INSTRUMENTO DE FIRMA ELECTRÓNICA - IFE (Resol. 080 del 28 de julio de 2020) - DIAN

DIANColombia
27 Aug 202113:35

Summary

TLDREl video describe el proceso de implementación y cambio de la firma digital a la firma electrónica, explicando la diferencia entre ellas y la importancia de la escucha activa para entender las necesidades de los usuarios. Se detalla la evolución de la firma electrónica desde 2016 hasta la resolución 80 de 2020, destacando su simplicidad y modernidad. Los usuarios deben generar una nueva firma electrónica si han realizado trámites antes del 28 de julio de 2020, y esta tiene una vigencia de tres años. La firma electrónica está disponible para todos los usuarios inscritos en la DIAN, independientemente de su ubicación, facilitando el cumplimiento de obligaciones fiscales de manera virtual.

Takeaways

  • 📜 La firma electrónica se implementó a través de la Resolución 80 del 28 de julio de 2020, modificando la Resolución 070 de 2016.
  • 🔄 Se distingue la firma digital de la firma electrónica, la primera para facturas electrónica y la segunda para otros fines.
  • 💡 La firma electrónica es más moderna y reemplaza al autógrafo, facilitando y simplificando el proceso de generación.
  • 🚫 Se eliminan conceptos como emisión, renovación y revocación del sistema anterior de firmas digitales.
  • 📅 Las personas que realizaron trámites antes del 28 de julio de 2020 deben generar una nueva firma electrónica.
  • 🔄 La generación de la firma electrónica es un proceso autogestionable y no requiere la intervención de un funcionario.
  • 🔐 La nueva firma electrónica tiene una vigencia de tres años a partir de su fecha de generación.
  • 👤 Todos los agentes de retención y personas jurídicas, con excepciones especiales, deben cumplir con sus declaraciones virtualmente.
  • 🏢Representantes legales, contadores, revisores fiscales y apoderados están obligados a presentar declaraciones virtuales, independientemente de su situación actual.
  • 🌐 La firma electrónica está disponible para todos los usuarios inscritos en el sistema, sin importar su ubicación geográfica.
  • 🔄 Si se presentan problemas con la firma electrónica, se puede generar una nueva en cualquier momento sin inconvenientes.

Q & A

  • ¿Cuál fue la resolución que implementó la firma electrónica y cuándo se publicó?

    -La resolución 80 del 28 de julio de 2020 implementó la firma electrónica.

  • ¿Qué se modificó en la resolución 070 de 2016?

    -La resolución 070 de 2016 modificó el concepto de firma digital a firma electrónica.

  • ¿Por qué es importante la diferencia entre firma digital y firma electrónica?

    -La firma digital se utiliza para temas de factura electrónica, mientras que la firma electrónica es para otros propósitos完全不同的, y es importante distinguirlas para evitar confusiones.

  • ¿Qué se eliminó en el nuevo sistema de firma electrónica?

    -Se eliminaron los conceptos de emisión, renovación y revocación del sistema anterior.

  • ¿Cómo se genera la nueva firma electrónica?

    -La nueva firma electrónica se genera de manera totalmente en línea y es autogenerada, lo que simplifica el proceso.

  • ¿Qué pasos se requieren para generar la firma electrónica?

    -Se requiere ingresar a la página de la DIAN, a nombre propio con cédula y contraseña, gestionar la firma electrónica, ingresar la contraseña y confirmarla, aceptar el acuerdo de firma y generar la firma.

  • ¿Qué sucede si se olvida la contraseña?

    -Si se olvida la contraseña, se puede generar una nueva firma electrónica sin inconvenientes.

  • ¿Cuál es la vigencia de la firma electrónica?

    -La firma electrónica tiene una vigencia de tres años contados a partir de su fecha de generación.

  • ¿Quiénes están obligados a cumplir con sus declaraciones virtualmente?

    -Todos los agentes de retención, las personas jurídicas y las personas vinculadas a estas empresas tienen la obligación de presentar sus declaraciones virtuales.

  • ¿Cómo se puede verificar la información del RUC y la actualización del mismo?

    -Se puede verificar la información del RUC y realizar su actualización ingresando a la página de la DIAN con la cédula y contraseña, en la sección de atención inmediata.

  • ¿Qué ocurre si se cambia la contraseña después de generar la firma electrónica?

    -Si se cambia la contraseña después de generar la firma electrónica, no se permitirá ingresar nuevamente hasta el día siguiente, por lo que se recomienda cambiarla por seguridad después de terminar todos los procedimientos.

Outlines

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📝 Introducción a la Firma Electrónica

Este párrafo introduce el tema de la firma electrónica, explicando su implementación a través de la Resolución 80 del 28 de julio de 2020 y su modificación a la Resolución 070 de 2016. Se menciona el cambio de concepto de firma digital a firma electrónica y la confusión que esto puede generar. Además, se destaca la importancia de la escucha y la comunicación efectiva con el usuario para entender sus necesidades y proporcionar soluciones adecuadas. Finalmente, se menciona el cambio de los procedimientos de emisión, renovación y revocación asociados con la firma electrónica.

05:01

📋 Obligaciones y Procedimientos de Declaraciones Virtuales

Este párrafo aborda la obligación de las personas jurídicas y agentes de retención de realizar declaraciones virtuales, así como las excepciones a esta regla. Se describe la obligación de presentar declaraciones por parte de las personas vinculadas a estas entidades, incluyendo representantes legales y revisores fiscales. Además, se menciona la importancia de cumplir con las obligaciones virtuales incluso después de dejar una posición en una empresa, y cómo la firma electrónica está disponible para todos los usuarios inscritos, independientemente de su ubicación geográfica.

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🔑 Proceso de Generación y Gestión de la Firma Electrónica

Este párrafo detalla el proceso de generación y gestión de la firma electrónica, incluyendo la verificación de información en el registro único tributario, el envío de un código de verificación al correo electrónico registrado, y la aceptación del acuerdo de firma. Se destaca la importancia de la contraseña y la clave de verificación, así como el proceso para generar la firma electrónica y recibir un comprobante de éxito. Además, se menciona la vigencia de tres años para la firma electrónica y la posibilidad de generarla de nuevo en caso de perder la contraseña o tener problemas con la anterior.

Mindmap

Keywords

💡Firma Electrónica

La Firma Electrónica es un método de autenticación digital que reemplaza la firma autógrafa en diferentes obligaciones legales y transacciones. En el video, se discute la implementación y el proceso de generación de la firma electrónica a través de la resolución 80 del 28 de julio de 2020, y cómo esta ha evolucionado desde la firma digital, pasando por cambios en los conceptos y requisitos para su emisión y renovación.

💡Resolución 80 de 2020

La Resolución 80 de 2020 es una normativa que establece los cambios en el concepto y proceso de la firma electrónica, modificando la resolución 070 de 2016. Esta resolución es fundamental para entender los requisitos actuales de generación y uso de la firma electrónica en las obligaciones legales y tributarias.

💡Proceso de Generación

El Proceso de Generación se refiere a los pasos necesarios para crear una firma electrónica válida. Incluye la aceptación del acuerdo de firma, la introducción de contraseñas, y la verificación de la identidad del usuario a través de un código enviado al correo electrónico. El video ofrece un tutorial detallado de este proceso, enfatizando la simplicidad y accesibilidad de la generación de la firma electrónica en línea.

💡Contraseña

La Contraseña es una combinación de caracteres que el usuario selecciona para proteger su identidad y acceso a su cuenta. En el contexto de la firma electrónica, la contraseña es crucial para la generación y verificación del usuario, y se menciona en el video como parte del proceso de autenticación y confirmación.

💡Correo Electrónico

El Correo Electrónico es un medio de comunicación digital que permite intercambiar mensajes y documentos electrónicos. En el proceso de generación de la firma electrónica, el correo electrónico es esencial para recibir el código de verificación y otros comunicados importantes relacionados con la obligaciones legales y tributarias.

💡Resolución 12 de 2011

La Resolución 12 de 2011 es una normativa que establece quiénes son las personas obligadas a realizar declaraciones virtuales, incluyendo a los agentes de retención y a las personas jurídicas, con algunas excepciones como asociaciones de usuarios y bienestar familiar. Esta resolución es relevante para entender las obligaciones tributarias de las personas y entidades en el contexto de la firma electrónica.

💡Obligaciones Tributarias

Las Obligaciones Tributarias son los requisitos legales y fiscales que las personas y entidades deben cumplir con la administración tributaria. Estas pueden incluir la presentación de declaraciones de renta, la realización de pagos, y la realización de trámites aduaneros, entre otros. El video aborda cómo la firma electrónica facilita el cumplimiento de estas obligaciones de manera virtual.

💡Representante Legal

El Representante Legal es la persona designada por una entidad para actuar en su nombre en asuntos legales y tributarios. El video destaca que el representante legal, así como otros roles como contadores y revisores fiscales, tienen la obligación de presentar declaraciones virtuales y generar su firma electrónica para cumplir con las obligaciones de la entidad que representan.

💡Actualización de RUC

La Actualización de RUC (Registro Único de Contribuyentes) es el proceso de renovación o modificación de los datos de un contribuyente ante la administración tributaria. El video explica que los usuarios pueden realizar esta actualización virtual a través de su cuenta en la página de la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), utilizando su firma electrónica.

💡Validación de Firma

La Validación de Firma es el proceso por el cual se verifica la autenticidad y validez de una firma electrónica. En el contexto del video, este proceso implica la coincidencia de dos firmas ingresadas por el usuario para confirmar su identidad y permitir la generación de la firma electrónica final.

💡Vigencia de la Firma

La Vigencia de la Firma se refiere al período de tiempo durante el cual una firma electrónica es considerada válida. Según el video, la firma electrónica tiene una vigencia de tres años a partir de su fecha de generación, posterior a la cual puede ser revocada o requerir renovación.

💡Comunicados y Notificaciones

Los Comunicados y Notificaciones son los mensajes oficiales que la administración tributaria envía a los contribuyentes para informarles sobre aspectos importantes relacionados con sus obligaciones fiscales, cambios en normativas, o instrucciones para el uso de servicios virtuales. El video destaca la importancia de los comunicados y cómo los usuarios pueden acceder a ellos en la página de la DIAN.

Highlights

La implementación de la firma electrónica a través de la resolución 80 del 28 de julio de 2020 modificada por la resolución 070 de 2016.

El cambio del concepto de firma digital a firma electrónica desde el 2016, distinguiendo su uso de la factura electrónica.

La simplificación del proceso de generación de la firma electrónica, eliminando conceptos de emisión, renovación y revocación.

La necesidad de actualizar la firma electrónica para aquellos que realizaron el trámite antes del 28 de julio de 2020.

El soporte total en línea para generar la firma electrónica, disponible para personas que requieren cumplir obligaciones formales.

La vigencia de tres años de la firma electrónica a partir de su fecha de generación.

La obligación de las personas jurídicas y sus representantes de presentar declaraciones virtuales.

El proceso de generación de la firma electrónica, desde la entrada al sistema hasta su validación y uso.

La actualización del RUC y la presentación de declaraciones de renta y otros tramites fiscales de manera virtual.

La importancia de la atención al cliente y la escucha activa para entender las necesidades de los usuarios en el proceso de generación de la firma electrónica.

La eliminación de los pasos de renovación y revocación del sistema anterior, facilitando el proceso de generación de la firma electrónica.

La capacidad de generar la firma electrónica en cualquier momento, independientemente de los problemas o errores del sistema.

El requisito de cambiar la firma electrónica para cumplir con las obligaciones fiscales, incluso después de haberse generado una anteriormente.

La obligación de las personas naturales de cumplir con obligaciones formales, ya sea en nombre propio o de un tercero, a través de la firma electrónica.

El proceso de verificación de la firma electrónica mediante el envío de un código a la dirección de correo electrónico registrada.

La disponibilidad de la firma electrónica para todos los usuarios inscritos en la entidad, independientemente de su ubicación geográfica.

Transcripts

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[Música]

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otro nuevo servicio es el de la firma

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electrónica este se implementó a través

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de la resolución 80 del 28 de julio del

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2020 y modificado a la resolución 070 de

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2016 desde el 2016 habíamos cambiado el

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concepto de firma digital a firma

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electrónica o sea que alguien en ese

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momento que le dio de ustedes a decirle

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firma digital mucho cuidado porque la

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firma digital se usa para los temas de

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factura electrónica pero estamos

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hablando de otra cosa totalmente

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diferente entonces que me gabelas que

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tengo inconvenientes con la firma

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digital y usted va a comenzar a

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explicarle todo este proceso de firma

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electrónica y resulta que lo que

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necesitaba era solucionar algo de

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factura electrónica entonces miren que

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son cosas muy diferentes por eso la

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importancia del escucha el módulo que

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vimos ayer que era toda la parte de

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protocolos de atención la parte de

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servicio al cliente escuchar muy bien al

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usuario confirmarle lo que él me está

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diciendo para que los dos estemos

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hablando en el mismo idioma y si es

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vamos a darle solución a lo que

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realmente el usuario necesita

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teníamos un cambio de los nervios

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portaron un cambio de firma digital a

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firma electrónica en el año 2016 y el

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año pasado desde julio cierto 2020 con

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la resolución 80 cambiaron nuevamente el

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concepto de firma electrónica que tiene

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diferente esta nueva firma electrónica

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es más moderno reemplaza siempre la

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firma autógrafo para las diferentes

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obligaciones de la dian se reduce la

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cantidad de pasos para generarla es

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muchísimo más simple muchísimo más fácil

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ya se están eliminando los conceptos de

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emisión de renovación de revocación

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cierto por esto todas las personas que

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realizaron el trámite antes del 28 de

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julio del año pasado tienen que generar

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esta nueva firma van a llegar donde

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ustedes a decirles que tengo

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inconvenientes con la firma no me

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permite firmar la declaración no me

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permite firmar esta actualización del

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ruf usted le va a preguntar en qué

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momento desde en cuanto a quienes están

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firmadas desde el 2019 es usted ya sabe

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que si la realizó antes del 28 de julio

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del 2020 tiene que generar esta nueva

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firma electrónica con el proceso les voy

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a mostrar a continuación aparte de que a

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partir desde el primero de junio del

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2021 ya no hay soporte en tal y como

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parece afirma anterior si se le presentó

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algún error nada que hacer lo único es

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sí o sí cambiar de firma electrónica

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este nuevo sistema como les decía se

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basa en auto generación se eliminan los

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pasos de renovación revocación del

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sistema anterior siempre la firma

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digital la emisión tenía que ser por

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funcionario las renovaciones también por

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funcionario o si yo lo iba a hacer por

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auto visión tenía que recordar unas

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preguntas que cuando se volviera la

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contraseña tenía el lugar favorito el

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nombre del padre el color favorito por

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ejemplo en este momento ya eso no se

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necesita se puede utilizar el

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procedimiento todas las veces que yo lo

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requiera así los ángel genere esta firma

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electrónica hoy y mañana voy a firmar el

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resulta que la contraseña no me funciona

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o la noté en alguna libretica y no supe

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que hice la libreta entonces pueden

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generar la nueva mente y sin ningún

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inconveniente

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es totalmente en línea y está disponible

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no sólo para las personas que están

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obligadas a tener firma electrónica sino

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como les decía al principio todas estas

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funcionalidades y los nuevos servicios

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virtuales que tiene la diana es para

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facilitar ese cumplimiento de

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obligaciones y a raíz de la pandemia que

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el año pasado las personas no podíamos

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desplazar los cierre en la calle cuando

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quisiéramos hacerlo entonces se generó

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esa firma electrónica y se dio

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disponibilidad para que cualquier

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persona la pudiera generar de manera

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virtual que se tiene que tener presente

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lo que les decía que si yo cumplí con

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mis obligaciones en el año 2020

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virtualmente este año 2021 también lo

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tengo que ser virtualmente no voy a

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empezar voy a actualizar el root virtual

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y mi declaración virtual este año

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litográfico el otro año virtual no voy a

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empezar en ese juego ya la genere una

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vez entonces la voy a generar nuevamente

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en caso de que lo recuerde la contraseña

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no sé dónde la no te tengo x2 y el

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problema pero voy a continuar con esa

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obligación virtual

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esta nueva firma electrónica como su

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versión anterior tiene una vigencia de

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tres años contados a partir de su fecha

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de generación pero como les decía si se

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presenta algún inconveniente con la otra

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seña algún problema algún error que nos

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presenta el sistema se puede generar en

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cualquier momento sin ningún

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inconveniente la puedo generarse soy

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persona natural obligada a cumplir

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deberes formales tanto a nombre propio o

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de un tercero vamos a ver que para la

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firma electrónica está la resolución 12

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7 61 el 2011 esta resolución a pesar de

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7 en 2011 que ya lleva 10 años está

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vigente y ahí establece quiénes son las

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personas que tienen que cumplir con sus

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declaraciones virtualmente entonces

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establece que todos los agentes de

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retención o sea que en ese orden de

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ideas todas las personas jurídicas

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excepción de 12 que traen a norma esas

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excepciones son los que es donde

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bienestar familiar estas asociaciones de

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usuarios que madres de niños de pensar

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familiar ellos tienen unas condiciones

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especiales tributariamente pero de resto

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todas las personas jurídicas tienen que

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tener la obligación de retención en la

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fuente así las cosas no hay ninguna

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empresa en la actualidad presente sus

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declaraciones por bancos no hay ninguna

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empresa que pueda presentar una

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declaración lito gráficamente todas

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tienen que ser virtualmente y asimismo

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todas las personas que estén vinculadas

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a esa empresa tienen la obligación de

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presentar también sus declaraciones a

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título personal

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virtualmente me explico si yo soy el

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representante legal de una sas ya sé que

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la sas tiene la obligación de presentar

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sus declaraciones virtuales entonces yo

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como representante tengo que presentar

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mi declaración de renta ahora en agosto

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también tiene que ser de manera virtual

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soy el conca devolver el revisor fiscal

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de una empresa por el suelo entra el

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empiezo a presentar declaraciones

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virtuales y yo estar vinculado en el

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club de esa empresa mis declaraciones

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también tienen que ser virtualmente eso

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se lo tiene que ver la claridad del

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usuario independientemente que con

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posterioridad yo pierda esa calidad

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continuo en la obligación virtual yo fui

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representante legal del año 2012 hasta

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el año 2018 miren que el 2012 ya había

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sido expedida un año antes o sea que ya

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me cobijado y terminé ese representante

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en el 2018 ya continuó por esa

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obligación virtual para mis

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declaraciones

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virtual es cierto que muchos creen que

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porque ya no tienen vinculación con esa

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empresa ahí murió su obligación virtual

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y no ya la persona continua derecha

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cuando realice operaciones aduaneras

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cuando deba solicitar autorización de

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iluminación de facturación cuando se el

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declarante de renta y cuando se requiere

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hacer el inem o solicitud de devolución

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o compensación del salón en estos casos

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vuelvo y repito se puede generar la

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firma en suma la firma está disponible

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para todos los usuarios inscritos en

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entró sin importar si vive en colombia o

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en el exterior pues ahora pueden generar

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la cuando desee realizar algún trámite u

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obligación con la 10

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está vigente ya les dije que estaba

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vigente inicial hasta septiembre el año

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pasado la firma anterior entonces ya no

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se puede utilizar hasta el vencimiento

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sino que sí o sí ya la tenemos que

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cambiar entonces vamos a abrir el paso a

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paso entonces que también está

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disponible en la página de la entidad

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entonces ingresamos ya en el en el

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portal perdón simplificado que tenemos

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por usuario registrado a nombre propio

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nuestra cédula y nuestra contraseña

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tanto la habilitación de la cuenta como

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la firma electrónica son a título

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personal qué quiere decir que si yo soy

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representante de cinco empresas no tengo

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una contraseña de ingreso y una firma

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electrónica para cada una de las

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empresas tengo mi contraseña y mi firma

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electrónica que voy a poder utilizar al

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momento que vaya a ingresar a cualquiera

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de esas entidades donde yo soy

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representante lo mismo para el contador

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lo mismo para el revisor fiscal lo mismo

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para el apoderado general o para el

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apoderado especial que estén

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relacionados en el grupo entonces todas

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estas actuaciones que vamos a hacer en

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ese momento son a nombre propio porque

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vamos a generar mi firma electrónica

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entonces ingreso mi cédula mi contraseña

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inmediatamente dio ingreso siempre a

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nombre propio a la página de la dian

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siempre siempre me va a mostrar este

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menú de mis actividades siempre me va a

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salir esta misma presentación sea la

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persona que ingrese a nivel nacional a

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nivel mundial siempre voy a tener

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comunicados destacados del mes atención

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inmediata en comunicados que voy a

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encontrar los mismos mensajes que la

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dian me envía el correo electrónico me

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los va a cargar aquí en comunicados yo

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voy a consultar un código para firmarlo

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puedo mirar aquí en comunicados en

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destacados del mes consultar la

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información exógena que ya vimos cómo se

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hace la descarga a no perdonar hemos

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visto lo hemos visto en el micro ciento

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de recta cómo se va a hacer la descarga

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de la información para la declaración

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presentación de información consultar

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obligaciones y recibos de pago

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diligenciar y presentar el formulario de

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los diez en favoritos voy a tener

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obtener copia del ruc actualización del

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root diligenciar y presentar termine que

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tan sólo los pasitos ingresar a la

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página de la diana a nombre del blog la

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cédula y mi contraseña

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yo voy a obtener una copia del ruc o yo

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puedo hacer una actualización del grupo

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y vamos a tener en atención inmediata

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gestionar mi firma electrónico entonces

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vamos a entrar por este recuadro rosa

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este mensaje de que su clave ha buscado

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siempre nos la va a presentar el sistema

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por cuestiones de seguridad cualquier

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entidad que maneja en clave y siempre

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nos antes el mensaje de alerta para que

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yo les tengan jugado para uso para

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efectos pues de la seguridad de la

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información pero tenemos que tener

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presente que si alguien hace el cambio

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de la clave hasta el día siguiente no le

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va a permitir ingresar nuevamente

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entonces ya mí se me vence la

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declaración de renta hoy y no le voy a

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dar la opción al usuario de que cambie

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la contraseña porque si no ya no me va a

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permitir ni hacer actualización del run

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y generar firma ni nada entonces le voy

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a sugerir que después de que terminemos

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todos los procedimientos si quiere por

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seguridad la cambie pero no es

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obligatorio

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entonces be the way ingresamos a nombre

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propio cedula contraseña y le decimos

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gestionar mi firma electrónico cuando yo

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le doy click aquí él me trae información

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que está en el registro único tributario

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no voy a diligenciar este campo que está

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en blanco ni voy a escribir a de

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información adicional esa información es

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actualizada en caso tal de que yo haya

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hecho una actualización previa en el

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root cambie el correo electrónico

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entonces no me lo está trayendo yo le

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doy aquí en éste recuadrito azul y él me

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va a traer la información que está

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actualizada la fecha le digo continuar y

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me dice que un código de verificación

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fue enviado al correo electrónico que yo

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tengo registrado en el resto es mire

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otra importancia del correo electrónico

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le digo continuar voy consultó al correo

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electrónico o en mis comunicados esta

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comunicación de servicio está a nombre

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de la persona que está adelantando el

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trámite me saca el código yo lo copio y

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lo pego acá donde me lo está pidiendo

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que lo ingrese y le digo continuar si

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ese código está correcto me va a llevar

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ya la generación de la firma acá voy a

play11:59

colocar la contraseña y la voy a

play12:01

confirmar cumpliendo con esos requisitos

play12:03

pero previamente tengo que aceptar el

play12:07

acuerdo de firma o sea que le doy clic

play12:09

en este cuadrito me saqué el acuerdo de

play12:12

firma lo leo hasta el final y le digo

play12:15

acercar una vez lo acepten ya si me va a

play12:18

permitir colocarle una firma una clave

play12:21

perdón a esa firma la cola verificó y le

play12:25

digo generar si estas dos firmas

play12:27

coinciden él empieza a hacer el proceso

play12:30

de validación y me dice que la firma ha

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sido generada con éxito ya yo la puedo

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comenzar a utilizar entonces que la

play12:37

firma es un código que me va a generar

play12:40

es con revocada que yo vaya a hacer la

play12:42

firma de una declaración de una

play12:44

actualización de oruro y la presentación

play12:45

de información consultando ese código

play12:48

por comunicados al correo electrónico y

play12:50

poniendo la clave que le acaba de

play12:52

asignar al correo electrónico me va a

play12:55

llegar también un comprobante de firma

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electrónico diciendo que la generación

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de la firma ha sido exitosa y me dice

play13:02

que él afirma saber que genera desde el

play13:04

15 de marzo del 2021 si yo no tengo

play13:08

inconvenientes trabajo con mi contraseña

play13:10

la tengo súper presente ya sé que hasta

play13:13

el 15 de marzo del 2024 no vuelvo a

play13:16

generar nuestra firma si de pronto de

play13:19

eso tuve algún inconveniente y perdí la

play13:21

memoria y se me está traspapelado la

play13:24

firma equis o ye la puedo generar sin

play13:27

problema

play13:31

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