza
y rechaza el último escrito que presenta
el fiscal porque no había sido materia
de 10 hasta ahí aparentemente bien ese
informe lo elevan a la corte suprema-
nosotros alegamos ante la corte suprema
las irregularidades le dijimos por
escrito a las cosas una nación miren lo
que está pasando y la con su prueba lo
devolvió y le dijo a la jueza le
devuelvo el expediente para que usted
valoren los hechos para que usted tenga
en cuenta lo que ha pasado y para que
sustente su pedido de levantamiento
inmunidad la jueza cuando recibe el
expediente se lo pasa el fiscal y saben
lo que es el fiscal hace un nuevo
requerimiento adjuntando en ese nuevo
requerimiento los elementos de comisión
que había presentado después de alves y
todo lo junta en un solo escrito y lo
vuelve a presentar a la fuerza y la
jueza lo hace suyo y la jueza el buen
día de la corte suprema a pesar que en
su primera resolución había dicho que
esos elementos de comisión
no habían formado parte de la hubiese
pero en el segundo pedido los agrega y
se los manda la corte suprema yo le pido
a la corte suprema es que eso es nulo
hay indefensión no he podido actuar nada
y la construcción lo enviar con eso le
digo el curso señores está pasando es el
juego somos el pleno y todo el mundo va
trasladando el expediente a una
distancia diferente y el pleno
suponiendo que se ve en los próximos
días lo envía al ministerio pueblo
ministerio público formule su
requerimiento y evidentemente que va a
pedir una prisión preventiva porque los
delitos aparentes por los que me quieren
levantar inmunidad se tratarían de
hechos graves entonces señor estoy
camino a un calabozo tengo que recurrir
y perdóneme que me haya extendido unos
minutos señor presidente porque el tema
es delicado y se han producido tantos
atropellos que si no pasara una hora
contándoles esto estaríamos espantados
en esta sala y podría pasarme todas
horas contando en el punto por punto que
ustedes lo van a ver porque lo sé
acompañado y he pedido al tribunal que
pueda oficiar al congreso para que le
remita todo el expediente completo y
pueden ver punto por punto yo lo único
que pido es
el expediente declarando se funda de la
acción de habeas corpus
regresé a la etapa de la audiencia para
que se lleve a cabo nuevamente y pueda
defenderme y los pruebas de descargo que
ofrecido se actúen y se valoren los
hechos para poder defenderme en lo único
que pido sello de magistrados poder
defenderme un proceso justo y estoy
seguro que ustedes como honorable
tribunal constitucional y garante de la
supremacía en la constitución sabrán y
evaluaron los hechos ver los actos y
pronunciarse conforme a ley muchas
gracias señor presidente
la doctora marianela ledesma va a ser
una pregunta
solicitante de este
esta acción constitucional
no estamos hablando de una persona común
y corriente sino que estamos hablando de
un congresista que tiene ciertas
protecciones como su inmunidad entonces
usted viene a sostener acá el tribunal
que se le habría vulnerados por su
derecho a la defensa por el solo hecho
de no haberle sido sometido a una
investigación preliminar con las
garantías de ley ante el ministerio
público
entonces yo quisiera que nos ilustre
como usted compatibiliza este tema de la
inmunidad parlamentaria de la que hasta
el momento osa usted con la exigencia
del ministerio público de someterle y
llevarle a hacerle toda una
investigación preliminar con todas las
garantías de su defensa quisiera que nos
nos dé su opinión como usted con toda
esa protección de inmunidad
parlamentaria que le blinda de ser
sometido a cualquier proceso penal en
este momento exige al ministerio público
que sí le lleve el investigue le
pregunta y le dé todas las garantías en
esta etapa preliminar
del ministerio público ya que su opinión
la magistrada en primer lugar que no es
la única relación al debido proceso
legal el hecho que el fiscal no me haya
citado si no tiene incorporado también
elementos de comisión después de la
audiencia no sé es que voy precisando
voy precisando las cosas no es la única
es hay varios atropellos más pero lo que
sí que los presionar es que si bien uno
goza de inmunidad parlamentaria porque
es un congresista estos hechos
ocurrieron hace cuatro años y durante la
investigación de los cuatro años jamás
visitado jamás me notificaron nunca me
comunicaron y me dijeron señor acá hay
una investigación preliminar el
ministerio público venga a usted a
rendir su descargo porque yo nunca
estaba comprendido en ese proceso y
cuando aparece en la noticia de ancash
del señor andrés inmediatamente el
fiscal dice vamos a levantar la
inmunidad para procesarlo tipo que me
quiere llevar un proceso si no sabe ni
mi versión si no sabe cómo he
participado supuestamente los hechos
porque la investigación nunca ha sido
comprendido eso es lo que me preocupa
que de frente me llevan a un proceso
penal y el nuevo código procesal penal
establece que hay garantías porque hoy
en día
hay una audiencia previa antes no lo es
antes el peligro iba directo a la corte
suprema a la conducción de levantar la
inmunidad hoy en día que el código es
garantista dice previa audiencia ante el
juez por eso que hemos ido al juez y por
eso que ofrecido mis pruebas de descargo
ante los cargos que me daban y por eso
que la jueza constató todo ello pero
odio pronunciarse y en algunos casos
primero dijo tiene razón y después lo
cambio dijo que lo vio acompañado el
audio de la audiencia ahí está en el
habeas corpus para que no piensen que yo
trato de sorprender al tribunal entonces
la figura mi inmunidad recién entra en
roce en el año 2014 cuando tiene
levantado y tiempo unidad entonces es
evidente que el fiscal va a decir les
quiero levantar de moneda para
procesarlo no me está diciendo para
investigar me está diciendo para hacer
una diligencia preparatoria porque él
puede tomarme mi declaración sin
necesidad de van damme limón ya él
podría enviarme un oficio y si señor
quiero tomarle su declaración
yo voy encantados le rindo me dio pero
no él quiere el proceso quiere llevar
dinero y usted sabe que en nuestro país
como en cualquier parte del mundo debe
ser procesado ya implica pues una
afectación a derechos fundamentales
gracias
vista a la causa que da al voto si
recién te damos cuenta que en las demás
causas programadas para la fecha no se
han presentado rendir el informe haber
conforme al reglamento en cuando éste
hubiera sido solicitado se da por vistas
la causa que dan al voto la audiencia ha
concluido
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